Conforme a lo establecido en el artículo 45 de la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público, así como en el artículo 3 del Reglamento de los procedimientos especiales de revisión de decisiones en materia contractual y de organización del Tribunal Administrativo Central de Recursos Contractuales, aprobado por Real Decreto 814/2015, de 11 de septiembre, este Ministerio acuerda publicar la convocatoria que servirá de base para elaborar la propuesta que se someterá al Consejo de Ministros para el nombramiento del Presidente/Presidenta del Tribunal Administrativo Central de Recursos Contractuales, cuyas características se relacionan en el anexo I de la presente Resolución, con arreglo a las siguientes bases:
El puesto de Presidente/Presidenta podrá ser solicitado por funcionarios de carrera, de cuerpo o escala para cuyo acceso sea requisito necesario el título de licenciado o grado en Derecho, y que reúnan los demás requisitos establecidos en el artículo 45 de la Ley de Contratos del Sector Público.
Los interesados dirigirán sus solicitudes a la Subsecretaría de Hacienda (Subdirección General de Recursos Humanos, Calle Alcalá, 9, 4.ª planta, 28071 Madrid), en el Anexo II en el que se alegarán los méritos que se consideren oportunos.
Además de los datos personales, los aspirantes incluirán en la solicitud su currículum vitae, en el que consten títulos académicos, años de servicio, puestos de trabajo desempeñados en las Administraciones Públicas, estudios y cursos realizados y otros méritos que se estime oportuno poner de manifiesto, y harán constar las características del puesto que vinieran desempeñando y el nivel del mismo.
El plazo de presentación de solicitudes será de veinte días hábiles contados a partir del siguiente al de la publicación de esta Resolución, y se presentarán en los Registros y oficinas previstos en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
Los nombramientos derivados de la presente convocatoria, de acuerdo con lo establecido en el citado artículo 45, corresponden al Consejo de Ministros, a propuesta conjunta de los Ministros de Hacienda y de Justicia.
El designado/a tendrá carácter independiente e inamovible y no podrá ser removido de su puesto sino por las causas establecidas en dicho artículo. La duración del nombramiento efectuado, de conformidad con el citado artículo, será de seis años y no podrá prorrogarse.
El plazo de toma de posesión será no superior a siete días desde el nombramiento efectuado.
Los funcionarios públicos en servicio activo deberá adjuntar, si son elegidos y prestan sus servicios fuera del Ministerio de Hacienda, certificado extendido por la Unidad de personal donde se encuentren destinados, especificando el grado personal consolidado y la fecha de consolidación, el nivel del puesto de trabajo que estuvieran desempeñando y el tiempo de servicios efectivos reconocido para el cómputo de trienios.
Contra la presente Resolución, que pone fin a la vía administrativa, podrá interponerse potestativamente recurso de reposición en el plazo de un mes contado desde el día siguiente al de su publicación en el «Boletín Oficial del Estado», ante el mismo órgano que la dicta, o recurso contencioso-administrativo en el plazo de dos meses ante el Órgano Judicial competente (Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, y Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa).
Madrid, 9 de abril de 2021.–La Subsecretaria de Hacienda, Pilar Paneque Sosa.
Plaza B.O.E. | Denominación del puesto | Nivel | Complemento especifico | Localidad | ADM | Grupo | Méritos a valorar | Requisitos |
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Subsecretaria de Hacienda | ||||||||
Tribunal Administrativo Central de Recursos Contractuales | ||||||||
1 |
Presidente/Presidenta. Código de Puesto: 5197963. |
30 | 34.643,42 | Madrid. | A4 | A1 | Desempeño de la actividad profesional en el ámbito del Derecho Administrativo relacionado con la contratación pública. |
1. Funcionario de carrera, de cuerpo o escala para cuyo acceso sea necesario el título de Licenciado o grado en Derecho. 2. Más de quince años de actividad profesional. |
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