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Documento BOE-A-2021-2807

Resolución de 10 de diciembre de 2020, aprobada por la Comisión Mixta para las Relaciones con el Tribunal de Cuentas, en relación con el Informe de fiscalización del organismo autónomo Centro de Investigaciones Sociológicas, ejercicio 2016.

Publicado en:
«BOE» núm. 46, de 23 de febrero de 2021, páginas 21425 a 21495 (71 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Cortes Generales
Referencia:
BOE-A-2021-2807

TEXTO ORIGINAL

La Comisión Mixta para las Relaciones con el Tribunal de Cuentas, en su sesión del día 10 de diciembre de 2020, a la vista del Informe remitido por ese Alto Tribunal acerca del Informe de fiscalización del organismo autónomo Centro de Investigaciones Sociológicas, ejercicio 2016, acuerda:

1. Asumir el contenido del citado Informe, así como sus conclusiones y recomendaciones.

2. Instar al Gobierno a:

– Seguir las recomendaciones del Informe emitido por el Tribunal de Cuentas.

– Adoptar las medidas necesarias para adecuar la capacidad operativa del Centro de Investigaciones Sociológicas, en cuanto medio propio y servicio técnico de la Administración General del Estado y de los organismos públicos dependientes de ella, a los requerimientos establecidos en la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público.

– Adoptar las medidas necesarias para superar la situación de desequilibrio financiero que muestran las cuentas del organismo en el ejercicio fiscalizado y anteriores, que de mantenerse podría llevar al centro a incurrir en el supuesto de disolución recogido en el apartado e) del artículo 96 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público.

– Adecuar la capacidad operativa del Centro de Investigaciones Sociológicas en cuanto medio propio y servicio técnico de la Administración General del Estado con capacidad suficiente para actuar.

3. Instar a la Administración General del Estado a:

– Tomar las medidas regulatorias y organizativas necesarias para proceder a la laboralización de la red de campo del Centro de Investigaciones Sociológicas.

4. Instar al Centro de Investigaciones Sociológicas a:

– Seguir las recomendaciones del Informe emitido por el Tribunal de Cuentas.

– Efectuar las actuaciones oportunas a fin de reforzar su sistema de control interno, tales como la elaboración de manuales de procedimiento en materia de becas y ayudas, convocatoria y celebración de cursos, venta de publicaciones y gestión de la red de campo; y la revisión del sistema de distribución de funciones en la tramitación de las becas y de otras transferencias.

– Adoptar las medidas necesarias para superar la situación de desequilibrio financiero que muestran las cuentas del organismo en el ejercicio fiscalizado y anteriores, que de mantenerse podría llevar al centro a incurrir en el supuesto de disolución recogido en el apartado e) del artículo 96 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público.

– Garantizar la existencia de un procedimiento adecuado de selección de los adjudicatarios que formalice por escrito los contratos en los supuestos procedentes, definiendo adecuadamente el objeto, las obligaciones de las partes, el precio o la duración del contrato, a fin de ajustar la gestión de los trabajos encargados al personal de la red de campo a su configuración legal de contratos de servicios sujetos a la legislación de contratos del Estado.

– Reforzar su sistema de control interno y establecer procedimientos adecuados en la gestión de su red de campo mediante su laboralización.

5. Instar al Tribunal de Cuentas a:

– Realizar una fiscalización recurrente y sistemática del Centro de Estudios Sociológicos dentro de los planes anuales de fiscalización del Tribunal de Cuentas, así como el seguimiento de las recomendaciones planteadas.

Palacio del Congreso de los Diputados, 10 de diciembre de 2020.–El Presidente de la Comisión, Santos Cerdán León.–El Secretario Primero de la Comisión, Jesús Manuel Alonso Jiménez.

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