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Documento BOE-A-2021-1925

Resolución de 29 de enero de 2021, del Banco de España, por la que se publican las sanciones por infracciones muy graves y graves impuestas a Austrogiros Entidad de Pago, SA.

Publicado en:
«BOE» núm. 34, de 9 de febrero de 2021, páginas 15246 a 15248 (3 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Banco de España
Referencia:
BOE-A-2021-1925

TEXTO ORIGINAL

Con fecha 20 de noviembre de 2020 el Consejo de Gobierno del Banco de España dictó la Resolución por la que finalizó el expediente de referencia IE/EP-1/2019, incoado por Acuerdo de la Comisión Ejecutiva del Banco de España de fecha 16 de julio de 2019 a, entre otros, Austrogiros Entidad de Pago, S.A., a su administradora única Dña. Susana Ruiz Robles, y a su administrador de hecho, don Esteban Cordero Díaz.

Por otra parte, el artículo 115.5 de la Ley 10/2014, de 26 de junio, de ordenación, supervisión y solvencia de entidades de crédito, establece que las sanciones por infracciones muy graves y graves serán publicadas en el «Boletín Oficial del Estado» una vez que sean firmes en vía administrativa.

Toda vez que la citada Resolución ha adquirido firmeza en vía administrativa, procede, al amparo de lo establecido en el mencionado artículo 115.5, dar publicidad en el Boletín Oficial del Estado a las siguientes sanciones, impuestas en dicha Resolución sancionadora del Consejo de Gobierno del Banco de España a las siguientes personas:

− Austrogiros Entidad de Pago, S.A.:

«Sanción de multa impuesta a Austrogiros Entidad de Pago, S.A., por importe de doscientos mil euros (200.000 €), prevista en el artículo 97.1.a) 2.º de la Ley 10/2014, de 26 de junio, de ordenación, supervisión y solvencia de entidades de crédito, por la comisión de una infracción muy grave tipificada en el artículo 92.d) de dicha Ley 10/2014, consistente en incurrir en insuficiente cobertura de los requerimientos de recursos propios mínimos.

En concreto, los recursos propios se situaron por debajo del ochenta por ciento del mínimo reglamentariamente establecido en función de los riesgos asumidos, permaneciendo en tal situación por un periodo de, al menos, seis meses (desde al menos el 31 de diciembre de 2014, y en particular, durante todo el período relevante a efectos del presente expediente –1 de enero de 2017 a 30 de septiembre de 2018–).»

«Sanción de multa impuesta a Austrogiros Entidad de Pago, S.A., por importe de trescientos cincuenta mil euros (350.000 €), prevista en el artículo 97.1.a) 2.º de la Ley 10/2014, de 26 de junio, de ordenación, supervisión y solvencia de entidades de crédito, por la comisión de una infracción muy grave tipificada en el artículo 92.g) de dicha Ley 10/2014.

Tal infracción se ha producido al llevar la contabilidad con irregularidades esenciales que impedían conocer la situación patrimonial o financiera de la Entidad.»

«Sanción de multa impuesta a Austrogiros Entidad de Pago, S.A., por importe de doscientos cincuenta mil euros (250.000 €), prevista en el artículo 98.1.b) de la Ley 10/2014, de 26 de junio, de ordenación, supervisión y solvencia de entidades de crédito, por la comisión de una infracción grave tipificada en el artículo 51.3 de la Ley 16/2009, de 13 de noviembre, de Servicios de Pago, consistente en el incumplimiento de las normas de ordenación y disciplina aplicables a las entidades de pago.

En concreto, se han incumplido las normas que imponen a las entidades de pago tener una efectiva administración y dirección en territorio español.»

«Sanción de multa impuesta a Austrogiros Entidad de Pago, S.A., por importe de ciento cincuenta mil euros (150.000 €), prevista en el artículo 98.1.b) de la Ley 10/2014, de 26 de junio, de ordenación, supervisión y solvencia de entidades de crédito, por la comisión de una infracción grave tipificada en el artículo 93.l de dicha Ley 10/2014.

Tal infracción se ha producido por la no remisión, o la remisión inexacta o tardía de información financiera y contable, sobre agentes, planes de retorno o estructura accionarial.»

− Doña Susana Ruiz Robles:

«Sanción de multa impuesta a doña Susana Ruiz Robles, administradora única de Austrogiros Entidad de Pago, S.A., por importe de veinte mil euros (20.000 €), prevista en el artículo 101.1.a) de la Ley 10/2014, de 26 de junio, de ordenación, supervisión y solvencia de entidades de crédito, por la comisión de una infracción grave tipificada en el artículo 51.3 de la Ley 16/2009, de 13 de noviembre, de Servicios de Pago, consistente en el incumplimiento de las normas de ordenación y disciplina aplicables a las entidades de pago.

En concreto, se han incumplido las normas que imponen a las entidades de pago tener una efectiva administración y dirección en territorio español.»

«Sanción de inhabilitación impuesta a doña Susana Ruiz Robles, administradora única de Austrogiros Entidad de Pago, S.A., para ejercer cargos de administración o dirección en cualquier entidad del sector financiero por plazo de 1 año, prevista en el artículo 101.1.d) de la Ley 10/2014, de 26 de junio, de ordenación, supervisión y solvencia de entidades de crédito, por la comisión de una infracción grave, tipificada en el artículo 51.3 de la Ley 16/2009, de 13 de noviembre, de Servicios de Pago, consistente en el incumplimiento de las normas de ordenación y disciplina aplicables a las entidades de pago.

