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Documento BOE-A-2021-3428

Decreto de 16 de febrero de 2021, de la Fiscal General del Estado, por el que se nombra Fiscal Delegado de Siniestralidad Laboral en la Fiscalía Provincial de Teruel a don Jesús Gargallo Giner.

Publicado en:
«BOE» núm. 55, de 5 de marzo de 2021, páginas 25973 a 25974 (2 págs.)
Sección:
II. Autoridades y personal - A. Nombramientos, situaciones e incidencias
Departamento:
Ministerio Fiscal
Referencia:
BOE-A-2021-3428

TEXTO ORIGINAL

El 3 de febrero de 2021, la Unidad de Siniestralidad Laboral de la Fiscalía General del Estado remitió a la Inspección Fiscal escrito de la Fiscal Jefe de la Fiscalía Provincial de Teruel, en el que propone el nombramiento del Fiscal, Ilmo. señor don Jesús Gargallo Giner, como Delegado de la especialidad en la citada Fiscalía.

Hechos

Con motivo de la renuncia de la anterior Delegada de Siniestralidad Laboral, quedó vacante en la Fiscalía Provincial de Teruel el cargo de Fiscal Delegado de la especialidad. Para cubrirlo, la Fiscal Jefe comunicó a todos los miembros de la plantilla que quien estuviera interesado debería formular la correspondiente solicitud, presentándose únicamente don Jesús Gargallo Giner.

La Fiscal Jefe considera que don Jesús Gargallo Giner tiene acreditada experiencia y formación en la especialidad, por haberla desempeñado en los últimos años, siendo el candidato idóneo por esos motivos. La propuesta fue elevada el 28 de enero de 2021 a la Unidad de Siniestralidad Laboral de la Fiscalía General del Estado.

El Fiscal de Sala de la Unidad de Siniestralidad Laboral remitió, el 3 de febrero de 2021, informando que no formulaba objeción a su designación, y en el mismo sentido el Consejo Fiscal (artículo 3.4 RD 437/1983).

Fundamentos de Derecho

Primero.

El Estatuto Orgánico del Ministerio Fiscal dispone que los Fiscales Decanos de las Fiscalías serán nombrados mediante resolución dictada por el Fiscal General del Estado, a propuesta motivada del Fiscal Jefe respectivo. Igualmente exige que, para la cobertura de estos cargos y con carácter previo, se realice una convocatoria entre los Fiscales de la plantilla, así como que a la propuesta se acompañe relación de todos los Fiscales que lo hayan solicitado con aportación de los méritos alegados (art. 36.4).

Segundo.

La Instrucción 5/2008 de la Fiscalía General del Estado complementa la anterior disposición, al aclarar que se seguirá también el mismo procedimiento de designación en los casos en los que el Delegado provincial de la especialidad que se propone no tenga el rango de Decano, como sucede en este caso.

Esta misma Instrucción establece que los nombramientos y ceses de los Delegados Provinciales de la especialidad irán precedidos de un trámite de audiencia del correspondiente Fiscal de Sala Coordinador, que podrá efectuar las consideraciones que estime pertinentes y, seguidamente, trasladará la propuesta al Fiscal General del Estado a través de la Inspección Fiscal.

Tercero.

Se han cumplido, por tanto, todos los trámites establecidos para proceder al nombramiento interesado. Asimismo, la propuesta de la Fiscal Jefe de la Fiscalía Provincial de Teruel está suficientemente motivada y avala la idoneidad de la candidata, manifestando su conformidad el Consejo Fiscal.

En consecuencia, vista la propuesta formulada, de conformidad con las previsiones del Estatuto Orgánico del Ministerio Fiscal y haciendo propia la fundamentación de la propuesta, acuerdo:

Nombrar al Ilmo. señor don Jesús Gargallo Giner, Fiscal Delegado de Siniestralidad Laboral en la Fiscalía Provincial de Teruel.

Publíquese el presente Decreto en el «Boletín Oficial del Estado».

Recursos. Contra el presente Decreto, que pone fin a la vía administrativa de conformidad con lo dispuesto en el artículo 114 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, cabe interponer en el plazo de un mes recurso potestativo de reposición, a contar desde el día siguiente a su notificación, ante la Fiscalía General del Estado (C/ Fortuny, n.º 4 Madrid 28010) en los términos establecidos por el artículo 123 y concordantes de aquella Ley o, alternativamente, recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Madrid, según lo establecido en los artículos 10.1.m) y 14.1 regla 1.ª de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente a su notificación, conforme a lo dispuesto en el artículo 46 de esta misma Ley.

Madrid, 16 de febrero de 2021.–La Fiscal General del Estado, Dolores Delgado García.

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