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Documento BOE-A-2021-6239

Resolución de 9 de abril de 2021, del Consejo de Seguridad Nuclear, por la que se publica el Convenio con la Fundación para la Investigación Biomédica del Hospital Gregorio Marañón, en dosimetría biológica para la evaluación de personas expuestas a radiaciones ionizantes de forma accidental y en emergencias radiológicas y nucleares, por parte del Laboratorio de Dosimetría Biológica del Servicio de Oncología Radioterápica.

Publicado en:
«BOE» núm. 93, de 19 de abril de 2021, páginas 44814 a 44829 (16 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Consejo de Seguridad Nuclear
Referencia:
BOE-A-2021-6239

TEXTO ORIGINAL

El Presidente del Consejo de Seguridad Nuclear y el Gerente de la Fundación para la Investigación Biomédica del Hospital Gregorio Marañón, han suscrito, con fecha 7 de abril de 2021, el Convenio en dosimetría biológica para la evaluación de personas expuestas a radiaciones ionizantes de forma accidental y en emergencias radiológicas y nucleares, por parte del Laboratorio de Dosimetría Biológica del Servicio de Oncología Radioterápica del HGUGM.

Para general conocimiento, y en cumplimiento de lo establecido en el artículo 48.8 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, dispongo la publicación en el «Boletín Oficial del Estado» del referido Convenio, como anejo a la presente Resolución.

Madrid, 9 de abril de 2021.–El Presidente del Consejo de Seguridad Nuclear, Josep Maria Serena i Sender.

ANEJO
Convenio entre la Fundación para la Investigación Biomédica del Hospital Gregorio Marañón (FIBHGM) y el Consejo de Seguridad Nuclear, en dosimetría biológica para la evaluación de personas expuestas a radiaciones ionizantes de forma accidental y en emergencias radiológicas y nucleares, por parte del Laboratorio de Dosimetría Biológica del Servicio de Oncología Radioterápica del HGUGM

REUNIDOS

De una parte don Josep Maria Serena i Sender, Presidente del Consejo de Seguridad Nuclear.

De otra don Thierry Bardinet, Gerente de la Fundación para la Investigación Biomédica del Hospital Gregorio Marañón.

INTERVIENEN

El primero, que actúa en nombre y representación del Consejo de Seguridad Nuclear, en adelante (CSN), en su condición de Presidente, cargo para el que fue nombrado por Real Decreto 227/2019, de 29 de marzo (BOE núm. 77, de 30 de marzo) y el segundo, que actúa en nombre y representación de la Fundación para la Investigación Biomédica del Hospital Gregorio Marañón (CIF G-83 195305), en adelante la Fundación o FIBHGM indistintamente, autorizada su constitución por el Decreto 115/2001, de 5 de julio, y formalizada por Juan José Bestarc Perelló, mediante escritura pública otorgada el día 20 de julio de 2001, ante el Notario de Madrid don Juan Alvarez-Sala Walther, e inscrita en el Registro de Fundaciones de la Comunidad de Madrid, Tomo XXIIl; Hoja Personal 285, Folio 302-324, Inscripción 1.°, en calidad de Director, en virtud de los poderes otorgados elevados a escritura pública ante el notario de Madrid, doña Carmen Boulet Alonso, el 12 de julio de 2018, con el número 1.339 de su protocolo.

Ambas partes, que actúan en razón de sus respectivos cargos, se reconocen, mutua y recíprocamente, capacidad legal necesaria para la formalización del presente Acuerdo de Colaboración.

EXPONEN

Primero.

Que en la Ley 15/1980, de 22 de abril, de creación del CSN se establecen, entre otras, las funciones específicas del CSN relativas a la gestión de emergencias nucleares y radiológicas, entre las que se encuentra la de «Coordinar, para todos los aspectos relacionados con la seguridad nuclear y la protección radiológica, las medidas de apoyo y respuesta a las situaciones de emergencia, integrando y coordinando a los diversos organismos y empresas públicas o privadas cuyo concurso sea necesario para el cumplimiento de las funciones atribuidas a este Organismo».

Segundo.

Que la Fundación promociona, impulsa y coordina toda la investigación Biomédica, que se desarrolla en el ámbito del Hospital General Universitario Gregorio Marañón entendida en el sentido más amplio del término, tanto la investigación básica como aplicada, clínica, epidemiológica y servicios de salud de acuerdo a lo establecido en la política científica técnica.

Que la citada Fundación dispone de un Laboratorio de Dosimetría Biológica, único en España (www.enac.es), acreditado por la Entidad Nacional de Acreditación (ENAC) con número 619/LE2072, desde 19 de julio de 2013, conforme a los criterios recogidos en la norma UNE-EN ISO/IEC 1725, para la realización de ensayos de dosimetría biológica.

La actividad de dicho laboratorio forma parte del Centro de Radiopatología incluido en el Servicio de Oncología radioterápica del Hospital General Universitario Gregorio Marañón.

Tercero.

Que el Acuerdo Marco firmado entre el CSN y la Consejería de Sanidad de la Comunidad de Madrid el 27 de junio de 1990 dispone que los compromisos de colaboración en cada proyecto se materializarán mediante la firma de Acuerdos Específicos de Colaboración.

Cuarto.

Que la Ley 17/2015, de 9 de julio, del Sistema Nacional de Protección Civil, el Real Decreto 1546/2004 de 25 de junio, por el que se aprueba el Plan Básico de Emergencia Nuclear, el Real Decreto 387/1996 de 1 de marzo, por el que se aprueba la Directriz Básica de Planificación de Protección Civil ante el Riesgo de Accidentes en los Transportes de Mercancías Peligrosas por Carretera y Ferrocarril, y el Real Decreto 1564/2010 de 19 de noviembre, por el que se aprueba la Directriz Básica de Planificación de Protección Civil ante el riesgo radiológico establecen el marco de actuación de los diferentes Organismos e Instituciones para hacer frente a las emergencias nucleares y radiológicas.

Quinto.

Que el CSN considera conveniente contar con un laboratorio de dosimetría biológica con carácter de referencia nacional e internacional, acreditado según la Norma UNE-EN ISO/IEC 17025 «Requisitos generales para la competencia de los laboratorios de ensayo y calibración» con alcance a la ISO 19238 (Radiation Protection Performance Criteria for Service laboratorios Performing Biological Dosimetry by Cytogenetics), para el mejor desempeño de algunas de las funciones que tiene encomendadas.

Sexto.

