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La Autoridad Independiente de Responsabilidad Fiscal y la Universitat de Barcelona han suscrito, con fecha 14 de septiembre, el Anexo I al Convenio de colaboración para articular la concesión de ayudas, en el marco del procedimiento de concurrencia competitiva, convocado por Resolución de 17 de febrero de 2021, de la Presidencia de la Autoridad Independiente de Responsabilidad Fiscal (BOE de 23 de febrero de 2021), por lo que conforme a lo previsto en el artículo 48.8 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, una vez inscrito en el Registro Electrónico estatal de Órganos e Instrumentos de Cooperación del sector público estatal, procede la publicación en el «Boletín Oficial del Estado» de dicho Convenio, que figura como anexo a esta resolución.
Madrid, 14 de septiembre de 2021.–La Presidenta de la Autoridad Independiente de Responsabilidad Fiscal, Cristina Herrero Sánchez.
Al Convenio de colaboración suscrito el 26 de mayo de 2021 entre la Autoridad Independiente de Responsabilidad Fiscal y la Universitat de Barcelona para articular la concesión de ayudas en el marco del procedimiento de concurrencia competitiva convocado por Resolución de 17 de febrero de 2021, de la Presidencia de la Autoridad Independiente de Responsabilidad Fiscal (BOE de 23 de febrero de 2021)
Madrid, 14 de septiembre de 2021
REUNIDOS
De una parte, doña Cristina Herrero Sánchez, Presidenta de la Autoridad Independiente de Responsabilidad Fiscal (AIReF), nombrada Presidenta mediante Real Decreto del Consejo de Ministros de 3 de marzo (BOE de 4 de marzo de 2020) y en virtud de las atribuciones que tiene conferidas de acuerdo con el artículo 25 de la Ley Orgánica 6/2013, de 14 de noviembre, de creación de la Autoridad Independiente de Responsabilidad Fiscal y también en el artículo 25 del Real Decreto 215/2014, de 28 de marzo, por el que se aprueba su Estatuto Orgánico.
Y de otra, don Joan Guàrdia Olmos, Rector Magnífico de la Universitat de Barcelona, en virtud del nombramiento por Decreto 154/2020, de 29 de diciembre de 2020 (DOGC núm. 8307, de 31 de diciembre de 2020), como representante legal de esta institución, con domicilio en Gran Vía de les Corts Catalanes, 585, 08007 Barcelona, en virtud de las competencias previstas en el Estatuto de la Universitat de Barcelona aprobado por Decreto 246/2003, de 8 de octubre (DOGC núm. 3993, de 22 de octubre).
Ambas partes se reconocen mutuamente capacidad jurídica suficiente para suscribir el presente Anexo I, y a tal efecto,
MANIFIESTAN
De acuerdo con lo establecido por la Resolución de 20 de enero de 2020, de la Presidencia de la AIReF (BOE de 27 de enero de 2020), por la que se aprueban las bases para la concesión de ayudas en régimen de concurrencia competitiva a universidades y otros centros académicos para el fomento de la formación y la investigación en el ámbito del análisis económico y presupuestario para la estabilidad y sostenibilidad fiscal y lo acordado a través del Convenio de Colaboración de 26 de mayo de 2021 (BOE de 1 de junio), y vista la selección definitiva de alumnos en prácticas en la AIReF realizada por la Comisión Mixta de Seguimiento del Convenio de Colaboración, según consta en el acta de su reunión de fecha 23 de julio de 2021.
ACUERDAN
La AIReF incorporará al siguiente alumno en prácticas:
Nombre | Programa | Importe mensual | Fecha Inicio Finalización |
Proyecto formativo |
---|---|---|---|---|
Darío Serrano Puente. | Investigación. | 1.500 € | 15/09/2021 31/08/2022 |
Evaluación de Políticas Públicas. |
Dicho alumno desarrollará su actividad formativa en las condiciones establecidas por la Resolución de 20 de enero de 2020 y por el Convenio de Colaboración antes citados.
La Universitat de Barcelona informará de manera expresa al alumno de los derechos y deberes que, como alumno en prácticas en la AIReF, le corresponden y que aparecen detallados en las cláusulas Novena y Décima del Convenio de Colaboración suscrito.
La Universitat de Barcelona recibirá la cantidad de 17.300 euros, que destinará al abono mensual de la beca al alumno seleccionado, conforme a lo establecido en la Base 6 de la Resolución de 20 de enero de 2020 y en la cláusula Decimocuarta del Convenio de Colaboración, de acuerdo con el siguiente sistema de pago:
– 13.840 euros a la entrada en vigor del presente Anexo. Esta cantidad se corresponde con el 80% de la ayuda establecida para el alumno seleccionado.
– 3.460 euros correspondientes al 20% restante, una vez concluido el Convenio de Colaboración, en el momento de la liquidación, previa justificación de la aplicación de los fondos públicos recibidos, de conformidad con lo previsto en el artículo 30 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones y en la cláusula Decimocuarta del Convenio de Colaboración suscrito.
La fecha de este Anexo será la correspondiente a la última de las firmas de los representantes de las partes.–Por la Universitat de Barcelona, Joan Guàrdia Olmos.–Por la Autoridad Independiente de Responsabilidad Fiscal, Cristina Herrero Sánchez.
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