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Documento BOE-A-2021-10410

Resolución de 14 de mayo de 2021, de la Dirección General de Patrimonio Cultural, de la Conselleria de Cultura, Educación y Universidades, por la que se incoa el procedimiento para declarar bien de interés cultural la Casa Cornide en A Coruña.

Publicado en:
«BOE» núm. 148, de 22 de junio de 2021, páginas 75524 a 75535 (12 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Comunidad Autónoma de Galicia
Referencia:
BOE-A-2021-10410

TEXTO ORIGINAL

El Ayuntamiento de A Coruña solicita, el día 2 de noviembre de 2020, la incoación del procedimiento de declaración de bien de interés cultural para la Casa Cornide, situada en la calle Damas, número 25, del término municipal de A Coruña.

La Comunidad Autónoma de Galicia, al amparo del artículo 149.1.28 de la Constitución y según lo dispuesto en el artículo 27 del Estatuto de autonomía, asumió la competencia exclusiva en materia de patrimonio cultural. En su ejercicio se aprueba la Ley 5/2016, de 4 de mayo, del patrimonio cultural de Galicia (DOG núm. 92, de 16 de mayo), en adelante (LPCG).

Teniendo en cuenta el contenido de la información presentada y el informe de los servicios técnicos de esta Dirección General de Patrimonio Cultural, que concluyen que este bien se puede considerar como un monumento de carácter singular que constituye un ejemplo muy escaso de la arquitectura residencial diseñada y construida en la época de la Ilustración en Galicia, con una gran calidad material y de composición y un grado muy alto de integridad en sus estructuras y formalización; que posee elementos muy singulares e incluso únicos en lo referido a la planificación, estilo y ornamentación arquitectónica; que está relacionado con la residencia de una de las más destacadas personalidades en Galicia y en España del Siglo de las Luces, José Andrés Cornide Folgueira y Saavedra; y que ocupa un lugar relevante y muy significativo en el contexto urbano de la Ciudad Vieja de A Coruña, preferente y de gran significación al presidir, con la iglesia de Santa María do Campo, el atrio de la colegiata; a lo que se suma el amplio reconocimiento social.

La directora general de Patrimonio Cultural, tomando en consideración la petición motivada del Ayuntamiento de A Coruña, los dictámenes de los órganos consultivos favorables al reconocimiento del carácter singular del bien y la propuesta de los servicios técnicos; ejerciendo las competencias recogidas en el artículo 24 del Decreto 198/2020, de 20 de noviembre, por el que se establece la estructura orgánica de la Consellería de Cultura, Educación y Universidad; y según lo establecido en el artículo 16 y siguientes de la Ley 5/2016, de 4 de mayo, del patrimonio cultural de Galicia, resuelve:

Primero.

Incoar el procedimiento para declarar bien de interés cultural la Casa Cornide, situada en la calle Damas, número 25, del término municipal de A Coruña, conforme a lo descrito en el anexo I de esta resolución y según la delimitación propuesta en el anexo II, y proceder con los trámites para su declaración.

Segundo.

Ordenar que se anote esta incoación de forma preventiva en el Registro de Bienes de Interés Cultural de Galicia y que se comunique al Registro General de Bienes de Interés Cultural de la Administración del Estado.

Tercero.

Ordenar la publicación de esta resolución en el «Diario Oficial de Galicia» y en el «Boletín Oficial del Estado».

Cuarto.

Notificar esta resolución a las personas interesadas y al Ayuntamiento de A Coruña.

Quinto.

Aplicar de forma inmediata y provisional, con eficacia desde el momento de su publicación, el régimen de protección que establece la LPCG para los bienes de interés cultural y para monumentos en particular, de forma integral a las fachadas, carpinterías y paramentos exteriores del inmueble, incluida su cubierta y su forma, volumen y composición arquitectónica y constructiva.

Sexto.

Aplicar durante el mismo período y en tanto no se tenga acceso a su interior y completada la valoración cultural de sus partes integrantes y pertenencias, el régimen que establece la LPCG para los monumentos y los bienes muebles declarados de interés cultural, a los espacios y sistemas constructivos, a los elementos decorativos u ornamentales y a la totalidad de los bienes existentes en el interior del inmueble que constituyen junto a este una unidad singular.

Séptimo.

El expediente deberá resolverse en el plazo máximo de veinticuatro meses, desde la fecha de esta resolución, o se producirá la caducidad del trámite y el final del régimen provisional establecido.

Octavo.

Abrir un período de información pública durante el plazo de un mes, que se comenzará a contar desde el día siguiente al de la publicación en el Diario Oficial de Galicia, con el fin de que las personas que puedan tener interés examinen el expediente y aleguen lo que consideren conveniente, por medio de una solicitud previa dirigida a la Dirección General de Patrimonio Cultural de la Consellería de Cultura, Educación y Universidad.

