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Documento BOE-A-2021-12691

Resolución de 16 de julio de 2021, del Real Patronato sobre Discapacidad, por la que se publica el Convenio con la Asociación Española de Empleo con Apoyo, para la realización de la jornada "Talleres de empleo".

Publicado en:
«BOE» núm. 179, de 28 de julio de 2021, páginas 91071 a 91077 (7 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Derechos Sociales y Agenda 2030
Referencia:
BOE-A-2021-12691

TEXTO ORIGINAL

El Real Patronato sobre Discapacidad y la Asociación Española de Empleo con Apoyo (AESE) han suscrito el 1 de julio de 2021 el Convenio entre el Real Patronato sobre Discapacidad y la Asociación Española de Empleo con Apoyo (AESE) para la realización de la Jornada «Talleres de empleo», por lo que conforme a lo previsto en el artículo 48.8 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, del Régimen Jurídico del Sector Público, una vez inscrito en el Registro Electrónico estatal de Órganos e Instrumentos de Cooperación del sector público estatal, procede la publicación en el «Boletín Oficial del Estado» de dicho Convenio, que figura como anexo a esta resolución.

Madrid, 16 de julio de 2021.–El Secretario General del Real Patronato sobre Discapacidad, Ignacio Álvarez Peralta.

ANEXO
Convenio entre el Real Patronato sobre Discapacidad y la Asociación Española de Empleo con Apoyo (AESE) para la realización de la Jornada «Talleres de empleo»

REUNIDOS

De una parte, don Ignacio Álvarez Peralta, Secretario de Estado de Derechos Sociales nombrado por Real Decreto 59/2020, de 14 de enero (BOE número 13, de 15 de enero), en calidad de Secretario General del Real Patronato sobre Discapacidad, conforme a lo establecido en el Real Decreto 452/2020, de 10 de marzo, por el que se desarrolla la estructura orgánica básica del Ministerio de Derechos Sociales y Agenda 2030 y se modifica el Real Decreto 139/2020, de 28 de enero, por el que se establece la estructura orgánica básica de los departamentos ministeriales, y de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 8.2 del Estatuto del Real Patronato sobre Discapacidad, aprobado por el Real Decreto 946/2001, de 3 de agosto, modificado por Real Decreto 1/2013, de 11 de enero.

Y de la otra, don Alfonso Gutiérrez Caballero, Presidente de la Asociación Española de Empleo con Apoyo AESE, domiciliada en C/ Cueva de Montesinos número 45, 28034 Madrid y CIF número G -07644966, elegida por acuerdo de la Asamblea General de Asociados de fecha 13 de junio de 2014, según consta en Certificado de acta de elección emitido por la entidad y con poder para representarla tal y como se establece en el artículo 16 de sus Estatutos.

Las partes intervienen en la representación y con las facultades que sus respectivos cargos les confieren, reconociéndose mutuamente capacidad y legitimación para obligarse y convenir, y al efecto

EXPONEN

Primero.

Que el Real Patronato sobre Discapacidad es un Organismo Autónomo de la Administración General del Estado que tiene encomendada, entre otras funciones la generación y transferencia de conocimiento y el desarrollo de programas y actuaciones de sensibilización y concienciación social relativos a discapacidad y accesibilidad, así como la cooperación institucional con otros organismos y entidades públicas y privadas en estas materias.

Segundo.

Que el fin principal de la Asociación Española de Empleo con Apoyo (AESE) es la propagación de un modelo de normalización social de los colectivos de personas en exclusión social o personas con discapacidad, que mediante el Empleo con Apoyo han de conseguir una integración laboral dentro del sistema ordinario y, en consecuencia, una plena inserción social según figura en el artículo 4 de sus Estatutos.

Tercero.

Que el Real Patronato sobre Discapacidad y la Asociación Española de Empleo con Apoyo (AESE) reconocen que la realización de actividades conjuntas facilita la integración social de las personas con discapacidad, a través de la integración laboral favoreciendo la reinserción social de estas personas lo que conlleva a poder realizarse como persona y poder llevar una vida independiente.

Este convenio es uno de los definidos en el artículo 47.1 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, y se encuentra, por consiguiente, sometido al régimen jurídico que dicha norma establece para los convenios.

