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De conformidad con lo establecido en el artículo 136.4 de la Ley 47/2003, de 26 de noviembre, General Presupuestaria, las entidades que deban aplicar principios contables públicos así como las restantes que no tengan obligación de publicar sus cuentas en el registro mercantil, publicarán anualmente en el «Boletín Oficial del Estado» el balance de situación y la cuenta del resultado económico-patrimonial y un resumen de los restantes estados que conforman las cuentas anuales, se hace pública la información contenida en el resumen de las cuentas anuales de la Autoridad Portuaria de Santa Cruz de Tenerife, correspondientes al ejercicio 2019, que figura con anexo a esta resolución.
Santa Cruz de Tenerife, 8 de julio de 2020.–El Presidente de la Autoridad Portuaria de Santa Cruz de Tenerife, Carlos Enrique González Pérez.
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