Que el CSN y la Fundación han venido colaborando en el campo de la dosimetría biológica, con resultados altamente satisfactorios para ambas partes. Y en particular, el 19 de enero de 2015 firmaron un acuerdo de colaboración de cuatro años de vigencia en dosimetría biológica para la evaluación de personas expuestas a radiaciones ionizantes de forma accidental y en emergencias radiológicas y nucleares, por parte del Laboratorio de dosimetría biológica del Servicio de Oncología Radioterápica del HGUGM, que fue prorrogado por dos años más el 28 de diciembre de 2018, mediante la firma de una cláusula adicional al Acuerdo de Colaboración.

Séptimo.

Que ambas organizaciones están interesadas en mantener la colaboración establecida en 2015 y firmar un nuevo Convenio con el contenido y alcance que se especifica en las siguientes

ESTIPULACIONES

Primera. Objeto.

Establecer las actividades específicas de colaboración entre la FIBHGM y el CSN, con la finalidad de que el Laboratorio de Dosimetría Biológica del Servicio de Oncología Radioterápica del HGUGM mantenga operativas, las técnicas de dosimetría biológica, que permitan conocer las dosis recibidas por las personas afectadas en situaciones anómalas (incidentes) o excepcionales (accidentes o por actos malintencionados) derivadas del uso de las radiaciones ionizantes tanto en instalaciones radiactivas como nucleares, en instalaciones o actividades no reguladas, o por la manipulación de fuentes radiactivas huérfanas y asegurar la capacidad de respuesta, en el caso de emergencias nucleares y/o radiológicas que afectasen a un elevado número de personas, mediante la participación del laboratorio en redes internacionales de dosimetría biológica.

En estas situaciones el laboratorio actuará como servicio de apoyo técnico a las necesidades del CSN para el desempeño de sus funciones y competencias, siendo referencia tanto a nivel nacional como internacional.

Segunda. Actividades de colaboración.

Por parte de la Fundación:

1. Realizar análisis de dosimetría biológica a solicitud del CSN, en todas las situaciones que se requiera, y elaboración de los correspondientes informes:

– En cualquier caso de sospecha de sobreexposición a radiaciones ionizantes, se deben arbitrar los procedimientos necesarios para garantizar la salud de las personas, ya que la base para determinar los procedimientos médicos a seguir ante una sobreexposición es conocer la dosis real recibida por el individuo, siendo el procedimiento más adecuado y fiable la dosimetría biológica.

– Estimación de las dosis que han podido recibir personas expuestas para realizar un control adecuado de su salud utilizando procedimientos biológicos como medida complementaria a los procedimientos físicos (dosimetría personal).

– Estimación de las dosis que podrían recibir las personas sin control dosimétrico (población) en situaciones accidentales o por actos malintencionados utilizando procedimientos biológicos para poder establecer una línea de vigilancia o tratamiento en el colectivo afectado.

– Estimación de las dosis que podrían recibir los actuantes o intervinientes durante la respuesta ante emergencias nucleares o radiológicas, utilizando procedimientos biológicos como medida complementaria a los procedimientos físicos (dosimetría personal).

2. Participar activamente en redes internacionales relacionadas con la respuesta en emergencias radiológicas y/o nucleares. Lo que implica la participación del laboratorio en: reuniones internacionales, realización de trabajos de intercomparación entre diferentes técnicas y diferentes laboratorios a nivel internacional, desarrollo y evaluación de posibles nuevos biodosímetros y el desarrollo de técnicas de análisis de dicéntricos.

3. Mantener los estándares de calidad adecuados en la evaluación dosimétrica de personas expuestas a radiaciones ionizantes por procedimientos biológicos, mediante la participación como expertos de miembros del laboratorio en las reuniones correspondientes, y el mantenimiento y desarrollo continuo de los requisitos específicos de las normas de acreditación, así como la elaboración de la documentación necesaria para el desarrollo de nuevas normas relativas a dosimetría biológica.

4. Realizar labores de asesoramiento:

– Asesorar al CSN en aquellas ocasiones que sea necesaria su intervención a requerimiento de los tribunales debido a demandas y denuncias laborales o de colectivos potencialmente afectados por las radiaciones ionizantes.

– Asesorar al CSN cuando así le sea requerido sobre asuntos relacionados con Dosimetría Biológica.

– Asesoramiento al CSN sobre la actitud de éste en materia de información a personas y entidades que así lo requieran con fines sociales, calmar ansiedades, alarmas injustificadas, etc.

– Asesoramiento al CSN sobre la actuación de éste en materia de información a entidades implicadas en accidentes nucleares o radiactivos.

5. Elaborar y presentar los informes de actividad anuales, así como un informe final a la conclusión del presente Acuerdo.

6. Facilitar la formación y el entrenamiento del personal designado por el CSN en materia de Dosimetría Biológica.

La Fundación a través del laboratorio de Dosimetría Biológica, prestaría los servicios mencionados a demanda del CSN cuando se presenten situaciones que, a criterio de este Organismo, hagan necesaria la utilización de técnicas de Dosimetría Biológica.

Por parte del CSN:

1. Supervisar el desarrollo de las actividades realizadas por la Fundación dentro de este Acuerdo.

2. Facilitar la información que pudiera ser necesaria y soportar las actividades de la Fundación para un mejor aprovechamiento de los resultados.

3. Activar al laboratorio de Dosimetría Biológica en caso de emergencias nucleares y radiológicas conforme a su plan y procedimientos de actuación.

4. Efectuar los pagos en los plazos establecidos en el presente Acuerdo, previa revisión de la documentación pertinente que se ha citado.

Por parte de ambas Instituciones:

1. Participar conjuntamente en la realización de estudios, análisis, trabajos estadísticos, publicaciones relativas a la dosimetría biológica con fines de protección radiológica y en situaciones accidentales o de emergencias.

2. Participar conjuntamente en determinados ejercicios y simulacros de activación y comunicaciones de los planes de emergencia nuclear y radiológica exteriores, en coordinación con los grupos radiológicos y sanitarios.

3. Establecer un protocolo de comunicación que permita la plena disponibilidad y coordinación de las Instituciones firmantes del Acuerdo para la debida ejecución de las actuaciones descritas en el presente Acuerdo.

Tercera. Financiación.

La financiación del presente Convenio se realizará a través de las contribuciones que realicen las partes y que se detallan a continuación.

Por parte de la Fundación:

La contribución de la FIBHGM al Convenio será aportada en recursos propios, que asciende a la cantidad de 54.199,20€ anuales, desglosada tal y como se recoge en el Anexo 2: Memoria económica.

