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Documento BOE-A-2020-8820

Resolución de 21 de julio de 2020, de la Secretaría General de Pesca, por la que se modifica la de 29 de mayo del 2020, por la que se publican las cuotas de sardina ibérica (Sardina pilchardus) que se pesca en aguas ibéricas de la zona CIEM VIIIc y IXa para los buques del censo de cerco del Golfo de Cádiz durante el año 2020.

Publicado en:
«BOE» núm. 206, de 30 de julio de 2020, páginas 60596 a 60599 (4 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación
Referencia:
BOE-A-2020-8820

TEXTO ORIGINAL

Esta Resolución se dicta en cumplimiento de lo previsto en la Orden APM/453/2018, de 25 de abril, por la que se modifica la Orden AAA/1406/2016, de 18 de agosto, por la que se establece un plan de gestión para los buques de los censos del caladero nacional del Golfo de Cádiz, en la que se incluye un nuevo apartado 5 en el artículo 2, por el que se asignan los porcentajes de posibilidades de pesca de sardina ibérica de la zona CIEM 8c y 9a asignadas a la modalidad de cerco. De este modo cada barco es responsable de gestionar su propia cuota, administrándola y usándola en el momento que le parezca más oportuno de acuerdo a la planificación empresarial de la actividad.

La Resolución de 29 de mayo del 2020, de la Secretaría General de Pesca, publica las cuotas de sardina ibérica (Sardina pilchardus) que se pesca en aguas ibéricas de la zona CIEM 8c y 9a para los buques del censo de cerco del Golfo de Cádiz durante el año 2020.

Recientemente se ha publicado la Resolución de 29 de junio de 2020, de la Secretaría General de Pesca, por la que modifica la de 30 de abril, de la Secretaría General de Pesca, mediante la cual se establecen disposiciones de ordenación de la pesquería de la sardina ibérica (Sardina pilchardus) que se pesca en aguas ibéricas de la zona CIEM 8c y 9a. Dicha Resolución publicada tras la reevaluación por parte de ICES de la situación biológica del stock de sardina ibérica, asigna a la flota del Golfo de Cádiz la totalidad de los kilos previstos para 2020, que ascienden a 2.494.407 kilos.

De acuerdo al artículo 9.2 de la Orden APA/315/2020, de 1 de abril, tanto en los casos de reparto individual, como en los casos de reparto individual con gestión conjunta, se deberá cesar la actividad por parte de los buques en el momento en que hayan consumido la totalidad de su cuota, y en todo caso el 31 de octubre, fecha prevista para el fin de la pesquería para toda al flota.

De igual manera y en aplicación del artículo 9.3 de la Orden APA/315/2020, en las pesquerías en las que las posibilidades de pesca se repartan de forma individual, la superación de las cuotas asignadas conllevará la deducción de dicho exceso de las cuotas que se asignen en el ejercicio siguiente.

Esta Secretaría General de Pesca, oído el sector interesado resuelve:

Primero.

Publicar como anexo el censo de buques de cerco autorizados a pescar sardina (Sardina pilchardus) en el caladero del Golfo de Cádiz (división CIEM 9a) así como la cuota de sardina asignada, del 1 de mayo al 31 de octubre de 2020. El total de cuota 2020 se corresponde a la cuota provisional ya repartida (en la que se tuvo en cuenta las sobrepescas de 2019) más el incremento de cuota tras la reevaluación de ICES.

Segundo.

Esta Resolución no pone fin a la vía administrativa, por lo que, en el plazo de un mes, se podrá interponer recurso de alzada ante la Ministro de Agricultura, Pesca y Alimentación, de conformidad con lo establecido en los artículos 121 y 122 en relación con el 112.1 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

Madrid, 21 de julio de 2020.–La Secretaria General de Pesca, Alicia Villauriz Iglesias.

