Está Vd. en

Documento BOE-A-2021-3963

Resolución de 5 de marzo de 2021, de la Subsecretaría, por la que se publica el Convenio con la Fundación Dialnet de la Universidad de la Rioja, para incluir en Dialnet los títulos de las publicaciones oficiales del Ministerio de Justicia.

Publicado en:
«BOE» núm. 62, de 13 de marzo de 2021, páginas 29236 a 29241 (6 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Justicia
Referencia:
BOE-A-2021-3963

TEXTO ORIGINAL

Con fecha 8 de febrero de 2021 se ha suscrito el Convenio entre la Fundación Dialnet de la Universidad de la Rioja y el Ministerio de Justicia para incluir en Dialnet los títulos de las publicaciones oficiales del Ministerio de Justicia.

En cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 48.8 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, procede la publicación en el «Boletín Oficial del Estado» de dicho Convenio, que figura como anexo a esta Resolución.

Madrid, 5 de marzo de 2021.–El Subsecretario de Justicia, Jose Miguel Bueno Sánchez.

ANEXO
Convenio entre la Fundación Dialnet de la Universidad de la Rioja y el Ministerio de Justicia para incluir en Dialnet los títulos de las publicaciones oficiales del Ministerio de Justicia

REUNIDOS

De una parte, el señor don Juan Carlos Ayala Calvo, Rector Magnífico de la Universidad de La Rioja, nombrado para su cargo mediante Decreto núm. 100/2020, de 25 de noviembre, publicado en el «Boletín Oficial de La Rioja» de 27 de noviembre de 2020 (núm. 160, página 14452), de acuerdo con las competencias que le otorga el artículo 20 de la Ley Orgánica núm. 6/2001, de 21 de diciembre, de Universidades y los Estatutos de la mencionada Universidad, actuando en nombre y representación de la Universidad de La Rioja, y también en calidad de Presidente de la Fundación Dialnet, haciendo uso de las facultades que tiene concedidas en virtud del artículo 17 de los Estatutos fundacionales, con domicilio a estos efectos en Logroño, calle Barriocepo, 10 y CIF G26454157.

De otra parte, don José Miguel Bueno Sánchez, Subsecretario del Ministerio de Justicia, nombrado por Real Decreto 115/2020, de 21 de enero (BOE del 22), en uso de las competencias que le confiere el artículo 6 d), de la Orden JUS/987/2020, de 20 de octubre, sobre delegación de competencias y en relación con el artículo 48.2 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público; en nombre y representación del Ministerio de Justicia.

Ambas partes, en la representación que ostentan, se reconocen mutua capacidad para obligarse y convenir mediante el presente documento y, en consecuencia,

EXPONEN

Que la Universidad de La Rioja, ha desarrollado el proyecto Dialnet, que facilita el acceso a la producción científica del ámbito hispano a partir de la recopilación de las fuentes de información en las que dicha producción se publica y que integra distintos recursos y servicios documentales que se prestan de forma libre y gratuita a través de Internet a cualquier usuario. Este proyecto se gestiona por la Fundación Dialnet, Fundación expresamente constituida para la realización de tal fin.

Que el Ministerio de Justicia considera muy importante la cooperación interbibliotecaria, resaltando la importancia de dar la mayor visibilidad posible a la literatura científica iberoamericana.

Que las partes comparten el objetivo común de acometer proyectos conjuntos que beneficien a todos los usuarios de las bibliotecas cooperantes y que sirvan de catalizador de esfuerzos individuales hacia servicios bibliotecarios comunes; contribuyendo, asimismo, al desarrollo de una infraestructura que facilite un acceso exhaustivo a la producción científica del ámbito hispano y a ofrecer recursos y servicios documentales en beneficio de la comunidad académica e investigadora y de la sociedad en general, a través de la cooperación bibliotecaria.

A tal efecto, las Instituciones firmantes suscriben las siguientes:

CLÁUSULAS

Primera. Objeto del Convenio.

El presente Convenio tiene por objeto establecer las condiciones de colaboración entre el Ministerio de Justicia y la Fundación Dialnet de la Universidad de La Rioja y detallar las actuaciones a realizar por las partes para su cumplimiento.

Los objetivos son:

– Incluir en Dialnet los títulos de las publicaciones oficiales del Ministerio de Justicia que a continuación se relacionan, con el fin de poder ofrecer, de una forma rápida y eficiente, sus contenidos a los usuarios de Dialnet:

• Boletín del Ministerio de Justicia (ISSN-e 1989-4767).

