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La Orden ministerial 130/2005, de 22 de julio, por la que se regulan las felicitaciones al Militar Profesional de las Fuerzas Armadas, faculta al Jefe de Estado Mayor de la Defensa, para anotar en la hoja de servicios, en el ámbito de sus competencias, las felicitaciones por escrito tanto individuales como colectivas que pudiera conceder.
Por Resolución 200/38053/2019, de 4 de febrero, de la Jefatura de Estado Mayor de la Defensa, que establece la delegación de competencias en materia de felicitaciones al personal militar o civil, el Jefe de Estado Mayor de la Defensa delegó la competencia en esta materia en varias autoridades del ámbito del Estado Mayor de la Defensa.
Actualmente, después de la aprobación de la Orden DEF/710/2020, de 27 de julio, por la que se desarrolla la organización básica del Estado Mayor de la Defensa, parece oportuno derogar dicha delegación, de manera que el Jefe de Estado Mayor de la Defensa ejerza directamente las competencias que establece la Orden ministerial 130/2005, de 22 de julio, unificando los criterios de concesión y anotación de felicitaciones.
El artículo 9.1 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, establece que los órganos de las diferentes Administraciones Públicas podrán delegar el ejercicio de las competencias que tengan atribuidas en otros órganos de la misma Administración. Por otra parte, el artículo 9.6 de la misma Ley 40/2015, indica que la delegación será revocable en cualquier momento por el órgano que la haya conferido.
Por ello, en uso de las facultades que me confiere el artículo 9.1 de la Ley 40/2015 de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público.
En su virtud, dispongo:
Esta resolución tiene por objeto revocar la delegación de competencias en materia de felicitaciones al personal militar y civil de la Resolución 200/38053/2019, de 4 de febrero, de la Jefatura del Estado Mayor de la Defensa.
El ámbito de aplicación de esta resolución alcanza a las unidades que componen el Estado Mayor de la Defensa.
Se revoca la delegación, en determinadas autoridades del EMAD, realizada por Resolución 200/38053/2019, de 4 de febrero, de la competencia que sobre anotación de felicitaciones por escrito al personal militar y civil tiene el Jefe del Estado Mayor de la Defensa, de conformidad con la disposición adicional tercera del Reglamento general de recompensas militares, aprobado por el Real Decreto 1040/2003, de 1 de agosto, y el apartado cuarto.1.b) de la Orden ministerial 130/2005, de 22 de julio, por la que se regulan las felicitaciones al Militar Profesional de las Fuerzas Armadas.
La presente resolución entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el «Boletín Oficial del Estado».
Madrid, 2 de diciembre de 2020.–El General Jefe de Estado Mayor de la Defensa, Miguel Ángel Villarroya Vilalta.
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