Por parte del CSN:

La contribución del CSN al Convenio se divide en una parte económica, que será aportada en cada uno de los ejercicios en los que esté vigente el Convenio y que asciende a 50.000€ anuales (o su parte proporcional en caso de corresponder a periodos inferiores a un año), y otra parte en recursos propios, que asciende a la cantidad de 4.199,20€ anuales. En ambos apartados se entienden incluidos todo tipo de gastos e impuestos.

El coste total del Convenio para los cuatro años de vigencia, incluyendo los recursos propios aportados por ambos organismos, asciende a 433.593,60€ (cuatrocientos treinta y tres mil quinientos noventa y tres euros con sesenta céntimos), que serán aportados por la Fundación en un porcentaje del 50,00% y por el CSN en un porcentaje del 50,00%.

La cuantía anual de la aportación del CSN ha sido fijada en base a los costes de las actividades descritas en la disposición segunda, que incluyen gastos de personal, equipamiento del laboratorio y material fungible, y gastos de gestión.

Los gastos de personal se refieren a los derivados de las actividades concretas realizadas por los expertos designados por la Fundación para el desarrollo de dichas actividades, como pueden ser participación en reuniones y congresos, realización de cursos de formación, elaboración de informes y asesoramiento, etc.

El CSN abonará esta cantidad en un único pago anual antes de finalizar el ejercicio económico (o su parte proporcional en caso de periodos de vigencia del Acuerdo inferiores al año natural), previa entrega y aceptación por el CSN de los informes de actividad descritos en la disposición segunda, y presentación de la factura correspondiente en cada ejercicio.

Cuarta. Comisión de seguimiento del Convenio.

Se crea una Comisión de Seguimiento del Convenio que estará formada por los siguientes miembros:

Por el CSN:

– la persona que ostenta el cargo de Subdirector de Emergencias y Protección Física, y

– la persona que ostenta el cargo de Subdirector de Protección Radiológica Operacional.

Por la Fundación:

– La persona que ostenta el cargo de Jefe del Servicio de Oncología Radioterápica y

– La persona que ostenta el cargo de director técnico del laboratorio de Dosimetría Biológica.

Los miembros de la Comisión de Seguimiento serán responsables de controlar el desarrollo del Convenio y de adoptar las decisiones necesarias, por mutuo acuerdo, para la buena marcha de las actividades contempladas en el mismo. Para ello, podrán asesorarse de los expertos que consideren oportuno.

Las diferencias que surjan en la interpretación y aplicación del presente Convenio serán dirimidas de común acuerdo por la Comisión de Seguimiento aquí creada.

Quinta. Vigencia.

El presente Convenio se perfeccionará por la prestación del consentimiento de las partes, resultando eficaz una vez inscrito en el Registro Electrónico Estatal de Órganos e Instrumentos de Cooperación del Sector Público, debiendo ser posteriormente objeto de publicación en el «Boletín Oficial del Estado». Tendrá una vigencia de cuatro años, pudiendo ser prorrogado por un periodo de otros cuatro años adicionales mediante acuerdo unánime de las partes suscrito con anterioridad a la fecha de su finalización.

Igualmente, la prórroga, modificación o resolución del presente Convenio, deberá ser comunicada al Registro Electrónico estatal de Órganos e Instrumentos de Cooperación.

El Convenio únicamente podrá ser modificado por acuerdo unánime de las partes, siguiendo los criterios establecidos en la LRJSP.

Se extinguirá por el cumplimiento de las actuaciones que constituyen su objeto, o por incurrir en causa de resolución.

Sexta. Revisión del precio.

En caso de producirse variaciones significativas en los parámetros considerados para la fijación del importe anual del presente Acuerdo, la Comisión de Seguimiento del Convenio podrá proponer a los Organismos firmantes la revisión económica del Convenio que en su caso proceda.

Séptima. Denuncia.

Cualquiera de las partes podrá denunciar el presente Acuerdo comunicándolo a la otra, por escrito, con 6 meses de antelación a la fecha en que se desee la terminación del mismo.

De producirse la denuncia se deberán efectuar las liquidaciones correspondientes al periodo transcurrido del ejercicio en curso por las actividades de colaboración efectuadas por cada una de las partes.

Octava. Confidencialidad.

Las partes asumen de buena fe el tratamiento de restricción en la utilización de los datos obtenidos por sus respectivas organizaciones, fruto del desarrollo del objeto del presente Acuerdo de Colaboración, sin menoscabo de la aplicación de las políticas de transparencia a las que por Ley quedan obligados los organismos públicos.

Será de aplicación al presente Convenio la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal y garantía de los derechos digitales, y normativa de desarrollo.

Novena. Régimen jurídico.

El presente Convenio, que tiene naturaleza administrativa, se regulará por lo establecido en la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen jurídico del Sector Público y por el resto del ordenamiento jurídico-administrativo.

Las dudas o controversias que surjan entre las partes sobre los efectos, interpretación, modificación o resolución del mismo que no puedan resolverse por la Comisión de Seguimiento serán sometidas a los tribunales competentes de la jurisdicción contencioso-administrativa.

Décima. Resolución del Convenio.

Serán causa de resolución del Convenio las siguientes:

a) El transcurso del plazo de vigencia sin haberse acordado su prórroga.

b) El acuerdo unánime de todos los firmantes.

c) El incumplimiento de las obligaciones y compromisos asumidos por parte de alguno de los firmantes, en los términos establecidos en el artículo 51 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público.

d) Por decisión judicial declaratoria de nulidad del Convenio.

En caso de extinción del presente Convenio por acuerdo de las partes, las actuaciones en curso quedarán en los términos que acuerde la Comisión de Seguimiento.

En caso de resolución del Convenio por incumplimiento no conllevará indemnización por los perjuicios causados, al no haber obligaciones y compromisos económicos asumidos entre las partes.

Y, en testimonio de conformidad con lo expresado y de vinculación con el presente Convenio, las Partes así lo manifiestan en Madrid, a 7 de abril de 2021.–Por el Consejo de Seguridad Nuclear, el Presidente, Josep Maria Serena i Sender.–Por la Fundación para la Investigación Biomédica del Hospital Gregorio Marañón, el Gerente, Thierry Bardinet.

