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Documento BOE-A-2021-20787

Resolución de 9 de diciembre de 2021, de la Mutualidad General de Funcionarios Civiles del Estado, por la que se publica la Adenda de prórroga y modificación del Convenio por el que se formaliza la encomienda de gestión al Instituto Catalán de Evaluaciones Médicas, para la prestación de funciones de asesoramiento e informe.

Publicado en:
«BOE» núm. 300, de 16 de diciembre de 2021, páginas 154419 a 154421 (3 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Hacienda y Función Pública
Referencia:
BOE-A-2021-20787

TEXTO ORIGINAL

El 3 de diciembre de 2021 se suscribió la adenda de prórroga y modificación del Convenio por el que se formaliza la encomienda de gestión al Instituto Catalán de Evaluaciones Médicas de la Dirección General de Ordenación y Regulación Sanitaria del Departamento de Salud para la prestación de funciones de asesoramiento e informe.

En aplicación del artículo 11.3.b) de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, esta Dirección General resuelve publicar la referida adenda que figura como anexo de esta resolución.

Madrid, 9 de diciembre de 2021.–La Directora General de la Mutualidad General de Funcionarios Civiles del Estado, Myriam Pallarés Cortón.

ANEXO
Adenda de prórroga y modificación del Convenio por el que se formaliza el encargo de gestión de la Dirección General de la Mutualidad General de Funcionarios Civiles del Estado al Instituto Catalán de Evaluaciones Médicas de la Dirección General de Ordenación y Regulación Sanitaria del Departamento de Salud para la prestación de funciones de asesoramiento e informe

REUNIDOS

De una parte, doña Myriam Pallarés Cortón, Directora General de la Mutualidad General de Funcionarios Civiles del Estado (MUFACE), nombrada por el Real decreto 190/2020, de 29 de enero, en virtud de las facultades que le confiere el artículo 48.2 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de régimen jurídico del sector público, y actuando en nombre de MUFACE, en uso de las facultades que le confiere el artículo 11.2, k) del Real decreto 577/1997, de 18 de abril, por el que se establece la estructura de los órganos de gobierno, administración y representación de MUFACE,

Y de otra parte, doña Meritxell Masó i Carbó, Secretaria General del Departamento de Salud, nombrada mediante el Decreto 50/2021, de 26 de mayo, y autorizada por Acuerdo de Gobierno, de 30 de noviembre de 2021, por el que se aprueba la suscripción de este Convenio y se autoriza su firma.

Las partes se reconocen capacidad legal suficiente para suscribir esta adenda y a este efecto

EXPONEN

Primero.

Que, en fecha 29 de diciembre de 2017, se firmó el Convenio por el que se formaliza el encargo de gestión de la Dirección General de la Mutualidad General de Funcionarios Civiles del Estado (MUFACE) al Instituto Catalán de Evaluaciones Médicas, de la Dirección General de Ordenación y Regulación Sanitaria del Departamento de Salud para la prestación de funciones de asesoramiento e información, y es publicado en el BOE número 46 de 21 de febrero de 2018 (en adelante, Convenio).

Segundo.

MUFACE, entre sus acciones de mejora constante de la prestación de asistencia sanitaria en su conjunto, ha iniciado las acciones necesarias para la implantación gradual de un sistema de receta electrónica destinado a todo el colectivo protegido.

Con el objetivo de formalizar la colaboración entre MUFACE y el Servicio Catalán de Salud para la integración en el sistema de información de receta electrónica del colectivo de titulares y sus beneficiarios de MUFACE que hayan optado por recibir la asistencia sanitaria a través del sistema sanitario público de Catalunya, en fecha 3 de septiembre de 2020, el Servicio Catalán de Salud y MUFACE suscribieron un Convenio para la integración del colectivo de sus titulares y beneficiarios en el sistema de receta electrónica del Servicio Catalán de la Salud, que se publicó en el BOE número 306, de 21 de noviembre de 2020.

