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Documento BOE-A-2020-8571

Resolución de 7 de julio de 2020, de la Dirección General de Bellas Artes, por la que se publica el Convenio con la Fundación Caixa D'estalvis i Pensions de Barcelona, para la organización de la exposición "Non finito".

Publicado en:
«BOE» núm. 202, de 25 de julio de 2020, páginas 57989 a 57997 (9 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Cultura y Deporte
Referencia:
BOE-A-2020-8571

TEXTO ORIGINAL

Con fecha 16 de junio de 2020 se ha firmado convenio entre el Ministerio de Cultura y Deporte y la Fundación Caixa d'Estalvis i Pensions de Barcelona para la organización de la exposición «Non finito» (Título provisional), por lo que conforme a lo previsto en el artículo 48.8 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, del Régimen Jurídico del Sector Público, una vez inscrito en el Registro Electrónico estatal de Órganos e Instrumentos de Cooperación del sector público estatal, procede la publicación en el «Boletín Oficial del Estado» de dicho convenio, que figura como anexo a esta resolución.

Madrid, 7 de julio de 2020.–El Director General de Bellas Artes, Román Fernández–Baca Casares.

ANEXO
Convenio entre el Ministerio de Cultura y Deporte y la Fundación Caixa d'Estalvis i Pensions de Barcelona para la organización de la exposición «Non finito» (Título provisional)

En Barcelona, a 16 de junio de 2020.

REUNIDOS

De una parte, el Ministerio de Cultura y Deporte, representado por don Román Fernández-Baca Casares, Director General de Bellas Artes, designado mediante Real Decreto 855/2018, de 6 de julio y en virtud de las competencias que le vienen conferidas en el artículo 14 punto 1 apartado e) de la Orden CUD/299/2019, de 4 de marzo, de delegación de competencias.

De otra parte, Fundación Bancaria Caixa d’Estalvis i Pensions de Barcelona, «la Caixa» (en adelante, Fundación Bancaria «la Caixa»), con domicilio en Palma (Illes Balears), plaza Weyler, 3, código postal 07001, y NIF G-58899998, representada en este acto por doña Elisa Durán Montolio mayor de edad, que interviene en su calidad de Directora General Adjunta, apoderado de la entidad. Está facultado para este acto en virtud de la escritura de poder otorgada ante el Notario de Barcelona, don Tomás Giménez Duart, en fecha 7 de julio de 2014, con el número 1869 de su protocolo.

Ambas partes reconociéndose poderes y facultades suficientes

MANIFIESTAN

I. Que conforme al artículo 15.1 del Real Decreto 2/2020, de 12 de enero, por el que se reestructuran los departamentos ministeriales corresponde al Ministerio de Cultura y Deporte la propuesta y ejecución de la política del Gobierno en materia de promoción, protección y difusión del patrimonio histórico español, de los museos estatales y de las artes, del libro, la lectura y la creación literaria, de las actividades cinematográficas y audiovisuales y de los libros y bibliotecas estatales, así como la promoción y difusión de la cultura en español, el impulso de las acciones de cooperación cultural y, en coordinación con el Ministerio de Asuntos Exteriores, Unión Europea y Cooperación, de las relaciones internacionales en materia de cultura.

Asimismo, en virtud de lo dispuesto en el artículo 5.1, apartado s) del Real Decreto 509/2020, de 5 de mayo, por el que se desarrolla la estructura orgánica básica del Ministerio de Cultura y Deporte le corresponde a la Dirección General de Bellas Artes la gestión y promoción de los museos de titularidad estatal adscritos a la misma, facilitando que todos estos museos cumplan las funciones de adquisición, conservación, investigación, comunicación y exhibición de bienes culturales.

II. Que el Museo Nacional de Escultura (en adelante MNE), de titularidad estatal y adscrito al Ministerio de Cultura y Deporte (en adelante MCD), proyecta su actuación al conocimiento crítico de la historia de la escultura española, al desarrollo de una red de relaciones nacionales e internacionales con otros museos, instituciones de investigación y especialistas de su mismo campo, y al fomento del dialogo abierto entre tradición y contemporaneidad en el campo de la escultura, ofreciéndose como un foro de debate para críticos, estudiosos y artistas.

III. Que el Reglamento de Museos de Titularidad Estatal y del Sistema Español de Museos, aprobado por Real Decreto 620/1987, de 10 de abril, establece en su artículo 2, apartado c) que es función de las instituciones museísticas, entre otras, la organización periódica de exposiciones científicas y divulgativas acordes con la naturaleza del Museo.

