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Documento BOE-A-2021-10889

Orden JUS/689/2021, de 29 de junio, por la que se convoca la provisión de puestos de trabajo por el sistema de libre designación.

Publicado en:
«BOE» núm. 156, de 1 de julio de 2021, páginas 78264 a 78266 (3 págs.)
Sección:
II. Autoridades y personal - B. Oposiciones y concursos
Departamento:
Ministerio de Justicia
Referencia:
BOE-A-2021-10889

TEXTO ORIGINAL

De conformidad con lo establecido en el artículo 466 de la Ley Orgánica 6/1985, de 1 de julio, del Poder Judicial, así como en el artículo 17 del Reglamento Orgánico del Cuerpo de Secretarios Judiciales aprobado por Real Decreto 1608/2005, de 30 de diciembre, se anuncia la provisión, por el sistema de libre designación, de los puestos de trabajo cuya descripción se especifica en el anexo de la presente convocatoria con arreglo a las siguientes bases:

Primera. Participantes.

Los puestos de trabajo que se convocan podrán ser solicitados por los funcionarios pertenecientes al Cuerpo de Letrados de la Administración de Justicia de la categoría primera y de la categoría segunda que lleven al menos diez años en el cuerpo, y como mínimo hayan estado cinco años en puestos de segunda categoría, y que se encuentren en situación de servicio activo o en cualesquiera otras que comporten la reserva del puesto de trabajo, en el momento de finalización del plazo de presentación de solicitudes.

No podrán participar los declarados suspensos en firme, mientras dure la suspensión.

Los Secretarios Coordinadores que a la entrada en vigor de la Ley Orgánica 7/2015, de 21 de julio, estuvieran desempeñando su segundo o posterior mandato, no podrán optar a la renovación para el mismo puesto, conforme a la disposición transitoria 4.ª.3 de la mencionada ley orgánica.

Segunda. Presentación de solicitudes.

1. Los Letrados de la Administración de Justicia que participen en la presente convocatoria, cumplimentarán su solicitud, con carácter obligatorio por medios telemáticos a través del Asistente de Inscripción, al que podrán acceder desde el Portal de la Administración de Justicia (acceso Área Privada – Escritorio de trabajo – Aplicación AINO@), cumplimentando todos los apartados que se le exijan.

Solo se podrán presentar las solicitudes por otros medios cuándo existan motivos justificados y previa autorización de la Subdirección General para la Innovación y Calidad de la Oficina Judicial y Fiscal, autorización que se solicitará al correo electrónico: letradosaj@mjusticia.es. Esta modalidad de solicitud podrá presentarse en la forma prevista en el artículo 16 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas. Si dichas solicitudes se presentaran a través de las Oficinas de Correos deberán ir en sobre abierto para ser fechadas y selladas por el funcionario correspondiente antes de ser certificadas e irán dirigidas al Área de Letrados de la Administración de Justicia de la Subdirección General para la Innovación y Calidad de la Oficina Judicial y Fiscal (calle San Bernardo, número 19, 4.ª planta despacho 409, 28071-Madrid). Una vez presentadas las solicitudes por otros medios, se adelantarán en formato electrónico a la dirección: letradosaj@mjusticia.es. Se concede un plazo de diez días hábiles a partir del día siguiente a la publicación en el BOE, para que los interesados puedan formular sus peticiones con sujeción a los preceptos aludidos. Si alguno de los solicitantes quisiera modificar la solicitud ya confirmada, dentro del plazo de presentación de solicitudes podrá volver a generar y confirmar una nueva solicitud a través del asistente, considerándose válida la última solicitud presentada por el asistente de inscripción.

2. Serán rechazadas las solicitudes que no se presenten siguiendo las instrucciones recogidas en la presente orden.

3. Ningún participante podrá anular o modificar su instancia una vez terminado el plazo de presentación de las mismas, sin perjuicio de lo establecido en el artículo 68 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

4. Con la solicitud telemática se adjuntará un curriculum vitae en formato europass (https://europass.cedefop.europa.eu/editors/es/cv/compose) y la documentación escaneada de los méritos alegados en formato PDF. Con la solicitud en papel y previa autorización se adjuntará un currículum y documentación original o fotocopias compulsadas y paginadas de la documentación justificativa de los méritos alegados.

