Está Vd. en

Documento BOE-A-2021-16292

Corrección de errores de la Orden ICT/1020/2021, de 24 de septiembre, por la que se modifica el anexo I.1 del Reglamento de control del comercio exterior de material de defensa, de otro material y de productos y tecnologías de doble uso, aprobado por el Real Decreto 679/2014, de 1 de agosto.

Publicado en:
«BOE» núm. 240, de 7 de octubre de 2021, páginas 122694 a 122694 (1 pág.)
Sección:
I. Disposiciones generales
Departamento:
Ministerio de Industria, Comercio y Turismo
Referencia:
BOE-A-2021-16292
Permalink ELI:
https://www.boe.es/eli/es/o/2021/09/24/ict1020/corrigendum/20211007

TEXTO ORIGINAL

Advertidos errores en la Orden ICT/1020/2021, de 24 de septiembre, por la que se modifica el anexo I.1 del Reglamento de control del comercio exterior de material de defensa, de otro material y de productos y tecnologías de doble uso, aprobado por el Real Decreto 679/2014, de 1 de agosto, publicado en el «Boletín Oficial del Estado» núm. 233, de 29 de septiembre de 2021, se procede a efectuar en el Artículo único la oportuna rectificación:

En la página 119459, donde dice:

«Doce. Anexo I.1 Material de defensa en general. Categorías 9.a.2, 17.h, 17.m y 17.p. Se modifican como sigue: "9.a.2 Buques de superficie…"»,

Debe decir:

«Doce. Anexo I.1 Material de defensa en general. Categoría 9.a.2. Se modifica como sigue: "9.a.2 Buques de superficie, no especificados en 9.a.1, con uno o varios de los siguientes elementos fijados o integrados en el buque."»

En la página 119460, donde dice:

«Diecinueve. Anexo I.1 Material de defensa en general. Categoría 17.g. Se modifica como sigue: "17.g Equipo nuclear generador…"»,

Debe decir:

«Diecinueve. Anexo I.1 Material de defensa en general. Categorías 17.g, 17.h y 17.m. Se modifican como sigue: "17.g Equipo nuclear generador de potencia o propulsión, no especificado en ninguna otra parte, diseñado especialmente para uso militar, y componentes para él diseñados especialmente o 'modificados' para uso militar; Nota: El subartículo 17.g incluye los 'reactores nucleares'.

17.h Equipo y material, revestido o tratado para la supresión de la firma, diseñado especialmente para uso militar, no especificado en ninguna otra parte de la Lista Común Militar de la UE;

17.m Transbordadores, no especificados en ninguna otra parte de la Lista Común Militar de la UE, puentes y pontones diseñados especialmente para uso militar;"»

ANÁLISIS

  • Rango: Corrección (errores o erratas)
  • Fecha de publicación: 07/10/2021
  • La corrección de errores del Reglamento aprobado por Real Decreto 679/2014, de 1 de agosto, se establece por estar modificado por la Orden ITC/1020/2021, de 24 de septiembre.
Referencias anteriores
  • CORRECCIÓN de errores de la Orden ICT/1020/2021, de 24 de septiembre (Ref. BOE-A-2021-15772).
  • CORRIGE errores del Reglamento aprobado por Real Decreto 679/2014, de 1 de agosto (Ref. BOE-A-2014-8926).
Materias
  • Armas
  • Comercio exterior
  • Componentes de vehículos
  • Defensa
  • Explosivos
  • Tecnología
  • Vehículos de motor

subir

Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado

Avda. de Manoteras, 54 - 28050 Madrid