A los efectos de dar publicidad a la Resolución de 28 de julio de 2021, del Consejo de Administración de E.P.E. Instituto para la Diversificación y Ahorro de la Energía (IDAE), M.P., por la que se delegan competencias para la formalización de convocatorias de ayudas establecidas al amparo de la Orden TED/800/2021, de 23 de julio, por la que se aprueban las bases reguladoras del Programa de incentivos a proyectos singulares en movilidad eléctrica (Programa MOVES Proyectos Singulares II), y de conformidad con lo previsto en el artículo 7.7 del Estatuto del Instituto para la Diversificación y Ahorro de la Energía (IDAE) aprobado por Real Decreto 18/2014, de 17 de enero, se ordena la publicación en el «Boletín Oficial del Estado» de la resolución cuyo texto se inserta a continuación.
Madrid, 7 de septiembre de 2021.–La Secretaria de Estado de Energía y Presidenta del Instituto para la Diversificación y Ahorro de la Energía, Sara Aagesen Muñoz.
El Consejo de Administración del IDAE, en su sesión número 315 de fecha 28 de julio, ha acordado, por unanimidad, delegar en la persona titular de la Dirección General del IDAE la competencia para formalizar las convocatorias correspondientes que se establezcan al amparo de lo establecido por la Orden TED/800/2021, de 23 de julio, por la que se aprueban las bases reguladoras del Programa de incentivos a proyectos singulares en movilidad eléctrica (Programa MOVES Proyectos Singulares II), que dicho Consejo de Administración apruebe previamente.
La persona titular de la Dirección General del IDAE podrá rectificar, en su caso, los errores materiales o aritméticos de los que las citadas convocatorias pudieran adolecer.
Asimismo, también ha acordado en la misma sesión, y por unanimidad, delegar en la persona titular de la Dirección General del IDAE la competencia para formalizar los extractos de tales convocatorias y cumplimentar lo dispuesto por el artículo 20.8 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.
En su virtud, de acuerdo con lo establecido en el apartado 3 del artículo 9 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, este Consejo de Administración resuelve acordar la publicación en el «Boletín Oficial del Estado» de tales acuerdos.
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