ANEXO
Cuotas de sardina para el año 2020 de los barcos de cerco censados en el Golfo de Cádiz
CFO Nombre de barco Porcentaje cuota individual Tipo de gestión Grupo Cuota provisional 2020 Incremento cuota reevaluación ICES Total cuota 2020
26996 CABACO. 1,1319% CONJUNTA ASOISAMAR - Grupo 1. 51.202 54.331 105.533
25238 NUEVO AUDAZ. 1,1476% CONJUNTA
25235 NUEVO PURIFICACION. 2,0527% CONJUNTA
27093 ANTONIO EL MORO. 1,7443% CONJUNTA ASOISAMAR - Grupo 2. 46.910 43.365 90.275
24943 DOMINGO REYES. 1,7135% CONJUNTA
27822 ABUELITA DORI. 4,0529% CONJUNTA ASURABUCER - Grupo 1. 96.445 89.155 185.600
25624 CANITO GARCIA. 0,9807% CONJUNTA
26358 DE LA MAR. 2,0754% CONJUNTA
24875 NUEVO HERMANOS SILVA. 0,0000% CONJUNTA
23416 SANTA MARIA PRIMERO. 0,0000% CONJUNTA
25180 EL BELLIDO. 1,1163% CONJUNTA ASURABUCER - Grupo 2. 13.820 22.407 36.227
11046 NUEVO RICARDIN*. 0,6704% CONJUNTA
26241 JOVEN YANQUI. 3,5302% CONJUNTA ASURABUCER - Grupo 3. 50.606 46.781 97.387
23733 RAUL QUINTO. 0,2000% CONJUNTA
25968 BOQUERON BLANCO. 1,0762% CONJUNTA CONJUNTA NORAY/BOQUERON BLANCO. 30.814 28.486 59.300
9831 NORAY. 1,1952% CONJUNTA
14421 HERMANOS REYES*. 0,8614% CONJUNTA PUNTA UMBRÍA. 24.346 22.506 46.852
25074 SEGUNDO HERMANOS ALONSO. 0,9332% CONJUNTA
27770 FRANCISCO Y CARIDAD. 0,4229% CONJUNTA SANLÚCAR - Grupo 1. 11.915 11.014 22.929
26665 JOSE MIGUEL CINCO. 0,4554% CONJUNTA
25173 MI NUEVA LOLA*. 0,5475% CONJUNTA SANLÚCAR - Grupo 2. 15.336 14.177 29.513
27190 NUEVO GALATEA. 0,5830% CONJUNTA
27101 ANGEL CUSTODIO. 2,0553% INDIVIDUAL ABEMPE. 25.271 25.775 51.046
4180 HERMANOS PASTOR. 1,1678% INDIVIDUAL ABEMPE. 7.619 14.645 22.264
23672 NUEVO AYACAM. 1,2693% INDIVIDUAL ABEMPE. 17.219 15.918 33.137
24101 NUEVO FRANCISCO ISABEL. 1,3265% INDIVIDUAL ABEMPE. 6.226 16.635 22.861
26179 PESQUERO BENAMAHOMA. 0,0001% INDIVIDUAL ABEMPE. 1 1 2
25920 PLAYA YERBABUENA. 1,3142% INDIVIDUAL ABEMPE. 17.828 16.481 34.309
25670 CARRYMAR SEGUNDO. 0,0000% INDIVIDUAL ASOCIACION ARMADORES LEPE. 0 0 0
26731 NUEVO CALA GRANDE. 2,3681% INDIVIDUAL ASOCIACION ARMADORES LEPE. 32.127 29.698 61.825
25460 SEGUNDO RAFAEL CARMEN. 3,3520% INDIVIDUAL ASOCIACION ARMADORES LEPE. 45.475 42.038 87.513
25964 SANLUCAR BARRAMEDA UNO. 0,0000% INDIVIDUAL ASOISAMAR. 0 0 0
10002 VICTORIA DE ANTONIOELMORO. 0,5565% INDIVIDUAL ASOISAMAR. 7.549 6.979 14.528
25675 ZAID PESCA. 3,1680% INDIVIDUAL ASOISAMAR. 42.979 39.730 82.709
24783 ABUELA PEPA MARI. 0,9273% INDIVIDUAL ASURABUCER. 12.580 11.629 24.209
23993 NUEVO AL ANDALUS. 1,4721% INDIVIDUAL ASURABUCER. 19.971 18.461 38.432
25181 NUEVO EL PORTUGUES. 2,6767% INDIVIDUAL ASURABUCER. 36.313 33.569 69.882
24357 RODRIGUEZ SILVA. 1,9669% INDIVIDUAL ASURABUCER. 26.684 24.667 51.351
23751 EL TORERO. 1,1244% INDIVIDUAL CP DE BARBATE. 15.253 14.101 29.354
24016 HERMANOS INFANTE. 1,2125% INDIVIDUAL CP DE BARBATE. 16.449 15.206 31.655
25382 JUAN Y MANOLI. 1,2051% INDIVIDUAL CP DE BARBATE. 16.348 15.113 31.461
14419 MOBY DICK. 1,2426% INDIVIDUAL CP DE BARBATE. 9.927 15.583 25.510
27104 NUEVO LUCERO MAR. 1,7730% INDIVIDUAL CP DE BARBATE. 19.199 22.235 41.434
27193 NUEVO SOCORRITO. 1,4619% INDIVIDUAL CP DE BARBATE. 19.832 18.334 38.166
5261 PEDRO VIDAL. 1,4750% INDIVIDUAL CP DE BARBATE. 20.010 18.498 38.508