Santiago de Compostela, 14 de mayo de 2021.–La Directora general del Patrimonio Cultural, M.ª Carmen Martínez Ínsua.

ANEXO I
Descripción del bien

1. Denominación: Casa Cornide.

2. Localización:

Dirección: calle Damas, 25, A Coruña.

Referencia catastral: 9324603NJ4092S.

Coordenadas geográficas: UTM ( ETRS 89 y huso 29): 549159, 4802174.

3. Descripción del bien.

3.1 Descripción histórico-artística.

En el lugar que ocupa actualmente la Casa Cornide había una edificación anterior en la que residieron los miembros principales de la familia Folgueira-Cornide y en la que realmente nació el 25 de abril de 1734 el ilustre polígrafo coruñés José Andrés Cornide Folgueira y Saavedra. Aunque desconocemos la configuración de este inmueble primitivo, su posición de dominio urbano con su fachada principal a la calle de Damas y sus laterales hacia las calles Veeduría y Porta de Aires indica la importancia del edificio. Este enclave era vital para la ciudad vieja por ser centro residencial de la clase alta urbana de A Coruña, por servir de cierre al atrio de la colegiata de Santa María con la que la casa mantiene un vínculo religioso y social, y por su cercanía a Porta de Aires, uno de los accesos más frecuentados y muy próxima al viejo palacio de los marqueses de Montaos, donde se instaló la Veeduría del Ejército.

Diego Cornide y Saavedra, padre del conocido ilustrado, fue un ilustre abogado y hombre público de gran prestigio que se casó en 1731 con Francisca Bernarda Jerónima Folgueira, mujer de alta posición social y propietaria de la vivienda primitiva que ocupaba el solar.

Después de fallecer Francisca y hacia el 1766 Don Diego, consciente de la magnífica ubicación urbana de su vivienda familiar y después de una inversión extraordinaria, levanta la actual casa palacio de los Cornide en la calle de Damas proyectada con un perfil curvilíneo en planta, único y excepcional entre las viviendas de A Coruña, con la fachada principal finalizada con el escudo de armas de la familia, testigo de un claro afán de notoriedad que destaque su rango señorial.

La Casa Cornide es un edificio noble de estilo tardobarroco, cosmopolita y francés, sin apenas precedentes en Galicia, que necesitaba para su construcción de un prestigioso arquitecto y con buena formación, capaz de materializar un edificio único entre los otros edificios residenciales existentes en la ciudad.

Todas las investigaciones apuntan a que el autor del proyecto debió ser un ingeniero militar de los que trabajaron en A Coruña en las décadas centrales del siglo XVIII, formado en modelos de arquitectura gala, conocedor de sus tratados de arquitectura y, posiblemente, de origen francés. Si bien es cierto que estos ingenieros tenían unos compromisos profesionales con la Corona que les impedirían llevar obras de particulares, era necesario un constructor experto, un maestro de obras que diera forma real a este proyecto sofisticado de complejas formas rococó con las esquinas curvas en los muros, las formas sinuosas de la cornisa, los vanos de formas segmentadas y guardapolvos curvilíneos y las repisas ondulantes de piedra que sostienen los cuerpos volados de los balcones.

Además, habría que realizar los trabajos escultóricos del escudo de armas que corona la fachada y los hierros artísticos que adornan y protegen los vanos.

José Cornide fue el grande protagonista histórico de la casa, en la que residiría en varios períodos, como heredero de la propiedad, que pudo dedicar su tiempo con fortuna a una ingente y prolífica labor investigadora, hasta su marcha a Madrid en 1789 para dedicarse de pleno a la Real Academia de la Historia. En esta Casa Cornide acumularía gran parte de su biblioteca y desarrollaría parte de sus investigaciones, cargos públicos y académicos.

Después de su muerte la casa fue habitada por su hija, para, a continuación, pasar en sucesivas herencias y poseedores hasta que en 1949 su última propietaria, Carmen Vázquez Pardo, la vende al Ministerio de Educación Nacional. Si bien antes había sido local social del Centro Jaimista en 1910 y a partir de 1927 Centro Cultural de Santo Tomás de Aquino, tiempo en el que se empleó como local recreativo y cine y en el que la casa era conocida como «Los Tomasinos».

La intención del Ministerio era la transformación en un conservatorio de música y declamación, para lo cual el Ayuntamiento de A Coruña había adquirido el solar anexo y construido las edificaciones de planta baja y mejorado el empedrado del entorno.

En 1960 la casa fue permutada por el Ministerio de Hacienda al Ayuntamiento de A Coruña, renunciando a la rehabilitación de la casa para conservatorio y escogiendo otro solar municipal en la Ciudad Escolar.

