De conformidad con lo establecido en el artículo 20 del Reglamento General de Ingreso de Personal al servicio de la Administración General del Estado y de Provisión de Puestos de Trabajo y Promoción Profesional de los Funcionarios Civiles de la Administración General del Estado, aprobado por el Real Decreto 364/1995, de 10 de marzo, y en el apartado decimoquinto de la Orden HFP/688/2017, de 20 de julio, por la que se establecen las bases comunes que rigen los procesos selectivos para el ingreso o acceso en cuerpo o escalas de la Administración General del Estado, resuelvo:
Admisión de aspirantes
Declarar aprobadas las relaciones provisionales de aspirantes admitidos y excluidos al proceso selectivo para ingreso, por promoción interna, en la Escala de Profesores de Investigación de los Organismos Públicos de Investigación, convocado por Resolución de 8 de octubre de 2021 (BOE de 19 de octubre). Las listas completas de aspirantes admitidos podrán consultarse en la página web de los Organismos a los que corresponden los diversos perfiles científicos y en la del Ministerio de Ciencia e Innovación.
Publicar la relación provisional de excluidos, que figura como anexo I de esta resolución, con indicación de los motivos de exclusión.
Tanto los aspirantes excluidos como los omitidos, por no figurar ni en la lista de admitidos ni en la de excluidos, disponen de un plazo de diez días hábiles, contados a partir del siguiente al de la publicación de esta Resolución en el «Boletín Oficial del Estado», para subsanar los defectos que hayan motivado su no admisión o la omisión simultánea en las listas de admitidos y excluidos.
Los escritos de subsanación de defectos se presentarán únicamente por vía electrónica, de acuerdo con lo que establece la disposición adicional primera del Real Decreto 203/2021, de 30 de marzo, por el que se aprueba el Reglamento de actuación y funcionamiento del sector público por medios electrónicos. La presentación de los escritos de subsanación por vía electrónica se realizará haciendo uso del servicio Inscripción en Pruebas Selectivas del punto de Acceso General (http://administracion.gob.es/PAG/ips), siguiendo las instrucciones que se le indiquen, siendo necesario identificarse mediante la plataforma de identificación y firma electrónica Cl@ve, en cualquiera de sus modalidades. En caso de que se produzca alguna incidencia técnica durante el proceso de inscripción, se deberá enviar un correo electrónico a la dirección que aparece en la aplicación https://ips.redsara.es/IPSC/secure/buscarConvocatorias Apartado «Contacto»: cau.060@correo.gob.es
Concluido este plazo, si se producen modificaciones, se hará pública la lista definitiva de aspirantes admitidos y, en su caso, de excluidos, que se expondrán en los mismos lugares que se indican en el apartado primero de esta resolución.
Los aspirantes que, dentro del plazo señalado, no subsanen la exclusión o aleguen la omisión justificando su derecho a ser incluidos en la relación de admitidos, serán definitivamente excluidos de la participación de las pruebas selectivas.
Contra la presente resolución, que pone fin a la vía administrativa, se podrá interponer, con carácter potestativo, recurso de reposición ante este órgano en el plazo de un mes, a contar desde el día siguiente al de su publicación, de conformidad con lo establecido en los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, o bien, recurso contencioso-administrativo, en el plazo de dos meses, a contar asimismo desde el día siguiente al de su publicación, ante el órgano competente del orden jurisdiccional contencioso-administrativo, de acuerdo con lo dispuesto en la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, significándose que, en caso de interponer recurso de reposición, no se podrá interponer recurso contencioso-administrativo hasta que aquel sea resuelto expresamente o se haya producido la desestimación presunta del mismo.
Madrid, 13 de diciembre de 2021.–El Subsecretario de Ciencia e Innovación, Pablo Martín González.