Por todo lo expuesto, ambas partes, de acuerdo con lo establecido en el artículo 47.1 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, acuerdan suscribir el presente Convenio, que se regirá por las siguientes

CLÁUSULAS

Primera. Objeto.

El presente Convenio tiene por objeto la colaboración entre el Real Patronato sobre Discapacidad y la Asociación Española de Empleo con Apoyo (AESE) en la realización de la Jornada «Talleres de Empleo» que se realizaran en Madrid en el mes de octubre de 2021.

La colaboración entre el Real Patronato sobre Discapacidad y la Asociación de Empleo con Apoyo (AESE) durante el año 2021, para ejecutar la Jornada, se desarrollarán con las actuaciones expresadas en el Anexo del convenio.

Segunda. Compromisos del Real Patronato sobre Discapacidad.

El Real Patronato sobre Discapacidad aportará:

– La participación de los funcionarios en la organización de la Jornada «Talleres de empleo» así como su presencia en los mismos.

– El realizar, a través de sus canales de comunicación, la máxima difusión posible de la Jornada.

– El asesoramiento específico referido al fondo documental y bibliográfico de que dispone el Real Patronato sobre Discapacidad que resulte necesario para la realización de la Jornada. En concreto los fondos del Centro Español de Documentación sobre Discapacidad y el Boletín del Real Patronato.

– Realización de reuniones de coordinación presenciales o vía online de seguimiento y coordinación para la preparación de la Jornada.

– Una aportación económica de tres mil doscientos sesenta y cinco euros con cincuenta (3.265,50 euros), con cargo a la aplicación 29.102.231F.226.06 del presupuesto de gastos del organismo para el año 2021, y destinada a cofinanciar las actividades objeto de este convenio, conforme figura en el Anexo.

En cumplimiento del apartado 3 del artículo 21 de la Ley 47/2003, de 26 de noviembre, General Presupuestaria, el abono de la aportación económica del Real Patronato sobre Discapacidad se efectuará una vez justificada la actividad prevista mediante la presentación de las correspondientes facturas y/o justificantes de gastos. El ingreso se realizará en la cuenta número ES90 1465 0100 9519 0003 0625 de ING DIRECT.

Dicho abono se efectuará contra certificado suscrito por el Director del Organismo, acreditativo de la realización de las actividades y de la recepción de conformidad de la justificación documental correspondiente.

Tercera. Compromisos de la Asociación Española de Empleo con Apoyo (AESE).

La Asociación Española de Empleo con Apoyo (AESE) se compromete a colaborar en el objeto de este Convenio, a través de:

– La participación de su personal en la preparación del programa de la Jornada «Talleres de empleo».

– La gestión administrativa de las actividades.

– Realizar la máxima difusión de la actividad objeto del convenio.

– La comunicación al Real Patronato de cualquier hecho que pueda modificar la estructura de la actividad.

– Una aportación económica de mil trescientos noventa y nueve euros con cincuenta (1.399,50 euros), destinada a cofinanciar la actividad prevista en el Anexo de este Convenio. La citada aportación económica se efectuará a medida que la actividad lo requiera y, en todo caso, deberá estar desembolsada en su totalidad antes de que finalicen los efectos del presente Convenio.

– Elaborar una nota de prensa con detalle de los trabajos realizados antes, durante o después del desarrollo de la actividad. Dicha nota se enviará al Real Patronato sobre Discapacidad, que podrá utilizarla en los medios de comunicación que considere oportunos para el cumplimiento de sus fines de difusión.

– Elaborar una Memoria Anual de las actuaciones desarrolladas objeto de este convenio, incluyendo las notas de prensa citadas anteriormente, de la cual se presentará un ejemplar.

– Justificar al Real Patronato sobre Discapacidad la totalidad de los gastos y pagos realizados, cumpliendo con los requisitos establecidos en el manual de instrucciones de justificación.

Gastos: se remitirá una relación detallada de todos los gastos realizados indicando su naturaleza, así como la cuantía total para cada tipo de gasto.