Tercero.

El objeto del Convenio suscrito es la prestación a MUFACE por parte del Departamento de Salud-ICAM, de la Dirección General de Ordenación y Regulación Sanitaria, del soporte técnico-sanitario que necesite en la gestión de sus prestaciones en el ámbito territorial de Catalunya. Esto se materializa mediante la realización de informes médicos en relación con los expedientes de prestaciones. Tal como recoge la cláusula segunda del Convenio, entre los informes que ha de hacer el Departamento de Salud-ICAM están los relativos a los expedientes de visados de recetas.

Al haberse producido la integración del colectivo de titulares y beneficiarios de MUFACE que hayan optado por recibir la asistencia sanitaria a través del Sistema sanitario público de Catalunya en el Sistema de información de receta electrónica del Servicio Catalán de la Salud, ello comporta acometer una serie de trabajos técnicos por parte del Departamento de Salud-ICAM para que sea posible el visado de recetas.

Cuarto.

En la cláusula cuarta del Convenio se establece la contraprestación económica anual que MUFACE ha de abonar al Departamento de Salud-ICAM como compensación por los gastos que se puedan ocasionar derivados del asesoramiento prestado. La cantidad establecida se ha de actualizar teniendo en cuenta el apartado anterior.

Quinto.

Que la cláusula quinta del Convenio regula la vigencia y establece que esta vigencia se extiende hasta el 30 de diciembre de 2021, además de prever que se puede prorrogar por acuerdo unánime de las partes por un período de cuatro años adicionales antes de la fecha en que finalice la vigencia.

Sexto.

Al amparo de lo que prevé la cláusula quinta del Convenio, y si se mantienen las mismas circunstancias que dieron lugar a su suscripción, las partes entienden que se ha de prorrogar el Convenio por un período de cuatro años adicionales.

A este efecto las partes firmantes acuerdan la suscripción de esta adenda de prórroga y modificación de encargo de gestión, de acuerdo con las siguientes

CLÁUSULAS

Primera.

Las partes acuerdan prorrogar desde el 31 de diciembre de 2021 hasta el 30 de diciembre de 2025, una vez cumplido el requisito para la eficacia de la adenda que prevé la cláusula tercera, el Convenio por el que se formaliza el encargo de gestión de la Dirección General de la Mutualidad General de Funcionarios Civiles del Estado (MUFACE) al Instituto Catalán de Evaluaciones Médicas, de la Dirección General de Ordenación y Regulación Sanitaria del Departamento de Salud para la prestación de funciones de asesoramiento e información en materia de gestión de prestaciones sanitarias.

Segunda.

Las partes acuerdan actualizar la contraprestación económica que establece la cláusula cuarta del Convenio citado, pasando a ser de veinticinco mil cuatrocientos ochenta y ocho euros con diez céntimos (25.488,10 €), con efectos para el pago anual de 2022. El resto del Convenio de formalización del encargo de gestión permanece con el mismo contenido.

Tercera.

Esta adenda se perfecciona por la prestación del consentimiento de las partes, y tendrá eficacia una vez inscrita en el Registro electrónico estatal de órganos e instrumentos de cooperación del sector público estatal de acuerdo con lo que establecen el artículo 48.8 y la disposición adicional séptima de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de régimen jurídico del sector público, y ha de ser publicado en el plazo de diez días hábiles desde que se formalicen en el «Boletín Oficial del Estado» (BOE).

Y, como prueba de conformidad con el contenido de esta adenda, las partes la firman electrónicamente, en el lugar donde se encuentran sus sedes respectivas, y se entiende que el día de la firma es aquel en que el último de los firmantes la suscriba.–Por la Mutualidad General de Funcionarios Civiles del Estado, Myriam Pallarés Cortón, Directora General de la Mutualidad General de Funcionarios Civiles del Estado.–Por el Departamento de Salud, Meritxell Masó i Carbó, Secretaria General del Departament de Salut.

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