Recibida en la Dirección General de Armamento y Material la solicitud presentada por el Laboratorio Central del Ejército, sito en el Acuartelamiento San Cristóbal de la Avenida de Andalucía, 73 L‐10, de Madrid, para que sea renovada su designación como Centro de Actividad Técnica a los efectos de homologación de productos en el ámbito Ministerio de Defensa.
Habiéndose comprobado por la Comisión Técnico-Asesora de Homologación, de conformidad con lo dispuesto en el Reglamento de homologación de productos de específica utilización en el ámbito de la defensa (Real Decreto 165/2010, de 19 de febrero), que el citado laboratorio sigue cumpliendo los criterios establecidos para demostrar su capacidad y competencia para la realización de actividades técnicas requeridas para la homologación de productos de específica utilización en el ámbito de la defensa.
Esta Dirección General, a propuesta de la Comisión Técnico-Asesora de Homologación, resuelve:
Renovar, a los efectos de homologación de productos en el ámbito del Ministerio de Defensa, al Laboratorio Central de Ejército la designación como Centro de Actividad Técnica concedida por Resolución 320/38131/2012, de 3 de septiembre, y renovada por Resolución 320/38112/2017, de 11 de mayo, para el siguiente alcance:
Área técnica | Unidad técnica | Procedimiento | Actividad técnica |
---|---|---|---|
Baterías de arranque de automoción. | 1.ª Sección. |
PGAC-11 PGAC-13 |
Elaboración de programas de homologación. Ejecución de programas de homologación. Análisis de informes de ensayo. Realización, supervisión y verificación de estudios y análisis técnicos. |
Elementos de trenes de cadena (ruedas de rodaje, eslabones, bujes y ejes vulcanizados). | 1.ª Sección. |
PGAC-11 PGAC-13 |
Elaboración de programas de homologación. Ejecución de programas de homologación. Análisis de informes de ensayo. Realización, supervisión y verificación de estudios y análisis técnicos. |
Aceites lubricantes. |
2.ª Sección. 4.ª Sección. |
PGAC-11 PGAC-13 |
Elaboración de programas de homologación. Ejecución de programas de homologación. Análisis de informes de ensayo. Realización, supervisión y verificación de estudios y análisis técnicos. |
Combustibles. |
2.ª Sección. 4.ª Sección. |
PGAC-11 PGAC-13 |
Elaboración de programas de homologación. Ejecución de programas de homologación. Análisis de informes de ensayo. Realización, supervisión y verificación de estudios y análisis técnicos. |
Líquidos hidráulicos. |
2.ª Sección. 4.ª Sección. |
PGAC-11 PGAC-13 |
Elaboración de programas de homologación. Ejecución de programas de homologación. Análisis de informes de ensayo. Realización, supervisión y verificación de estudios y análisis técnicos. |
Grasas. | 2.ª Sección. |
PGAC-11 PGAC-13 |
Elaboración de programas de homologación. Ejecución de programas de homologación. Análisis de informes de ensayo. Realización, supervisión y verificación de estudios y análisis técnicos. |
Materiales metálicos. |
3.ª Sección. 4.ª Sección. 5.ª Sección. |
PGAC-11 PGAC-13 |
Elaboración de programas de homologación. Ejecución de programas de homologación. Análisis de informes de ensayo. Realización, supervisión y verificación de estudios y análisis técnicos. |
Elastómeros. |
3.ª Sección. 4.ª Sección. 5.ª Sección. |
PGAC-11 PGAC-13 |
Elaboración de programas de homologación. Ejecución de programas de homologación. Análisis de informes de ensayo. Realización, supervisión y verificación de estudios y análisis técnicos. |
Textiles. |
3.ª Sección. 4.ª Sección. |
PGAC-11 PGAC-13 |
Elaboración de programas de homologación. Ejecución de programas de homologación. Análisis de informes de ensayo. Realización, supervisión y verificación de estudios y análisis técnicos. |
Productos especiales de usos diversos. | 2.ª Sección. |
PGAC-11 PGAC-13 |
Elaboración de programas de homologación. Ejecución de programas de homologación. Análisis de informes de ensayo. Realización, supervisión y verificación de estudios y análisis técnicos. |
Pinturas, recubrimientos y acabados. | 4.ª Sección. |
PGAC-11 PGAC-13 |
Elaboración de programas de homologación. Ejecución de programas de homologación. Análisis de informes de ensayo. Realización, supervisión y verificación de estudios y análisis técnicos. |
Esta designación tendrá vigencia por un periodo de cuatro años desde la fecha de esta resolución, pudiéndose solicitar su renovación con tres meses de antelación a la expiración de dicho plazo.
Madrid, 5 de noviembre de 2021.–El Director General de Armamento y Material, P. D. (Resolución de 22 de octubre de 2019), el Subdirector General de Inspección, Regulación y Estrategia Industrial de Defensa, Pedro Andrés Fuster González.
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