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Documento BOE-A-2021-5303

Resolución 400/38083/2021, de 24 de marzo, de la Subsecretaría, por la que se aprueba la actualización de la Carta de servicios del Instituto Social de las Fuerzas Armadas.

Publicado en:
«BOE» núm. 81, de 5 de abril de 2021, páginas 38457 a 38457 (1 pág.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Defensa
Referencia:
BOE-A-2021-5303

TEXTO ORIGINAL

De acuerdo con lo dispuesto en el artículo 8 del Real Decreto 951/2005, de 29 de julio, por el que se establece el marco general para la mejora de la calidad en la Administración General del Estado, las cartas de servicios son documentos que constituyen el instrumento a través del cual los órganos, organismos y entidades de la Administración General del Estado informan a los ciudadanos y usuarios sobre los servicios que tienen encomendados, sobre los derechos que les asisten en relación con aquellos y sobre los compromisos de calidad en su prestación.

El artículo 11.1 de dicha disposición establece que «Las cartas de servicios y sus posteriores actualizaciones serán aprobadas mediante resolución del Subsecretario del Departamento, al que pertenezca el órgano o esté vinculado o adscrito el organismo proponente», previo informe favorable de la Dirección General de Gobernanza Pública.

En cumplimiento de las disposiciones contenidas en el citado Real Decreto, el Instituto Social de las Fuerzas Armadas, ha propuesto la aprobación de la actualización de la Carta de Servicios Convencional del Instituto Social de las Fuerzas Armadas (ISFAS).

Visto el informe favorable de la Dirección General de Gobernanza Pública del Ministerio de Política Territorial y Función Pública, de fecha 1 de febrero de 2021, en relación con esta propuesta de aprobación de Carta de Servicios, en virtud de las competencias que le atribuye el artículo 11.1 del Real Decreto 951/2005, de 29 de julio, a esta Subsecretaría, dispongo:

Primero.

Aprobar la actualización de la Carta de Servicios Convencional del Instituto Social de las Fuerzas Armadas (ISFAS).

Segundo.

La citada carta de servicios deberá estar disponible en la sede electrónica del Ministerio de Defensa de conformidad con lo dispuesto en el artículo 6.2.b) del Real Decreto 1671/2009, de 6 de noviembre, por el que se desarrolla parcialmente la Ley 11/2007, de 22 de junio, de acceso electrónico de los ciudadanos a los servicios públicos. Asimismo, se remitirá al punto de acceso general de la Administración General del Estado (PAG), http://administracion.gob.es/, con el fin de garantizar el acceso a esta información por parte de la ciudadanía.

Tercero.

La presente Resolución entrará en vigor el día de su publicación en el «Boletín Oficial del Estado».

Madrid, 24 de marzo de 2021.–La Subsecretaria de Defensa, María Amparo Valcarce García.

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