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Documento BOE-A-2020-9327

Resolución de 31 de julio de 2020, de la Subsecretaría, por la que se publica la Adenda de prórroga y modificación del Convenio entre la Universidad Nacional de Educación a Distancia y el Instituto de Estudios Fiscales, para la realización del Máster Universitario Oficial en Dirección Pública, Políticas Públicas y Tributación de la UNED.

Publicado en:
«BOE» núm. 212, de 6 de agosto de 2020, páginas 65494 a 65498 (5 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de la Presidencia, Relaciones con las Cortes y Memoria Democrática
Referencia:
BOE-A-2020-9327

TEXTO ORIGINAL

El Rector Magnífico de la Universidad Nacional de Educación a Distancia y el Director General del Instituto de Estudios Fiscales han suscrito una Adenda de prórroga y modificación del Convenio para la realización del Máster Universitario Oficial en Dirección Pública, Políticas Públicas y Tributación de la UNED.

Para general conocimiento, y en cumplimiento de lo establecido en el artículo 48.8 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, dispongo la publicación en el «Boletín Oficial del Estado» del referido Convenio como anexo a la presente Resolución.

Madrid, 31 de julio de 2020.–El Subsecretario de la Presidencia, Relaciones con las Cortes y Memoria Democrática, Antonio J. Hidalgo López.

ANEXO
Adenda de prórroga y modificación del Convenio entre la Universidad Nacional de Educación a Distancia (UNED) y el Instituto de Estudios Fiscales (IEF) del Ministerio de Hacienda para la realización del Máster Universitario Oficial en Dirección Pública, Políticas Públicas y Tributación de la UNED

14 de julio de 2020.

De una parte el Excmo. Sr. don Ricardo Mairal Usón, Rector Magnífico de la Universidad Nacional de Educación a Distancia, en adelante UNED, con domicilio en la calle Bravo Murillo n.º 38 de Madrid,

Y de otra el Sr. don Alain Cuenca García, Director General del Instituto de Estudios Fiscales del Ministerio de Hacienda en adelante IEF, con domicilio en la Avda. Cardenal Herrera Oria n.º 378 de Madrid.

INTERVIENEN

El primero, en calidad de Rector de la Universidad Nacional de Educación a Distancia, cargo para el que fue nombrado por Real Decreto 1438/2018, de 7 de diciembre (BOE del 8), en nombre y representación de la misma, conforme a las facultades que tiene conferidas por el art. 20.1 de la Ley Orgánica 6/2001, de 21 de diciembre, de Universidades (BOE del 24) y del art. 99 de los Estatutos de la UNED, aprobados por Real Decreto 1239/2011, de 8 de septiembre.

El segundo, en nombre y representación del Instituto de Estudios Fiscales del Ministerio de Hacienda, en virtud de las atribuciones que le confiere el Real Decreto 63/2001, de 26 de enero (BOE del 27), por el que se aprueba el Estatuto del Organismo Autónomo IEF, y del Real Decreto 924/2018, de 20 de julio (BOE del 21) por el que se le nombra Director del mismo.

En el carácter con que intervienen se reconocen capacidad jurídica para formalizar el presente Convenio.

EXPONEN

I. Que la Universidad Nacional de Educación a Distancia es una institución de derecho público, dotada de personalidad y plena autonomía (Estatutos de la UNED, aprobados por Real Decreto 1239/2011, de 8 de septiembre).

Que asimismo, entre sus funciones generales, tiene la correspondiente a realizar el servicio público de la educación superior mediante la investigación, la docencia y el estudio, así como la de servir a la sociedad a través de la creación, desarrollo, transmisión y crítica de la ciencia, de la tecnología y de la cultura, y de la preparación para el ejercicio de actividades profesionales que exijan la aplicación de conocimientos y métodos científicos, y el apoyo científico y técnico al desarrollo cultural, social y económico, tanto estatal, como de las Comunidades Autónomas (arts. 1.1 y 1.2 de la Ley Orgánica de Universidades, de 21 de diciembre en su nueva redacción dada por la Ley Orgánica 4/2007, de 12 de abril), finalidades que la UNED recoge y específica, entre otros, en el artículo 4 de sus Estatutos.

