El Real Decreto 403/2020, de 25 de febrero, por el que se desarrolla la estructura orgánica básica del Ministerio de Asuntos Económicos y Transformación Digital, atribuye, en su artículo 4.1.m), la competencia del estudio, propuesta y gestión del endeudamiento del Estado a la Dirección General del Tesoro y Política Financiera.
Conforme a lo expuesto y de acuerdo con lo previsto en el apartado 2.1 de la Resolución de 29 de abril de 2016, de la Secretaría General del Tesoro y Política Financiera, por la que se dispuso la emisión de Bonos del Estado a cinco años indexados al índice de precios de consumo armonizado ex-tabaco para la zona euro, al 0,30 por 100, vencimiento 30 de noviembre de 2021, a efectos de determinar el coeficiente de indexación aplicable a cada pago de cupón y el cupón resultante, y el coeficiente de indexación aplicable a la fecha de vencimiento para el cálculo del importe a reembolsar, esta Dirección General hace público:
1. El coeficiente de indexación aplicable al día 30 de noviembre de 2021, calculado conforme se define en el apartado 2.1.f) de la Resolución de 29 de abril de 2016, de la Secretaría General del Tesoro y Política Financiera, es el 1,07860.
2. En consecuencia, el cupón pagadero resultante, calculado según se define en el apartado 2.1.c) de la misma Resolución, aplicable a la emisión de Bonos del Estado a cinco años, indexados a la inflación, al 0,30 por 100, vencimiento 30 de noviembre de 2021, en el periodo que se inició el 30 de noviembre de 2020 (incluido) y finalizará el 30 de noviembre de 2021 (excluido), es el 0,3235800 por 100.
Madrid, 25 de octubre de 2021.–El Director General del Tesoro y Política Financiera, P.S. (Real Decreto 403/2020, de 25 de febrero), el Subdirector General de Gestión de la Deuda Pública, Álvaro López Barceló.
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