El Estatuto de la Agencia Española de Cooperación Internacional para el Desarrollo, aprobado por Real Decreto 1403/2007, de 26 de octubre, y modificado por el Real Decreto 845/2011, de 17 de junio, así como por el Real Decreto 1424/2012 de 11 de octubre, establece en su artículo 17.11 la estructura básica de la Agencia en el exterior, señalando que estará integrada por las Oficinas Técnicas de Cooperación, Centros de Formación de la Cooperación Española y los Centros Culturales que aparecen relacionados en el anexo I del Estatuto, determinando que, conforme establece la Ley 23/1998, de 7 de julio, de Cooperación Internacional para el Desarrollo, son unidades adscritas orgánicamente a las Embajadas que, bajo la dirección de su Jefe/a de Misión y la dependencia funcional de la Agencia Española de Cooperación Internacional aseguran la coordinación y, en su caso, la ejecución de los recursos de la cooperación en su demarcación.
Asimismo, y de acuerdo con lo previsto en el Artículo 38.1b) del citado Estatuto, el personal al frente de los órganos de la AECID en el exterior tendrá la consideración de personal directivo y sus puestos de trabajo serán cubiertos en régimen laboral mediante contratos de alta dirección, formalizados al amparo del Real Decreto 1382/85, de 1 de agosto, el Real Decreto Ley 3/2012, de 10 de febrero, y en la legislación civil y mercantil que resulte de aplicación.
Por tanto, de conformidad con lo establecido en el apartado 4 del Contrato de Gestión de la Agencia Española de Cooperación Internacional para el Desarrollo, aprobado por la Orden PRE/1914/2009, de 13 de julio, aprobadas las bases por la Dirección General de la Función Pública y teniendo en cuenta el principio de igualdad de trato entre mujeres y hombres por lo que se refiere al acceso al empleo, de acuerdo con el artículo 14 de la Constitución Española y lo previsto en el Acuerdo del Consejo de Ministros de 20 de noviembre de 2015, por el que se aprueba el II Plan de igualdad entre mujeres y hombres en la Administración General del Estado y en sus Organismos Públicos, se anuncia la convocatoria pública y abierta para la provisión de plazas de Coordinador/a General de la Cooperación Española, de acuerdo con las siguientes
Bases de la convocatoria
La presente convocatoria se publicará en el «Boletín Oficial del Estado» www.boe.es, en la página web del Portal del ciudadano www.administracion.gob.es y en la de la Agencia Española de Cooperación Internacional para el Desarrollo www.aecid.gob.es.
I) Características de las Plazas y Funciones
Se convocan 5 puestos de trabajo de Coordinadores Generales de la Cooperación Española, que se recogen en el anexo I de esta Convocatoria, en el que se señalan los puestos vacantes, así como las retribuciones anuales, en las que no está incluida la vivienda, cuyo coste (dentro de unos límites estipulados) correrá a cargo de la AECID. En ningún caso se formalizarán contratos mientras los puestos estén ocupados.
De acuerdo con lo previsto en el artículo 38.1 b) del Estatuto de la Agencia Española de Cooperación Internacional para el Desarrollo, los/las Coordinadores/as Generales de la Cooperación tendrán la consideración de personal directivo.
Los/las Coordinadores/as Generales de la Cooperación española ocuparán las plazas previstas en el Catálogo de Personal Laboral de la AECID en el exterior y prestarán servicios en las Oficinas Técnicas de Cooperación española, integradas en la Embajada de España.
Bajo la dirección de los/las Jefes/as de Misión, se ocuparán de dirigir las Oficinas Técnicas de Cooperación y los programas de cooperación de la AECID en el país que corresponda, contribuyendo a la identificación, formulación, ejecución, seguimiento y control de las actuaciones de la cooperación española en dicho país. Asimismo, se ocuparán de la gestión de los recursos humanos, de la gestión de los recursos económicos, incluyendo la gestión contable en su condición de cajero pagador, de la conservación de locales y equipos informáticos, así como del inventario.
Asimismo, participarán en las Comisiones Mixtas de Cooperación y en el seguimiento de los Marcos de Asociación, manteniendo una adecuada relación con las autoridades competentes e instituciones contrapartes en temas de cooperación, elaborando los correspondientes informes y memorias sobre los programas de cooperación que existan en su demarcación.