Por su parte, el Ayuntamiento en 1962 decide enajenar la Casa y adjudicarla a la Pedro Barrié de la Maza, que poco después la vendería a la Carmen Polo, esposa de Francisco Franco. Después de esta adquisición fue rehabilitada para recuperar su funcionalidad residencial, y empleada especialmente entre 1975 y 1988.

3.2 Descripción formal.

La Casa Cornide está constituida por un único edificio, conformado por la edificación original construida en la década de 1760 y por el añadido (núm. 7 de la calle Veeduría) con la reforma y ampliación ejecutada en la década de 1960.

El edificio ocupa la totalidad de un solar de 19,20 m de largo y 14,50 m de ancho (en el punto medio de los lados), 277 m2 de superficie, forma trapezoidal con dos esquinas redondeadas, con frente a tres calles, que linda con el núm. 12 de la calle Porta de Aires y con el núm. 5 de la calle Veeduría y que, junto con otros dos edificios, conforman la plaza que cierra la calle Amargura.

El volumen de la Casa Cornide se caracteriza por el encuentro redondeado que se produce en las esquinas donde confluyen las calles Veeduría y Porta de Aires con el atrio de la Colegiata. De los planos verticales que conforman las fachadas únicamente sobresalen los balcones de la planta primera, en la parte central de la fachada que da a la calle Damas y en la fachada de la calle Veeduría. La línea de cornisa continua (rota por un pequeño frontón curvo donde se localiza el escudo familiar) recoge los planos de la cubierta a tres aguas, resuelta con teja cerámica curva y con una corta cimbra que finaliza en el centro de la medianera.

Las reformas de la década de 1960 dieron lugar a una buhardilla –que sobresale de los faldones de la cubierta– orientada a la calle Porta de Aires y a una terraza –bajo los planos de la cubierta– que ocupa la parte frontal del anterior núm. 7 de la calle Veeduría. En lo alto del faldón que da a la calle Porta de Aires hay una cubrición de material traslúcido que parece iluminar un patio interior y también encontramos dos chimeneas, una en la coronación de la cubierta y otra en la parte de la medianera que da a la calle Porta de Aires.

Las calles que dan frente al edificio tienen un cierto desnivel, lo que hace que la edificación muestre al exterior una planta baja, dos altas y una bajo cubierta en el frente más elevado.

Las fachadas están construidas con muros de aproximadamente 90 cm de espesor. La fábrica de los muros de las calles Veeduría, Damas y parte de la Porta de Aires está constituida por mampostería de granito, de tonalidad morena y con una altura regular de unos 40 cm. Este material también es el empleado en los singulares encuentros redondeados, en los balcones y en los elementos decorativos. Sin embargo, en la parte de la fachada de la calle Porta de Aires más próxima al edificio colindante encontramos un muro que parece ser de mampostería de piedra, ya que está revocado y pintado de color blanco, y en el que los elementos singulares (cornisa, perímetros de los vanos e impostas) son de la misma piedra vista descrita anteriormente.

– Fachada principal de la calle de Damas.

Cinco ejes de vanos superpuestos dan forma a sus 20,80 metros de longitud, todos de arco segmentado o escarzano en conexión con los utilizados por los ingenieros militares, aunque de distinta amplitud según la planta en la que se encuentren según la importancia de cada piso.

El final de la fachada se realiza con una cornisa curvilínea flanqueada por gárgolas decorativas en los extremos, que se eleva en el centro para formar una especie de pequeño frontón curvo y roto donde se instala el escudo de armas de los Cornide con yelmo con penacho de remate, que también sirve para coronar el eje vertical central, formado por la puerta «barroca» de acceso en el bajo, un amplio balcón de vuelo que aglutina los tres huecos principales del primer piso y un balcón alto y sin vuelo que lleva en la clave una especie de ménsula que sirve de asiento al escudo familiar en el piso alto.

En la intervención realizada en 1962 se sustituyeron las carpinterías, se trasladó la placa conmemorativa del nacimiento de Cornide a un lateral, y se restituyó su escudo, que estaba colocado en el espacio recibidor de la casa.

– Fachada lateral hacia calle Veeduría.

La parcela original en esta cara del edificio era de poco ancho (7,90 metros de longitud) y estaba adosada a dos casas pequeñas que fueron derribadas en 1791. Esta fachada, también de cantería y con su esquina curvada, tiene una fuerte presencia urbana en la vista desde la vieja plaza da Fariña.

