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Documento BOE-A-2021-19991

Orden CUD/1346/2021, de 19 de noviembre, por la que se ejercita el derecho de tanteo sobre los lotes n.º 266, 268 y 269, subastados por la sala Abalarte, en Madrid.

Publicado en:
«BOE» núm. 288, de 2 de diciembre de 2021, páginas 149203 a 149203 (1 pág.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Cultura y Deporte
Referencia:
BOE-A-2021-19991

TEXTO ORIGINAL

A propuesta de la Dirección General de Bellas Artes, formulada el día 24 de octubre de 2021, con el informe favorable de la Junta de Calificación, Valoración y Exportación de Bienes del Patrimonio Histórico Español, acordado en la reunión del pleno celebrada el 19 de octubre de 2021, y en aplicación del artículo 38 de la Ley 16/1985, de 25 de junio, del Patrimonio Histórico Español, y en los artículos 40 y 41.2 del Real Decreto 111/1986, de 10 de enero, de desarrollo parcial de dicha Ley, dispongo:

Primero.

Que se ejercite el derecho de tanteo sobre los bienes muebles que fueron incluidos en el catálogo de la subasta pública celebrada en la sala Abalarte, en Madrid, el 19 de octubre de 2021, con los números y referencias siguientes:

Lote 266. Caja circular en madera de raíz. Primer tercio del siglo XIX. Tapa con miniatura de dama firmada Marras y fechada en 1818 correspondiente a John Marras, miniaturista que estuvo activo en Nueva York, Constantinopla y Madrid desde 1802 hasta 1820. En la base compartimento escondido a rosca con miniatura erótica. Medidas: 8,5 x 2 cm.

Lote 268. «Jeu de la drogue» Caja de carey o asta tallada, con tapa en piel y borde en bronce dorado. Francia. Principios del S. XIX. Medidas: 9 x 2,5 x 5,5 cm.

Lote 269. Caja circular lacada con filo de oro. Principios del S. XIX. Con dos grabados eróticos en la tapa (por dentro y por fuera) titulados «Passez votre chemin» y «Le vent dèsagreable». Medidas: 9 x 2,5 cm.

Segundo.

Que se abone a la sala subastadora el precio de remate de cinco mil setecientos euros (5.700 euros) más los gastos inherentes, que debe justificar mediante certificado.

Tercero.

Que dichas obras se depositen y asignen al Museo del Romanticismo, de titularidad estatal, que debe proceder a su inclusión en el inventario de patrimonio propiedad del Estado que allí se custodia.

Madrid, 19 de noviembre de 2021.–El Ministro de Cultura y Deporte, P.D. (Orden CUD/990/2020, de 16 de octubre), el Secretario General de Cultura y Deporte, Víctor Francos Díaz.

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