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Documento BOE-A-2021-7019

Resolución de 27 de abril de 2021, de la Subsecretaría, por la que se publica el Acuerdo de la Comisión para la determinación de tarifas de Tragsa, por el que se actualizan las tarifas de 2019 aplicables a las actuaciones a realizar por Tragsa y Tragsatec para aquellas entidades respecto de las cuales tenga la consideración de medio propio personificado y servicio técnico en los términos previstos en la disposición adicional vigésima cuarta de la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público, y se revisan los coeficientes para la actualización de los precios simples en actuaciones no sujetas a impuestos.

Publicado en:
«BOE» núm. 102, de 29 de abril de 2021, páginas 51129 a 51130 (2 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Hacienda
Referencia:
BOE-A-2021-7019

TEXTO ORIGINAL

El Real Decreto 69/2019, de 15 de febrero, por el que se desarrolla el régimen jurídico de la Empresa de Transformación Agraria, S.A., S.M.E., M.P. (TRAGSA) y de su filial Tecnologías y Servicios Agrarios, S.A., S.M.E., M.P. (TRAGSATEC), establece en el punto 3 del artículo 7, que la resolución por la que se aprueben las tarifas se publicará en el «Boletín Oficial del Estado» por el Ministerio de Hacienda, a propuesta del Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación.

Aprobada, por Acuerdo de la Comisión para la determinación de las tarifas de TRAGSA, la actualización de las Tarifas 2019 tanto de los precios simples como de los porcentajes de costes indirectos y de gastos generales, aplicables a las actuaciones a realizar por TRAGSA y TRAGSATEC para aquellas entidades respecto de las cuales tengan la consideración de medio propio personificado y servicio técnico en los términos previstos en la disposición adicional vigésima cuarta de la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de contratos del sector público, así como la revisión de los coeficientes para la actualización de los precios simples en actuaciones no sujetas a impuestos, procede la publicación en el «Boletín Oficial del Estado» del citado Acuerdo que figura como anexo a la presente Resolución.

Madrid, 27 de abril de 2021.–La Subsecretaria de Hacienda, Pilar Paneque Sosa.

ANEXO
Acuerdo de la Comisión para la determinación de tarifas de TRAGSA, por el que se actualizan las Tarifas 2019 aplicables a las actuaciones a realizar por TRAGSA y TRAGSATEC para aquellas entidades respecto de las cuales tenga la consideración de medio propio personificado y servicio técnico en los términos previstos en la disposición adicional vigésima cuarta de la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público, y se revisan los coeficientes para la actualización de los precios simples en actuaciones no sujetas a impuestos

El Real Decreto 69/2019, de 15 de febrero, establece en sus artículos 6, 7, 8 y 9 el régimen económico de actuación de TRAGSA y su filial TRAGSATEC, así como el mecanismo de modificación del sistema de tarifas, creando al efecto una Comisión con las funciones de elaboración de nuevas tarifas, modificación de las existentes y determinación de los procedimientos, mecanismos y fórmulas aplicables que deban aplicarse para su revisión, así como de aprobación de las mismas.

En consecuencia, la Comisión mencionada, en su reunión del 22 de marzo de 2021:

ACUERDA

1. La actualización de las Tarifas 2019 tanto de los precios simples como de los porcentajes de costes indirectos y de gastos generales, cuya revisión económica respecto de las aprobadas en 2020 arroja el siguiente resultado:

 

Tarifa 2021

Porcentaje

Variación media ponderada de precios simples porcentaje tarifas 2021-2020. –0,59
Porcentaje Costes Indirectos. Obras y Servicios de TRAGSA. 7,50
Servicios de consultoría y asistencias técnicas de TRAGSATEC. 5,00
Porcentaje Gastos Generales. 6,25

2. Revisar los coeficientes para la actualización de los precios simples aprobados por Acuerdo de la Comisión publicado mediante Resolución de la Subsecretaria de Hacienda de 1 de abril de 2020 (BOE del 2 de abril) en los siguientes términos:

Datos 2020 de actuaciones de ámbito nacional en el Grupo TRAGSA

  TRAGSA TRAGSATEC
  Resto territorio nacional Canarias Resto territorio nacional Canarias
Producción no sujeta a impuestos. 458.451.682,16 € 55.725.242,32 € 322.251.915,52 € 7.330.719,59 €
Cuota impuestos soportados fiscalmente no deducibles. 41.614.886,84 € 1.156.953,46 € 5.711.486,97 € 95.376,40 €
Coeficiente para la actualización de precios simples. 1,0908 1,0208 1,0177 1,0130

Estos coeficientes también serán de aplicación a las unidades valoradas mediante precios de usuario específicos por no disponer de tarifa aprobada.

3. Las citadas tarifas serán aplicables a las actuaciones a realizar por TRAGSA y TRAGSATEC para aquellas entidades respecto de las cuales tengan la consideración de medio propio personificado y servicio técnico en los términos previstos en la disposición adicional vigésima cuarta de la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de contratos del sector público. Las nuevas tarifas se encuentran depositadas en la Secretaria de la citada Comisión y pueden ser consultadas en la página web de la empresa (www.tragsa.es).

4. Las actualizaciones aprobadas serán de aplicación a los encargos en los que la fecha de formalización sea igual o posterior a la publicación de la resolución en el «Boletín Oficial del Estado».

5. La Comisión procederá a la adecuación de los coeficientes de actualización de los precios simples en actuaciones no sujetas a impuestos antes del 31 de marzo de cada año y, en su caso, a la actualización de las tarifas si se producen desviaciones relevantes derivadas de su aplicación y del análisis de los costes reales del ejercicio inmediatamente anterior del Grupo Tragsa, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 7.5 del citado Real Decreto 69/2019, de 15 de febrero.

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