Para añadir el solar contiguo de 7,70 metros de longitud en el año 1962 se derribó la casa de planta baja existente. De este modo se sustituiría su aspecto por una nueva arquitectura que concordara con la nobleza del inmueble y se regulariza su altura. Se concibe con un cuerpo de cuatro pisos, con cierre de buena cantería definido por dos pilastras dóricas monumentales, con un gran portalón adintelado de moldura clásica y con una sucesión de pequeños huecos que emulan las formas de los arcos y los guardapolvos históricos.

Según apuntan los investigadores gran parte de este sector lateral añadido se hizo con elementos pétreos provenientes del antiguo Hospital de Caridad derribado en 1958.

La fachada desarrolla un juego superpuesto de vanos muy parecidos a los de la fachada principal: una puerta, convertida hoy en ventana repitiendo el modelo de la buhardilla que también se abrió en el piso alto, un balcón de vuelo con repisa de formas curvilíneas en el piso noble y otro sometido en el muro en la planta alta, a lo que añadía en el extremo occidental del muro otra buhardilla que se abre en el alto de la primera.

– Fachada lateral a la calle Porta de Aires.

Se acomoda la forma del solar en L acostada por lo que tiene mayor longitud –13,60 metros– que la fachada a la calle Veeduría, pero desarrolla un plan distinto que la fachada sur, con otros materiales de construcción y con otra disposición de vanos para las ventanas.

En origen el proyecto de la casa debió contemplar que las zonas de la casa más en relación con los encuentros entre la fachada principal y las laterales fueran casi simétricos o, al menos, presididos por dos balcones de gran vuelo de las mismas características en el piso noble, pero actualmente el lienzo que sigue de la fachada norte es de mampostería enlucida con apertura de huecos, todos ellos con arco escarzano, pero sin ejes de simetría.

En el bajo, tres ventanas sobre otras tantas buhardillas con las que están alineadas, en la planta principal una buhardilla con guardapolvos (abierto después de 1962-63) tres grandes vanos con guardapolvos originalmente de las mismas características a los de la fachada principal, pero acortados posteriormente y en la planta alta dos ventanas de menor tamaño.

– La cubierta.

Respecto a la cubierta, se puede observar que los muros que dan a la terraza y los que cierran exteriormente la buhardilla de la cubierta están revocados y pintados de color blanco. Los vanos abiertos en estos elementos en la cubierta tienen unas características ajenas a los del resto del edificio, con unas proporciones y dimensiones distintas.

El canalón está actualmente retirado unos 70 cm respecto de la línea exterior de la cornisa del edificio en todo su perímetro. Esta solución concuerda con la presencia de las dos gárgolas originales existentes en las esquinas redondeadas del edificio; sin embargo, puede observarse en las fotografías anteriores a la intervención de la década de 1960 que el edificio tuvo un canalón perimetral y bajantes vistas en esas esquinas.

– Organización en planta.

La planta original de la Casa Cornide tiene forma de L acostada con su frente hacia la calle Veeduría sin apenas profundidad. Después de la ampliación por este lateral con la parcela colindante toma el aspecto de trapecio irregular que conocemos en la actualidad.

Respecto de la organización de estancias, el bajo parece conservar la habitación-sótano trapezoidal abierta hacia Veeduría con una de sus esquinas curvadas que soportaba una entreplanta de baja altura. Hacia la Porta de Aires, dos habitaciones rectangulares, una de ellas también con un ángulo curvado al disponerse en la esquina. La distribución actual presenta dos viviendas a cada lado de la escalera principal, cada una con su vestíbulo, sala, cuatro dormitorios, baño, servicio y una cocina-comedor.

El primer piso estaba ocupado a todo lo largo de la fachada principal, por un amplio salón diáfano que recibe luz de un gran número de huecos que lo iluminaban. La casa original, debió tener un gabinete y un salón principal con su estrado y antesala, como era habitual en las casas señoriales de la época, que en el tiempo en que la casa estuvo en manos del centro cultural de los Tomasinos se utilizó como sala de cine.

Hoy en día esta planta está destinada a vivienda principal y queda presidida por tres estancias en enfilada que conforman, de norte a sur, el comedor –hoy convertido en biblioteca–, el gran salón rectangular abierto al balcón de la fachada y una espaciosa sala de estar, todo relacionado en su parte posterior con dos dormitorios, baños, un vestidor y una cocina con una habitación para el servicio que se vertebra con un corredor y la caja de escaleras ya señalada.

Pese a no tener información directa y actual del estado actual del interior, pudo constatarse, en fotografías recientes, que el salón principal de la planta primera está compartimentado por puertas correderas enmarcadas por molduras mixtilíneas de cantería, que parecen las que abren los corredores de los patios y los accesos a las antiguas enfermerías del antiguo Hospital Real de Santiago. Además, en este salón, el espacio central resultante entre ambas puertas se cubre por una bóveda que parece de factura moderna.

