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Documento BOE-A-2021-12452

Resolución de 15 de julio de 2021, de la Universidad de Burgos, por la que se nombra Catedrático de Universidad a don César Ignacio García Osorio.

Publicado en:
«BOE» núm. 177, de 26 de julio de 2021, páginas 89693 a 89693 (1 pág.)
Sección:
II. Autoridades y personal - A. Nombramientos, situaciones e incidencias
Departamento:
Universidades
Referencia:
BOE-A-2021-12452

TEXTO ORIGINAL

Vistas la propuesta de nombramiento efectuada por la respectiva Comisión de Selección encargada de valorar la adjudicación de las plazas convocadas a concurso de acceso por Resolución Rectoral de 26 de marzo de 2021 (BOE de 23 de abril) y acreditados reglamentariamente por el concursante los requisitos a los que alude la base décimo tercera de la citada Resolución Rectoral,

Este Rectorado en virtud de las atribuciones que le confiere el artículo 83 de los Estatutos de la Universidad de Burgos y el artículo 65 de Ley 6/2001, de 21 de diciembre, de Universidades (BOE de 24 de diciembre de 2001), modificada por la Ley Orgánica 4/2007, de 12 de abril (BOE de 13 de abril de 2007) y demás disposiciones concordantes, ha resuelto, tras la superación del respectivo concurso de acceso, nombrar funcionario de cuerpos docentes universitarios a:

– Don César Ignacio García Osorio con DNI ***9338** en el cuerpo de Catedráticos de Universidad, Área de Conocimiento de Lenguajes y Sistemas Informáticos, Departamento de Ingeniería Informática, en la Escuela Politécnica Superior de la Universidad de Burgos, código en el concurso: CU-2021-5 y código de la plaza en la Relación de Puestos de Trabajo de Personal Docente e Investigador: IIN-LEN-CU-3.

De acuerdo con la base 13.7 de la convocatoria, en el plazo máximo de veinte días, a contar desde el día siguiente de la publicación del nombramiento en el «Boletín Oficial del Estado», los candidatos propuestos deberán tomar posesión de su plaza, momento en el que adquirirán la condición de funcionario de carrera del cuerpo docente universitario de que se trate, si no ostentasen ya dicha condición, con los derechos y deberes que les son propios. Si ya vinieran ostentando la condición de funcionario de carrera del mismo cuerpo docente, la toma de posesión tendrá los efectos de cambio de destino de carácter voluntario o de reingreso al servicio activo en su caso, por nombramiento mediante concurso de acceso, sin que los interesados tengan derecho a percibir ningún tipo de indemnización respecto del período en el que no hubiesen estado ocupando plaza alguna. En el momento anterior a la toma de posesión realizarán el acto de acatamiento de la Constitución y del resto del ordenamiento jurídico, así como la declaración de no estar afectado de incompatibilidad o ejercicio de opción en el caso de venir desempeñando alguna actividad pública o percibiendo alguna pensión.

Contra esta Resolución, que agota la vía administrativa, los interesados podrán interponer recurso contencioso-administrativo ante el órgano judicial competente en el plazo de dos meses desde el día siguiente a su publicación en el «Boletín Oficial del Estado». Potestativamente, podrán interponer recurso de reposición ante el Rector en el plazo de un mes desde el día siguiente a su publicación. En este caso, no se podrá interponer el recurso contencioso-administrativo antes mencionado hasta la Resolución expresa o desestimación presunta del de reposición.

Burgos, 15 de julio de 2021.–El Rector, Manuel Pérez Mateos.

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