Está Vd. en

Documento BOE-A-2021-4234

Resolución de 5 de marzo de 2021, del Banco de España, por la que se publica la sanción y amonestación pública impuestas, por infracción muy grave, a Crack 10 Asturias, SL.

Publicado en:
«BOE» núm. 65, de 17 de marzo de 2021, páginas 31015 a 31015 (1 pág.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Banco de España
Referencia:
BOE-A-2021-4234

TEXTO ORIGINAL

Con fecha 18 de diciembre de 2020 el Consejo de Gobierno del Banco de España dictó la Resolución por la que finalizó el expediente de referencia IE/LDI-2/2019, incoado por Acuerdo de la Comisión Ejecutiva del Banco de España de fecha 20 de diciembre de 2019 a Crack 10 Asturias, S.L.

Por otra parte, el artículo 115.5 de la Ley 10/2014, de 26 de junio, de ordenación, supervisión y solvencia de entidades de crédito, establece que las sanciones y amonestaciones por infracciones muy graves y graves serán publicadas en el «Boletín Oficial del Estado» una vez que sean firmes en la vía administrativa.

Siendo firmes en vía administrativa, procede, al amparo de lo establecido en el citado artículo 115.5, dar publicidad en el «Boletín Oficial del Estado» a la siguiente sanción y amonestación pública, impuestas en dicha Resolución sancionadora del Consejo de Gobierno del Banco de España a Crack 10 Asturias, S.L.

– Sanción de multa impuesta a Crack 10 Asturias, S.L. por importe de setenta mil euros (70.000 euros), prevista en el artículo 97.1.a) 2.º, párrafo 1.º de la Ley 10/2014, de 26 de junio, de ordenación, supervisión y solvencia de entidades de crédito, por la comisión de una infracción muy grave tipificada en el apartado segundo de la disposición adicional cuarta de la citada Ley 10/2014.

En concreto, dicha infracción consistió en no suministrar la información solicitada por el Banco de España en el marco de la inspección que, al amparo de lo establecido en la mencionada disposición adicional, fue llevada a cabo por éste, previa autorización ministerial, con el objeto de comprobar si la mencionada sociedad estaba realizando actividades reservadas a entidades de crédito sin contar con autorización para ello.

– Medida accesoria de amonestación pública, con publicación en el «Boletín Oficial del Estado», prevista en el artículo 97.2.c) de la Ley 10/2014, de 26 de junio, de ordenación, supervisión y solvencia de entidades de crédito, de la sanción de multa impuesta a Crack 10 Asturias, S.L. por importe de setenta mil euros (70.000 euros), por la comisión de una infracción muy grave tipificada en el apartado segundo de la disposición adicional cuarta de la citada Ley 10/2014.

En concreto, dicha infracción consistió en no suministrar la información solicitada por el Banco de España en el marco de la inspección que, al amparo de lo establecido en la mencionada disposición adicional, fue llevada a cabo por éste, previa autorización ministerial, con el objeto de comprobar si la mencionada sociedad estaba realizando actividades reservadas a entidades de crédito sin contar con autorización para ello.

Madrid, 5 de marzo de 2021.–El Secretario General del Banco de España, Francisco-Javier Priego Pérez.

subir

Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado

Avda. de Manoteras, 54 - 28050 Madrid