En la planta segunda había tabiques ligeros que dividían el espacio en una sala a la izquierda de formato rectangular con todas sus esquinas curvadas, dos estancias regulares comunicadas por una puerta central y, en el fondo, dicha escalera secundaria con otra estancia de similares características a las del piso primero.

Ahora este piso se configura a la manera de una tercera vivienda con cuatro dormitorios con sus baños, una cocina con su despensa y dos salas amplias que se destinan a salón y comedor.

El bajo cubierta tenía la compartimentación típica de los desvanes, de varias pequeñas estancias separadas por unos tabiques ligeros que reciben luz de una pequeña buhardilla. En la actualidad la distribución de esta planta indica que puede ser la vivienda del servicio por sus espacios más divididos y sencillos: cuatro dormitorios pequeños, un baño común y el cuarto de lavado y costura, que se abre por la parte posterior a un patio de luces con un lucernario que de la luz cenital a las escaleras secundarias.

3.3 Partes integrantes y bienes muebles.

– Elementos singulares en el exterior.

• Rejería: los hierros también recogen la influencia de modelos galos y completan el significado estético de la fachada con su presencia en todos los huecos, reforzando así la importancia de la casa. Según la relevancia del lugar que ocupen, presentan diseños diferentes; comunes de sencilla forma de reja en las buhardillas bajas para impedir el acceso desde la calle; sencillos, pero de cierta complejidad en los balcones del piso alto, con sus finos balaústres torneados y más sofisticados en los cierres que cubren los huecos de la planta baja. Sin duda los hierros más espectaculares son los que componen las grandes barandillas dispuestas en los balcones de vuelo, pareciendo elementos de tipo vegetal y adquiriendo originales perfiles.

• Carpintería: las carpinterías son otro de los elementos que también merece alusión, aunque en origen tenían una disposición diferente a la actuales, resultado de la reforma realizada en la casa a partir de 1962.

• Ventanas: las ventanas primitivas disponían de bastidores de cuarterón pensados para enmarcar cristales pequeños y de formato cuadrado algo distintos a los actuales; pero todos los balcones de la planta principal y superior tenían un sistema de apertura de hojas que se abatían hacia fuera, según los usos de la arquitectura gallega.

• Puerta de entrada: la puerta de la entrada principal no responde a los modelos refinados de la fachada, y parece más al estilo de los maestros de obras, con molduras pétreas rectas y dos hojas muy fuertes, decoradas de forma idéntica, con potentes paneles centrales de formato oval en los que se disponen dos picaportes grandes de hierro en forma de anilla.

• Escudo: el escudo señorial que corona la fachada de la casa está orlado con roscones, volutas, veneras y elementos vegetales ricamente amalgamados y separa los cuarteles con una moldura en forma de cruz. Presenta las armas de los Cornide en la siguiente disposición: 1.º armas de los Cornide o de los Santiso (cruz latina con dos cabezas sobre dos estrellas bajo sus brazos); 2.º la torre de los Pardiñas o Rioboo, de una de cuyas ventanas sale un brazo con el estandarte de los Villardefrancos; 3.º las armas posiblemente de los Luaces y 4.º las de los Bermúdez de Castro (seis roeles orlados).

• Placa: la placa conmemorativa del nacimiento en la casa de José Cornide Folgueira y Saavedra, colocada en 1892 en el bajo de la fachada principal, lugar principal, visible y destacado del edificio, se movió en la reforma del inmueble en 1962 a la fachada lateral norte mirando a la calle Porta de Aires, para ocupar un lugar secundario.

– Partes consubstanciales al inmueble en su interior.

La documentación elaborada para el estudio del valor cultural del inmueble no pudo completarse con una información reciente de su interior. También es escasa la documentación sobre las intervenciones realizadas en los cambios de propiedad y uso del edificio. Por tal motivo no resulta posible determinar con total detalle las características del inmueble en la actualidad, después de las sucesivas transformaciones producidas. Sin embargo, puede presumirse por la información existente la permanencia de una serie de elementos relevantes en la conformación del interior del edificio como partes integrantes del mismo.

En términos generales, esta construcción, de poca profundidad en origen, se asienta en un declive de la calle de Damas y desarrolla una planta trapezoidal en escuadra con más longitud hacia el norte. La solución curva en los encuentros de las fachadas, tiene su correspondencia en las estancias que ocupan estos lugares en el interior.

El elemento interior de mayor porte debió ser el espacio de la entrada, vestíbulo de planta ligeramente rectangular que recibe luz de la puerta de acceso y de una de las ventanas bajas con su buhardilla inferior. Domina la estancia su escalera monumental asimétrica, con tiro de arranque corto, bifurcada en el primer rellano, que es cuadrado. Un tramo sube hacia la derecha, hasta la puerta de acceso a la escalera posterior de servicio, y el otro a la izquierda parece llevar a una especie de entreplanta que estaría situada sobre la estancia que queda a mano izquierda de la entrada.

