Está Vd. en

Documento BOE-A-2021-18125

Resolución de 28 de octubre de 2021, de la Subsecretaría, por la que se publica el Acuerdo de encomienda de gestión del Consejo Superior de Deportes, para la realización de la Encuesta de Hábitos Deportivos en España 2022.

Publicado en:
«BOE» núm. 265, de 5 de noviembre de 2021, páginas 134967 a 134970 (4 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Cultura y Deporte
Referencia:
BOE-A-2021-18125

TEXTO ORIGINAL

Suscrito el Acuerdo de encomienda de gestión entre el Consejo Superior de Deportes y el Ministerio de Cultura y Deporte para la realización de la Encuesta de Hábitos Deportivos en España 2022, y en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 11.3.a) de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, procede la publicación en el «Boletín Oficial del Estado» de la citada encomienda, que figura como anexo a esta resolución.

Madrid, 28 de octubre de 2021.–El Subsecretario de Cultura y Deporte, Eduardo Fernández Palomares.

ANEXO
Acuerdo por el que se instrumenta la encomienda de gestión del Consejo Superior de Deportes al Ministerio de Cultura y Deporte para la realización de la Encuesta de Hábitos Deportivos en España 2022

Madrid, a 11 de octubre de 2021.

REUNIDOS

De una parte, don José Manuel Franco Pardo, Presidente del Consejo Superior de Deportes, cargo para el que fue nombrado por Decreto 221/2021, de 30 de, y en el ejercicio de las competencias que le atribuyen la Ley 10/1990, de 15 de octubre, del Deporte, y el Estatuto del Consejo Superior de Deportes, aprobado por Real Decreto 460/2015, de 5 de junio.

De otra parte, doña Andrea Gavela Llopis, Subsecretaria de Cultura y Deporte, cargo para el que fue nombrada por Real Decreto 99/2020, de 17 de enero, y en virtud de las facultades que le otorga la Orden CUD/990/2020, de 16 de octubre, sobre fijación de límites para la administración de determinados créditos para gastos y de delegación de competencias.

Ambas partes se reconocen la capacidad legal para llevar a cabo el presente acuerdo y

EXPONEN

Primero.

Que el Consejo Superior de Deportes es un organismo autónomo, de los previstos en el artículo 43.1.a) de la Ley 6/1997, de 14 de abril, de Organización y Funcionamiento de la Administración General del Estado, adscrito al Ministerio de Cultura y Deporte y que ejerce directamente las competencias de la Administración General del Estado en el ámbito del deporte.

Segundo.

Que el Plan Estadístico Nacional 2021-2024, aprobado por Real Decreto 410/2016 incluye la operación estadística denominada Hábitos Deportivos en España, dotando de continuidad al trabajo realizado en ediciones anteriores. El CSD no dispone de medios para el tratamiento, análisis y elaboración de resultados estadísticos de los datos de la encuesta.

Tercero.

Que el Real Decreto 817/2018, de 6 de julio, por el que se desarrolla la estructura orgánica básica del Ministerio de Cultura y Deporte establece que corresponde a la División de Estadística y Estudios, dependiente de la Secretaria General Técnica, la planificación, impulso, coordinación y, en su caso, elaboración de las estadísticas en el ámbito competencial del departamento; la formulación del Plan Estadístico Nacional y de los programas anuales que lo desarrollan en el ámbito del departamento y la coordinación institucional y las relaciones en materia estadística con el Instituto Nacional de Estadística, con otros departamentos ministeriales, con otras Administraciones Públicas y con los organismos internacionales. Asimismo le corresponde la promoción, elaboración y difusión de las estadísticas y estudios que se consideren de interés para el Departamento y el impulso del aprovechamiento estadístico de los registros administrativos.

Cuarto.

Que los responsables de la Encuesta de Hábitos Deportivos en España, serán la División de Estadística y Estudios de la Secretaría General Técnica y la Subdirección General de Promoción e Innovación Deportiva del Consejo Superior de Deportes tal y como consta en el Real Decreto 1110/2020, de 15 de diciembre, por el que se aprueba el Plan Estadístico Nacional 2021-2024, en el borrador de Anteproyecto del Programa Anual 2022 del PEN, y en el Inventario de Operaciones Estadísticas del Estado (www.ine.es)

Quinto.

Que el Consejo Superior de Deportes va a proceder a contratar por procedimiento abierto los servicios para la realización de la Encuesta de Hábitos Deportivos en España 2022, dado que carece de medios personales propios que puedan atender esta actividad cuyo objetivo es ajeno a sus competencias generales.

Sexto.

Que razones de especialización y eficacia recomiendan que la División de Estadística y Estudios de la Secretaría General Técnica colabore en la correcta ejecución del contrato citado, en particular en la dirección y supervisión de los aspectos técnicos y estadísticos, para los que dispone de medios técnicos y humanos adecuados de los que carece el Consejo Superior de Deportes

Séptimo.