Que, en concreto, y de acuerdo a sus Estatutos, la UNED debe facilitar la enseñanza universitaria y la continuidad de sus estudios a todas las personas capacitadas para seguir estudios superiores que elijan el sistema educativo de la UNED por su metodología o bien por razones laborales, económicas, de residencia o cualquier otra.

Que para el cumplimiento de dicha propósito, las enseñanzas pueden ser de carácter reglado y de educación permanente, estando las primeras estructuradas en tres ciclos, denominados respectivamente Grado, Máster y Doctorado (Art.37 de la Ley Orgánica de Universidades, de 21 de diciembre, en su nueva redacción dada por la Ley Orgánica 4/2007, de 12 de abril) y teniendo el Máster como finalidad la adquisición por el estudiante de una formación avanzada, de carácter especializado o multidisciplinar, orientada a la especialización académica o profesional, o bien a promover la iniciación en tareas investigadoras (Art. 10 del Real Decreto 1393/2007, de 29 de octubre).

Que asimismo, y en el ejercicio de su autonomía universitaria, la UNED está capacitada para el establecimiento de relaciones con otras instituciones para la promoción y desarrollo de sus fines institucionales (art. 2 de Ley Orgánica de Universidades, de 21 de diciembre en su nueva redacción dada por la Ley Orgánica 4/2007, de 12 de abril)

II. Que el IEF es un Organismo Autónomo de los previstos en el Título II, Capítulo III, Sección de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, adscrito al Ministerio de Hacienda, a través de la Secretaría de Estado de Hacienda, que tiene personalidad jurídica pública diferenciada, patrimonio y tesorería propios, así como autonomía de gestión, rigiéndose por lo establecido en la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, en la Ley 47/2003, General Presupuestaria, de 26 de noviembre; y en las demás disposiciones aplicables a los Organismos Autónomos de la Administración General del Estado, así como por el Real Decreto 63/2001, de 26 de enero.

Que asimismo al IEF, de acuerdo con el Real Decreto 63/2001, de 26 de enero, por el que se aprueba su Estatuto de Organismo Autónomo (BOE de 27 de enero de 2001), (artículo 3, apartados b, c) y d)) le corresponde ejercer la formación de funcionarios y otro personal en las materias específicas de la Hacienda Pública, incluyendo las técnicas de administración y gestión financiera y tributaria, de presupuestación y gasto público, así como las demás actividades formativas que le sean encomendadas, elaborando al efecto, en colaboración con los órganos directivos de los Departamentos y de acuerdo con sus necesidades, los correspondientes programas formativos a medio y largo plazo, así como, el desarrollo de relaciones de coordinación y cooperación con otros centros, institutos, escuelas de Administración pública, Universidades, instituciones, organismos y otras Administraciones financieras, nacionales e internacionales, en materia de estudios e investigación sobre sistemas tributarios y gasto público o de formación y perfeccionamiento de personal con funciones administrativas en estas materias, siendo la Dirección de la Escuela de la Hacienda Pública (artículos 4, 17 y 18), en apoyo al Director del IEF, a quien le corresponde la dirección e impulso de las mencionadas funciones formativas y el diseño y la elaboración del programa pedagógico estratégico a medio plazo del IEF.

III. Que con fecha 29 de mayo de 2018 fue perfeccionado por las partes un Convenio entre la UNED y el IEF para la realización del Máster Universitario Oficial en Dirección Pública, Políticas Públicas y Tributación, cuya fecha de publicación en el BOE fue el 13 de julio de 2018.

IV. Que con fecha 4 de julio de 2019 fue perfeccionada por las partes una adenda de prórroga y modificación al Convenio entre la UNED y el IEF para la realización del Máster Universitario Oficial en Dirección Pública, Políticas Públicas y Tributación, cuya fecha de publicación en el BOE fue el 19 de agosto de 2019.

V. Que dicho Máster Universitario Oficial podrá realizarse, en cada una de sus especialidades (en Dirección y Administración Pública y en Tributación), en un curso académico o en un máximo de cuatro de acuerdo con las normas vigentes en la universidad para la permanencia de los estudiantes en los Másteres Oficiales (Artículo 9 de la Normas de Permanencia en los estudios conducentes a títulos oficiales de la UNED/Consejo Social de 11 de julio de 2011)

VI. Que todas las asignaturas del Máster se encuentran valoradas, de acuerdo con lo establecido por el Espacio Europeo de Enseñanza Superior (EEES), en créditos ECTS, siendo necesario superar 60 créditos para alcanzar la mencionada titulación y disponiendo los estudiantes, de acuerdo con el artículo 8 de las mencionadas normas, de un número máximo de cuatro convocatorias por asignatura, dos por curso académico, con independencia de la convocatoria de que se trate (convocatorias de febrero/junio o septiembre), para superarlas.