Igualmente, prestarán su apoyo a las instituciones españolas en materia de cooperación, gestionando y administrando, en su caso, los recursos de otras administraciones o instituciones públicas españolas que ejecuten proyectos de cooperación en dicho país.
Además, asumirán, en general, cualquier otra función que le sea encomendada por el equipo directivo de la AECID, en relación con los fines, funciones y objetivos de la Agencia.
II) Régimen de Contratación
Los/Las candidatos/as designados/as para ocupar las plazas que se convocan, suscribirán un contrato de trabajo de personal de alta dirección, de conformidad con lo establecido en el Real Decreto 1382/1985, de 1 de agosto.
La duración del contrato será de dos años, prorrogable por un máximo de tres años adicionales.
Las retribuciones de la/s plaza/s serán las aprobadas, para la categoría de Coordinador/a General de la Cooperación Española en cada país, por la Comisión Interministerial de Retribuciones, conforme a lo establecido en la Orden de 26 de abril de 2012 del Ministerio de Hacienda Administraciones Públicas por la que se aprueba la clasificación de las Agencias Estatales de conformidad con el Real Decreto 451/2012, de 5 de marzo, por el que se aprueba el régimen retributivo de los máximos responsables y directivos en el sector público empresarial y otras entidades.
III) Requisitos de los Aspirantes
Referidos al último día del plazo de presentación de solicitudes:
a) Tener la nacionalidad española.
b) Tener capacidad para contratar la prestación de su trabajo, conforme a lo establecido en el artículo 7 del texto refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores aprobado por Real decreto Legislativo 2/2015, de 23 de octubre.
c) No padecer enfermedad ni limitaciones físicas o psíquicas incompatibles con el normal desempeño de las tareas o funciones correspondientes, sin perjuicio de lo establecido en la Orden PCI/154/2019, de 19 de febrero por la que se publica el Acuerdo de Consejo de Ministros, de 30 de noviembre de 2018, por el que se aprueban instrucciones para actualizar las convocatorias de pruebas selectivas de personal funcionario, estatutario y laboral, civil y militar en orden a eliminar ciertas causas médicas de exclusión en el acceso al empleo público.
d) No haber sido separado/a mediante expediente disciplinario del servicio de cualquiera de las Administraciones Públicas o de los órganos constitucionales o estatutarios de las Comunidades Autónomas, ni hallarse inhabilitado/a absoluta o especial para empleos o cargos públicos por resolución judicial, para el acceso al cuerpo o escala de funcionario, o para ejercer funciones similares a las que desempeñaban en el caso de personal laboral, en el que hubiese sido separado o inhabilitado.
e) Estar en posesión del título de Licenciado/a, Arquitecto/a o Ingeniero/a superior, o Grado o tener cumplidas las condiciones para obtenerlo en la fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes. Los aspirantes con titulaciones obtenidas en el extranjero deberán estar en posesión de la correspondiente credencial de homologación o en su caso del correspondiente certificado de equivalencia. Este requisito no será de aplicación a los aspirantes que hubieran obtenido el reconocimiento de su cualificación profesional, en el ámbito de las profesiones reguladas, al amparo de las disposiciones de Derecho Comunitario.
f) Experiencia demostrable en el ámbito de la cooperación para el desarrollo de al menos cuatro años.
g) En las plazas en las que sean requisito un idioma (inglés o francés) según se establece en el anexo I, las formas de acreditación serán las siguientes:
– Mediante un nivel mínimo B2 aportando el certificado o título correspondiente reconocido por las Mesas Lingüísticas de la Conferencia de Rectores de las Universidades Españolas (CRUE).
– Haber desarrollado una relación profesional en el extranjero al menos durante un año, en la que se utilizara el idioma, como idioma de trabajo, acreditado mediante certificación.
– Haber cursado estudios en idioma requerido de licenciatura, grado, ingeniería, master o haber cursado cualquier otra disciplina con una duración mínima de un año académico. Se acreditará mediante título oficial o certificado.
– En el caso de ser empleado público, mediante certificación o en su defecto declaración responsable del aspirante de haber superado una prueba del idioma requerido que fuese obligatoria para el acceso a su categoría cuerpo o escala.
IV) Méritos Específicos
En esta fase se valorarán los méritos, referidos al último día del plazo de presentación de solicitudes, adecuados a las características de los puestos convocados.
