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Documento BOE-A-2020-9927

Orden CUD/800/2020, de 19 de agosto, por la que se otorga la garantía del Estado a 15 obras para su exhibición en el Museo Sorolla, en la exposición temporal "Sorolla femenino plural".

Publicado en:
«BOE» núm. 225, de 21 de agosto de 2020, páginas 71892 a 71895 (4 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Cultura y Deporte
Referencia:
BOE-A-2020-9927

TEXTO ORIGINAL

A petición de la Subdirección General de Museos Estatales.

De conformidad con la disposición adicional novena de la Ley 16/1985, de 25 de junio, del Patrimonio Histórico Español, el Real Decreto 1680/1991, de 15 de noviembre, por el que se desarrolla dicha disposición adicional sobre garantía del Estado para obras de interés cultural y la disposición adicional primera del Real Decreto-ley 17/2020, de 5 de mayo, por el que se aprueban medidas de apoyo al sector cultural y de carácter tributario para hacer frente al impacto económico y social del COVID-19.

Vistos los informes favorables de la Junta de Calificación, Valoración y Exportación de Bienes del Patrimonio Histórico Español, adoptado en su reunión plenaria del día 16 de junio de 2020, de la Abogacía del Estado del Ministerio de Cultura y Deporte emitido con fecha de 27 de julio de 2020, y de la Subdirección General de la Oficina Presupuestaria con fecha de 30 de julio de 2020, y una vez fiscalizado de conformidad por la Intervención Delegada en el Departamento.

De conformidad con la propuesta de la Dirección General de Bellas Artes formulada el día 30 de julio de 2020, en cumplimiento del artículo 3 del Real Decreto 1680/1991, de 15 de noviembre, dispongo:

Primero. Otorgamiento de la garantía del Estado.

Otorgar la garantía del Estado a las obras que figuran en la solicitud del museo y en el anexo de esta orden con el alcance, efectos y límites que más adelante se expresan.

Segundo. Objeto.

1. El Estado se compromete a indemnizar por la destrucción, pérdida, sustracción o daño de las obras que figuran en el anexo de esta Orden, de acuerdo con los valores y las condiciones expresadas en la solicitud del museo.

2. Cualquier alteración de las condiciones expresadas en la solicitud deberá ser comunicada con antelación suficiente al Ministerio de Cultura y Deporte por la institución solicitante, siendo necesaria la conformidad expresa del mismo para que la garantía surta efecto en relación con el término alterado.

Tercero. Cobertura de la garantía del Estado.

1. La garantía otorgada se circunscribe exclusivamente a las obras que figuran en la solicitud del museo y en el anexo de esta orden, a los efectos de su exhibición en el Museo Sorolla, sito en el Paseo General Martínez Campos, 37, en Madrid, en la exposición «Sorolla Femenino Plural», que tendrá lugar entre el 21 de septiembre de 2020 y el 10 de enero de 2021.

2. El valor económico total de las obras cubiertas por la garantía del Estado asciende a cinco millones seiscientos setenta mil euros (5.670.000 €). A los efectos de esta Orden, se considerará que el valor individual de las obras es el que figura en la solicitud de garantía del Estado.

3. Las cantidades no cubiertas por la garantía del Estado, según lo dispuesto en el artículo 6.2 del Real Decreto 1680/1991, de 15 de noviembre, por el que se desarrolla la disposición adicional novena de la Ley 16/1985, de 25 de junio, del Patrimonio Histórico Español, sobre garantía del Estado para obras de interés cultural, deberán ser aseguradas por la institución solicitante de la garantía o los cedentes de las obras.

Cuarto. Periodo de cobertura y efectos.

1. El periodo máximo de cobertura de la garantía del Estado, se iniciará el 21 de agosto de 2020, y surtirá efectos respecto de cada una de las obras, desde el momento de la recogida de las obras en su lugar de origen, hasta la devolución de las mismas en su lugar de origen o en otro designado por el cedente, con fecha límite de 10 de febrero de 2021.

2. En caso de ampliación de la exposición por parte del museo, la garantía del Estado podrá prorrogarse, a petición de la institución solicitante, previa conformidad del Ministerio de Cultura y Deporte, a través de la correspondiente orden.