Que, consecuentemente con todo cuanto queda dicho y estimando que el instrumento jurídico adecuado para abordar la situación descrita es la figura de la encomienda de gestión, regulada en el artículo 11 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, a cuyo efectos ambas partes adoptan el siguiente acuerdo.

Octavo.

Que, no obstante lo anterior, el presente Acuerdo de encomienda de gestión no supone cesión de titularidad de la competencia ni de los elementos sustantivos de su ejercicio, siendo responsabilidad del Consejo Superior de Deportes dictar cuantos actos o resoluciones de carácter jurídico den soporte o en los que se integre la concreta actividad material objeto de la encomienda de conformidad con lo previsto en el artículo 11.2 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre.

CLÁUSULAS

Primera. Objeto.

Constituye el objeto del presente Acuerdo de encomienda de gestión la dirección y supervisión por parte de la Secretaría General Técnica del Ministerio de Cultura y Deporte, a través de la División de Estadística y Estudios, de los trabajos necesarios para la adecuada ejecución del contrato para la realización de la Encuesta de Hábitos Deportivos en España 2022.

En particular, entre las actividades propias de la dirección y supervisión que se le encomiendan a la División de Estadística y Estudios, se incluyen las siguientes:

a) La preparación y elevación a la Mesa de contratación del informe técnico con las puntuaciones obtenidas por cada licitador en cada uno de los criterios no evaluables mediante fórmulas.

b) La entrega a la empresa adjudicataria del fichero muestral que contendrá los identificadores y direcciones postales de los encuestados.

c) El establecimiento de los controles automáticos de validación y depuración en la recogida de cuestionarios por vía telefónica e internet, y la determinación de los procedimientos a seguir en caso de incidencias en la recogida de datos a través de los cuestionarios.

d) La validación de los informes periódicos y los trabajos de la empresa adjudicataria.

e) La inspección, verificación y control de la calidad del servicio objeto del contrato y la adopción, en su caso, de las medidas concretas que restablezcan el buen orden en su ejecución, sin perjuicio de las que el Consejo Superior de Deportes pueda adoptar como órgano de contratación.

f) Cualquier otra actividad que los pliegos del expediente de contratación atribuyan expresamente a la División de Estadística y Estudios.

g) La División de Estadística y Estudios realizará la tabulación de los resultados y la preparación del soporte magnético y la edición de las tablas de resultados que entregará anonimizados al CSD.

h) Asesoramiento para la recepción final de los trabajos por parte del órgano de contratación.

Segunda. Modificación del Acuerdo.

El presente Acuerdo podrá ser modificado en cualquier momento de su vigencia por mutuo acuerdo de las partes cuando resulte necesario para la mejor realización de su objeto, siguiendo los mismos trámites establecidos para su suscripción.

Tercera. Duración.

La presente encomienda de gestión surtirá efectos desde el día de su firma siempre que se proceda a la oportuna publicación en el «Boletín Oficial del Estado», de conformidad con lo dispuesto en el artículo 11 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, y su duración se extenderá hasta el día 31 de diciembre de 2022.

Cuarta. Comisión de Seguimiento.

Se establece una Comisión de Seguimiento como órgano mixto de vigilancia y control.

La Comisión será competente para resolver los conflictos de interpretación y cumplimiento que pueda plantearse, evaluar el desarrollo de la encomienda de gestión, interpretando y acordando modificaciones que no afecten a aspectos sustanciales del presente acuerdo.

La Comisión estará integrada por el titular de la Subdirección de Promoción e Innovación Deportiva del Consejo Superior de Deportes y un funcionario adscrito a la misma y. el titular de la División de Estadística y Estudios de la Secretaría General Técnica y otro funcionario designado por este.

Podrá actuar mediante reuniones o por los medios telemáticos y/o electrónicos oportunos que garanticen su adecuado funcionamiento. Se celebrará, al menos, una reunión mensual durante la vigencia de la presente encomienda, constando en acta las conclusiones o acuerdos alcanzados en la misma.

Quinta. Régimen jurídico y jurisdicción aplicable.

El presente Acuerdo de encomienda de gestión tiene naturaleza administrativa de acuerdo con lo previsto en el artículo 11.1 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, quedando fuera del ámbito de aplicación de la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público, por la que se transponen al ordenamiento jurídico español las Directivas del Parlamento Europeo y del Consejo 2014/23/UE y 2014/24/UE, de 26 de febrero de 2014, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 6.3 de ésta última.

Ambas partes se comprometen a resolver de mutuo acuerdo todas las incidencias que puedan surgir durante la duración de la presente encomienda, relativas a la interpretación, resolución y efectos de la misma.

Y en prueba de conformidad, ambas partes suscriben el presente Acuerdo de encomienda de gestión en duplicado en el lugar y fecha señalados en el encabezamiento.–El Presidente del Consejo Superior de Deportes, José Manuel Franco Pardo.–La Subsecretaria de Cultura y Deporte, Andrea Gavela Llopis.

subir

Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado

Avda. de Manoteras, 54 - 28050 Madrid