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Documento BOE-A-2021-20179

Resolución de 26 de noviembre de 2021, de la Presidencia de la Agencia Estatal Consejo Superior de Investigaciones Científicas, M.P., por la que se publica la Adenda de modificación del Convenio entre el Instituto Nacional de Investigación y Tecnología Agraria y Alimentaria y el Instituto Regional de Investigación y Desarrollo Agroalimentario y Forestal de Castilla-La Mancha, para la conservación de las estirpes de cerdo ibérico torbiscal y guadyerbas en el Centro de Investigaciones Agropecuarias "Dehesón del Encinar".

Publicado en:
«BOE» núm. 291, de 6 de diciembre de 2021, páginas 150482 a 150484 (3 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Ciencia e Innovación
Referencia:
BOE-A-2021-20179

TEXTO ORIGINAL

Suscrita la Adenda de modificación del convenio el 16 de diciembre de 2020, y en cumplimiento de lo dispuesto en el apartado 8 del artículo 48 de la ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, procede la publicación en el «Boletín Oficial del Estado» de dicha Adenda, que figura como anexo de esta resolución.

Para que conste a los efectos oportunos se firma:

Madrid, 26 de noviembre de 2021.–La Presidenta de la Agencia Estatal Consejo Superior de Investigaciones Científicas, M.P., Rosa Menéndez López.

ANEXO
Adenda de modificación del convenio entre el Instituto Nacional de Investigación y Tecnología Agraria y Alimentaria, OA., M.P. y el Instituto Regional de Investigación y Desarrollo Agroalimentario y Forestal de Castilla-La Mancha para la conservación de las estirpes de cerdo ibérico Torbiscal y Guadyerbas en el Centro de Investigaciones Agropecuarias «Dehesón del Encinar».

En Madrid,

REUNIDOS

De una parte, doña Esther Esteban Rodrigo, Directora del Instituto Nacional de Investigación y Tecnología Agraria y Alimentaria, O.A., M.P. (en lo sucesivo INIA), con CIF Q-2821013-F, con sede en Madrid, Ctra. de La Coruña, km 7,5, en representación del mismo por acuerdo de nombramiento de 1 de octubre de 2018, actuando conforme a las atribuciones que le confiere el artículo 12.2.d) del Estatuto del INIA, aprobado por Real Decreto 1951/2000, de 1 de diciembre.

De otra parte, don Francisco Martínez Arroyo, Consejero de Agricultura, Agua y Desarrollo Rural de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha, cargo para el que fue nombrado por Decreto 71/2019, de 7 de julio de 2019 (DOCM n.º 132, de 8 de julio de 2019), en calidad de Presidente del Instituto Regional de Investigación y Desarrollo Agroalimentario y Forestal de Castilla-La Mancha, en adelante IRIAF, CIF n.º Q1300422-A, cargo que ostenta según la Ley 4/2015 de 26 de marzo, por la que se crea el Instituto, y de las atribuciones conferidas por el artículo 8.2 del Decreto 42/2015, de 15 de junio de 2015, por el que se aprueban los estatutos del IRIAF y se establecen las facultades de la Presidencia.

Actuando ambos en razón de sus respectivas competencias y reconociéndose poderes y facultades suficientes para formalizar la presente adenda,

EXPONEN

Primero.

Que el INIA y el IRIAF firmaron, con fecha 8 de julio de 2019, un convenio para la conservación de las estirpes de cerdo ibérico Torbiscal y Guadyerbas en el Centro de Investigaciones Agropecuarias «Dehesón del Encinar».

El convenio se publicó en el BOE n.º 193, de 13 de agosto de 2019, previa inscripción en el Registro Electrónico estatal de Órganos e Instrumentos de Cooperación (REOICO).

Segundo.

Que la cláusula tercera de evaluación económica del convenio, en su párrafo cuarto establece que «La aportación dineraria del INIA, con cargo a su partida presupuestaria 27.104.467D.751.05, o la equivalente que la sustituya en ejercicios posteriores, se transferirá al IRIAF mediante pagos semestrales de 5.500 euros cada uno, tras la presentación por parte del IRIAF de un informe de las actividades realizadas y de la justificación del gasto efectuado en el periodo anterior. Esta justificación consistirá en un certificado de la Gerencia o Servicio de Contabilidad del IRIAF en el que se especifiquen, detallados por conceptos, los gastos efectuados, que estarán incluidos entre los detallados en el punto 4.3 del Anexo Técnico, destinados a la conservación de las estirpes.»

Tercero.

Que, durante el tiempo transcurrido desde la entrada en vigor del convenio, se ha constatado que la evaluación económica de los conceptos incluidos en el punto 4.3 del Anexo Técnico (material requerido para la conservación de las estirpes: identificación individual de lechones y electrónica de reproductores, medidores de engrasamiento en vivo, reposición de básculas) ha resultado sobrevalorada, mientras que el coste de la alimentación del ganado, en principio asumida completamente por el IRIAF, supone un importe mayor que el presupuestado inicialmente, por lo que se considera oportuno modificar los conceptos a los que el IRIAF puede destinar la aportación económica del INIA, incluyendo entre ellos el coste de alimentación de los animales.

Cuarto.

Que la cláusula undécima del convenio prevé la posibilidad de modificar el convenio, por acuerdo expreso de las partes firmantes, de acuerdo con los procedimientos que exija la normativa vigente.

Por todo ello, las partes acuerdan suscribir la presente Adenda de modificación del convenio firmado el 8 de julio de 2019, de acuerdo con las siguientes

CLÁUSULAS

Primera. Modificación del apartado 4.3 del Anexo Técnico.

Se modifica la redacción del apartado 4.3 del Anexo Técnico, que queda redactada en los siguientes términos:

«4.3 Aportaciones al IRIAF:

11.000 euros/año para adquisición de material requerido para la conservación de las estirpes: identificación individual de lechones y electrónica de reproductores, (traspondedores y lectores), medidores de engrasamiento en vivo, reposición de básculas, etc.., así como para contribuir a los gastos de alimentación de los animales.

Para los 4 años de convenio: 4 x 11.000 = 44.000 euros.»

Segunda. Eficacia de la Adenda.

La presente Adenda entrará en vigor en la fecha de su publicación en el «Boletín Oficial del Estado», previa inscripción en el Registro Electrónico estatal de Órganos e Instrumentos de Cooperación.

En prueba de conformidad, y para la debida constancia de todo lo convenido, ambas partes firman la presente Adenda de modificación, constando como fecha de suscripción el 16 de diciembre de 2020.–La Directora del Instituto Nacional de Investigación y Tecnología Agraria y Alimentaria, O.A., M.P., Esther Esteban Rodrigo.–El Presidente del Instituto Regional de Investigación y Desarrollo Agroalimentario y Forestal de Castilla-La Mancha, Francisco Martínez Arroyo.

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