IV. Que la Fundación Bancaria Caja de Ahorros y Pensiones de Barcelona, «la Caixa», es una entidad sin ánimo de lucro que tiene como finalidad la realización de actividades y el desarrollo de programas en los ámbitos social, cultural, educativo, científico y medioambiental, con el fin de mejorar las condiciones de vida de las personas. Algunas de estas actividades las realiza en colaboración con instituciones públicas y privadas. Concretamente, en el ámbito cultural tiene establecidas alianzas con entidades de reconocido prestigio para la realización de exposiciones temporales.

V. Que el Museo Nacional de Escultura ha proyectado organizar una exposición cuyo discurso pretende ofrecer al público una aproximación al concepto de la obra inacabada y las expresiones artísticas y culturales asociadas a ella a lo largo de la historia.

VI. Que el MCD ha propuesto como comisaria de la exposición a doña María Bolaños Atienza, directora del MNE y a este Museo como sede de la muestra.

VII. Que Fundación Bancaria «la Caixa» se ha unido a la iniciativa del MCD para colaborar en la organización del referido proyecto y en la producción conjunta de la exposición titulada «Non finito», sumando, además, dos nuevas sedes para la celebración de la muestra.

Que en virtud de lo expuesto, las partes se reconocen capacidad y representación legal suficiente para suscribir el presente convenio (en adelante, el «Convenio») para participar en la organización y celebración del referido proyecto con arreglo a lo establecido en las siguientes

CLÁUSULAS

Primera. Objeto del convenio.

El presente Convenio tiene por objeto fijar las condiciones para la co-organización por el MCD y Fundación Bancaria «la Caixa» de la exposición concebida por el MCD con título provisional «Non finito» (en adelante, la «Exposición»).

La «Exposición» tendrá lugar en las siguientes sedes y fechas provisionales:

− CaixaForum Palma: 7 de abril de 2021-15 de agosto de 2021.

− Museo Nacional de Escultura-Valladolid: 22 de setiembre de 2021-9 de enero de 2022.

− CaixaForum Zaragoza: 9 de febrero de 2022-clausura-29 de mayo de 2022.

La coordinación de la «Exposición» será efectuada de manera conjunta entre la Fundación Bancaria «La Caixa» y el equipo técnico del MNE.

El diseño y la propuesta gráfica de diseño de la Exposición serán consensuadas por las dos entidades y se utilizará el mismo diseño gráfico en las tres sedes aunque adaptado a los distintos soportes.

Segunda. Contenido de la exposición.

La Exposición consistirá en una amplia selección de aproximadamente 80 obras (principalmente pinturas, esculturas, relieves, dibujos y grabados) que mostraran las manifestaciones más características del tema de acuerdo con el documento base de la exposición que se apruebe por la Comisión de seguimiento del presente convenio.

Asimismo, la relación de bienes culturales que formarán parte de la Exposición será aprobada por la Comisión de seguimiento del presente convenio.

La lista inicial que apruebe la Comisión de seguimiento podrá, no obstante, sufrir cambios como consecuencia de las negociaciones con los prestadores, la disponibilidad de los préstamos y el desarrollo científico del proyecto. Estos cambios serán aprobados asimismo por la Comisión de Seguimiento del presente convenio, y no tendrán la consideración de modificación del contenido mínimo y esencial del convenio, no precisando la modificación del listado de bienes culturales la suscripción de adenda.

Tercera. Participación del Ministerio de Cultura y Deporte en la Organización y Desarrollo del proyecto.

3.1 Comisariado.

El MCD, como responsable de la idea y guion de la exposición, ha designado a doña María Bolaños Atienza, directora del Museo Nacional de Escultura, como comisaria del proyecto (en adelante, la «Comisaria»), para la selección de obras y contenidos de la Exposición, así como de la estructura del catálogo y entrega de los textos de su autoría que formen parte del mismo.

La Comisaria de la Exposición asesorará sobre su montaje en las sedes y llevará a cabo el resto de los cometidos y prestaciones inherentes a su función.

En particular, la Comisaria será responsable de:

− Elaborar el concepto de la exposición.

− Presentar la selección de obras que ilustrarán el proyecto, detallando los datos de los distintos propietarios, técnicas y dimensiones, en formato digital.