Quinto. Entrega y devolución de las obras.

1. Previamente a la recogida de las obras cubiertas con la garantía del Estado en su lugar de origen, personal técnico cualificado del Museo Sorolla elaborará un informe exhaustivo sobre el estado de conservación. Obtenida la conformidad escrita del cedente y cesionario sobre dicho informe, se procederá por parte de ambos a la firma del acta de entrega.

2. El acta de devolución se firmará en el momento de entrega de la obra al cedente en su lugar de origen o en el lugar por él designado. En el acta de devolución deberá constar la conformidad de cedente y cesionario acerca de las condiciones en que se encuentran la misma.

Sexto. Obligaciones de la institución solicitante.

Sin perjuicio de las restantes obligaciones que figuran en esta orden, la institución solicitante de la garantía deberá:

1.º Enviar a la Subdirección General de Registros y Documentación del Patrimonio Histórico de la Dirección General de Bellas Artes del Ministerio de Cultura y Deporte un certificado extendido por su Director acreditando la finalización de la garantía otorgada, y cualquier circunstancia que afecte a la misma, en el plazo de cuarenta y ocho horas a partir de la devolución de las obras.

2.º Adoptar todas las medidas necesarias para garantizar la seguridad y conservación de las obras así como el estricto cumplimiento de lo dispuesto en esta orden.

Séptimo. Incorporación del anexo.

Se incorpora a esta orden, formando parte de la misma, y de la solicitud de la garantía del Estado, el anexo que se cita en el apartado primero.

Octavo. Remisión electrónica de la garantía del Estado.

La Dirección General de Bellas Artes del Ministerio de Cultura y Deporte dará inmediata cuenta, por vía electrónica, del otorgamiento del compromiso del Estado y del contenido del mismo a las Cortes Generales y al Ministerio de Hacienda.

Madrid, 19 de agosto de 2020.–El Ministro de Cultura y Deporte, P.D. (Orden CUD/299/2019, de 4 de marzo), la Subsecretaria de Cultura y Deporte, Andrea Gavela Llopis.

ANEXO
N.º Prestador Clase del bien
1 Patrimonio Histórico
Artístico BBVA.
Mesalina en brazos de
un gladiador, 1886
Joaquín Sorolla
Oleo/lienzo 53,3 × 80.
2 Colección particular. La Odalisca, 1884
Joaquín Sorolla
Oleo/lienzo
138,8 × 99,3.
3 Colección particular. Ofrenda de flores a
la virgen, 1900
Joaquín Sorolla
Oleo/lienzo
85 × 58.
4 La Modelo en el
estudio, 1886
Joaquín Sorolla
Oleo/lienzo
59 × 40.
5 Universidad Complutense
de Madrid.
Campesina italiana,
1890
Joaquín Sorolla
Oleo/lienzo
59,8 × 46.
6 Colección particular. Campesina italiana
en la pradera, 1888
Joaquín Sorolla
Acuarela/papel
53 × 73.
7 Bordadora valenciana,
1901
Joaquín Sorolla
Acuarela/papel
88 × 100.
8 Colección particular. Pro domo sua, 1893
Joaquín Sorolla
Oleo/lienzo
37,5 × 50,4.
9 Colección particular. La santera, 1890
Joaquín Sorolla
Oleo/lienzo
56 × 39.
10 Colección particular. Labradora valenciana, ca. 1890
Joaquín Sorolla
Oleo/lienzo
162,5 × 102.
11 Colección particular. Cristinita vestida de
blanco, 1919
Joaquín Sorolla
Gouache/papel
83 × 60,5.
12 Colección particular. Descansado en el
camino, 1890
Joaquín Sorolla
Oleo/tabla
36 × 48.
13 Colección particular. En el patio de la alquería,
1890
Joaquín Sorolla
Acuarela/papel
62 × 46.
14 Colección particular. Ruinas de Buñol o
La Despedida, 1895
Joaquín Sorolla
Oleo/lienzo
48 × 68.
15 Colección particular. Después del baño, 1892
Joaquín Sorolla
Oleo/lienzo
128 × 193.

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