En concreto, se han incumplido las normas que imponen a las entidades de pago tener una efectiva administración y dirección en territorio español.»

«Sanción de multa impuesta a doña  Susana Ruiz Robles, administradora única de Austrogiros Entidad de Pago, S.A., por importe de cinco mil euros (5.000 €), prevista en el artículo 101.1.a) de la Ley 10/2014, de 26 de junio, de ordenación, supervisión y solvencia de entidades de crédito, por la comisión de una infracción grave tipificada en el artículo 93.l de dicha Ley 10/2014.

Tal infracción se ha producido por la no remisión, o la remisión inexacta o tardía de información financiera y contable, sobre agentes, planes de retorno o estructura accionarial.»

− Don Esteban Cordero Díaz:

«Sanción de multa impuesta a don Esteban Cordero, administrador de hecho de Austrogiros Entidad de Pago, S.A., por importe de veinticinco mil euros (25.000 €), prevista en el artículo 100.1.a) de la Ley 10/2014, de 26 de junio, de ordenación, supervisión y solvencia de entidades de crédito, por la comisión de una infracción muy grave tipificada en el artículo 92.d) de dicha Ley 10/2014, consistente en incurrir la Entidad en insuficiente cobertura de los requerimientos de recursos propios mínimos.

En concreto, los recursos propios se situaron por debajo del ochenta por ciento del mínimo reglamentariamente establecido en función de los riesgos asumidos, permaneciendo en tal situación por un periodo de, al menos, seis meses (desde al menos el 31 de diciembre de 2014, y en particular, durante todo el período relevante a efectos del presente expediente -1 de enero de 2017 a 30 de septiembre de 2018-).»

«Sanción de inhabilitación impuesta a don Esteban Cordero, administrador de hecho de Austrogiros Entidad de Pago, S.A., para ejercer cargos de administración o dirección en cualquier entidad del sector financiero por plazo de 1 año, prevista en el artículo 100.1.d) de la Ley 10/2014, de 26 de junio, de ordenación, supervisión y solvencia de entidades de crédito, por la comisión de una infracción muy grave, tipificada en el artículo 92.d) de dicha Ley 10/2014, consistente en incurrir la Entidad en insuficiente cobertura de los requerimientos de recursos propios mínimos.

En concreto, los recursos propios se situaron por debajo del ochenta por ciento del mínimo reglamentariamente establecido en función de los riesgos asumidos, permaneciendo en tal situación por un periodo de, al menos, seis meses (desde al menos el 31 de diciembre de 2014, y en particular, durante todo el período relevante a efectos del presente expediente –1 de enero de 2017 a 30 de septiembre de 2018–).»

«Sanción de multa impuesta a don Esteban Cordero, administrador de hecho de Austrogiros Entidad de Pago, S.A., por importe de cincuenta mil euros (50.000 €), prevista en el artículo 100.1.a) de la Ley 10/2014, de 26 de junio, de ordenación, supervisión y solvencia de entidades de crédito, por la comisión de una infracción muy grave tipificada en el artículo 92.g) de dicha Ley 10/2014.

Tal infracción se ha producido al llevar la contabilidad con irregularidades esenciales que impedían conocer la situación patrimonial o financiera de la Entidad.»

«Sanción de inhabilitación impuesta a don Esteban Cordero, administrador de hecho de Austrogiros Entidad de Pago, S.A., para ejercer cargos de administración o dirección en cualquier entidad del sector financiero por plazo de 2 años, prevista en el artículo 100.1.d) de la Ley 10/2014, de 26 de junio, de ordenación, supervisión y solvencia de entidades de crédito, por la comisión de una infracción muy grave, tipificada en el artículo 92.g) de dicha Ley 10/2014.

Tal infracción se ha producido al llevar la contabilidad con irregularidades esenciales que impedían conocer la situación patrimonial o financiera de la Entidad.»

«Sanción de multa impuesta a D. Esteban Cordero, administrador de hecho de Austrogiros Entidad de Pago, S.A. por importe de cuarenta mil euros (40.000 €), prevista en el artículo 101.1.a) de la Ley 10/2014, de 26 de junio, de ordenación, supervisión y solvencia de entidades de crédito, por la comisión de una infracción grave tipificada en el artículo 51.3 de la Ley 16/2009, de 13 de noviembre, de Servicios de Pago, consistente en el incumplimiento de las normas de ordenación y disciplina aplicables a las entidades de pago.

En concreto, se han incumplido las normas que imponen a las entidades de pago tener una efectiva administración y dirección en territorio español.»

«Sanción de inhabilitación impuesta a don Esteban Cordero, administrador de hecho de Austrogiros Entidad de Pago, S.A., para ejercer cargos de administración o dirección en cualquier entidad del sector financiero por plazo de 1 año, prevista en el artículo 101.1.d) de la Ley 10/2014, de 26 de junio, de ordenación, supervisión y solvencia de entidades de crédito, por la comisión de una infracción grave, tipificada en el artículo 51.3 de la Ley 16/2009, de 13 de noviembre, de Servicios de Pago, consistente en el incumplimiento de las normas de ordenación y disciplina aplicables a las entidades de pago.

En concreto, se han incumplido las normas que imponen a las entidades de pago tener una efectiva administración y dirección en territorio español.»

Madrid, 29 de enero de 2021.–El Secretario General del Banco de España, Francisco-Javier Priego Pérez.

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