− Redactar los textos y notas de prensa, material de difusión, textos de sala y otros apartados relativos al proyecto.

− Asesorar y supervisar el montaje de la Exposición en cada sede.

− Asistir a la inauguración de la Exposición en cada sede y realizar una conferencia inaugural en CaixaForum Palma y Zaragoza.

− Asistir y participar en la rueda de prensa, así como en cualesquiera otros actos de difusión de la Exposición que las partes decidan organizar (declaraciones sobre la Exposición, visitas a la Exposición con los medios de comunicación, etc.).

− Colaborar en la difusión de la Exposición a través de las plataformas virtuales y/o redes sociales en las que tengan presencia la Fundación Bancaria «la Caixa» y el propio MCD.

− Diseñar, previo acuerdo con la Fundación Bancaria «la Caixa» el contenido científico del catálogo de la Exposición.

Asimismo, la Comisaria autorizará a la Fundación Bancaria «la Caixa» a grabar o tomar imágenes de su intervención en la conferencia inaugural y las ruedas de prensa, así como de sus declaraciones y/o visitas a la Exposición con los medios de comunicación y cualesquiera otros actos de difusión realizados para dar a conocer la Exposición.

La Fundación Bancaria «la Caixa» podrá difundir dichas grabaciones a través de cualquier medio (radio, televisión, internet, etc.) y en cualquier soporte, con el fin de difundir y/o dar a conocer la Exposición al público.

Los gastos de viajes y dietas en que pueda incurrir la Comisaria para el montaje de la Exposición e inauguración en Caixa Forum Palma y Zaragoza o cualquier evento organizado por la Fundación Bancaria «la Caixa» relativo a la «Exposición» correrán a cargo de la citada entidad.

3.2 Otros compromisos del MCD.

Asimismo, el MCD, a través de la Dirección General de Bellas Artes y del MNE, asume para la organización del proyecto los siguientes compromisos:

− Aportar, para su exhibición en la muestra conforme a la selección realizada por la comisaria de la «Exposición», los bienes culturales de titularidad estatal procedentes de los museos estatales adscritos al MCD. El préstamo de los bienes de titularidad estatal para la «Exposición» se realizará conforme a lo establecido en la Ley 16/1985, de 25 de junio, del Patrimonio Histórico Español.

− Coordinación técnica de la Exposición, incluyendo la gestión de los préstamos de las obras seleccionadas, en cuya solicitud se deberá hacer mención expresa a la co-organización del proyecto con la Fundación Bancaria «la Caixa».

− Coordinar de forma conjunta con la Fundación Bancaria «La Caixa» los aspectos de la Exposición referidos al montaje, desmontaje, asesoramiento científico y técnico, elaboración del catálogo, difusión, acto de inauguración y seguimiento de su desarrollo y repercusión.

− Coordinar con la Fundación Bancaria «la Caixa» la gestión de los préstamos de la Exposición, intermediando en la concesión de aquellas piezas que pertenezcan a instituciones adscritas o dependientes del MCD, entre otras el MNE, sede receptora del proyecto. Asimismo, el MCD a través del MNE se hará cargo de la gestión de los préstamos.

− Gestionar la garantía del Estado para los bienes culturales cedidos por terceros para participar en la Exposición en la sede del MNE.

− Preparar, a través de sus recursos, las obras para su Exposición: enmarcación, restauración, reproducción, etc.

− Realizar a través de sus recursos el montaje y desmontaje de la Exposición en su sede.

− Proporcionar las salas expositivas del MNE para la celebración de la exposición en esta sede y los periodos de instalación, montaje, celebración y desmontaje conforme al calendario que ambas partes acuerden expresamente. El MCD, se ocupará de la gestión de la sala y se ocupará de la atención al público, mantenimiento y vigilancia y seguridad de la exposición con los medios y recursos propios del Museo Nacional de Escultura.

− Asumir la coordinación científica para la edición del Catálogo a través de la Comisaria de la Exposición.

− Realizar la coordinación técnica del Catálogo, gestionando, en su caso, los derechos de propiedad intelectual que se pudieran ocasionar, obteniendo los mismos a favor tanto del MCD como de Fundación Bancaria «la Caixa» como cotitulares de los derechos sobre el catálogo.

− Ceder las imágenes de los bienes de titularidad estatal adscritos al MCD para su utilización en el catálogo, la gráfica o los audiovisuales de la exposición libres de todo cargo, con derechos ya gestionados.