Deberán adjuntarse los originales de las facturas y/o documentos contables de valor probatorio equivalente justificativos del gasto realizado, y si se pidiese la devolución de los mismos, se deberá solicitar expresamente y, en este caso, adjuntar también fotocopias de los mismos.

Los gastos o los compromisos de gastos previstos deberán realizarse desde la fecha de su inscripción en el REOICO del convenio hasta la finalización de la actividad.

Pagos: Los pagos efectuados deberán justificarse en el plazo de un mes desde la recepción de la aportación correspondiente al Real Patronato sobre Discapacidad y antes del fin de la vigencia del convenio. El incumplimiento de este extremo conllevará la obligación de reintegro parcial o total de los fondos recibidos, así como el pago de intereses de demora que se devenguen desde el día en el que se realizó el pago hasta el momento en el que se acuerde la procedencia del reintegro.

El tipo de interés de demora aplicable será el que se estipula en el artículo 17 de la Ley 47/2003, de 26 de noviembre, General Presupuestaria.

En todo caso, la aportación de la Memoria Anual de actuaciones desarrolladas y la justificación de gastos efectuados, debe realizarse como fecha límite el 30 de noviembre de 2021.

Cuarta. Ausencia de relación laboral.

La relación del personal de la Asociación Española de Empleo con Apoyo con el Real Patronato sobre Discapacidad no supondrá más compromiso que el estipulado en el presente Convenio, ni del mismo se deriva obligación alguna propia de un contrato laboral ni su contenido podrá dar lugar a la sustitución de la prestación laboral propia de puestos de trabajo.

Quinta. Derechos de explotación.

Los derechos de explotación, en todas las modalidades, de la documentación que se produzca como consecuencia de las actuaciones contempladas en el presente Convenio y sin perjuicio de lo dispuesto en la Sección segunda del Capítulo III del Título II Libro I de la Ley de Propiedad Intelectual, aprobada por Real Decreto Legislativo 1/1996, de 12 de abril, será propiedad del Real Patronato sobre Discapacidad, en la parte proporcional al porcentaje de financiación y podrá utilizarse en los cursos y actividades que se programen desde este organismo siempre que cuente con el consentimiento de la Asociación Española de Empleo con Apoyo (AESE) y respetando, en todo caso, el derecho moral que le corresponde al autor de la documentación y que es inalienable según el artículo 14 del citado texto legal.

Sexta. Logotipo.

Asimismo, la documentación y la información tanto impresa como electrónica sobre las actividades objeto del presente Convenio deberán incluir el logotipo del Real Patronato sobre Discapacidad y hacer referencia a este organismo en su calidad de coorganizador, teniendo en cuenta lo dispuesto en el Real Decreto 1465/1999, de 17 de septiembre, que establece los criterios de imagen institucional y regula la producción documental y el material impreso de la Administración General del Estado.

La eventual publicidad y difusión que en su caso se lleve a cabo sobre las actividades objeto del Convenio, se estará en lo que resulte de aplicación a lo dispuesto en la Resolución de 21 de marzo de 2013, de la Secretaría de Estado de Administraciones Públicas, por la que se aprueba la Guía de Comunicación Digital para la Administración General del Estado.

Séptima. Comisión de seguimiento.

Con el fin de facilitar la coordinación y el seguimiento del presente Convenio se constituirá una Comisión de seguimiento, que estará formada por dos representantes de cada una de las partes.

Los dos representantes del Real Patronato sobre Discapacidad serán designados por el Director de dicho organismo y los dos representantes de la Asociación de empleo con apoyo (AESE), serán nombrados por el Presidente.

La Comisión se reunirá tantas veces como sea necesario para la buena marcha de las actuaciones a desarrollar en el marco del Convenio.

La Comisión en su funcionamiento se regirá por lo previsto en el presente Convenio y supletoriamente por lo estipulado en la Sección tercera, del Capítulo II, del Título Preliminar de la Ley 40/2015, de 1 de octubre.

Octava. Modificación del Convenio.

Los términos de este Convenio podrán ser modificados de mutuo acuerdo entre las partes suscriptoras, siempre que no suponga un incremento del coste de la actividad a desarrollar, dicha modificación se hará efectiva por acuerdo de las partes a propuesta de la Comisión de seguimiento, y se incorporará como parte inseparable del texto del Convenio. En todo caso, la modificación del Convenio exigirá la suscripción del correspondiente acuerdo de modificación por parte de las entidades firmantes del mismo, limitándose la Comisión de seguimiento a proponer que se lleve a cabo dicha modificación.