Dicha escalera pétrea, de formas rectas y ángulos bien definidos con amplias balaustradas que se apoyan en bases, presenta soluciones relacionadas con la arquitectura vernácula fruto, seguramente, de la intervención del maestro de obra de la casa y lejanas de los modelos galos empleados en el exterior.

La escalera secundaria de caja más cuadrada y regular y ubicada hacia el fondo del brazo norte, es más sencilla y funcional. Sigue un modelo muy común sin ninguna novedad destacable: planta cuadrada algo irregular, con tres tramos que ascienden formando ángulos rectos hacia la planta alta dejando en su interior un hueco de forma cuadrangular. Originariamente debió ser de madera y su barandilla muy sencilla, seguramente de madera o con ligeros balaústres de hierro, pero con la reforma del año 1962 se le dio un aspecto más noble.

– Bienes muebles.

El devenir histórico de la Casa Cornide y sus diferentes poseedores y usos propiciaron la probable desaparición de pertenencias que habían estado relacionados con sus moradores originarios, la familia Cornide.

Las sucesivas transmisiones y la implantación de usos culturales y de acceso público producirían su continua transformación hasta la adquisición pública al final de la primera mitad del siglo XX. Después del proceso de enajenación de la titularidad pública del Ayuntamiento de A Coruña, se adapta de nuevo para el uso de residencia, con una decoración con bienes que, en general, parecen evidenciar un gusto anticuario, ecléctico e historicista.

La información de la que se dispone para valorar el estado actual del inmueble, sus partes integrantes y pertenencias no procede de un acceso reciente a su interior, sino de la información y documentación, fotografías y hemeroteca que se incorpora y analiza en el estudio promovido por el Ayuntamiento de A Coruña.

Sin embargo, el desconocimiento de la situación actual no altera el valor, significado ni cualidades de la generalidad del inmueble y las partes sí identificadas, que en cualquier caso serían completadas o aumentadas por estas partes integrantes o pertenencias del interior. El proceso de instrucción del expediente incoado requiere del acceso a su interior en las condiciones y con la finalidad establecida en el artículo 36.1.c) de la LPCG, que obliga a los propietarios y poseedores de los bienes a facilitar el acceso al personal técnico designado por la Administración para la realización de los informes necesarios en la tramitación de los procedimientos de declaración de interés cultural.

4. Estado de conservación.

Durante los casi 250 años de su historia a casa perdió su uso original como mansión señorial, pasando a herederos sucesivos, empleada para actividades culturales y recreativas hasta la compra por el Estado que, finalmente, la permuta al Ayuntamiento de A Coruña, que en 1960 enajena el inmueble y se rehabilita para recuperar su función residencial. Todos los cambios sufridos a lo largo de su dilatada historia no desvirtuaron su autenticidad, ni impiden apreciar sus características relevantes o atributos que evidencian su integridad.

En la actualidad el estado general de conservación de la envolvente exterior del edificio es bueno, con pequeñas alteraciones en puntos concretos y relacionados con patologías puntuales que quedan profusamente documentadas en la documentación elaborada por el Ayuntamiento de A Coruña, que, asimismo, recoge recomendaciones para su conservación, análisis y documentación gráfica y planimétrica sobre el monumento que, como parte del expediente para su declaración, deben ser tomados en consideración para las determinaciones sobre las actuaciones autorizables en el inmueble.

El hecho de no tener acceso al interior de la vivienda impide hacer una valoración completa del estado de conservación actual del inmueble, mas allá del que se evidencia desde el exterior, que permanece sin grandes cambios aparentes en relación a su última reforma, según se recoge en la documentación descriptiva aportada por el Ayuntamiento de A Coruña.

5. Valoración cultural.

Según lo establecido en el artículo 87 de la dicha LPCG integran el patrimonio arquitectónico los inmuebles y los conjuntos de estos, y las obras de la arquitectura y de la ingeniería histórica a las que se les reconozca un papel relevante en la construcción del territorio y en su caracterización cultural y sean testimonio de una época histórica o de los cambios en la forma de entenderla.

Dicho artículo también indica que el patrimonio arquitectónico se caracteriza por las técnicas constructivas, los volúmenes, los espacios y los usos, los lenguajes formales y la expresividad de las estructuras, y los colores y las texturas de los materiales.