ANEXO 1
Memoria técnica

1. Introducción y marco del Acuerdo

El presente Acuerdo tiene como finalidad el establecimiento de las bases necesarias que permitan al Laboratorio de Dosimetría Biológica seguir dando cobertura, mediante técnicas de Dosimetría Biológica, a las personas susceptibles de exposición a radiaciones ionizantes en el Estado español.

La dosimetría biológica consiste en una estimación cuantitativa de la dosis de radiación recibida por una persona, mediante el análisis de alteraciones cromosómicas en linfocitos de sangre periférica. Para poder realizar estimaciones dosimétricas utilizando parámetros biológicos es necesario disponer de experiencia en la realización estudios específicos y de gran laboriosidad, que sólo pueden realizarse con rigor en centros especializados y por personal altamente cualificado.

En el año 1990, se estableció el Acuerdo marco entre la Consejería de Salud de la Comunidad de Madrid y el Consejo de Seguridad Nuclear, bajo el cual se han ido poniendo en marcha sucesivos convenios de colaboración para actividades en Dosimetría Biológica. La finalidad de estos acuerdos ha sido la puesta a punto y mantenimiento de un laboratorio de Dosimetría Biológica en el Hospital Gregorio Marañón, que permita la estimación de dosis en individuos con sospecha de sobreexposición a radiaciones ionizantes.

El Laboratorio de Dosimetría Biológica del Hospital Gregorio Marañón es actualmente el tercer laboratorio europeo y el único en España (ver en ENAC: www.enac.es), acreditado por ENAC desde el año 2013, según la norma UNE-EN ISO/IEC 17025, y que cumple con los criterios establecidos en la norma UNE-EN ISO 19238:2018 (Estimación de dosis de radiación mediante el análisis citogenético de cromosomas dicéntricos) para la realización de ensayos de dosimetría biológica por la técnica de dicéntricos.

El personal del laboratorio forma parte de los grupos de expertos para la elaboración de las normas ISO en materia de Dosimetría Biológica el WG18 (Biological dosimetry), y el WG25 (Radiation monitoring of the population and responders in nuclear/radiological emergencies) ambos pertenecientes al Comité Técnico TC85/SC2 (Nuclear Energy, Nuclear Technologies and RadiologicalProtection), lo que permite la actualización de técnicas de laboratorio específicas, y el desarrollo, estudio y establecimiento de un sistema de gestión de la calidad. De esta forma el Laboratorio de Dosimetría Biológica consigue mantener y mejorar de forma continua su capacitación técnica y profesional, repercutiendo directamente en su principal objetivo de proporcionar cobertura a todas las personas susceptibles de estar expuestas a radiaciones ionizantes en el Estado español.

El laboratorio participa activamente en la implementación de la biodosimetría en emergencias nucleares, a través de su incorporación a redes internacionales creadas por diferentes organizaciones: BioDoseNet, y REMPAN dentro de La Organización Mundial de la Salud (WHO), la red de respuesta y emergencia (RANET) de la Organización Internacional de la Energía Atómica (OIEA), y RENEB (Running the European Network in Biodosimetry) establecida a partir de un proyecto del 7.º programa marco de la Unión Europea.

En la respuesta a emergencias nucleares/radiológicas, es importante disponer de un laboratorio experto en dosimetría biológica que permita la optimización de los recursos disponibles y la coordinación con otros laboratorios o redes internacionales.

La comunidad científica a través de las redes y en diferentes publicaciones, define los requisitos científico-técnicos de los laboratorios para proceder a estimaciones dosimétricas con parámetros biológicos:

– Curvas de calibración: son curvas de dosis-respuesta realizadas in vitro para diferentes tipos de radiación, Rayos X, gamma y neutrones.

– Estudios basales: las radiaciones ionizantes no producen alteraciones cromosómicas específicas, sino que aumentan la frecuencia de las mismas, por lo cual es preciso disponer de datos basales, que pueden ser de dos tipos:

• Datos de población: estudios en poblaciones no expuestas de diferentes áreas geográficas, teniendo en cuenta parámetros que pudieran modificar el resultado, como el sexo, la edad, el consumo de tabaco, etc.

• Datos individuales: estudio puntual en colectivos de profesionales, previo a su incorporación a un puesto de trabajo con riesgo de exposición, para poder evaluar el impacto de dosis recibida en su salud.

– Sistema de gestión de la calidad y actualización permanente de los procedimientos. El programa de calidad debe abarcar todos los aspectos que proporcionan robustez y fiabilidad a los resultados, y por tanto incluye las condiciones físicas del laboratorio, la cualificación del personal, manuales, instrumentación y su calibración, manejo de datos y su registro y notificación. Existen diversas normas específicas para dosimetría biológica publicadas por la Organización Internacional de Normalización (ISO):

• La Norma ISO 19238, Protección radiológica. Criterios de actuación para los laboratorios de servicio que realizan dosimetría biológica mediante citogenética. La última edición en español de 2018 establece los criterios estándar para los laboratorios que realizan dosimetría biológica mediante la técnica de dicéntricos.

• La Norma ISO 21243 Radiation protection – Performance criteria for laboratorios performing cytogenetic triage for assessment of mass casualties in radiological or nuclear emergencies – General principles and application to dicentric assay 2008, establece los criterios de utilización de la técnica de dicéntricos para estimaciones de dosis en situaciones de emergencia donde es necesario evaluar a un elevado número de personas. Esta norma está en la actualidad en revisión por el comité ISOTC85/SC2 del WG18, y tiene prevista su publicación en abril de 2022.

• La Norma ISO 17099 Radiological protection – Performance criteria for laboratories using the cytokinesis block micronucleus (CBMN) assay in peripheral blood lymphocytes for biological dosimetry 2014, establece los criterios estándar para los laboratorios que realizan dosimetría biológica mediante la técnica de micronúcleos.

• Norma ISO 20046 Radiological protection performance criteria for laboratories using translocation assay by fluorescent in situ hybridization (FISH) for assessment of overexposure to ionizing radiation 2019, establece los criterios para los laboratorios que realizan dosimetría biológica mediante la técnica de traslocaciones.

2. Resumen de la actividad del laboratorio

Los sucesivos Acuerdos de colaboración específicos para Dosimetría Biológica entre la Consejería de Salud de la Comunidad de Madrid y el Consejo de Seguridad Nuclear, han permitido la puesta a punto y mantenimiento de un Laboratorio de Dosimetría Biológica en el HGUGM, cuya actividad científica es gestionada a través de la Fundación para la Investigación Biomédica del HGM, y permite la estimación de dosis en individuos con sospecha de sobreexposición a radiaciones ionizantes. También gracias a estos acuerdos, el laboratorio de dosimetría biológica mantiene los requisitos científico-técnicos recomendados internacionalmente:

1. Dispone de curvas de calibración dosis-efecto:

a. Radiaciones ionizantes de alta y baja LET, rayos X de 300 Kvp, rayos gamma y neutrones, utilizando la técnica de cromosomas dicéntricos.

b. Rayos X y rayos gamma, utilizando la técnica de análisis de traslocaciones mediante hibridación in situ con fluorescencia (FISH).

