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Documento BOE-A-2021-19696

Resolución 420/38425/2021, de 23 de noviembre, de la Secretaría General Técnica, por la que se publica la Adenda de prórroga del Convenio entre la Comunidad de Madrid y el Instituto Social de las Fuerzas Armadas, para la atención a personas con discapacidad intelectual en el Centro Especial Isfas.

Publicado en:
«BOE» núm. 285, de 29 de noviembre de 2021, páginas 147476 a 147478 (3 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Defensa
Referencia:
BOE-A-2021-19696

TEXTO ORIGINAL

Suscrita el 18 de noviembre de 2021 la Adenda de prórroga para el período 3 de diciembre de 2021 a 2 de diciembre de 2022, ambos inclusive, del Convenio entre la Comunidad de Madrid, a través de la Consejería de Familia, Juventud y Política Social, y el Instituto Social de las Fuerzas Armadas (Ministerio de Defensa) para la atención a personas con discapacidad intelectual en el Centro Especial del ISFAS, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 48.8 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, procede la publicación en el «Boletín Oficial del Estado» de dicha adenda, que figura como anexo de esta resolución.

Madrid, 23 de noviembre de 2021.–El Secretario General Técnico, Emilio Fernández-Piñeyro Hernández.

ANEXO
Adenda de prórroga para el periodo 3 de diciembre de 2021 a 2 de diciembre de 2022, ambos inclusive, del Convenio entre la Comunidad de Madrid, a través de la Consejería de Familia, Juventud y Política Social, y el Instituto Social de las Fuerzas Armadas (Ministerio de Defensa) para la atención a personas con discapacidad intelectual en el centro especial Isfas

Madrid, 18 de noviembre de 2021.

REUNIDOS

De una parte, la Excma. señora doña María Concepción Dancausa Treviño, Consejera de Familia, Juventud y Política Social de la Comunidad de Madrid, nombrada mediante Decreto 47/2021, de 19 de junio, de la Presidenta de la Comunidad de Madrid, actuando en virtud de las atribuciones que le confieren el artículo 41.a) de la Ley 1/1983, de 13 de diciembre, de Gobierno y Administración de la Comunidad de Madrid, y el artículo 4.3.a) de la Ley 8/1999, de 9 de abril, de adecuación de la normativa de la Comunidad de Madrid a la ley estatal 4/1999, de 13 de enero.

Y de otra, el Ilmo. señor don José Luis Modrego Navarro, en nombre y representación del Instituto Social de las Fuerzas Armadas (Ministerio de Defensa), en su calidad de Secretario General del Organismo, nombrado mediante Resolución 430/38311/2020, de 7 de octubre, con domicilio en Madrid, calle Huesca número 31, al amparo de las facultades que le atribuye el artículo 18.2 del Reglamento General de la Seguridad Social de las Fuerzas Armadas, aprobado por Real Decreto 1726/2007, de 21 de diciembre.

Ambos intervienen en nombre y representación de las instituciones señaladas, reconociéndose capacidad jurídica suficiente para suscribir la presente adenda, y

MANIFIESTAN

Primero.

El día 18 de noviembre de 2020, la Comunidad de Madrid, a través de la entonces Consejería de Políticas Sociales, Familias, Igualdad y Natalidad, y el Instituto Social de las Fuerzas Armadas (Ministerio de Defensa), suscribieron un Convenio para la atención a personas con discapacidad intelectual en el Centro Especial ISFAS, para un plazo de vigencia de un año. Esta vigencia se inició el día 3 de diciembre de 2020, tras su publicación en dicha fecha en el «Boletín Oficial del Estado», y finaliza, por tanto, el 2 de diciembre de 2021, existiendo la posibilidad de prorrogarse, por periodos anuales, mediante acuerdo expreso de las partes, adoptado en cualquier momento antes de la finalización del plazo previsto de vigencia, durante un máximo de cuatro años.

Segundo.

Como consecuencia de este Convenio, el ISFAS pone a disposición de la Comunidad de Madrid un máximo de 40 plazas del Centro Especial CEISFAS, situado en Carretera Venta La Rubia s/n de Alcorcón, comprometiéndose la Consejería a abonar el precio de 29,55 euros plaza/ocupada día (exento de IVA) durante un período mínimo de 180 días al año y un máximo de 225 días al año.

Tercero.

De conformidad con lo dispuesto en la cláusula segunda del Convenio, el ISFAS presta la atención, a este máximo de 40 personas con discapacidad intelectual que reúnan los requisitos previstos en el anexo I del convenio, en el centro especial ISFAS, de forma directa o indirecta, en las condiciones previstas y establecidas de común acuerdo en el citado Anexo I.

Cuarto.

Ambas partes firmantes del Convenio desean mantener la colaboración según lo manifestado en los párrafos precedentes, y acuerdan, al amparo de la cláusula séptima de dicho Convenio, suscribir la presente Adenda para su prórroga con arreglo a las siguientes

CLÁUSULAS

Primera. Prórroga.

El Convenio queda prorrogado para el periodo comprendido entre el 3 de diciembre de 2021 y el 2 de diciembre de 2022, ambos inclusive.

Esta adenda de prórroga se perfeccionará por la prestación del consentimiento de las partes y resultará eficaz una vez inscrita, en el plazo de cinco días hábiles desde su formalización, en el Registro Electrónico estatal de Órganos e Instrumentos de Cooperación del sector público estatal. Asimismo, será publicada en el plazo de diez días hábiles desde su formalización en el «Boletín Oficial del Estado», de conformidad con lo dispuesto en el artículo 48.8 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público.

Segunda. Financiación.

El importe a financiar por parte de la Consejería se calcula con los precios recogidos en la cláusula tercera del Convenio tal y como se recoge en la siguiente tabla:

Anualidad

Coste plaza ocupada/día

Euros

Plazas financiadas Días ejecución

Coste anualidad (exento de IVA)

Euros

3/12/2021 a 2/12/2022 29,55 40 225 265.950,00

La Consejería, consecuentemente, abonará el importe de la prórroga que asciende a la cantidad de 265.950,00 euros (IVA exento) aplicándose el coste de la misma con cargo a la clasificación económica 25402 del programa 231F, Atención Especializada a Personas con Discapacidad, del vigente Presupuesto de Gastos de la Consejería de Familia, Juventud y Política Social de la Comunidad de Madrid.

Y para que así conste, y en prueba de conformidad de las partes, se firma la presente Adenda al Convenio, siendo la fecha de formalización de la misma la correspondiente a la firma de la Comunidad de Madrid o, en ausencia de fecha en el pie de firma, la que figure en el encabezamiento.–La Consejera de Familia, Juventud y Política Social, María Concepción Dancausa Treviño.–El Secretario General del ISFAS, José Luis Modrego Navarro.

 

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