• Anuario de Derecho Civil (ISSN-e 2659-8965).

• Anuario de Filosofía del Derecho (ISSN-e 2659-8973).

• Anuario de Historia del Derecho Español (ISSN-e 2659-8981).

• Anuario de Derecho Penal y Ciencias Penales (ISSN-e 2659-899X).

– Sentar las bases para la prestación de nuevos servicios documentales que puedan ser del interés del colectivo docente e investigador en general, y para los usuarios de la Red de Bibliotecas del Ministerio de Justicia en particular.

Segunda. Compromisos de la Fundación Dialnet.

La Fundación Dialnet de la Universidad de La Rioja se compromete a prestar al Ministerio los siguientes servicios:

– Coordinar el proyecto Dialnet.

– Coordinar el trabajo de todas las bibliotecas colaboradoras.

– Promover desarrollos tecnológicos que redunden en la mejora de los servicios que se prestan a las bibliotecas y a los usuarios de las mismas.

– Mantener las bases de datos que constituyen Dialnet en los servidores de la Universidad de La Rioja.

– Ofrecer los servicios de Dialnet Plus a los usuarios de la Red de Bibliotecas del Ministerio de Justicia de acuerdo con el anexo 1.

– Facilitar al personal designado por el Ministerio de Justicia los permisos necesarios para la realización de las tareas objeto de este Convenio.

– Proporcionar los medios técnicos, formación y asesoramiento necesarios para hacer posible las tareas de introducción de contenidos en la base de datos de Dialnet.

Tercera. Compromisos del Ministerio de Justicia.

La Red de Bibliotecas del Ministerio de Justicia se compromete a colaborar en el desarrollo del proyecto mediante la aportación de recursos, especialmente los procedentes de la participación directa del personal de su biblioteca, y adquiere los siguientes compromisos:

– Introducir los contenidos en la base de datos de Dialnet, utilizando las herramientas que se establezcan para ello, de las publicaciones del Ministerio de Justicia recogidas en la cláusula primera del presente Convenio.

– En el caso de las revistas, el Ministerio de Justicia se compromete a la aportación sistemática y periódica a Dialnet de sus contenidos. El Ministerio de Justicia podrá sustituir la indización de algunas de ellas por la indización sistemática de los contenidos de libros colectivos publicados en el ámbito hispano.

– El Ministerio de Justicia, en la medida de lo posible, facilitará el acceso al texto completo a través de Dialnet, ya sea autorizando el alojamiento de los mismos en los servidores de la Fundación Dialnet o enlazando los contenidos al repositorio institucional o a sus webs originales. En este último caso, el Ministerio de Justicia debe velar por la perdurabilidad y buen funcionamiento de los mismos.

– Introducir los contenidos de las revistas mencionadas en la cláusula primera a la mayor brevedad posible desde su recepción en la biblioteca o desde el momento en el que se publique una nueva edición electrónica de las mismas.

– Priorizar, siempre que sea posible, el mantenimiento de las suscripciones de aquellas revistas cuyos contenidos se incluyen en Dialnet y carecen de versión en acceso libre, y comunicar a la Fundación Dialnet la cancelación de dichos títulos en el caso de producirse, y asumir la indización de otras revistas, o bien sustituirla por la indización de los contenidos de libros colectivos publicados en el ámbito hispano.

– Añadir la máxima información sobre los autores de los registros e intentar resolver los problemas de la identificación, ambigüedad y duplicidad en los nombres de los investigadores.

Supervisar la corrección y calidad de la información bibliográfica de las publicaciones objeto del presente Convenio, realizando las actuaciones o correcciones necesarias para garantizar que esta información sigue los estándares de calidad de Dialnet.

– Formar a los usuarios de su institución en el manejo de Dialnet y atender las dudas y consultas que estos puedan tener.

– Utilizar la información descargada de Dialnet para los fines indicados de forma expresa en los términos de este Convenio.

Cuarta. Descarga de registros.

La Red de Bibliotecas del Ministerio de Justicia podrá descargar de Dialnet registros bibliográficos de aquellos fondos que disponga en sus colecciones con el único fin de incorporar esta información a sus catálogos y repositorios institucionales.