RELACIÓN PROVISIONAL DE ASPIRANTES EXCLUIDOS
Escala de Profesores de Investigación de los Organismos Públicos de investigación
Promoción interna, OEP 2019-2020
DNI | Apellidos y nombre | Perfil científico | Motivos de exclusión | OPI |
---|---|---|---|---|
****7175* | BOYA TREMOLEDA, PATRICIA. | BIOLOGÍA Y BIOMEDICINA. | 7, 8, 9, 10 | CSIC. |
****2911* | CARNERO MOYA, AMANCIO. | BIOLOGÍA Y BIOMEDICINA. | 7, 8, 9, 10 | CSIC. |
****5618* | JUSTE BALLESTA, FRANCISCO JAVIER. | BIOLOGÍA DE ORGANISMOS Y SISTEMAS TERRESTRES. | 7, 8, 9, 10 | CSIC. |
****4756* | KOHLER, SIGMUND ALBERT. | CIENCIA Y TECNOLOGÍA DE MATERIALES. | 16 | CSIC. |
****6072* | OLIVARES VILLEGAS, JOSÉ. | CIENCIAS FÍSICAS, TECNOLOGÍAS FÍSICAS Y MATEMÁTICAS. | 7, 8, 9, 10 | CSIC. |
****9534* | PUERTO FERNÁNDEZ, MARÍA ISABEL. | HUMANIDADES. | 25 | CSIC. |
****4731* | PULIDO VELÁZQUEZ, DAVID. | RECURSOS Y PROCESOS GEOLÓGICOS PARA LA TRANSICIÓN ECOLÓGICA. | 7, 8, 9, 10 | CSIC. |
****3471* | RUAS MADIEDO, PATRICIA. | CIENCIA Y TECNOLOGÍA DE LOS ALIMENTOS. | 7, 8, 9, 10 | CSIC. |
****9222* | RUBIERA GARCÍA, DIEGO. | CIENCIAS FÍSICAS, TECNOLOGÍAS FÍSICAS Y MATEMÁTICAS. | 25 | CSIC. |
****0871* | SANZ CAÑADA, FRANCISCO JAVIER. | CIENCIA INTERDISCIPLINAR EN EL ÁREA GLOBAL SOCIEDAD. | 7, 8, 9, 10 | CSIC. |
***9664** | MARTÍNEZ DELGADO BEATRIZ. | INVESTIGACIÓN EN ENFERMEDADES RARAS HUMANAS. | 16 | ISCIII. |
DNI | Apellidos y nombre | Perfil científico | Motivos de exclusión | OPI |
---|---|---|---|---|
****5489* | SÁNCHEZ CONTRERAS, MARÍA CARMEN. | CIENCIAS FÍSICAS, TECNOLOGÍAS FÍSICAS Y MATEMÁTICAS. | 15 | CSIC. |
Excluidos: No constan.
Motivos de exclusión
1. Instancia o documentación presentada fuera de plazo. (Motivo insubsanable.)
2. No presentar la solicitud en modelo oficial (ips); no firmar la solicitud (solicitudes en soporte papel. Firma-e en solicitud telemática).
3. No acreditar la nacionalidad exigida en la convocatoria. No haber aportado los cónyuges/descendientes menores de 21 años, no residentes en España, documentación acreditativa las condiciones alegadas. No acreditar documentalmente residencia legal en España. No acreditar documentalmente inclusión en Tratados Internacionales de Libre Circulación de Trabajadores.
4. No cumplir con requisito de edad.
5. No presentar el título de doctor/no presentar certificado de equivalencia o credencial de homologación del título de doctor (titulaciones en el extranjero).
6. No poseer o indicar la titulación exigida en la convocatoria.
7. No aportar USB con el curriculum vitae o el USB está dañado/es ilegible. (Motivo insubsanable.)
8. No aportar resumen con los objetivos científicos y líneas fundamentales de investigación del solicitante o el USB está dañado/es ilegible. (Motivo insubsanable.)
9. No aportar el resumen de las aportaciones científico-técnicas más relevantes de la carrera profesional del solicitante o el USB está dañado/es ilegible. (Motivo insubsanable.)
10. No aportar cinco ejemplares con las aportaciones científico-técnicas más relevantes de la carrera profesional del solicitante o el USB está dañado/es ilegible. (Motivo insubsanable.)
11. No presentar acreditación documental del desarrollo de labores investigación en instituciones públicas o privadas un mínimo de nueve años (profesores investigación)-seis años (investigadores científicos) o el USB está dañado/es ilegible. (Motivo insubsanable.)
12. No abonar los derechos de examen, no presentar documentación acreditativa del abono de la tasa de inscripción (comprobante bancario de ingreso o transferencia internacional), o hacerlo en cuantía inferior a la establecida.
13. No presentar certificado del servicio público de empleo expedido en plazo de presentación de solicitudes o presentar uno que no cumple con los requisitos para la exención del pago de la tasa (antigüedad mínima y no rechazos).
14. No presentar certificación de la declaración de IRPF del solicitante correspondiente al último ejercicio y, en su caso, certificado de nivel de renta para justificar exención de tasa de derechos de examen para los demandantes de empleo o la presentada no cumple con los requisitos para la exención del pago de la tasa
15. No presentar, para justificar exención de tasa de derechos de examen, certificado acreditativo de discapacidad cuando esta no haya sido reconocida por las CC.AA.
16. No acreditar documentalmente los solicitantes miembros de familia numerosa especial la exención de la tasa de examen. No acreditar documentalmente los solicitantes miembros de familia numerosa general el pago de tasa de examen reducida.
17. No acreditar documentalmente la condición de víctima de terrorismo para justificar la exención de la tasa de examen.
18. Concurrir a más de un perfil, programa o ámbito geográfico, presentar más de una solicitud, no reflejar perfil, programa o ámbito geográfico en la solicitud. (Motivo insubsanable.)
19. El perfil, programa o ámbito geográfico indicado no se encuentra entre los que se relacionan en la convocatoria.
20. No indica correctamente idioma.
21. No pertenecer a ningún Cuerpo/Escala de la Administración General del Estado (promoción interna).
22. No haber prestado dos años de servicios efectivos como funcionario de carrera en el subgrupo anterior (promoción interna).
23. No presenta certificación de homologación (funcionarios de organismos internacionales).
24. Pertenecer como funcionario de carrera a la misma escala que se presenta.
25. No se cumplen los requisitos establecidos en la base 4 de la convocatoria.
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