− Gestionar, en su caso, los derechos de propiedad Intelectual necesarios para el montaje expositivo

− Difundir la muestra a través de sus canales habituales de difusión y comunicación.

− Proporcionar los contenidos para la realización del material divulgativo y didáctico con derechos ya gestionados.

Cuarta. Participación de la Fundación Bancaria «la Caixa» en la organización del proyecto.

Fundación Bancaria «la Caixa» asume los siguientes compromisos en relación con la producción y organización del proyecto, incluyendo la asunción de gastos, esto último, únicamente por los conceptos y en la proporción que se indica en cada caso y solo respecto de las obras que itineren en sus sedes:

− Colaborar en la coordinación técnica de la Exposición, incluida la gestión de los préstamos.

− Contratar y financiar el proyecto creativo y museográfico que será el mismo para todas sedes, y será aprobado de forma conjunta por las partes.

− Contratar y financiar el diseño identificativo y museográfico de la Exposición y que será único para las tres sedes (Gráfica máster). Cada sede hará las adaptaciones a los materiales que crea oportunos y asumirá el coste de los mismos.

− El encargo de la producción y la producción en sí de elementos expositivos relativos a las obras que itineren en sus sedes, aprobado de forma conjunta por las partes, construcción de vitrinas y otros elementos, edición de materiales audiovisuales, en caso de que los hubiera.

− El montaje y desmontaje de la exposición, así como el mantenimiento de elementos museográficos, etc., en cada una de las sedes será asumido por la propia sede.

− Los gastos de preparación de las obras que se vayan a exponer en las tres sedes (enmarcación, restauración, reproducción, etc.).

− La gestión del transporte y construcción de embalajes, embalaje en origen y desembalaje final de las obras. Los gastos derivados de este encargo (transporte origen-final, construcción de embalajes, embalaje en origen y desembalaje final de las obras comunes) será asumido por Fundación Bancaria «la Caixa».

− Cada sede será responsable de la gestión y asumirá el coste del desembalaje de las obras a su llegada a la sede para su instalación así como de su posterior embalaje.

− Asumir los gastos de desplazamiento y dietas de la Comisaría en su supervisión de los montajes en las sedes de Caixa Forum Palma y Caixa Forum Zaragoza.

− Las dietas de los correos que se desplacen a las sedes para el montaje y/o desmontaje de la Exposición, serán asumidos por cada una de las sedes, excepto los gastos derivados de los correos de los funcionarios del Ministerio de Cultura y Deporte para los préstamos de museos de gestión directa.

− Realizar el seguro de las obras para las dos sedes. En el caso de las obras a exponer en la sede del MNE Fundación la Caixa se hará cargo del seguro de transporte de todas las obras participantes en la muestra y de la franquicia correspondiente a las obras cedidas por terceros cuyo riesgo sea cubierto mediante la Garantía del Estado.

− Comunicar y difundir la Exposición en coordinación con los responsables del MCD y del MNE.

− Coordinación con el MCD del acto de inauguración de la Exposición.

Quinta. Condiciones de conservación y seguridad.

Las entidades firmantes garantizan que en sus respectivas sedes se han adoptado medidas de seguridad contra robo e incendio y vigilancia diurna y nocturna, con medios electrónicos y humanos. Asimismo, garantizan que las condiciones de clima serán las estandarizadas para los museos: 55% (+/- 5%) de humedad relativa, y entre 20 ºC y 24 ºC de temperatura. La iluminación no podrá superar los 50 Lux por dibujo y entre 150 y 200 Lux para pintura al óleo. La radiación ultravioleta no superará los 75 u-wats/lumen.

Las áreas destinadas al almacenamiento temporal, embalaje y desembalaje de las obras tendrán las mismas condiciones climáticas y de seguridad que las exposiciones.

Sexta. Catálogo.

El MCD y la Fundación Bancaria «la Caixa» coeditarán el catálogo para la Exposición y serán cotitulares, a partes iguales, de los derechos de propiedad intelectual sobre el mismo. El MCD, a través de la Directora del Museo Nacional de Escultura, Comisaria de la Exposición, elaborará el contenido científico de la Exposición, y coordinará y supervisará la presentación de los artículos científicos por los autores elegidos.

Asimismo, el MCD proporcionará las reproducciones fotográficas de las obras del MNE en archivos digitales de alta resolución (formato Tiff) que se precisen para el catálogo, con los derechos ya gestionados.