Dichos registros se suministrarán mediante un servicio de descarga de ficheros a través de los formatos: MARC; MARC-XML; BRS-Absys; BRS-Unicorn y Texto separado por tabuladores. En el caso de otro tipo de formatos, se analizará conjuntamente la posibilidad de descarga.

No se autorizan otros usos de la información descargada de Dialnet que no se hubiesen indicado expresamente en los términos del presente Convenio, en particular no se autorizan los siguientes:

– No se podrá copiar, distribuir a terceros o hacer pública por cualquier otro medio que no sean los catálogos y repositorios institucionales.

– No se utilizará con fines comerciales. En ningún caso se podrá vender, copiar o usar a cambio de una contraprestación económica.

– No se utilizará para realizar estudios estadísticos, bibliométricos o de cualquier otro tipo sin contar con la autorización previa de la Fundación Dialnet.

Quinta. Incorporación de nuevas instituciones al proyecto Dialnet.

La Fundación Dialnet podrá firmar, con otras instituciones, los Convenios que estime oportunos para la mejora, difusión y enriquecimiento del proyecto Dialnet.

Sexta. Comisión mixta de seguimiento, vigilancia y control.

Para el seguimiento, vigilancia y control de la ejecución del presente Convenio se constituirá a partir de la publicación del mismo en el Boletín Oficial del estado, previa inscripción en el Registro Electrónico estatal de Órganos e Instrumentos de Cooperación del sector público estatal, una Comisión Mixta de Seguimiento que estará compuesta por un representante del Ministerio de Justicia y un representante de la Fundación Dialnet.

Dicha Comisión se responsabilizará de la ejecución de las acciones derivadas del presente Convenio y de los compromisos adquiridos por las partes. Asimismo, resolverá los problemas de interpretación y cumplimiento que puedan plantearse en el desarrollo del presente Convenio.

La Comisión Mixta se reunirá un mínimo de una vez al año, de forma telemática si fuera necesario, salvo que no haya asuntos que tratar, o a instancia de cualquiera de las partes, tomándose en su seno las decisiones por unanimidad.

Séptima. Naturaleza jurídica y resolución de controversias.

Este Convenio tiene naturaleza administrativa, quedando sometido al régimen jurídico de los Convenios previsto en el capítulo VI, título preliminar, de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público. Asimismo, será de aplicación a este Convenio lo dispuesto en la Ley 19/2013, de 9 de diciembre, de Transparencia, Acceso a la Información Pública y Buen Gobierno.

Las controversias que puedan surgir sobre la interpretación, modificación, ejecución, resolución y efectos que puedan derivarse del presente Convenio se resolverán entre las partes de manera amistosa en el seno de la comisión prevista en la cláusula sexta del presente Convenio.

Al tener naturaleza administrativa, el orden jurisdiccional contencioso-administrativo será el competente para resolver las cuestiones litigiosas que pudieran suscitarse entre las partes.

Octava. No exclusividad.

La firma del presente Convenio no implica exclusividad para ninguna de las partes respecto de su objeto, de forma que cualquiera de ellas podrá desarrollar las actividades que conforman el objeto del presente Convenio con otras entidades o personas jurídicas.

Novena. Financiación.

La suscripción del presente Convenio no conlleva obligaciones financieras o contraprestación económica para ninguna de las partes, ni supondrán incremento alguno del gasto público. Su aplicación y funcionamiento será atendido con los medios materiales, técnicos, presupuestarios y de personal existentes en el Ministerio de Justicia.

Décima. Modificación del Convenio.

Este Convenio es susceptible de modificación por acuerdo unánime de las partes, que se formalizará mediante la correspondiente adenda.

Undécima. Vigencia.

El presente Convenio tendrá una duración de cuatro años naturales y producirá efectos a partir del día de su publicación en el «Boletín Oficial del Estado» en los términos del artículo 48.8 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, una vez inscrito en el Registro Electrónico estatal de Órganos e Instrumentos de Cooperación del sector público estatal, y podrá ser prorrogado a su término mediante acuerdo expreso por igual periodo de cuatro años, que deberá formalizarse con un mes de antelación a la expiración del Convenio.

Duodécima. Causas de extinción.

El presente Convenio se extingue, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 51 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, por el cumplimiento de las actuaciones que constituyen su objeto o por incurrir en causa de resolución.

