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Documento BOE-A-2021-10814

Orden ETD/681/2021, de 24 de junio, por la que se modifica la Orden ETD/534/2021, de 26 de mayo, por la que se aprueba el pliego de cláusulas administrativas particulares y de prescripciones técnicas para el otorgamiento por subasta de concesiones de uso privativo de dominio público radioeléctrico en la banda de 700 MHz y se convoca la correspondiente subasta.

Publicado en:
«BOE» núm. 154, de 29 de junio de 2021, páginas 77892 a 77893 (2 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Asuntos Económicos y Transformación Digital
Referencia:
BOE-A-2021-10814

TEXTO ORIGINAL

Mediante Orden ETD/534/2021, de 26 de mayo, se aprobó el pliego de cláusulas administrativas particulares y de prescripciones técnicas para el otorgamiento por subasta de concesiones de uso privativo de dominio público radioeléctrico en la banda de 700 MHz y se convocó la correspondiente subasta.

Como anexo I de la citada orden, se aprobó el pliego de cláusulas administrativas particulares y de prescripciones técnicas para el otorgamiento por subasta de concesiones de uso privativo de dominio público radioeléctrico en la banda de 700 MHz.

La cláusula 3 del mencionado pliego establece la composición de la Mesa de Adjudicación como órgano de asistencia técnica especializada al órgano de adjudicación durante el desarrollo y tramitación de la subasta.

Mediante la presente Orden se modifica dicha composición, de manera que, al tratarse de una mera cuestión orgánica, no supone alteración alguna del calendario de la subasta establecido en la cláusula 4 del pliego citado, que sigue siendo aplicable en sus mismos términos.

La presente orden ha sido objeto de informe preceptivo por la Abogacía del Estado.

Por lo anterior, resuelvo:

Primero. Modificación de la Orden ETD/534/2021, de 26 de mayo, por la que se aprueba el pliego de cláusulas administrativas particulares y de prescripciones técnicas para el otorgamiento por subasta de concesiones de uso privativo de dominio público radioeléctrico en la banda de 700 MHz y se convoca la correspondiente subasta.

Se modifica la cláusula 3 del pliego de cláusulas administrativas particulares y de prescripciones técnicas, aprobado como anexo I de la Orden ETD/534/2021, de 26 de mayo, por la que se aprueba el pliego de cláusulas administrativas particulares y de prescripciones técnicas para el otorgamiento por subasta de concesiones de uso privativo de dominio público radioeléctrico en la banda de 700 MHz y se convoca la correspondiente subasta, que queda redactada de la manera siguiente:

«Cláusula 3. Mesa de Adjudicación.

La Mesa de Adjudicación estará compuesta del modo siguiente:

Presidente: El Subdirector General de Planificación y Gestión del Espectro Radioeléctrico.

Vocales:

El Subdirector General de Ordenación de las Telecomunicaciones.

El Subdirector General de Operadores de Telecomunicaciones e Infraestructuras Digitales.

La Vocal Asesora de la Subdirección General de Planificación y Gestión del Espectro Radioeléctrico.

Un Abogado del Estado adscrito al Ministerio de Asuntos Económicos y Transformación Digital.

Un Delegado de la Intervención General del Estado.

Secretario, designado por el Presidente entre funcionarios de la Secretaría de Estado de Telecomunicaciones e Infraestructuras Digitales con el nivel mínimo de Jefe de Servicio, que actuará con voz, pero sin voto.»

Segundo. Aplicabilidad.

Lo dispuesto en esta orden será aplicable desde el día siguiente al de su publicación en el «Boletín Oficial del Estado».

Tercero. Recursos.

Contra esta orden, que, pone fin a la vía administrativa, se podrá interponer recurso potestativo de reposición ante la Vicepresidenta Segunda del Gobierno y Ministra de Asuntos Económicos y Transformación Digital en el plazo de un mes desde el día siguiente al de su publicación en el «Boletín Oficial del Estado», o bien ser impugnada directamente ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo de la Audiencia Nacional en el plazo de dos meses contados desde el día siguiente al de su publicación en el «Boletín Oficial del Estado», de acuerdo con lo dispuesto en los artículos 11 y 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, sin que puedan ser simultáneos ambos recursos.

Madrid, 24 de junio de 2021.–La Vicepresidenta Segunda del Gobierno y Ministra de Asuntos Económicos y Transformación Digital, Nadia Calviño Santamaría.

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