Habiéndose declarado firme en vía administrativa la sanción impuesta a Banco Santander, S.A., por la comisión de una infracción muy grave del artículo 284.1 del texto refundido de la Ley del Mercado de Valores, aprobado por el Real Decreto Legislativo 4/2015, de 23 de octubre, se procede a publicar, conforme a lo establecido en su artículo 313 quater, la sanción impuesta mediante Resolución del Consejo de la Comisión Nacional del Mercado de Valores de fecha 22 de diciembre de 2020 que, tras la exposición de hechos y fundamentos jurídicos, concluye con el siguiente Acuerdo:
Imponer a Banco Santander, S.A. por la comisión de una infracción muy grave tipificada en el artículo 284.1 del texto refundido de la Ley del Mercado de Valores, aprobado por Real Decreto Legislativo 4/2015, de 23 de octubre, por la vulneración de lo dispuesto en el artículo 214 del mismo texto legal en lo relativo a la información recabada de clientes minoristas personas físicas para la evaluación de la conveniencia, multa por importe de 300.000 euros (trescientos mil euros).
La Resolución que impone la sanción indicada en la presente publicación únicamente es firme en vía administrativa, sin perjuicio de las potestades de revisión jurisdiccional que corresponden a la Sala de lo Contencioso-Administrativo de la Audiencia Nacional, competente para conocer de los recursos que en su caso se hayan interpuesto o pudieran interponerse.
Madrid, 23 de febrero de 2021.–El Presidente de la Comisión Nacional del Mercado de Valores, Rodrigo Buenaventura Canino.
Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado
Avda. de Manoteras, 54 - 28050 Madrid