Los costes de la edición catalana serán asumidos al 100% por la Fundación Bancaria «la Caixa».

El resto de las condiciones para la elaboración, producción y distribución del Catálogo se acordarán, en su caso, en el correspondiente contrato de coedición.

Séptima. Imagen y difusión.

Las entidades firmantes deberán utilizar el nombre y los logos de las otras partes en el catálogo y en todo el material que se genere con objeto de la Exposición, del siguiente modo:

− Para la sede de Valladolid: «Exposición producida en colaboración con «la Caixa».

− Para las sedes de Palma de Mallorca y Zaragoza: «Exposición producida en colaboración con el Ministerio de Cultura y Deporte, Museo Nacional de Escultura».

Si alguna de las partes desea suscribir algún acuerdo de patrocinio con un tercero para su sede, deberá informar a la otra parte. No obstante, la otra parte sólo podrá oponerse a este patrocinio en caso de que justifique debidamente que el objeto social del patrocinador entra en conflicto con su actividad.

En caso de que alguna de las partes firmantes alcance acuerdos bilaterales de patrocinio con terceros ajenos al presente Convenio, los logotipos de los patrocinadores aparecerán exclusivamente en el material de su sede, tal y como hayan determinado con sus patrocinadores.

Octava. Inauguración.

Cada una de las instituciones organizará y asumirá el coste de los actos relacionados con la inauguración de la Exposición en su propia sede, debiendo invitar al otro coorganizador de la Exposición, y asumiendo cada parte los gastos derivados del desplazamiento del personal propio por este motivo.

Novena. Reproducción y otros derechos.

Exclusivamente podrán fotografiarse, filmarse o reproducirse las obras de la Exposición en caso de precisarse en relación a la propia gestión organizativa interna de cada institución, así como para fines publicitarios y educativos de la Exposición.

Ambas instituciones se obligan a respetar todas las normas relativas al uso y a la difusión de las obras, impuestas en su caso por los titulares de los derechos de propiedad intelectual de las obras.

Además de autorizar la exhibición de las obras de titularidad estatal, el MCD cede a Fundación Bancaria «la Caixa» todos los derechos de explotación sobre las obras de titularidad estatal que se muestren en la Exposición, para cualquier uso publicitario, educativo y, en general, para realizar difusión sobre la Exposición y/o las obras que la conforman y/o las actividades de Fundación Bancaria «la Caixa», mientras dure la Exposición sin límite territorial.

En relación con los textos a realizar por la Comisaria, se acuerda que los derechos de explotación sobre los mismos se entenderán cedidos en favor de Fundación Bancaria «la Caixa», sin límite territorial ni temporal, para su uso en cualquier formato y soporte.

Los derechos de propiedad intelectual cedidos conforme a esta cláusula novena comprenden los derechos de reproducción, distribución, comunicación pública (incluido Internet) y transformación (incluida la traducción).

Décima. Régimen económico.

Del presente convenio no se deriva gasto alguno que suponga financiación de una de las partes a la otra.

El Ministerio de Cultura y Deporte no adquiere compromiso económico de los establecidos en el artículo 49 apartado d) de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público.

La entrada a la exposición en el Museo Nacional de Escultura será gratuita, de conformidad con lo establecido por el artículo 3.4 de la Orden ECD/868/2015, de 5 de mayo, por la que se regula la visita pública a los museos de titularidad estatal adscritos y gestionados por el Ministerio de Cultura y Deporte y por el Instituto Nacional de las Artes Escénicas.

A los efectos del artículo 49 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, la ejecución del conjunto de actividades necesarias derivadas de los compromisos asumidos por la Fundación Bancaria «la Caixa» ascenderá a un máximo estimado en 399.900€ (trescientos noventa y nueve mil novecientos euros).

Undécima. Comisión de seguimiento.

Las instituciones acuerdan la constitución de una Comisión de Seguimiento integrada por:

Por parte de la MCD:

− Persona titular de la Dirección del Museo Nacional de Escultura.

− Técnico del Museo encargado de la coordinación de la Exposición.

Por parte de la Fundación «la Caixa»:

− Persona titular de la Dirección del Departamento de Exposiciones.

− Persona titular de la Jefatura de Contenidos del Departamento de Exposiciones.