2. Se han realizado numerosos estudios basales:

a. Frecuencia basal de cromosomas dicéntricos y evaluación de factores como el sexo, la edad y el consumo de cigarrillos, en una muestra de 72 individuos sanos del área de la Comunidad de Madrid, que no han estado expuestos a radiaciones ionizantes por circunstancias profesionales o sanitarias.

b. Frecuencia basal de cromosomas dicéntricos en personas profesionalmente expuestas a bajas dosis de radiaciones ionizantes. La muestra poblacional estaba formada por trabajadores del Servicio de Radiodiagnóstico del HGUGM.

c. Impacto biológico de las radiaciones ionizantes en las tripulaciones aéreas, Análisis de la frecuencia de traslocaciones mediante la técnica FISH en las tripulaciones comparado con una muestra control formada por personal de tierra.

3. Dispone de la acreditación otorgada por la Entidad Nacional de Acreditación (ENAC) según la Norma UNE-EN ISO/IEC 17025 «Requisitos generales para la competencia de los laboratorios de ensayo y calibración» con alcance a la UNE-EN ISO 19238 (Estimación de dosis de radiación mediante el análisis citogenético de cromosomas dicéntricos). ENAC, 19 de julio de 2013, n.º de expediente 619/LE2072, y referencia C.A. 34/13.

También se realizan otras actividades esenciales:

4. Análisis cromosómico de 134 individuos con sospecha de sobreexposición accidental a radiaciones ionizantes, que fueron remitidos al laboratorio a través del Centro de Radiopatología de Nivel II para la atención de irradiados y contaminados. Entre ellos, también se ha realizado la estimación dosimétrica por métodos citogenéticos en irradiaciones localizadas, cuando se han detectado.

5. Participación en Redes Internacionales:

– REMPAN La Organización Mundial de la Salud estableció en 1987 la red en base a los convenios sobre notificación temprana y asistencia en caso de accidentes nucleares. En el marco internacional, estos convenios proporcionan los instrumentos jurídicos que facilitan el intercambio de información y la prestación de asistencia. A través de la red, además de investigación y desarrollo de avances médicos en la lucha contra los efectos perjudiciales de las radiaciones ionizantes, también se proporciona asesoramiento en salud pública y en la construcción de capacidades nacionales que permitan la asistencia médica en emergencias y a víctimas de accidentes radiológicos. El HGUGM forma parte de esta red desde el año 2011.

– BioDoseNet, Establecida por la Organización Mundial de la Salud, es el equivalente a REMPAN en los aspectos de dosimetría biológica. El laboratorio forma parte de esta red y colabora activamente en todas sus actividades desde el año 2010.

– RANET: El OIEA a través de la Red de Respuesta y Asistencia RANET facilita a los estados que puedan cumplir las obligaciones adquiridas en la Convención sobre Asistencia, registrando sus capacidades. por ello, la Dirección General de Protección Civil dependiente del Ministerio del Interior, designó al Laboratorio de Dosimetría Biológica del Hospital General Universitario Gregorio Marañón para su inclusión como laboratorio de referencia nacional.

– RENEB creada con fondos europeos entre los años 2012 y 2015 y formada por 26 centros de 16 países, tiene como objetivo implementar una respuesta coordinada y eficaz ante cualquier emergencia radiológica/nuclear. La base operativa de la red incluye las técnicas probadas y recomendadas para su uso en emergencias.

6. El personal del laboratorio forma parte del Comité Técnico de Normalización CTN 73 «Energía Nuclear, Tecnologías Nucleares y Protección Radiológica». Desarrollando su actividad dentro del grupo de expertos de ISO/TC 85/SC 2. Este comité se encarga de la revisión y elaboración de normas ISO, nuevas propuestas de normas y de actividades internacionales relacionadas con la protección radiológica. Para la actividad internacional como miembros del comité de expertos en 2 grupos de trabajo (WG):

a. WG 18: Biological Dosimetry: Elaboración y revisión de normas de dosimetría biológica.

b. WG 25: Radiation monitoring of the population and responders in nuclear/radiological emergencies.

7. Participación en reuniones y congresos nacionales e internacionales (se mencionan de forma resumida los últimos 5 años).

– Participación y ponencia en la Jornada: «Reunión Científica en Oncología Traslacional». Organizada por la SEOM en Madrid, 2015.

– Participación en las reuniones de la red RENEB que se han celebrado durante los años 2015 a 2020 (mínimo una al año).

– Organización y participación en las Jornadas «Reunión Convenio UNESA-HGUGM» celebradas anualmente en el HGUGM, Madrid (2015, 2017 y 2018).

– Participación en el Congreso Regional Latinoamericano IRPA de Protección y Seguridad Radiológica (Buenos Aires, 2015 y La Habana, 2018).

– Participación en los Congresos conjuntos de la SEFM y SERP (Valencia, 2015; Gerona, 2017 y Burgos, 2019).

– Participación y ponencia conjunta con el Servicio de medicina Nuclear del HGUGM en el 35 Congreso Nacional de la SEMNIM (Sociedad Española de Medicina Nuclear e Imagen Molecular). (Burgos, 2015).

– Participación en las Reuniones del Comité Técnico de Normalización CTN 73 «Energía nuclear, tecnologías nucleares y protección radiológica» celebradas anualmente en la sede AENOR, Madrid (2015-2020).

– Participación en el grupo de expertos ISO TC 85 WG 18 para la elaboración de normas de calidad de dosimetría biológica (Dartmouth, 2015; Ámsterdam, 2016; Worcester, 2017; Múnich, 2018 y de manera telemática en 2020).

– Participación en las reuniones de la red BioDoseNet (OMS) para emergencias radiológicas (Hannover, 2015 y Múnich, 2018).

– Participación en el grupo de expertos ISO TC 85 WG 25 para la elaboración de normas de calidad en emergencias (por teleconferencia, noviembre 2020).