Novena. Protección de datos.

En cumplimiento del Reglamento (UE) 2016/679 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 27 de abril de 2016, relativo a la protección de las personas físicas del Reglamento General de Protección de Datos (RGPD), y de la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos Personales y garantía de los derechos digitales, se informa al representante de la Asociación Española de Empleo con Apoyo (AESE) de que sus datos personales se incorporan en ficheros de datos de carácter personal cuya titularidad ostenta el Real Patronato sobre Discapacidad con la finalidad de gestionar las relaciones institucionales, los convenios y la agenda de contactos. Se informa asimismo de que tiene la posibilidad de ejercer los derechos de acceso, rectificación, cancelación y oposición que legalmente le corresponden mediante carta dirigida al Real Patronato sobre Discapacidad Ref. Protección de datos, calle Serrano, 140, 28006 Madrid.

Décima. Plazo de vigencia y efectos.

Siguiendo el contenido del artículo 48.8 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, el presente Convenio se perfeccionará por la prestación del consentimiento de las partes, que se materializará a través de la firma y resultará eficaz una vez inscrito en el Registro Electrónico estatal de Órganos e Instrumentos de Cooperación del sector público estatal y publicado en el «Boletín Oficial del Estado». El plazo de vigencia del presente convenio comprenderá desde la fecha de su publicación en el BOE hasta el 31 de diciembre de 2021. No procede la prórroga del convenio.

Undécima. Extinción del Convenio.

Serán causas de extinción de este convenio, las establecidas en el artículo 51 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público.

Será motivo de resolución, el incumplimiento total o parcial de las obligaciones contenidas en el mismo por alguna de las partes.

Los efectos de la resolución del Convenio se regirán por lo previsto en el artículo 52 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, en lo que resulte de aplicación al Convenio que nos ocupa.

Duodécima. Consecuencias aplicables por causa de incumplimiento.

En caso de incumplimiento de las obligaciones asumidas por alguna de las partes, a propuesta de la comisión de seguimiento, las partes podrán acordar la continuación o finalización de las actuaciones oportunas en curso, estableciendo un plazo improrrogable para su finalización y liquidación.

Así mismo, el incumplimiento dará lugar a la posible indemnización prevista en el artículo 49.c) de la citada Ley 40/2015. Dicha indemnización se calculará en función del alcance de los perjuicios ocasionados por el incumplimiento, incluyendo en cualquier caso el importe ya abonado y los intereses legales correspondientes.

Decimotercera. Responsabilidad civil.

El Real Patronato sobre Discapacidad queda exonerado de cualquier responsabilidad civil derivada de la ejecución de la actividad objeto de este convenio.

Decimocuarta. Naturaleza jurídica, resolución de controversias y orden jurisdiccional.

Este Convenio tiene naturaleza administrativa, según lo dispuesto en el artículo 47.1 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público y queda sometido al régimen jurídico de convenios previsto en el Capítulo VI Título Preliminar de la citada Ley.

Las controversias que pudieran surgir sobre la interpretación, modificación, resolución y efectos se resolverán entre las partes agotando todas las formas posibles de conciliación para llegar a un acuerdo amistoso extrajudicial. En su defecto, serán competentes para conocer las cuestiones litigiosas los órganos del Orden Jurisdiccional Contencioso-Administrativo.

Y en prueba de conformidad con todo lo expuesto, en el ejercicio de las atribuciones de que son titulares los firmantes, suscriben el presente Convenio mediante firma electrónica.–Por la Asociación Española de Empleo con Apoyo (AESE), Alfonso Gutiérrez Caballero.–Por el Real Patronato sobre Discapacidad, Ignacio Álvarez Peralta.

ANEXO

El Empleo con Apoyo se define como un Sistema de apoyos a las personas con discapacidad u otros grupos en riesgo de exclusión social, para que consigan y mantengan un empleo en el mercado laboral abierto. El apoyo debe darse antes, durante y después de obtener un contrato laboral, incluyendo, además los apoyos al empresario y teniendo como punto clave en todo el sistema, la figura del Preparador Laboral.

