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Documento BOE-A-2021-18169

Resolución de 5 de noviembre de 2021, de la Secretaría General de Pesca, por la que se modifica la de 19 de octubre de 2021, por la que se publican las cantidades y stocks objeto del mecanismo de optimización anual del uso de cuotas.

Publicado en:
«BOE» núm. 266, de 6 de noviembre de 2021, páginas 135421 a 135423 (3 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación
Referencia:
BOE-A-2021-18169

TEXTO ORIGINAL

Mediante Resolución de la Secretaría General de Pesca, de 19 de octubre de 2021, se publicaron las cantidades objeto del mecanismo de optimización anual del uso de cuotas, en cumplimiento de lo previsto en el artículo 5 de la Orden APA/315/2020, de 1 de abril, por la que se establecen criterios de gestión de las posibilidades de pesca asignadas al Reino de España y se modifican determinadas órdenes ministeriales que regulan la actividad pesquera de las flotas que hacen uso de las mismas, establece en su artículo 5 el mecanismo de optimización anual del uso de cuotas.

Previamente, el 4 de octubre, se remitió a todo el sector interesado el borrador de dicha Resolución, abriendo un plazo hasta el 11 de octubre para la presentación de observaciones. En aquel borrador se recogían las cantidades de los sobrantes de optimización, así como las condiciones de acceso a dichos sobrantes. Entre dichas condiciones se fijaban topes de captura diarios por barco para los sobrantes de JAX/08C y de HKE/8C3411. Lógicamente la resolución en su conjunto y los topes de captura, no surtieron efectos hasta el día siguiente a su publicación en el BOE que se produjo el día 23 de octubre. No obstante, los barcos que cumplieran las condiciones de acceso podían entrar a consumir de los sobrantes desde el 1 de octubre, tal y como se indicaba en el borrador puesto en conocimiento del sector el 4 de octubre.

El ritmo de consumo del sobrante de optimización de merluza, y la previsión de que más barcos entren próximamente a consumir el sobrante de merluza, hace necesario en este momento una revisión de los topes que se fijaron en la Resolución de 19 de octubre, con el fin de intentar que el sobrante de merluza cumpla los objetivos para los que se ha creado, durar lo máximo posible y que se puedan beneficiar del mismo la mayor cantidad posible de barcos.

Por otro lado, advertido un error material en las cuotas detraídas a las provincias para otros censos y modalidades censados en el Cantábrico y Noroeste en el sobrante de optimización JAX/09, se procede a su subsanación.

En base a todo ello, la Secretaría General de Pesca, una vez consultado el sector, resuelve lo siguiente:

Primero.

El apartado segundo, queda redactado como sigue:

«Se establecen los siguientes topes de captura:

– Para el sobrante del stock JAX/08C:

a) Barcos hasta ocho tripulantes: 6.000 kg/buque/jornada de pesca.

b) Barcos con nueve o más tripulantes: 8.000 kg/buque/jornada de pesca.

El número de jornadas de pesca serán cuatro por semana, de lunes a viernes. Dentro de los horarios establecidos por cada Comunidad Autónoma, por jornada de pesca se entiende un periodo continuado de veinticuatro horas, tiempo en el que cada buque puede realizar una o varias mareas. Por tanto, cada buque dispone de un único tope para cada jornada de pesca desarrollada a lo largo de la semana, es decir, un total de cuatro topes cada semana

– En el caso del sobrante del stock de HKE/8C3411:

a) 2.000 kg/al conjunto de los dos buques de la modalidad de arrastre a la pareja/semana.

b) 1.000 kg/buque/semana, para la modalidad de arrastre individual.

c) 1.500 kg/buque/semana, para barcos de las modalidades palangre de fondo y volanta Cantábrico y Noroeste.

d) 100 kg/buque/día, del censo de artes menores Cantábrico y Noroeste, de acuerdo a las condiciones que se indican a continuación.

Buques del censo de artes menores del Cantábrico y Noroeste. El tope anual por barco que mediante Resolución de 22 de julio de 2021, de la Secretaría General de Pesca, quedó fijado en 14.000 kg/buque/año, se modifica mediante esta Resolución, elevándose a 17.000 kg/buque/año. Aquellos barcos que tiene cuota de merluza adquirida previamente a esta Resolución, sus capturas computarán contra dicha cuota adquirida. Agotados los kilos obtenidos por transmisión temporal, sus capturas de merluza pasarán a computar contra la cuota global de artes menores del Cantábrico y Noroeste, con este nuevo tope anual por barco de 17.000 kg. Una vez consumido dicho tope anual, y según lo vayan agotando, pueden incorporarse a consumir el sobrante de HKE/8C3411, con el tope de 100 kg antes indicado. Si durante el período que el sobrante esté disponible (hasta el 31 de diciembre o hasta su agotamiento) toda la modalidad terminara su asignación, la modalidad en su conjunto entraría a consumir del sobrante de optimización de HKE/8C3411, con el tope de 100 kg/barco/día.

El sobrante del stock NEP/93411, se podrá pescar por fuera de la unidad funcional 30 de la división 9a de CIEM, y también dentro de dicha unidad funcional. La cantidad que se puede pescar dentro de la UF30 es de 11.578 kg.

No obstante, estos topes podrán ser modificados en función de la evolución del consumo de las cantidades globales disponibles, al igual que se podrán establecer topes para los sobrantes fijados para otros stocks objeto de este mecanismo.»

Segundo.

Dado que el arrastre Cantábrico y Noroeste, para el stock HKE/8C3411 tiene reconocido porcentaje de de minimis que representa un 5 % de su cuota adaptada de este stock, ya sea que estén haciendo pesca dirigida a otras pesquerías que no sean merluza, o bien, que estén consumiendo del sobrante de merluza, si todavía tienen cuota de de minimis disponible, podrán hacer uso de esta exención, realizando la correspondiente anotación en el DEA y en el diario en papel, motivo de minimis,

Tercero.

En relación a la contribución de las provincias al sobrante de JAX/09 se produjo un error material, por lo que se procede a subsanar el anexo I de la Resolución de 19 de octubre.

Para el sobrante del JAX/09, donde dice:

«Otros censos y modalidades censados en el Cantábrico y Noroeste

Provincia Sobrante
Asturias. 8.493
Cantabria. 786.645
Coruña. 23.214
Guipuzcoa. 28.113
Lugo. 6.040
Vizcaya. 466.025»

Debe decir:

«Otros censos y modalidades censados en el Cantábrico y Noroeste

Provincia Sobrante
Asturias. 23.214
Cantabria. 0
Coruña. 786.645
Guipuzcoa. 6.040
Lugo. 28.113
Pontevedra. 466.025
Vizcaya. 8.493»

Como se observa la cifra total de contribución de esta modalidad no varía, por lo que el sobrante de optimización de JAX/09 no se modifica.

Cuarto.

Esta Resolución surte efectos desde el momento de su firma.

Quinto.

Esta Resolución no pone fin a la vía administrativa, por lo que, en el plazo de un mes, se podrá interponer recurso de alzada ante el Ministro de Agricultura, Pesca y Alimentación, de conformidad con lo establecido en los artículos 121 y 122 en relación con el 112.1 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

Madrid, 5 de noviembre de 2021.–La Secretaria General de Pesca, Alicia Villauriz Iglesias

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