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Documento BOE-A-2021-179

Resolución de 22 de diciembre de 2020, de la Secretaría General de Pesca, por la que se lleva a cabo el reparto de la cuota de carbonero de la zona 7 de ICES (POK/7/3411) y lenguado de la zona 7 de ICES (SOL/7BC) adicional obtenida para 2020 por intercambio con Irlanda.

Publicado en:
«BOE» núm. 5, de 6 de enero de 2021, páginas 1367 a 1369 (3 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación
Referencia:
BOE-A-2021-179

TEXTO ORIGINAL

La Orden APA/315/2020, de 1 de abril, por la que se establecen criterios de gestión de las posibilidades de pesca asignadas al Reino de España y se modifican determinadas órdenes que regulan la actividad pesquera de las flotas que hacen uso de las mismas, establece en su artículo 8 las condiciones para los intercambios de cuotas con otros Estados miembros, los conocidos como «swaps».

En concreto en su punto 4.d) se establece la posibilidad de realizar un intercambio con otro Estado Miembro en el que se aporten y reciban cantidades repartidas individualmente a la flota. En este caso la Secretaría General de Pesca ofertará las cantidades que se vayan a obtener a cambio a las asociaciones de los buques o buques individuales que las tienen repartidas, con el fin de que estas indiquen en el plazo de tres días los buques pertenecientes a las mismas que están interesados en participar en dicho intercambio.

En las negociaciones habituales que se llevan a cabo con otros Estados miembros, la Secretaría General de Pesca ha realizado un intercambio con Irlanda. Así, España ha cedido a Irlanda 4 toneladas de la condición especial de cigala NEP/*07UF16 e Irlanda, a cambio, ha cedido a España 3 toneladas de carbonero del stock POK/7/3411 y 1 tonelada de lenguado del stock SOL/7BC para 2020.

Ambos stocks se encuentran repartidos individualmente a la flota que faena al amparo de la Orden APM/920/2017, de 22 de septiembre, por la que se establece un Plan de gestión para los buques de los censos de las flotas de altura, gran altura y buques palangreros mayores y menores de 100 toneladas de registro bruto, que operan dentro de los límites geográficos de la Comisión de Pesca del Atlántico Nordeste y por ello, en aplicación del artículo 8, punto 4, apartado d) citados anteriormente, se informó debidamente al sector implicado en el intercambio para que aportasen la cantidad considerada de cigala para, a cambio, recibir carbonero y lenguado del stock correspondiente.

Por todo lo señalado, la Secretaría General de Pesca, una vez consultado el sector pesquero afectado, resuelve:

Primero.

Publicar como anexo I el reparto de las 3 toneladas de carbonero en la zona 7 de ICES, stock POK/7/3411, y 1 tonelada de lenguado en la zona 7 de ICES, stock SOL/7BC, en kg, atendiendo a la participación por buque ajustada al swap definitivo, en el caso de los stocks repartidos individualmente y las equivalencias establecidas.

Segundo.

Publicar como anexo II las cantidades en kg detraídas a cada buque que participa en el intercambio siguiendo las equivalencias establecidas, habiendo sido necesario adaptar las cantidades para ajustar el intercambio a las cantidades acordadas con Irlanda.

Tercero.

Esta resolución no pone fin a la vía administrativa, por lo que, en el plazo de un mes, se podrá interponer recurso de alzada ante el Ministro de Agricultura, Pesca y Alimentación, de conformidad con lo establecido en los artículos 121 y 122 en relación con el 112.1 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

Madrid, 22 de diciembre de 2020.–La Secretaria General de Pesca, Alicia Villauriz Iglesias.

ANEXO I
Código Buque Cuota a percibir de POK/7/3411 (kg)
26948 AKILLAMENDI BERRIA. 73,72
25384 BRIEIRO. 187,83
26011 EGUZKI LORE. 12,93
27189 GURE GASKUÑA. 227,88
26895 GURE KANTABRIKO. 42,44
23133 HERMANOS BUSTO. 188,34
26226 IDURRE BERRIA. 227,88
25137 INTXORTAMENDI. 227,88
25788 KALAMENDI. 227,88
26886 KAXARRA. 227,88
26833 KAXU. 227,88
25819 MAR MARES. 158,55
24224 NUEVO SAN JUAN. 227,88
26951 PLAYA DO TORNO. 20,62
26134 REY DE OLAYA. 36,75
23665 ARMAVEN TRES. 227,88
25080 CACHACHO. 227,88
25464 PEIXEMAR DOS. 227,88
Código Buque Cuota a percibir de SOL/7BC (kg)
24966 BAQUEIRO. 205,40
24051 NUEVO MORRIÑA. 794,60
ANEXO II
Código Buque Cuota a aportar de NEP/*07UF16 (kg)
26948 AKILLAMENDI BERRIA. 78,63
25384 BRIEIRO. 200,35
26011 EGUZKI LORE. 13,79
27189 GURE GASKUÑA. 243,07
26895 GURE KANTABRIKO. 45,27
23133 HERMANOS BUSTO. 200,90
26226 IDURRE BERRIA. 243,07
25137 INTXORTAMENDI. 243,07
25788 KALAMENDI. 243,07
26886 KAXARRA. 243,07
26833 KAXU. 243,07
25819 MAR MARES. 169,12
24224 NUEVO SAN JUAN. 243,07
26951 PLAYA DO TORNO. 22,00
26134 REY DE OLAYA. 39,20
23665 ARMAVEN TRES. 243,07
25080 CACHACHO. 243,07
25464 PEIXEMAR DOS. 243,07
Código Buque Cuota a aportar de NEP/*07UF16 (kg)
24966 BAQUEIRO. 164,32
24051 NUEVO MORRIÑA. 635,68

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