Está Vd. en

Documento BOE-A-2021-4723

Resolución de 9 de marzo de 2021, de la Entidad Pública Empresarial Red.es, de avocación de competencias.

Publicado en:
«BOE» núm. 72, de 25 de marzo de 2021, páginas 34980 a 34981 (2 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Asuntos Económicos y Transformación Digital
Referencia:
BOE-A-2021-4723
Permalink ELI:
https://www.boe.es/eli/es/res/2021/03/09/(2)

TEXTO ORIGINAL

El miércoles 29 de julio de 2020 se publicó en el Boletín Oficial del Estado el Real Decreto 707/2020, de 28 de julio, por el que se regula la concesión directa de subvenciones a prestadores del servicio público de comunicación audiovisual televisiva de ámbito estatal y autonómico, destinadas a compensar los costes derivados de la emisión simultánea y transitoria de sus canales de televisión durante el proceso de liberación de la banda de frecuencias 694-790 MHz (segundo dividendo digital) entre los días 1 de julio de 2020 y 30 de septiembre de 2020, y por el que se modifica el Real Decreto 392/2019, de 21 de junio, por el que se regula la concesión directa de subvenciones destinadas a compensar los costes derivados de la recepción o acceso a los servicios de comunicación audiovisual televisiva en las edificaciones afectadas por la liberación de la banda de frecuencias 694-790 MHz (segundo dividendo digital).

El artículo 8 del Real Decreto 707/2020, de 28 de julio, establecía que correspondía a la entidad pública empresarial Red.es, a través de su Director General, la competencia para la convocatoria, ordenación, instrucción, gestión, seguimiento, resolución, abono y, en su caso, la declaración de la procedencia de reintegro de las subvenciones reguladas en el mencionado Real Decreto.

Por Resolución del Director General de la entidad pública empresarial Red.es, de fecha 25 de septiembre de 2020 (BOE 16 de octubre), se delega en el Subdirector de Sistemas de la entidad pública empresarial Red.es la competencia para la ordenación, instrucción, gestión, seguimiento, abono y, en su caso, la declaración de la procedencia de reintegro de las subvenciones reguladas en el Real Decreto 707/2020, de 28 de julio.

La delegación de competencias contenida en dicha resolución se efectuó, de acuerdo con lo establecido en la disposición final primera de la misma, sin perjuicio de que, en cualquier momento, el órgano delegante avoque para sí el ejercicio de aquellas.

Para mejorar la eficacia en la gestión de los procedimientos de reintegro de las subvenciones destinadas a compensar los costes derivados de la recepción o acceso a los servicios de comunicación audiovisual televisiva en las edificaciones afectadas por la antedicha liberación de la banda de frecuencias, se considera conveniente que la competencia para la declaración de la procedencia de reintegro de las subvenciones sea avocada.

En consecuencia, y al amparo de lo dispuesto en el apartado 1 del artículo 10 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, dispongo:

Primero.

Avocar la competencia para la declaración de la procedencia de reintegro de las subvenciones reguladas en el Real Decreto 707/2020, de 28 de julio, por el que se regula la concesión directa de subvenciones a prestadores del servicio público de comunicación audiovisual televisiva de ámbito estatal y autonómico, destinadas a compensar los costes derivados de la emisión simultánea y transitoria de sus canales de televisión durante el proceso de liberación de la banda de frecuencias 694-790 MHz (segundo dividendo digital) entre los días 1 de julio de 2020 y 30 de septiembre de 2020, y por el que se modifica el Real Decreto 392/2019, de 21 de junio, por el que se regula la concesión directa de subvenciones destinadas a compensar los costes derivados de la recepción o acceso a los servicios de comunicación audiovisual televisiva en las edificaciones afectadas por la liberación de la banda de frecuencias 694-790 MHz (segundo dividendo digital).

Segundo.

Esta resolución producirá efectos desde el día siguiente al de su publicación en el «Boletín Oficial del Estado».

Madrid, 9 de marzo de 2021.–El Director General de la Entidad Pública Empresarial Red.es, David Cierco Jiménez de Parga.

ANÁLISIS

  • Rango: Resolución
  • Fecha de disposición: 09/03/2021
  • Fecha de publicación: 25/03/2021
  • Efectos desde el 26 de marzo de 2021.
Referencias anteriores
  • DE CONFORMIDAD con el art. 10.1 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre (Ref. BOE-A-2015-10566).
  • CITA Real Decreto 707/2020, de 28 de julio (Ref. BOE-A-2020-8685).
Materias
  • Delegación de atribuciones
  • Red es

subir

Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado

Avda. de Manoteras, 54 - 28050 Madrid