Experiencia profesional (máximo 75 puntos).
a) Experiencia demostrable superior a cuatro años en el ámbito de la cooperación al desarrollo (hasta 15 puntos).
b) Experiencia demostrable en Instituciones públicas no españolas o en Organizaciones Internacionales o en Organizaciones No Gubernamentales (hasta 10 puntos).
c) Experiencia de trabajo en el funcionamiento de la Administración Pública española y especialmente en la AECID (hasta 15 puntos).
d) Experiencia de trabajo en gestión económica presupuestaria pública española (hasta 15 puntos).
e) Experiencia de trabajo en contratación pública española (hasta 10 puntos).
f) Experiencia en dirección y organización de equipos humanos (hasta 10 puntos).
Formación (máximo 25 puntos).
a) Formación en materia de cooperación al desarrollo (hasta 5 puntos).
b) Formación en el funcionamiento de la Administración Pública española (hasta 5 puntos).
c) Formación en gestión económica presupuestaria pública española (hasta 7 puntos).
d) Formación en contratación pública española (hasta 5 puntos).
e) Formación en dirección y organización de equipos humanos hasta (1,5 puntos).
f) Conocimientos de inglés o conocimientos de otros idiomas (no se valorarán los idiomas requisito en el nivel solicitando o inferior en las plazas en las que se solicite un idioma) (hasta 1,5 puntos).
V) Solicitudes
Quienes deseen tomar parte en esta convocatoria deberán hacerlo constar mediante solicitud, conforme al modelo establecido en el anexo II de esta Convocatoria, señalando a qué plazas opta, por orden de preferencia.
La solicitud irá acompañada de:
1. Currículum vitae, modelo europass (https://europass.cedefop.europa.eu/es/documents/curriculum-vitae/templates-instructions), dirigido al Sr. Director de la Agencia Española de Cooperación Internacional para el Desarrollo.
2. Documentación acreditativa de los méritos que se reseñan en el CV.
La no presentación con la solicitud del CV (modelo Europass) y de la documentación acreditativa supondrá la exclusión del proceso selectivo.
3. Acreditación del idioma para aquellas plazas en las que se establezca como requisito en el anexo I de las formas indicadas en la base III.
El plazo de presentación de las solicitudes y la documentación que le acompañe será de quince días hábiles a contar desde el día siguiente al de la publicación del anuncio de esta convocatoria en el BOE.
Se presentará, preferentemente, a través del registro electrónico único de la Administración General del Estado, en el siguiente enlace: http://administracion.gob.es. No obstante, se podrá presentar también directamente en el Registro General de la AECID (Avda. Reyes Católicos, 4 - 28040 Madrid) citando expresamente «Plazas de Coordinadores Generales de la Cooperación Española», o en el resto de formas previstas en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
VI) Admisión de aspirantes
Transcurrido el plazo de presentación de solicitudes, el Director de la Agencia Española de Cooperación Internacional para el Desarrollo dictará una resolución, en el plazo máximo de un mes, que contenga la relación provisional de aspirantes admitidos y excluidos, para cada puesto, concediéndose un plazo de cinco días hábiles para subsanar, cuando sea posible, el defecto que haya motivado la exclusión. Finalizado dicho plazo, se publicará una resolución con los listados definitivos de aspirantes admitidos y excluidos, para cada puesto, en los mismos lugares en que lo fueron las relaciones iniciales.
Serán excluidos del proceso de selección todos aquellos aspirantes que no reúnan los requisitos de participación establecidos en la base III o que hayan presentado su solicitud fuera de plazo o incumpliendo los términos formales de presentación señalados en la base V.
La citada resolución será expuesta en la Sede Electrónica de la AECID. (www.aecid.gob.es) y en el punto de acceso general http://administracion.gob.es.
VII) Proceso de Selección
La idoneidad de los aspirantes definitivamente admitidos será evaluada, de acuerdo con los méritos alegados por los mismos, por un órgano de selección que, de conformidad con lo acordado por el Consejo Rector de la Agencia Española de Cooperación Internacional para el Desarrollo, en su sesión del día 29 de julio de 2009, estará compuesto por:
– Presidenta:
Doña Carmen Castañón Jiménez, Cuerpo Superior de Administradores Civiles del Estado, Secretaria General.
Suplente: Doña Teresa Martín Ruíz, Cuerpo Superior de Administradores Civiles del Estado, Jefa de la Unidad de Apoyo de la Secretaria General.