– Participación en las Jornadas Nacionales sobre Energía y Educación. Organizadas por Foro Nuclear y en las que se realizan visitas a las instalaciones del CRP incluyendo el laboratorio de dosimetría biológica (2 al año).

– Participación en las jornadas sobre protección radiológica Organizadas por la SEPR, en Madrid (2016-2019).

– Participación en la Jornada científica, Radiofísica de la dosimetría interna en los procedimientos terapéuticos con radiofármacos, Hospital Universitario Puerta de Hierro, Madrid, 2016.

– Participación en la Jornada técnica sobre aspectos sanitarios y perspectivas de la planificación de la protección civil de emergencias nucleares, organizada por DGPCE en Madrid, 2016.

– Participación en la «42 Conference of the European Radiation Reseach Society» (Ámsterdam, 2016).

– Participación en las conferencias anuales: «Radiation Protection Week» (Oxford, 2016; France, 2017; Rovinj, 2018 y Estocolmo, 2019).

– Participación y presentación de poster en la 5.ª Jornada de Innovación e Investigación del Instituto de Investigación Sanitaria Gregorio Marañón (Madrid, 2017).

– Participación en «ConRad 2017» (Conference on Radiation Topics) organizada por el Inst Rad Bio (Múnich, 2017).

– Participación y ponencia en la Jornada técnica sobre Radiobiología. Actuación en emergencias nucleares organizada por Protección Civil (Madrid, 2017).

– Participación en 15.ª Reunión de Coordinación y Planificación de los Centros Colaboradores REMPAN (Radiation Emergency Medical Preparedness and Assistance Network) de la OMS (Organización Mundial de la Salud). (Ginebra, 2017).

– Participación en las Jornadas sobre energía y formación organizadas por Foro Nuclear (Barcelona, 2017).

– Participación con la Conferencia «Radiaciones Ionizantes y Salud Humana» dentro del XIII Curso de Actualidad Científica y Cultural. Organizado por la Universidad de León (León, 2017).

– Participación en los Ciclos formativos de Técnicos Superiores en Imagen para el Diagnóstico. Organizado por Foro Nuclear (Sevilla, 2017).

– Participación y ponencia en el XIII Congreso SEMES Castilla León. Sobre emergencias nucleares y radiológicas (León, 2017).

– Participación y ponencia en la Jornada Técnica «Aspectos sanitarios y perspectivas de la planificación de protección civil en emergencias Nucleares» organizada por la DGPCE (Madrid, 2018).

– Participación y ponencia en la Jornada «Efectos biológicos de las radiaciones ionizantes». Evidencias científicas. Organizada y celebrada en la Real Academia Nacional de Medicina (Madrid, 2018).

– Participación en la mesa redonda sobre «Nuevos retos emergentes: Respuesta sanitaria a las amenazas NRBQ» dentro del III Congreso Internacional de Sanidad Militar (Santander, 2018).

– Participación en la Sesión: MR14, heridas de etiología especial con la ponencia: «Manejo sanitario (médico-quirúrgico) de las lesiones por sobreexposición a radiaciones ionizantes» dentro del 7.º congreso SEHER, Sociedad Española de Heridas (Madrid, 2018).

– Participación y ponencia en la Jornada de formación de Técnicos en Radiología sobre Seguridad del paciente, del equipo y del personal en las instalaciones de radiodiagnóstico. Organizada por el Hospital General Universitario Gregorio Marañón (Madrid, 2018).

– Participación y ponencia en la Jornada técnica sobre Efectos biológicos de las Radiaciones ionizantes. Umbrales. (NRBQ Nivel III) Organizada por Guardia civil en la Escuela de Protección Civil (Madrid, 2018 y 2019).

– Participación en la mesa redonda «Aplicaciones de la tecnología Nuclear» dentro de la Jornada: Tecnología Nuclear: Aplicaciones e I+D+I. Organizada por Foro Nuclear (Madrid, 2018).

– Participación en la Jornada «Preparación Frente a Emergencias Radiológicas y Nucleares: claves para la mejora». Organizada por la Sociedad Española de Protección Radiológica y celebrada en la Universidad Politécnica (Madrid, 2018).

– Participación en el Congreso SNE. «Medicina y Salud Nuclear» (Ávila, 2018).

– Participación en la reunión anual de EURADOS (Lodz, Polonia, 2019 y Florencia, Italia, 2020).

– Participación en la Reunión del proyecto Balance (Braunschweig, Alemania, 2019).

– Participación en 2 sesiones Web minar sobre Usos médicos de la energía nuclear. Organizadas por la Sociedad Nuclear Española (Madrid, 2020).

3. Conclusiones

Todo lo expuesto confiere al Laboratorio de Dosimetría Biológica la fiabilidad necesaria para que pueda prestar apoyo técnico al CSN en el cumplimiento de sus funciones relacionadas con la estimación de dosis de la población y actuantes potencialmente afectados por una emergencia nuclear o radiológica, conforme a lo expuesto en el Real Decreto 1546/2004 de 25 de junio (modificado por el Real Decreto 1428/2009 de 11 de septiembre), por el que se aprueba el Plan Básico de Emergencia Nuclear, el Real Decreto 387/1996 de 1 de marzo, por el que se aprueba la Directriz Básica de Planificación de Protección Civil ante el Riesgo de Accidentes en los Transportes de Mercancías Peligrosas por Carretera y Ferrocarril, y el Real Decreto 1564/2010 de 19 de noviembre, por el que se aprueba la Directriz Básica de Planificación de Protección Civil ante el riesgo radiológico, así como en su Plan de Actuación ante emergencias (PAE).

Adicionalmente, en este nuevo Acuerdo se plantea la realización de estudios de dosimetría biológica según la norma ISO 19238 y en modo triage mediante la Norma ISO 21243, mantener la acreditación del laboratorio en materia de calidad y continuar formando parte de las redes de Biodosimetría para emergencias radiológicas (BioDoseNet), dentro de «The World Health Organization» (WHO) y RENEB (Realizing European Network in Biodosimetry).

4. Objetivos específicos del Acuerdo

1. Realizar análisis de dosimetría biológica a solicitud del CSN, en todas las situaciones que se requiera, y elaboración de los correspondientes informes.

En cualquier caso de sospecha de sobre exposición a radiaciones ionizantes, se deben arbitrar los procedimientos necesarios para garantizar la salud de las personas, ya que la base para determinar los procedimientos médicos a seguir ante una sobre exposición es conocer la dosis real recibida por el individuo, siendo el procedimiento más adecuado y fiable la dosimetría biológica. En este sentido se pronuncia el artículo 46, sec. 2 del Reglamento de Protección Sanitaria contra las Radiaciones Ionizantes de 6 de julio (R.D. 783/2001).