Los méritos alegados y acreditados se valorarán, con referencia a la fecha de cierre del plazo de presentación de instancias. Los Secretarios de Gobierno durante el proceso de valoración podrán recabar de los interesados la documentación original de los méritos alegados y las aclaraciones o, en su caso, la documentación adicional que se estimen necesarias para la comprobación de los mismos.

5. Además de la documentación anterior deberá presentarse en la misma forma que en el apartado precedente, por cada puesto solicitado, una memoria firmada en la que, en una extensión no superior a 10 folios, el candidato realizará un análisis de las tareas del puesto solicitado, condiciones y medios necesarios para su desempeño, propuestas de mejora en el desarrollo de las funciones y todas aquellas otras cuestiones que el aspirante considere de interés o importancia, con base en la descripción de funciones del puesto.

El Ministerio de Justicia y las comunidades autónomas podrán realizar una entrevista personal a los solicitantes.

Tercera. Procedimiento para el nombramiento.

1. Transcurrido el plazo correspondiente para la presentación de las solicitudes y examinadas y valoradas todas ellas, el Secretario de Gobierno propondrá al candidato que considere más idóneo para desempeñar el cargo de Secretario Coordinador, que será nombrado por el Ministerio de Justicia. Para los puestos de trabajo de las Comunidades Autónomas con traspasos recibidos, la propuesta de los Secretarios de Gobierno, deberá realizarse de acuerdo con la Comunidad Autónoma correspondiente.

2. Antes del nombramiento se oirá al Consejo del Secretariado sobre el candidato que ha de ser nombrado por el Ministerio de Justicia.

Cuarta. Resolución y adjudicación de destino.

La resolución de la presente convocatoria se llevará a cabo mediante Orden del Ministro de Justicia.

El mandato del Secretario Coordinador se extenderá a un plazo de cinco años, renovable, en su caso, por un solo periodo igual, no pudiendo ocuparse más de diez años el mismo puesto de Secretario Coordinador conforme a lo dispuesto en el artículo 466.1 de la Ley Orgánica 6/1985, de 1 de julio, del Poder Judicial.

Los Secretarios Coordinadores que fueren nombrados en esta convocatoria y que a la entrada en vigor de la Ley Orgánica 7/2015, de 21 de julio, estuvieran desempeñando el puesto para el que ahora son reelegidos, no podrán optar a la reelección para el mismo puesto cuando trascurran los 5 años de este segundo mandato, conforme a lo establecido en el precepto citado.

A los Letrados de la Administración de Justicia que sean nombrados Secretarios Coordinadores se les reservará, durante el tiempo que ocuparen dicho cargo, la plaza que vinieren ocupando con anterioridad a dicho nombramiento, conforme a lo establecido en el artículo 466.4 de la Ley Orgánica 7/2015, de 21 de julio.

Las plazas ofertadas podrán declararse desiertas.

Quinta. Recursos.

Contra la presente orden, que pone fin a la vía administrativa, cabe interponer recurso contencioso-administrativo, de conformidad con lo establecido en la Ley reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa en el plazo de dos meses contados a partir del día siguiente a la publicación de la presente orden en el «Boletín Oficial del Estado». Todo ello sin perjuicio de la interposición de Recurso potestativo de Reposición, ante el mismo órgano que lo dictó, en el plazo de un mes contado a partir del día siguiente a su publicación, conforme lo dispuesto en los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

Madrid, 29 de junio de 2021.–El Ministro de Justicia, P. D. (Orden JUS/987/2020, de 20 de octubre), el Secretario General para la Innovación y Calidad del Servicio Público de Justicia, Francisco de Borja Vargues Valencia.

ANEXO

I. Características del puesto

Número orden Localidad Unidad organizativa Denominación
  Granada  
1 Granada. Secretaría de Coordinación Provincial. Secretario Coordinador (1030).
  Ourense  
2 Ourense. Secretaría de Coordinación Provincial. Secretario Coordinador (1030).

Forma de provisión: Libre designación.

II. Funciones

Las funciones que corresponde ejercer en los puestos de trabajo objeto de esta convocatoria son las establecidas en los artículos 467 de la Ley Orgánica 6/1985, de 1 de julio, del Poder Judicial y 18 del Reglamento Orgánico del Cuerpo de Secretarios Judiciales aprobado por Real Decreto 1608/2005, de 30 de diciembre.

III. Requisitos de participación

Cuerpo: Letrados de la Administración de Justicia.

Categoría: Primera categoría y categoría segunda que lleven al menos diez años en el cuerpo, y como mínimo hayan estado cinco años en puestos de segunda categoría.

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