– Vocales:
Doña Victoria Ortega Gutiérrez, Carrera Diplomática, Directora del Gabinete Técnico.
Suplente: Don Javier Jiménez de Gregorio, Cuerpo Superior de Técnicos de la Administración de la Seguridad Social. Vocal Asesor del Gabinete Técnico.
Doña Carmen Castiella Ruiz de Velasco. Carrera Diplomática. Directora de Cooperación con América Latina, México y El Caribe.
Suplente: Doña María Pérez Sánchez-Laulhé, Carrera Diplomática. Jefa del Departamento de Cooperación con Países Andinos y el Cono Sur.
Doña Cristina Díaz Fernández-Gil. Carrera Diplomática. Directora de Cooperación con África y Asia.
Suplente: Don Gonzalo Vega Molina. Carrera Diplomática. Jefe del Departamento de Cooperación con África Subsahariana.
Don Fernando Jiménez-Ontiveros Diego. Cuerpo Superior de Técnicos Comerciales y Economistas del Estado. Director de Cooperación Multilateral, Horizontal y Financiera.
Suplente: Doña Alicia Valencia García. Escala Técnica de Gestión de Organismos Autónomos. Jefa Adjunta del Departamento de la Oficina del FRONPRODE y de Cooperación Financiera.
Doña Cristina Gutiérrez Hernández. Personal laboral. Jefa de la Oficina de Acción Humanitaria.
Suplente: Doña María Elena Bravo Taberné. Carrera Diplomática. Jefa de la Unidad de Prevención y Evaluación del Departamento de Emergencia y Postconflicto.
Don Juan José Areces Maqueda. Escala de Técnicos Facultativos Superiores de Organismos Autónomos del Ministerio de Medio Ambiente. Jefe del Departamento de Recursos Humanos, Conciliación y Servicios Generales.
Suplente: Doña Almudena Martínez Conde. Cuerpo Jurídico Militar. Jefa adjunta del Departamento de Recursos Humanos, Conciliación y Servicios Generales.
– Secretaria (con voz, pero sin voto): Doña Casilda Martín-Montalvo Rodríguez de Trujillo. Escala Técnica de Gestión de Organismos Autónomos. Jefa del Área de Personal en el Exterior.
Suplente: Doña María Isabel Deza Enríquez. Escala Técnica de Gestión de Organismos Autónomos. Jefa del Área de Formación y Acción Social.
El órgano de selección establecerá los criterios para evaluar los méritos de los/as candidatos/as en relación con los méritos específicos requeridos en la presente convocatoria.
Aquellos candidatos/as que resulten preseleccionados a criterio del órgano de selección, podrán ser citados/as para la realización de una entrevista personal. La entrevista tendrá por objeto, entre otros, determinar y valorar la adecuación del candidato/a al puesto de trabajo, iniciativa y capacidad de organización y capacidad de expresión oral. Con este propósito el Órgano de selección, además de constatar el alcance y contenido de los méritos establecidos en la base IV, requerirá del candidato/a la exposición y desarrollo, de alguna cuestión de sus conocimientos o relacionada con las funciones del puesto/s, además de en castellano en el idioma requisito o en el idioma/s alegado/s por el interesado/a.
La entrevista se desarrollará ante el órgano de selección de forma física o virtual. La prueba será grabada en audio y/o en video, en función de los medios disponibles. El aspirante deberá identificarse con nombre y documento nacional de identidad o documento identificativo equivalente al comienzo de la grabación.
El órgano de selección elevará al Director de la Agencia una propuesta motivada, incluyendo tres candidatos/as, para cada puesto convocado, pudiéndose presentar sucesivas ternas, al objeto de facilitar la cobertura de los puestos. El Director resolverá proponiendo al Consejo Rector la contratación de un/a candidato/a, por cada puesto de trabajo.
Contra la presente Resolución, que agota la vía administrativa, cabe recurso contencioso-administrativo, en el plazo de dos meses a partir del día siguiente al de su publicación, ante los Juzgados Centrales de lo Contencioso-administrativo, con arreglo a lo dispuesto en el artículo 9.a) de la Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-administrativa y sin perjuicio de cualquier otro recurso que se pudiera interponer.
Madrid, 21 enero de 2021.–El Director de la Agencia Española de Cooperación Internacional para el Desarrollo, Magdy Martínez Solimán.
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