Se entenderá resuelto por alguna de las siguientes causas:

a) El transcurso del plazo de vigencia del Convenio sin haberse acordado la prórroga del mismo.

b) El mutuo acuerdo entre las partes.

c) La imposibilidad sobrevenida de cumplir el objeto del mismo.

d) El incumplimiento de una de las partes acreditado por la otra.

En este caso, cualquiera de las partes podrá notificar a la parte incumplidora un requerimiento para que cumpla en un determinado plazo con las obligaciones o compromisos que se consideran incumplidos. Este requerimiento será comunicado a la comisión de seguimiento y control de la ejecución del Convenio. Si trascurrido el plazo indicado en el requerimiento persistiera el incumplimiento, la parte que lo dirigió notificará a las partes firmantes la concurrencia de la causa de resolución y se entenderá resuelto el Convenio. La resolución del Convenio por esta causa podrá conllevar la indemnización de los perjuicios causados si así se hubiera previsto.

e) Por decisión judicial declaratoria de la nulidad del Convenio.

f) Por cualquier otra causa distinta de las anteriores previstas en este Convenio o en otras leyes.

Y para que conste, expiden y firman el presente documento.–El Subsecretario de Justicia, Jose Miguel Bueno Sánchez.–El Rector Magnífico de la Universidad de La Rioja, Juan Carlos Ayala Calvo.

ANEXO 1

Dialnet es un portal de información bibliográfica cuyo principal objetivo es dar la mayor visibilidad posible a la literatura científica hispana. Las instituciones firmantes del presente Convenio disfrutarán de acceso a Dialnet Plus, versión avanzada de Dialnet que proporciona a la institución y a todos sus usuarios los siguientes servicios avanzados y de valor añadido:

Búsqueda:

− Búsqueda avanzada de documentos: Aplicación de filtros de búsqueda (tipo de documento, disponibilidad de texto completo, materia, submateria, rango de años, editor, idioma, descriptores, país de publicación). En el caso de artículos de revista posibilidad de limitar las búsquedas según criterios de calidad (CIRC y CARHUS).

− Buscador avanzado de autores: Aplicación de filtros de búsqueda (materias, áreas de conocimiento, institución, periodo de publicación, enlace del autor a otros catálogos); directorio de autores por institución y área de conocimiento.

− Buscador avanzado de Congresos: Aplicación de filtros de búsqueda (años, materias, países, organizadores, disponibilidad de texto completo).

− Buscador avanzado de Tesis: Aplicación de filtros de búsqueda (disponibilidad de texto completo, materia, UNESCO, rango de años, universidad, idiomas, descriptores, países); listados de Tesis por Universidad.

− Buscador avanzado de Revistas: Aplicación de filtros de búsqueda (disponibilidad de texto completo, idioma, Latindex, Clasificación CIRC, clasificación CARHUS+, materias, editores, países); listado de revistas disponibles a texto completo; directorio de revistas por materia y submateria; listado alfabético de revistas.

VIsualización de resultados:

− Visualización de la página de autor: navegación por el listado de autores; enlace de autores en otros catálogos (BNE, ResearcherID, GoogleScholar, Scopus, etc.); visualización de nubes de coautorías; visualización del árbol académico de tesis doctorales propias, tesis dirigidas y participación en tribunales doctorales.

− Visualización de revistas: información sobre disponibilidad de los documentos en la biblioteca de la Institución; enlace entre las revistas en Dialnet y el catálogo propio de la institución.

Trabajar con los resultados:

− Selección de documentos, que se guardan durante la sesión abierta como usuario registrado.

− Exportación de documentos seleccionados en diversos formatos (Refworks, RIS, formato texto y BibTex) o envío por correo electrónico.

− Almacenamiento de las búsquedas realizadas para recuperarlas o recibir alertas tras la incorporación de nuevos documentos.

− Creación de listas bibliográficas para compartir.

− Posibilidad de tramitar la petición de documento a la biblioteca a través de Dialnet.

− Enlace al resolvedor de enlaces OpenURL de la Biblioteca, proporcionando a los usuarios enlaces directos al texto completo.

Descarga de registros analíticos:

− Permite incluir en el catálogo de su biblioteca los registros analíticos de las revistas de la institución que están en Dialnet.

Otros servicios:

− Personalización de la imagen del portal.

− Personalización de las alertas suscritas por los usuarios de la institución.

− Acceso a estadísticas de uso: usuarios de la Institución registrados, visitas, accesos, etc.

subir

Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado

Avda. de Manoteras, 54 - 28050 Madrid