Asimismo, indica que el patrimonio arquitectónico aparece integrado de forma armónica en el territorio, formando parte de las ciudades, de los núcleos urbanos y rurales tradicionales y de sus entornos naturales o construidos, así como en los ámbitos territoriales que contribuyó a transformar y caracterizar.

En el artículo 88 de la LPCG se indica que se presume que concurre un significativo valor arquitectónico, entre otros, en los edificios destinados al uso privado, de carácter urbano, construidos con anterioridad a 1803, que configuren el carácter arquitectónico, la fisonomía y el ambiente de los cascos históricos de las ciudades.

El artículo 83 de la LPCG indica que los escudos elaborados con anterioridad a 1901 tienen la consideración de bienes de interés cultural.

La casa de los Cornide, símbolo del poder señorial, reúne valores históricos y arquitectónicos y sobresale por su singularidad al fusionar cierto carácter militar definido por la robustez de su aspecto pétreo, sus elementos barrocos propios del hacer autóctono y su carácter cosmopolita propio de la arquitectura de la primera Ilustración.

Sus formas francesas y próximas a la estética rococó, no tienen paralelo con ninguna otra construcción barroca de su tipo en la escena urbana gallega, caracterizada por el empleo de estilos más vernáculos que se limitaban a manifestar su carácter nobiliario con la presencia de un escudo armero en su fachada principal, por el volumen ingente de su fábrica o por la simple ordenación de sus vanos que muchas veces convirtieron los grandes balcones de vuelo en una exhibición de poder. Son muy pocos los edificios gallegos que pueden identificarse con un estilo de raigambre rococó de una manera tan evidente, con la presencia de ricas barandillas de hierro forjado muy decoradas «a lo francés», de repisas curvilíneas en sus balcones, del ritmo curvo en los vanos y de las formas asimétricas y de rocalla que adornan el escudo señorial que preside la fachada. Incluso sus cierres en esquina curvos son excepcionales en su tiempo.

La significación monumental de la Casa Cornide se incrementa al apreciar su excepcionalidad artística en el contexto arquitectónico coruñés, o incluso en el gallego. Dicha edificación se yergue en un lugar privilegiado dentro del contexto urbano de la Ciudad Vieja de A Coruña, preferente y de gran significación al presidir, con la iglesia de Santa María do Campo, el atrio de la colegiata. Al mismo tiempo, esta posición predominante y de poder, se acentuaba por su cercanía a otros edificios de carácter representativo: el viejo edificio de las Casas Consistoriales, el Palacio de la Audiencia, la plaza del convento de las Bárbaras, la iglesia conventual de Santo Domingo y el antiguo palacio de los marqueses de Montaos.

La Casa Cornide también es una edificación de gran valor por su carácter residencial de una de nuestras más destacadas personalidades del Siglo de las Luces, el ilustre polígrafo coruñés José Andrés Cornide Folgueira y Saavedra, que alcanzó una especial notoriedad en el panorama nacional de Ilustración y cuyo legado también conforma un bien singular del patrimonio cultural de Galicia.

6. Usos.

En origen la Casa Cornide fue concebida como mansión señorial y representativa. A lo largo de sus más de dos siglos y medio de historia, la edificación fue objeto de diferentes usos, entre los que destacan usos públicos y culturales, si bien en el último medio siglo la casa retomó la función residencial.

En los informes y dictámenes de los órganos consultivos se destaca la incorporación a los diferentes usos públicos, en especial el uso como centro cultural y cine durante la primera mitad del siglo XX, como relevantes para la consideración y apreciación de las comunidades locales de su importancia e interés.

Por lo tanto, estos usos se estiman los característicos y compatibles con el monumento, si bien en ningún caso deberá su uso condicionar el mantenimiento de sus condiciones de integridad. Cualquier uso de los propios del monumento deberá ser compatible con el mantenimiento de todos los elementos del edificio y adaptarse a sus características y a las condiciones de uso con motivo de preservar su integridad física y su mensaje cultural.

7. Régimen de protección.

La resolución de incoación del procedimiento para declarar bien de interés cultural el inmueble determinará la aplicación inmediata, aunque provisional, del régimen de protección previsto en la LPCG para los bienes ya declarados, según su artículo 17.4 y 17.5.d) y, complementariamente, con el establecido en la Ley 16/1985, de 25 de junio, del patrimonio histórico español (LPHE).

Este régimen implica su máxima protección y tutela, por lo que su utilización quedará subordinada a que no se pongan en peligro los valores que aconsejan su conservación. Cualquier intervención que se pretenda realizar en él deberá ser autorizada por la Dirección General de Patrimonio Cultural, según proyectos elaborados por técnicos competentes y según los criterios legales establecidos.