5148 RAMONA DE JOYA. 0,9322% INDIVIDUAL CP DE BARBATE. 12.646 11.690 24.336
26033 MI GRAN ILUSION. 0,6539% INDIVIDUAL CP DE ISLA CRISTINA. 8.871 8.200 17.071
27107 NUEVO GOMEZ PLANA. 1,3431% INDIVIDUAL CP DE ISLA CRISTINA. 18.221 16.844 35.065
24299 BRIGOMAR. 1,3218% INDIVIDUAL CP DE PUNTA UMBRÍA. 17.932 16.576 34.508
23801 BUENA SUERTE DOS. 0,5326% INDIVIDUAL CP DE PUNTA UMBRÍA. 7.224 6.679 13.903
25324 FEBEL DOCE. 1,1476% INDIVIDUAL CP DE PUNTA UMBRÍA. 15.568 14.392 29.960
25713 FLOR SUR UNO. 2,0617% INDIVIDUAL CP DE PUNTA UMBRÍA. 27.969 25.856 53.825
24688 HERMANOS RIVERO. 1,6347% INDIVIDUAL CP DE PUNTA UMBRÍA. 22.176 20.501 42.677
24803 HERMANOS SERRANO GONZALEZ*. 1,5638% INDIVIDUAL CP DE PUNTA UMBRÍA. 21.215 19.611 40.826
24394 JESUS Y MIGUEL. 0,7692% INDIVIDUAL CP DE PUNTA UMBRÍA. 10.435 9.646 20.081
24886 JUANA Y MANUEL. 1,3646% INDIVIDUAL CP DE PUNTA UMBRÍA. 18.512 17.113 35.625
24762 MARIA TERESA PRIMERO. 1,3371% INDIVIDUAL CP DE PUNTA UMBRÍA. 18.139 16.768 34.907
25703 NUEVO MONTE SINAI. 0,8473% INDIVIDUAL CP DE PUNTA UMBRÍA. 11.494 10.626 22.120
27003 NUEVO RIO JORDAN. 1,3779% INDIVIDUAL CP DE PUNTA UMBRÍA. 18.692 17.280 35.972
25929 NUEVO VELERO. 0,9980% INDIVIDUAL CP DE PUNTA UMBRÍA. 13.539 12.516 26.055
25245 SANLUCAR BARRAMEDA DOS. 1,3711% INDIVIDUAL CP DE PUNTA UMBRÍA. 18.599 17.194 35.793
22110 SEGUNDO HERMANOS VENTURA. 1,5733% INDIVIDUAL CP DE PUNTA UMBRÍA. 21.344 19.731 41.075
9471 TORPEDO PRIMERO. 0,7049% INDIVIDUAL CP DE PUNTA UMBRÍA. 9.562 8.840 18.402
22124 EL CHUBASCO. 0,4888% INDIVIDUAL CP DE SANLUCAR DE BARRAMEDA. 6.630 6.130 12.760
26436 EL COMIA. 0,5607% INDIVIDUAL CP DE SANLUCAR DE BARRAMEDA. 7.606 7.031 14.637
24669 HERMANOS LOPEZ PEREZ*. 0,7503% INDIVIDUAL CP DE SANLUCAR DE BARRAMEDA. 10.178 9.409 19.587
11042 MILAGRO DE LA VIRGEN. 0,5613% INDIVIDUAL CP DE SANLUCAR DE BARRAMEDA. 7.614 7.039 14.653
27250 NUEVO AAIUN. 0,6389% INDIVIDUAL CP DE SANLUCAR DE BARRAMEDA. 8.667 8.012 16.679
25981 NUEVO ANTEQUERA. 0,4955% INDIVIDUAL CP DE SANLUCAR DE BARRAMEDA. 6.721 6.214 12.935
26060 NUEVO ESTRELLA BAJOGUIA. 0,4713% INDIVIDUAL CP DE SANLUCAR DE BARRAMEDA. 6.393 5.910 12.303
27437 NUEVO PAPI. 0,5313% INDIVIDUAL CP DE SANLUCAR DE BARRAMEDA. 7.207 6.663 13.870
26323 NUEVO SIRENA MAR. 0,5416% INDIVIDUAL CP DE SANLUCAR DE BARRAMEDA. 4.952 6.792 11.744
25110 RUMBO A HIGUERAS. 0,6427% INDIVIDUAL CP DE SANLUCAR DE BARRAMEDA. 8.719 8.060 16.779
26722 CARABINA Y FARRUCO. 2,1202% INDIVIDUAL OPP APP N.º 6. 20.977 26.589 47.566
5221 EL PILOTO. 0,0000% INDIVIDUAL OPP APP N.º 6. 0 0 0
25621 ELVIMAR. 2,0106% INDIVIDUAL OPP APP N.º 6. 24.740 25.215 49.955
23425 NAZARENO. 1,0403% INDIVIDUAL OPP APP N.º 6. 14.112 13.046 27.158
27211 NUEVA PRONTITUD. 2,1318% INDIVIDUAL OPP APP N.º 6. 27.676 26.735 54.411
25092 NUEVO CARMEN ASUNCION. 1,2533% INDIVIDUAL OPP APP N.º 6. 11.238 15.717 26.955
24212 NUREMAR. 1,5086% INDIVIDUAL OPP APP N.º 6. 13.104 18.919 32.023
27096 QUINTINO. 1,7994% INDIVIDUAL OPP APP N.º 6. 767 22.566 23.333
24704 SIEMPRE VIRGEN REGLA. 1,3127% INDIVIDUAL OPP APP N.º 6. 4.524 16.462 20.986

* Baja provisional, no podrán hacer uso de sus posibilidades de pesca hasta que regularicen su situación conforme a la legislación vigente.

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