– La utilización de las radiaciones ionizantes y de la energía nuclear con fines pacíficos supone un beneficio para la sociedad pero lleva asociado un riesgo para la salud de los ciudadanos, que puede afectar a los profesionales y a la población. El número de personas expuestas a radiaciones ionizantes en el Estado español por razón de su trabajo en el año 2009 era del orden de 104.000, según se desprende de los informes emitidos por el Consejo de Seguridad Nuclear. La determinación de las dosis individuales recibidas por estas personas se realiza mediante procedimientos físicos (dosimetría personal). La dosimetría biológica permite estimar las dosis que han podido recibir personas expuestas para realizar un control adecuado de su salud utilizando los procedimientos biológicos como medida complementaria a los procedimientos físicos (dosimetría personal).

– Estimación de las dosis que podrían recibir las personas sin control dosimétrico (población) en situaciones accidentales o por actos malintencionados utilizando procedimientos biológicos para poder establecer una línea de vigilancia o tratamiento en el colectivo afectado.

– Estimación de las dosis que podrían recibir los actuantes o intervinientes durante la respuesta ante emergencias nucleares o radiológicas, utilizando procedimientos biológicos como medida complementaria a los procedimientos físicos (dosimetría personal).

2. Participar activamente en redes internacionales relacionadas con la respuesta en emergencias radiológicas y/o nucleares.

Lo que implica la participación del laboratorio en: reuniones internacionales, realización de trabajos de intercomparación entre diferentes técnicas y diferentes laboratorios a nivel internacional, y desarrollo y evaluación de posibles nuevos biodosímetros.

En el actual marco internacional existe una creciente preocupación por la seguridad radiológica, tanto por causas accidentales como por actos terroristas. En este sentido se han establecido una serie de redes internacionales, con el objetivo de aunar esfuerzos y optimizar los recursos, que permitan estar preparados ante cualquier circunstancia que suponga una exposición de la población a radiaciones ionizantes. El Laboratorio de Dosimetría Biológica del HGUGM, como laboratorio nacional de referencia, forma parte activa de estas redes internacionales, siempre respaldado por el Consejo de Seguridad Nuclear.

Se están desarrollando numerosos estudios que permiten utilizar la dosimetría biológica de forma eficiente en emergencias nucleares y/o radiológicas que afecten a un elevado número de personas. Existen evidencias de la utilidad de la técnica de análisis de dicéntricos para clasificar a las personas dentro de estas poblaciones, según la dosis y el tipo de exposición, todo ello con evidentes implicaciones terapéuticas.

El laboratorio actualmente participa en la implementación de la biodosimetría en emergencias nucleares, BioDoseNet, y/o REMPAN dentro de La Organización Mundial de la Salud (WHO), en la red de respuesta y asistencia RANET de la OIEA, y en RENEB (Running the European Network in Biodosimetry) de la Unión Europea.

3. Mantener los estándares de calidad adecuados en la evaluación dosimétrica de personas expuestas a radiaciones ionizantes por procedimientos biológicos.

Mediante la participación como expertos de miembros del laboratorio en las reuniones correspondientes, y el mantenimiento y desarrollo continuo de los requisitos específicos de las normas de acreditación, así como la elaboración de la documentación necesaria para el desarrollo de nuevas normas relativas a dosimetría biológica.

El laboratorio forma parte del grupo de expertos para la elaboración de las normas ISO en materia de Dosimetría Biológica TC85/SC2/WG18 y WG25 Nuclear Energy, Nuclear Technologies and Radiological Protection, lo que permite:

– Participar en el desarrollo de normas relativas a dosimetría biológica, entre ellas la ISO 21.243, para la utilización de la dosimetría biológica en modo «triage». Con ello se pretende estandarizar los procedimientos que permitan la rápida categorización de las personas de acuerdo a la dosis de radiación recibida tras un accidente nuclear/radiológico. (Actualmente en revisión).

– Actualización de técnicas de laboratorio específicas, y desarrollo, estudio y establecimiento de un sistema de gestión de la calidad. Que permita mantener y mejorar de manera continua la capacitación técnica y profesional ya que repercute directamente en el principal objetivo de proporcionar cobertura a todas las personas susceptibles de estar expuestas a radiaciones ionizantes en el Estado español.

4. Realizar labores de asesoramiento al CSN:

– Asesorar al CSN cuando así le sea requerido sobre asuntos relacionados con Dosimetría Biológica.

– Asesoramiento a las personas y entidades que así lo requieran con fines sociales, calmar ansiedades, alarmas injustificadas, etc. A solicitud del CSN.

– Asesoramiento e información a entidades implicadas en accidentes nucleares o radiactivos, a solicitud del CSN.

5. Facilitar la formación y el entrenamiento del personal designado por el CSN en materia de Dosimetría Biológica.

5. Publicaciones relevantes (De los últimos años)

– RENEB biodosimetry intercomparison analyzing translocations by FISH. Joan Francesc Barquinero, Christina Beinke, MireiaBorràs, Iwona Buraczewska, Firouz Darroudi, Eric Gregoire, Rositsa Hristova, Ulrike Kulka, Carita Lindholm, Mercedes Moreno, Jayne Moquet, Ursula Oestreicher, M Jesús Prieto, (...) & Leonardo Barrios. International Journal of Radiation Biology, octubre 2016, DOI: 10.1080/09553002.2016.1222092.

– Capabilities of the RENEB network for research and large scale radiological and nuclear emergency situations. Octávia Monteiro Gil, Pedro Vaz, Horst Romm, Cinzia De Angelis, Ana Catarina Antunes, Joan-Francesc Barquinero, Christina Beinke, Emanuela Bortolin, Christopher Ian Burbidge, Alexandra Cucu, Sara Della Monaca, Mercedes Moreno Domene, (...) & Anne Vral. International Journal of Radiation Biology 25 Aug 2016.

– RENEB accident simulation exercise. Beata Brzozowska, Elizabeth Ainsbury, Annelot Baert, (...), Mercedes Moreno Domene, (...) & Andrzej Wojcik. International Journal of Radiation Biology 24 Aug 2016 on line version.

