De conformidad con lo establecido en los artículos 131.3 y 386.1 de la Ley Orgánica 6/1985, de 1 de julio, del Poder Judicial, y en el artículo 28.2.a) y 3.e) del Real Decreto Legislativo 670/1987, de 30 de abril, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de Clases Pasivas del Estado, por Acuerdo de la Comisión Permanente del Consejo General del Poder Judicial, adoptado en su reunión de 24 de febrero de 2021,
Vengo en declarar la jubilación forzosa por edad del Magistrado don Eduardo López-Palop González de Peredo, con destino en el Juzgado de Vigilancia Penitenciaria número 4 de la Comunidad de Madrid, con efectos del día 1 de marzo de 2021, con los derechos pasivos que le correspondan por esta causa.
Madrid, 24 de febrero de 2021.–El Presidente del Consejo General del Poder Judicial, Carlos Lesmes Serrano.
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