Para completar y precisar el alcance de la protección y definir los espacios y sistemas constructivos, a los elementos decorativos u ornamentales y a la totalidad de los bienes existentes en el interior del inmueble que constituyen junto a este una unidad singular, durante el procedimiento de declaración de bien de interés cultural el personal técnico designado por la Dirección General de Patrimonio Cultural deberá acceder a su interior para su completa documentación y para determinar su relación con el monumento y sus valores culturales. Entre tanto, y de forma cautelar y provisional, les será de aplicación el régimen de protección que la LPCG establece para los monumentos y sus partes integrantes y resto de bienes vinculados.

De forma resumida, el régimen de protección definido implica los siguientes aspectos:

– Autorización: las intervenciones que se pretendan realizar tendrán que ser autorizadas por la Dirección General de Patrimonio Cultural y su uso quedará subordinado a que no se pongan en peligro los valores que aconsejan su protección, por lo que los cambios de uso sustanciales deberán ser autorizados por la citada consellería.

– Deber de conservación: las personas propietarias, poseedoras o arrendatarias y, en general, las titulares de derechos reales sobre el inmueble están obligadas a conservarlos, mantenerlos y custodiarlos debidamente y a evitar su pérdida, destrucción o deterioro.

– Acceso: las personas propietarias, poseedoras o arrendatarias y, en general, las titulares de derechos reales sobre los bienes están obligadas a permitir el acceso al personal habilitado para la función inspectora, al personal investigador y al personal técnico de la Administración en las condiciones legales establecidas.

– Comunicación: las personas propietarias, poseedoras o arrendatarias y, en general, los titulares de derechos reales están obligadas a comunicar a la Dirección General del Patrimonio Cultural cualquier daño o perjuicio que hubieran sufrido y que afecte de forma significativa a su valor cultural.

– Visita pública: las personas propietarias, poseedoras, arrendatarias y, en general, titulares de derechos reales sobre el bien permitirán su visita pública gratuita un número mínimo de cuatro días al mes durante, al menos, cuatro horas al día, que serán definidos previamente.

– Transmisiones: cualquier pretensión de transmisión onerosa de la propiedad o de cualquiera derecho real de disfrute de los bienes de interés cultural deberá ser notificada, de forma fehaciente, a la consellería competente en materia de patrimonio cultural con indicación del precio y de las condiciones en que se proponga realizar aquella. En todo caso, en la comunicación de la transmisión deberá acreditarse también la identidad de la persona adquirente.

– Expropiación: el incumplimiento de los deberes de conservación será causa de interés social para la expropiación forzosa por parte de la Administración competente.

– Traslado: cualquier traslado deberá ser autorizado por la Dirección General del Patrimonio Cultural con indicación del origen y destino, carácter temporal o definitivo y condiciones de conservación, seguridad, transporte y, en su caso, aseguramiento.

– Exportación: su exportación queda prohibida en aplicación de lo dispuesto en el artículo 5.3 de la LPHE, sin perjuicio de que pueda ser autorizada por la Administración del Estado su salida temporal en las condiciones que se determinen y tomando en consideración que el incumplimiento de las mismas o de su retorno tendrá la consideración de exportación ilícita.

ANEXO II
Delimitación y contorno de protección

La propuesta de delimitación del bien y de su contorno de protección, que determinan la aplicación de los regímenes de protección derivados de su consideración como bien de interés cultural, busca la mayor integración con las determinaciones vigentes del Plan especial de protección y reforma interior de la Ciudad Vieja y A Peixaría, aprobado definitivamente el 14 de diciembre de 1998, que identifica el inmueble situado en la calle Damas, n.º 25 con la ficha n.º 220 de la unidad edificatoria 932460, ya que se estiman adecuadas para su protección.

1. Delimitación del bien.

El bien delimitado coincide con el perímetro de la planta de la Casa Cornide, incluyendo el volumen añadido en la reforma y ampliación de la década de 1960 (antiguo núm. 7 de la calle Veeduría), por considerar que forma una parte inseparable del inmueble. El bien tiene una ocupación de 277 m2 de superficie.

2. Contorno de protección.

Se estima necesaria la introducción de un contorno de protección específico, más allá de que el contexto general de pertenencia al conjunto histórico ya garantice unas condiciones de integración y de protección idóneas, para delimitar el espacio y ámbito más inmediato en el que las relaciones de cercanía y visibilidad concretas con el monumento introducen aspectos nuevos que deben ser tomados en consideración en las propuestas de intervención y usos en el ámbito, en especial en el espacio público, y que, asimismo, serían de aplicación en caso de no regir o derogarse el vigente plan especial. El contorno de protección propuesto incluye la Colegiata de Santa María do Campo y el crucero de su atrio, ambos bienes considerados de interés cultural, y sería común para los tres inmuebles. La superficie de este contorno es de 9.205 m2.

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