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Documento BOE-A-2021-12913

Resolución de 26 de julio de 2021, de la Autoridad Independiente de Responsabilidad Fiscal, por la que se publica Anexo al Convenio de colaboración con la Universidad Carlos III de Madrid, para articular la concesión de ayudas, en el marco del procedimiento de concurrencia competitiva, convocado por Resolución de 13 de febrero de 2020.

Publicado en:
«BOE» núm. 181, de 30 de julio de 2021, páginas 92653 a 92655 (3 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Hacienda y Función Pública
Referencia:
BOE-A-2021-12913

TEXTO ORIGINAL

La Autoridad Independiente de Responsabilidad Fiscal y la Universidad Carlos III de Madrid han suscrito, con fecha 26 de julio de 2021, el Anexo V al Convenio de colaboración de 24 de junio de 2020 por el que se articula la concesión de ayudas, en el marco del procedimiento de concurrencia competitiva, convocado por Resolución de 13 de febrero de 2020, de la Presidencia de la Autoridad Independiente de Responsabilidad Fiscal (BOE de 19 de febrero de 2020), por lo que conforme a lo previsto en el artículo 48.8 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, una vez inscrito en el Registro Electrónico estatal de Órganos e Instrumentos de Cooperación del sector público estatal, procede la publicación en el «Boletín Oficial del Estado» de dicho Convenio, que figura como anexo a esta resolución.

Madrid, 26 de julio de 2021.–La Presidenta de la Autoridad Independiente de Responsabilidad Fiscal, Cristina Herrero Sánchez.

ANEXO
Anexo V al Convenio de colaboración suscrito el 24 de junio de 2020 entre la Autoridad Independiente de Responsabilidad Fiscal y la Universidad Carlos III de Madrid para articular la concesión de ayudas en el marco del procedimiento de concurrencia competitiva convocado por Resolución de 13 de febrero de 2020, de la Presidencia de la Autoridad Independiente de Responsabilidad Fiscal (BOE de 19 de febrero de 2020)

Madrid, 26 de julio de 2021.

REUNIDOS

De una parte, doña Cristina Herrero Sánchez, Presidenta de la Autoridad Independiente de Responsabilidad Fiscal (AIReF), nombrada Presidenta mediante Real Decreto del Consejo de Ministros de 3 de marzo (BOE de 4 de marzo de 2020) y en virtud de las atribuciones que tiene conferidas de acuerdo con el artículo 25 de la Ley Orgánica 6/2013, de 14 de noviembre, de creación de la Autoridad Independiente de Responsabilidad Fiscal y también en el artículo 25 del Real Decreto 215/2014, de 28 de marzo, por el que se aprueba su Estatuto Orgánico.

Y de otra parte, don Juan Romo Urroz, con domicilio a efectos del presente protocolo general de colaboración en calle Madrid, n.º 126, C.P. 28903 Getafe (Madrid), en su calidad de Rector Magnífico de la Universidad Carlos III de Madrid, nombrado por Decreto 14/2019, de 26 de marzo (BOCM 28 de marzo de 2019, n.º 74), del Consejo de Gobierno de la Comunidad de Madrid, de conformidad con las facultades que tiene atribuidas por el art. 20.1 de la Ley Orgánica 6/2001, de 21 de diciembre, de Universidades, y el art. 47 de los Estatutos de la Universidad Carlos III aprobados por Decreto 1/2003, de 9 de enero del Consejo de Gobierno de la Comunidad de Madrid, modificados por Decreto 95/2009, de 12 de noviembre.

Ambas partes se reconocen mutuamente capacidad jurídica suficiente para suscribir el presente Anexo V, y a tal efecto

MANIFIESTAN

Primero.

En virtud del Anexo I al Convenio de Colaboración de 7 de agosto de 2020 (BOE 11 de agosto) y del Anexo II al Convenio de Colaboración de 24 de septiembre de 2020 (BOE 28 de septiembre), se acordó la incorporación a la Autoridad Independiente de Responsabilidad Fiscal de cinco alumnos en prácticas: tres para el programa de investigación y dos para el programa de formación.

Segundo.

Entre dichos alumnos figuraba doña Caterina Carvalho-Machado Sáez, para el programa de investigación, siendo el importe de su beca de 18.000,00 €/año (1.500 €/mes), con una duración prevista desde el 1 de septiembre de 2020 al 30 de agosto de 2021. Esta alumna ha causado baja por motivos laborales con fecha de efectos 19 de julio de 2021, es decir, 1 mes y 11 días antes de la fecha establecida en el Anexo I, por lo que el importe de la beca no consumido sería el siguiente:

Alumno Importe mensual Importe diario Periodo no consumido Importe no consumido
Caterina Carvalho-Machado Sáez. 1.500,00 € 50,00 € 1 mes y 11 días 2.050,00 €
Tercero.

Reunida la Comisión Mixta prevista en la cláusula decimoquinta del Convenio de Colaboración, se ha decidido no incorporar un nuevo alumno en prácticas en sustitución del que ha causado baja ya que por el tiempo restante no es posible desarrollar nuevos proyectos de formación o investigación, según consta en acta de dicha Comisión de fecha 20 de julio de 2021.

Como consecuencia de lo expuesto, ambas partes

ACUERDAN

Primero.

Aceptar la baja como alumna en prácticas de doña Caterina Carvalho-Machado Sáez con fecha de efectos 19 de julio de 2021.

Segundo.

No incorporar nuevos alumnos en prácticas en sustitución de la alumna mencionada anteriormente, ya que por el tiempo restante no es posible desarrollar nuevos proyectos de formación o investigación.

Tercero.

La cláusula decimocuarta del Convenio señala que si los estudiantes en prácticas no agotaran los 12 meses de duración de la beca y no se acordara la incorporación de otro becario, la Universidad Carlos III de Madrid debe reintegrar la parte proporcional no consumida de la dotación.

Por parte de la Gerencia de la Autoridad Independiente de Responsabilidad Fiscal se ha determinado que la cantidad que no se va a consumir de la beca de doña Caterina Carvalho-Machado Sáez es de 2.050,00 €. Por este motivo, en la liquidación que la Universidad Carlos III de Madrid ha de presentar junto con la justificación de la subvención concedida deberá descontar la cantidad de 2.050,00 €.

La Universidad Carlos III de Madrid manifiesta su conformidad con la indicada liquidación.

La fecha de este Anexo será la correspondiente a la última de las firmas de los representantes de las partes.–Por la Universidad Carlos III de Madrid, Juan Romo Urroz.–Por la Autoridad Independiente de Responsabilidad Fiscal, Cristina Herrero Sánchez.

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