Dentro de la competencia de las dos partes, se formaliza la presente Adenda al Convenio con base en las siguientes:

CLÁUSULAS

Primera.

Mediante la presente Adenda se prorroga el Convenio para la realización del Máster Universitario Oficial en Dirección Pública, Políticas Públicas y Tributación de 29 de mayo de 2018 (BOE de 13 de julio), actualmente vigente, por acuerdo de las partes durante un año más, a partir de que la adenda sea eficaz.

Segunda.

De acuerdo con la cláusula décima del Convenio para la realización del Máster Universitario Oficial en Dirección Pública, Políticas Públicas y Tributación de 29 de mayo de 2018 (BOE de 13 de julio de 2018), se modifica por acuerdo expreso y unánime de las partes dicho Convenio, en las siguientes Cláusulas:

– Cláusula Primera en la que se añade un curso académico más, el correspondiente al 2023/2024.

– Cláusula Cuarta, punto e) modificando la dotación presupuestaria para el año 2023 y añadiendo la correspondiente al año 2024, con cargo a Anticipos de Caja Fija, Capítulo 2 del Programa 923N de los presupuestos del IEF para 2023 y 2024 siempre que para ello exista crédito adecuado y suficiente. De acuerdo con el siguiente desglose:

Año 2023

Especialidad en Dirección y Administración Pública

Elaboración, revisión y actualización de Guías docentes. 2.200 €
Tutorías presenciales, AVIP y por Internet y dirección, coordinación y secretaría académica. 34.000 €
Tutorización y tribunales de Trabajos Fin de Máster. 18.560 €
Prácticas. 2.000 €
Otros. 3.240 €
  Total. 60.000 €

Especialidad en Tributación

Elaboración, revisión y actualización de Guías docentes. 2.200 €
Tutorías presenciales, AVIP y por Internet y dirección, coordinación y secretaría académica. 34.000 €
Tutorización y tribunales de Trabajos Fin de Máster. 18.560 €
Prácticas. 2.000 €
Otros. 3.240 €
  Total. 60.000 €
    Importe total del año 2024. 120.000 €

Año 2024

Especialidad en Dirección y Administración Pública

Elaboración, revisión y actualización de Guías docentes. 0 €
Tutorías presenciales, AVIP y por Internet y dirección, coordinación y secretaría académica. 15.050 €
Tutorización y tribunales de Trabajos Fin de Máster. 18.560 €
Prácticas. 2.000 €
Otros. 2.430 €
  Total. 38.040 €

Especialidad en Tributación

Elaboración, revisión y actualización de Guías docentes. 0 €
Tutorías presenciales, AVIP y por Internet y dirección, coordinación y secretaría académica. 19.250 €
Tutorización y tribunales de Trabajos Fin de Máster. 18.560 €
Prácticas. 2.000 €
Otros. 2.430 €
  Total. 42.240 €
    Importe total del año 2024. 80.280 €
Segunda.

La presente Adenda se perfecciona con la prestación del consentimiento de las partes y resultará eficaz desde su inscripción en el Registro Electrónico Estatal de Órganos e Instrumentos de Cooperación y su publicación en el «Boletín Oficial del Estado».

Tercera.

Las Partes declaran el carácter modificativo parcial y no extintivo de la presente Adenda en relación con el Convenio, quedando subsistente en todo lo no previsto expresamente en esta Adenda lo dispuesto en el Convenio, el cual las Partes expresamente ratifican y del que el presente documento forma parte integrante e inseparable.

Y en prueba de conformidad, se firma por las Partes comparecientes a un solo efecto, en el lugar y fechas señaladas, tomándose como fecha del presente Convenio la del último firmante.–El Rector Magnífico de la Universidad Nacional de Educación a Distancia, Ricardo Mairal Usón.–El Director General del Instituto de Estudios Fiscales, Alain Cuenca García.

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