– Web based scoring is useful for validation and harmonization of scoring criteria within RENEB. Horst Romm, Elizabeth A. Ainsbury, Joan Francesc Barquinero, Leonardo Barrios, Christina Beinke, Alexandra Cucu, Mercedes Moreno Domene, (...), María Jesús Prieto, & Andrzej Wojcik. International Journal of Radiation Biology 22 Aug 2016 on line version http://dx.doi.org/10.1080/09553002.2016.1206228.

– Integration of new biological and physical retrospective dosimetry methods into EU emergency response plans – joint RENEB and EURADOS inter-laboratory comparisons. Elizabeth Ainsbury, Christophe Badie, Stephen Barnard, Grainne Manning, (...), Mercedes Moreno, (...), María Jesús Prieto, & Clemens Woda. International Journal of Radiation Biology, Published online: 20 Jul 2016.

– Radioterapia, un procedimiento terapéutico en progresión constante en el tratamiento oncológico. Blanco J.A., Calin, A., Herranz, R. Nuclear España n.º 369, 17-21, Enero 2016.

– Special issue: Networking in biological and EPR/OSL dosimetry: the European RENEB platform for emergency preparedness and research. International Journal of Radiation Biology, 2017, vol 93, N.º 1.

RENEB – Running the European Network of biological dosimetry and physical retrospective dosimetry. 2-14,

RENEB intercomparisons applying the conventional Dicentric Chromosome Assay (DCA). 20-29,

RENEB biodosimetry intercomparison analyzing translocations by FISH. 30-35,

RENEB accident simulation exercise. 75-80 Integration of new biological and physical retrospective dosimetry methods into EU emergency response plans – joint RENEB and EURADOS inter-laboratory comparisons. 99-109,

Web based scoring is useful for validation and harmonisation of scoring criteria within RENEB. 110-117,

Capabilities of the RENEB network for research and large scale radiological and nuclear emergency situations. 136-141.

– Dosimetría Biológica. Experiencia de los laboratorios españoles. M.J. Prieto, J.F. Barquinero, A. Montoro, J.J. Villaescusa, M. Pujol, G. Amengol, R. Herranz, M. A. Lozano, D. Alonso, J.M. campayo, M. Moreno. Radioprotección n.º 98, 45-52, Junio 2020.

– Otras aplicaciones de la Energía Nuclear: aplicaciones en Medicina (Parte 1). Radiobiología, Radiodiagnóstico. R. Herranz, A. Real. R. Nuclear España, 17-21, Octubre 2020.

– Otras aplicaciones de la Energía Nuclear: aplicaciones en Medicina (Parte 2). Medicina Nuclear y Radioterapia. R. Herranz, A. Real. R. Nuclear España, Noviembre 2020.

ANEXO 2
Memoria económica aportaciones FIBHGM

El coste del Acuerdo, en sus cuatro años de vigencia, se ha calculado sobre la base de los costes que se detallan a continuación.

1. Costes de Personal anual:

El presupuesto anual por la dedicación al proyecto del personal propio asciende a un total de treinta y siete mil cuatrocientos noventa y ocho euros con ochenta céntimos (37.498,80€).

2. Costes de ejecución anual:

– Gastos estructurales y logísticos, cinco mil trescientos siete euros con noventa y dos céntimos (5.307,92€).

– Gastos de gestión (15% del coste financiado) en la gestión administrativa de la Fundación, siete mil quinientos euros (7.500,00€).

– Gastos en material de laboratorio, fungible y reactivos, etc., tres mil ochocientos noventa y dos euros con cuarenta y ocho céntimos (3.892,48€).

El presupuesto anual de gastos de ejecución ascienden a un total de dieciséis mil setecientos euros con cuarenta céntimos (16.700,40€).

3. Coste total:

Sobre la base de las cantidades citadas en los apartados anteriores, se obtienen unos gastos totales de la FIBHGM para los cuatro años de este Convenio de doscientos dieciséis mil setecientos noventa y seis euros con ochenta céntimos (216.796,80€). Las cantidades se resumen en la tabla siguiente:

Concepto Coste anual Coste total
Costes de personal (€). 37.498,80 149.995,20
Costes de ejecución (€). 16.700,40 66.801,60
 Totales. 54.199,20 216.796,80

La distribución de los costes entre los conceptos indicados podrá reasignarse durante la vigencia del Convenio para lograr una mayor eficacia en su ejecución, en función de necesidades sobrevenidas u otras circunstancias justificadas.

ANEXO 3
Memoria económica aportaciones CSN

Se ha estimado que para cumplir con las actividades de colaboración asignadas al CSN en el Convenio será necesario dedicar 40 horas anuales de un Técnico Superior del cuerpo técnico del CSN.

El cálculo, a partir del dato indicado, de los costes de los recursos propios del CSN asignados a este Convenio se resume en la tabla siguiente:

Concepto Coste anual Coste total del Convenio
1. Costes directos del personal técnico (€). 1.474,80 5.899,20
2. Costes indirectos (70,61% sobre 1) (€). 1.041,35 4.165,40
3. Repercusión costes administrativos (66,89% sobre 1+2) (€). 1.683,05 6.732,20
 Total recursos propios CSN (1+2+3) (€). 4.199,20 16.796,80

Por último, el cálculo de los costes totales para el CSN, sumando la aportación acordada en el Convenio a los recursos propios del CSN, tanto para cada año, como para el conjunto de los cuatro años es el siguiente:

Concepto Coste anual Coste total del Convenio
Recursos propios del CSN (€). 4.199,20 16.796,80
Aportación del CSN (€). 50.000,00 200.000,00
 Coste total anual para el CSN (€). 54.199,20 216.796,80

Distribución de pagos del CSN

La aportación del CSN en cada anualidad de vigencia del Convenio será la siguiente:

  2021 2022 2023 2024 2025 Total
Cantidad por ejercicio fiscal. 33.333,36 50.000,00 50.000,00 50.000,00 16.666,64 200.000,00

Forma de pago por el CSN

El CSN abonará la cantidad correspondiente, conforme a la tabla anterior, en un único pago anual antes de finalizar el ejercicio económico, previa entrega y aceptación por el CSN de los informes de actividad descritos en la disposición segunda, y presentación de la factura correspondiente en cada ejercicio.

Resumen

El coste total del Convenio asciende a 433.593,60€ y se reparte al 50% entre el CSN y la FIBHGM.

El coste anual para el CSN que se propone en el Convenio es de 54.199,20€, consistentes en 4.199,20€ en recursos propios y 50.000€ a pagar a la FIBHGM de una vez cada año.

El coste total para el CSN en el período de vigencia del Convenio que se propone, cuatro años, es de 216.796,80€.

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