Esta Comisión se encargará de la supervisión del proyecto, de la aprobación del proyecto y relación definitiva de bienes culturales y de la resolución de cualquier otra cuestión artística relativa al buen desarrollo del Convenio. Igualmente se encargará de la toma de decisiones económicas y de la resolución de cualquier otra cuestión relativa al buen funcionamiento y aplicación del Convenio. Todas las decisiones de esta Comisión deberán ser consensuadas.

La propia Comisión, una vez constituida, decidirá su régimen de reuniones y de adopción válida de acuerdos.

En todo caso, podrá celebrar sus sesiones y adoptar acuerdos a tanto de forma presencial como a distancia, siempre que se aseguren por medios electrónicos la identidad de sus representantes. A tal efecto se consideran como medios electrónicos válidos, además, de los medios telefónicos, el correo electrónico, las audioconferencias y las videoconferencias.

Duodécima. Vigencia.

El presente Convenio se perfecciona con su firma, resultando eficaz una vez inscrito en el Registro Electrónico estatal de Órganos e Instrumentos de Cooperación del Sector Público Estatal y publicado en el «Boletín Oficial del Estado» según lo dispuesto en el artículo 48.8 de la Ley 40/2015 de Régimen Jurídico del Sector Público y mantendrá su vigencia hasta el 31 de diciembre de 2022.

En el supuesto de que los firmantes acordaran unánimemente su prórroga ésta se realizará conforme a lo establecido en el artículo 49, apartado h, de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público.

Decimotercera. Modificación del convenio.

Las partes acordarán en el seno de la Comisión de seguimiento algunos detalles relativos a la ejecución del convenido del convenio, y, en este caso, no se requerirá una modificación del convenio sino el simple acuerdo entre partes, siempre que no afecte al contenido mínimo y esencial del convenio, en cuyo caso, la modificación se hará efectiva por acuerdo de las partes a propuesta de la Comisión de seguimiento, y se incorporará como parte inseparable del texto del Convenio, mediante la correspondiente Adenda de modificación.

Decimocuarta. Extinción y resolución del convenio.

El presente convenio se extinguirá por el cumplimiento de las actuaciones contempladas en su objeto o por causa de resolución.

Serán causas de resolución anticipada del presente Convenio conforme a lo establecido en el artículo 51 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre de Régimen Jurídico del Sector Público las siguientes:

a) Por el transcurso del plazo de vigencia sin haberse acordado la prórroga del mismo.

b) Por acuerdo unánime de los firmantes.

c) Por incumplimiento de las obligaciones asumidas por las partes en virtud del presente convenio. En este caso, cualquiera de las partes podrá notificar a la parte incumplidora un requerimiento para que cumpla en el plazo de diez días con las obligaciones y compromisos que se consideran incumplidos. Este requerimiento será comunicado al responsable de la Comisión de seguimiento, y a la otra parte firmante. Si transcurrido el plazo indicado en el requerimiento persistiera el incumplimiento, la parte que lo dirigió notificará a la parte firmante la concurrencia de la causa de resolución y se entenderá resuelto el convenio. La resolución del convenio por esta causa podrá conllevar la indemnización de los perjuicios causados. Asimismo, cada una de las partes dará cumplimiento a los compromisos que haya asumido con terceros.

d) Por decisión judicial declaratoria de la nulidad del convenio.

e) Por cualquier otra causa prevista en las leyes.

Decimoquinta. Naturaleza jurídica y jurisdicción.

1. El presente Convenio tiene naturaleza administrativa y se rige por lo dispuesto en el capítulo sexto del Título Preliminar de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público.

2. Las partes se comprometen a resolver de mutuo acuerdo las incidencias que se pudieran plantear sobre la interpretación, cumplimiento, extinción, resolución y efectos del presente convenio. De no alcanzarse acuerdo, las controversias se sustanciarán conforme a la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-administrativa.

Decimosexta. Transparencia y acceso a la información pública.

El Convenio suscrito será puesto a disposición de los ciudadanos en el correspondiente Portal de Transparencia en aplicación de lo dispuesto en la Ley 19/2013, de 9 de diciembre, de transparencia, acceso a la información pública y buen gobierno y demás normativa de desarrollo de la misma.

Y, en prueba de conformidad y aceptación con cuanto antecede, las partes firman el presente convenio por duplicado en el lugar y fecha indicados en el encabezamiento.–Por el Ministerio de Cultura y Deporte, Román Fernández-Baca Casares, Director General de Bellas Artes.–Por la Fundación Bancaria «la Caixa», Elisa Durán Molntolio, Directora General Adjunta.

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