Dada la importancia de la inclusión social a través del empleo de las personas con discapacidad y de la implantación geográfica de la Asociación Española de Empleo con Apoyo (AESE) en todas las Comunidades Autónomas, el Real Patronato sobre Discapacidad va a coorganizar junto con AESE la celebración de la Jornada «Talleres de empleo».

Memoria de las actividades

Talleres de empleo:

Descripción: Se va a realizar una Jornada con 4 talleres de empleo, basados en un enfoque activo y participativo. Primero, a través de la reflexión y del análisis individual del material aportado. Cada profesional elabora unas conclusiones/valoraciones concretas, que posteriormente y mediante grupos de trabajo, se debaten y se elaboran propuestas y conclusiones grupales.

El tema principal de la Jornada, así como la elección de la organización del trabajo a través de talleres se realizará de forma conjunta entre el Real Patronato sobre Discapacidad y AESE a la vista de los buenos resultados obtenidos en las ediciones anteriores. A la inauguración del mismo asistirá un miembro del Real Patronato sobre Discapacidad y participaran en algunos de los talleres de la jornada, así como en la mesa redonda.

Cada taller contará con la guía y coordinación de dos tutores, profesionales expertos en el sistema de Empleo con apoyo.

El encuentro es gratuito para los participantes y de aforo limitado para 100 personas.

El proceso de inscripción se abrirá a través de la página web de la AESE, donde se colgará información detallada sobre la actividad.

Tanto el Real Patronato sobre Discapacidad y AESE, realizarán la máxima difusión del evento en las redes sociales.

A los asistentes se les entregará un dosier que contendrá:

– Material Didáctico.

– Bloc de notas.

– Bolígrafo.

– Horario y estructura del encuentro.

– Encuesta de satisfacción.

Objetivo: Crear un foro de formación y reflexión para los profesionales en el ámbito del empleo con apoyo, para tratar cuestiones que afectan directamente al desarrollo del trabajo diario, referente a la inserción sociolaboral de las personas con discapacidad y especiales dificultades de inserción y de esta manera poder sacar conclusiones de mejora entre todos.

Destinatarios: Personas con discapacidad y especiales dificultades de inserción, con contrato de trabajo en empresas ordinarios o en situación de búsqueda activa de empleo y que reciben apoyos dentro y fuera del entorno laboral por los preparadores laborales que acudirán al encuentro.

Lugar y fechas: La realización de la Jornada «Talleres de empleo» está prevista que sea en Madrid en el mes de octubre de 2021, en horario de mañana y tarde.

Será gratuito para los asistentes.

Presupuesto total:

Concepto

Total

Euros

100 dosieres (carpeta, bloc y bolígrafo). 650
Material didáctico/impreso. 150
Cartelería y publicidad. 400
Material informático. 600
Interprete lengua de signos. 200
Viaje (200 euros 8 tutores) *. 1.600
Alojamiento (1 noche x 65 euros x 8 tutores). 520
Manutención: (1 día x 37 euros x 8 tutores). 296
Alojamiento (1 noche x 65 euros x 3) **. 195
Manutención: (18 euros x 3) **. 54
  Total. 4.665

* El concepto «Viaje (200 euros)» es estimativo: dependerá del trayecto a realizar en cada caso.

** Se presupuestan 3 noches y 3 medias dietas para el caso que por razones de horario de los distintos medios de transporte los tutores tengan que pernoctar otra noche más.

Aportación Real Patronato sobre Discapacidad: 3.265,50 euros (70%).

Aportación Asociación española de Empleo con Apoyo (AESE): 1.399,50 euros (30%).

En el caso de que el coste real de la actividad fuera inferior al presupuestado se reducirán proporcionalmente las aportaciones de cada una de la parte en relación a la aportación inicial comprometida por cada una de ellas.

Los gastos de dietas y locomoción que se citan se ajustarán a lo establecido en el Real Decreto 462/2002, de 24 de mayo, sobre indemnizaciones por razones de servicio con los límites establecidos para el grupo 2.

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