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Documento BOE-A-2021-15847

Resolución de 16 de septiembre de 2021, de la Dirección General de Trabajo, por la que se registra y publica la prórroga de ultraactividad del IV Convenio colectivo sectorial estatal de servicios externos auxiliares y atención al cliente en empresas de servicios ferroviarios.

Publicado en:
«BOE» núm. 233, de 29 de septiembre de 2021, páginas 119714 a 119715 (2 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Trabajo y Economía Social
Referencia:
BOE-A-2021-15847
Permalink ELI:
https://www.boe.es/eli/es/res/2021/09/16/(3)

TEXTO ORIGINAL

Visto el texto del acuerdo, de 4 de junio de 2021, de prórroga de ultraactividad, hasta el 31 de diciembre de 2021, del IV Convenio colectivo sectorial estatal de servicios externos auxiliares y atención al cliente en empresas de servicios ferroviarios (código de convenio n.º 99015485012007), publicado en el BOE de 28 de marzo de 2017, acuerdo que fue suscrito, de una parte, por las organizaciones empresariales AGESFER y UNECOFE, en representación de las empresas del sector, y, de otra, por los sindicatos UGT, CC. OO. y CGT, en representación del colectivo laboral afectado, y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 90, apartados 2 y 3, de la Ley del Estatuto de los Trabajadores, texto refundido aprobado por Real Decreto Legislativo 2/2015, de 23 de octubre, y en el Real Decreto 713/2010, de 28 de mayo, sobre registro y depósito de convenios colectivos, acuerdos colectivos de trabajo y planes de igualdad,

Esta Dirección General de Trabajo resuelve:

Primero.

Ordenar la inscripción del citado acuerdo de prórroga de ultraactividad en el correspondiente Registro de convenios colectivos, acuerdos colectivos de trabajo y planes de igualdad con funcionamiento a través de medios electrónicos de este Centro Directivo, con notificación a la Comisión Negociadora.

Segundo.

Disponer su publicación en el «Boletín Oficial del Estado».

Madrid, 16 de septiembre de 2021.–La Directora General de Trabajo, Verónica Martínez Barbero.

ACUERDO DE PRÓRROGA DE LA ULTRAACTIVIDAD DEL CONVENIO COLECTIVO DEL SECTOR DE SERVICIOS EXTERNOS AUXILIARES DE ATENCIÓN AL CLIENTE EN EMPRESAS DE SERVICIOS FERROVIARIOS

En Madrid, a 4 de junio de 2021.

REUNIDOS

De una parte, la Patronal representada por AGESFER y UNECOFE.

Y de otra parte, UGT, CC. OO. y CGT en representación de los trabajadores de las entidades incluidas en el ámbito funcional de aplicación del convenio, cuya representatividad alcanza actualmente el 100% del total de delegados de personal y miembros de comités de empresa que la conforman, representados:

– Por UGT: Gemma Castillo Cabrera.

Ana Rodríguez Quiroga.

Lorenzo Calderon Pinto.

Luis Manzanero Losilla.

Patricia Hontiveros Diaz.

Inmaculada Aguilar Recio.

Silvia Trasobares Pastor.

– Por CC. OO.: Mirian González Motoche.

Javier Carrión Molla.

José Francisco Linares Paguillo.

Miguel Alfonsín García.

– Por CGT: Nerea González Gutiérrez.

Auxiliadora Ruiz González.

– Por AGESFER: Manuel Francisco Bueno Rodríguez.

– Por UNECOFE: Andrés Arribas Chaves.

Ambas partes, reconociéndose plena capacidad y legitimación para concluir el presente acuerdo de prórroga de la ultraactividad del IV Convenio Colectivo

MANIFIESTAN

Primero.

Que el pasado 31 de diciembre de 2019 finalizó el periodo de vigencia del Convenio Colectivo referenciado, el cual fue denunciado el 1 de octubre de 2019 y cuya Mesa negociadora se constituyó el 7 de noviembre de 2019.

Segundo.

En consecuencia, el periodo de ultraactividad establecido en el artículo 86.3 del Estatuto de los Trabajadores y artículo 4 del Convenio finalizaba el 30 de junio de 2021, dieciocho meses después de su finalización.

Tercero.

Que debido a la Pandemia del COVID-19, las reuniones de dicha Mesa Negociadora se vieron interrumpidas en marzo de 2020, siendo retomadas dichas reuniones el 25 de febrero de 2021.

Puesto que el proceso de negociación para la renovación del convenio colectivo se encuentra todavía en fase de negociación, sin que se descarte en absoluto la posibilidad de alcanzar un acuerdo para la firma de un nuevo convenio colectivo que sustituya al anterior, las partes acuerdan prorrogar el plazo de ultraactividad establecido en el artículo 86.3 ET durante un periodo de seis meses que finalizará el 31 de diciembre de 2021 o hasta alcanzar acuerdo en caso de ser anterior a la fecha máxima acordada, lo cual es objetivo de todas las partes firmantes de este acuerdo.

Cuarto.

Del contenido del presente acuerdo se dará traslado a la Autoridad Laboral a los efectos oportunos, y en concreto a su inscripción en el Registro de Convenio y Acuerdos Colectivos de Trabajo, para lo cual se faculta a Manuel F. Bueno Rodríguez, como Presidente de AGESFER.

Y en prueba de conformidad firman las partes citadas en el encabezamiento en el lugar y fecha arriba indicados.

ANÁLISIS

  • Rango: Resolución
  • Fecha de disposición: 16/09/2021
  • Fecha de publicación: 29/09/2021
Referencias anteriores
  • PRORROGA el Convenio publicado por Resolución de 13 de marzo de 2017 (Ref. BOE-A-2017-3356).
  • DE CONFORMIDAD con:
    • el art. 90.2 y 3, de la Ley del Estatuto de los Trabajadores, texto refundido aprobado por Real Decreto Legislativo 2/2015, de 23 de octubre (Ref. BOE-A-2015-11430).
    • el Real Decreto 713/2010, de 28 de mayo (Ref. BOE-A-2010-9274).
Materias
  • Contratas ferroviarias
  • Convenios colectivos
  • Ferrocarriles

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