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Documento BOE-A-2021-9164

Resolución de 24 de mayo de 2021, del Museo Nacional Centro de Arte Reina Sofía, por la que se publica el Acuerdo de prórroga y modificación del Convenio con Industria de Diseño Textil, SA, para el mecenazgo de la colección del museo.

Publicado en:
«BOE» núm. 130, de 1 de junio de 2021, páginas 67190 a 67193 (4 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Cultura y Deporte
Referencia:
BOE-A-2021-9164

TEXTO ORIGINAL

El Museo Nacional Centro de Arte Reina Sofía e Industria de Diseño Textil, S.A., han suscrito, con fecha 20 de mayo de 2021, un Acuerdo de prórroga y modificación del Convenio para el mecenazgo de la colección del museo, por lo que, conforme a lo previsto en el artículo 48.8 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, del Régimen Jurídico del Sector Público, una vez inscrito en el Registro Electrónico estatal de Órganos e Instrumentos de Cooperación del sector público estatal, procede la publicación en el «Boletín Oficial del Estado» de dicho convenio, que figura como anexo a esta resolución.

Madrid, 24 de mayo de 2021.–El Director del Museo Nacional Centro de Arte Reina Sofía, Manuel J. Borja-Villel.

ANEXO
Acuerdo de prórroga y modificación del convenio entre el Museo Nacional Centro de Arte Reina Sofía e Industria de Diseño Textil, S.A., para el mecenazgo de la colección del museo

En Madrid, a 20 de mayo de 2021.

REUNIDOS

De una parte, don Manuel J. Borja-Villel, Director del Museo Nacional Centro de Arte Reina Sofía, actuando en virtud, del contrato de alta dirección suscrito con fecha 19 de enero de 2008, conforme a las competencias atribuidas por la Ley 34/2011, de 4 de octubre, reguladora del Museo Nacional Centro de Arte Reina Sofía (BOE de 5 de octubre de 2011), y el Real Decreto 188/2013, de 15 de marzo, por el que se aprueba el Estatuto del Museo Nacional Centro de Arte Reina Sofía (B.O.E. de 6 de abril de 2013), en adelante, «MNCARS» o el «Organizador».

Y, de otra parte, don don Óscar García Maceiras, con DNI ***3736**, actuando en nombre y representación de Industria de Diseño Textil, S.A. (INDITEX, S.A.) (en adelante, «Inditex»), con N.I.F. A-15.075.062, y domicilio social en Avenida de la Diputación, Edificio Inditex, 15142 Arteixo (A Coruña), de acuerdo con las facultades conferidas por acuerdo del Consejo de Administración de fecha 9 de marzo de 2021, elevado a escritura pública otorgada ante el Notario de A Coruña, don Francisco Manuel Ordónez Armán, con fecha 26 de marzo de 2021 y bajo el n.º 600 de su protocolo, en adelante, «Inditex» o el «Colaborador»,

EXPONEN

I. El MNCARS e Inditex suscribieron, con fecha de 25 de mayo de 2020, un Convenio para el mecenazgo de la colección del museo de las colecciones del MNCARS. El Convenio, inscrito en el Registro Electrónico estatal de Órganos e Instrumentos de Cooperación del sector público estatal, fue publicado en el «Boletín Oficial del Estado» con fecha de 12 de junio de 2020.

II. La Cláusula Quinta del Convenio citado en el apartado precedente establece que «El presente Convenio tendrá efectos a partir de que, una vez firmado, se inscriba en el Registro Electrónico estatal de Órganos e Instrumentos de Cooperación del sector público estatal y se publique en el «Boletín Oficial del Estado», según se establece en el artículo 48.8 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público. El MNCARS se compromete a informar al colaborador de estos hechos tan pronto ocurran. El plazo de vigencia del Convenio será de 1 (un) año. Las partes podrán acordar expresamente y por escrito su prórroga, conforme a lo dispuesto en el artículo 49.h) 2.º de la citada Ley 40/2015».

III. Por su parte, la cláusula octava del Convenio prevé la posibilidad de que este sea modificado por acuerdo unánime de los firmantes, según lo previsto en el artículo 49 letra g) de la Ley 40/2015, de 1 de octubre.

IV. Los excelentes resultados de la experiencia acumulada justifican la decisión de ambas partes de consolidar la relación de colaboración en el ámbito de la presentación de las colecciones del MNCARS, mediante la prórroga del Convenio así como su modificación para actualizar su contenido a la normativa vigente, a cuyo fin las partes

ACUERDAN

Primero.

Prorrogar por un plazo de 1 (un) año la vigencia del Convenio firmado por las partes el 25 de mayo de 2020 y publicado en el Boletín Oficial del Estado el 12 de junio de 2020. La presente adenda (en adelante, la «Adenda») surtirá efectos a partir de que, una vez firmada, se inscriba en el Registro Electrónico estatal de Órganos e Instrumentos de Cooperación del sector público estatal y se publicará asimismo en el Boletín Oficial del Estado.

Segundo.

Se modifica la cláusula 6 del Convenio («Confidencialdiad») según se indica a continuación:

– Se atribuye a la cláusula un nuevo título: «Confidencialidad, protección de datos de carácter personal y código de conducta y prácticas responsables».

– Se añade un nuevo apartado 6.4 con la siguiente redacción:

«MNCARS declara conocer y se compromete a respetar los principios recogidos en el «Código de Conducta y Prácticas Responsables del Grupo Inditex» y, en particular, a cumplir en todo momento la normativa anticorrupción que le sea de aplicación y las directrices que en esta materia tiene aprobadas el Grupo Inditex, disponibles en www.inditex.com».

– Se añade un nuevo apartado 6.5 con la siguiente redacción:

«Las Partes se comprometen a respetar en todo momento la normativa vigente en la materia de protección de datos de carácter personal en el contexto de la operación de este contrato, fundamentalmente el Reglamento 2016/679 del Parlamento Europeo y del Consejo del 27 de abril de 2016 relativo a la protección de las personas físicas en lo que respecta al tratamiento de datos personales y a la circulación de estos datos (RGPD), la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal y Garantía de Derechos Digitales (LOPDGDD) y resto de normativa vigente (LOPD) y su normativa de desarrollo.»

Inditex informa a los firmantes y personas de contacto del presente Convenio (en adelante, los "Firmantes y Personas de Contacto") de que tratará sus datos personales como responsable del tratamiento para fines relacionados con el mantenimiento y ejecución del presente Convenio así como para fines de gestión documental, por lo que el periodo de conservación de los mismos se limitará al necesario para el cumplimiento de los fines señalados, sin perjuicio de la conservación de los datos que fuera necesaria posteriormente durante el tiempo en que pudieran surgir responsabilidades derivadas del tratamiento, en cumplimiento con la normativa vigente en cada momento. La base de legitimación para el tratamiento de los datos personales de los Firmantes es, por tanto, la ejecución del presente Convenio.

Para la finalidad arriba mencionada, así como para, en su caso, el cumplimiento de obligaciones legales, Inditex necesita dar acceso a los datos de los Firmantes y Personas de Contacto a otras entidades prestadoras de servicios y colaboradoras dentro del Grupo Inditex, en todo caso ubicadas dentro del Espacio Económico Europeo, y cuyas actividades se relacionan con los sectores de promoción, construcción, mantenimiento y explotación de inmuebles, transporte, logística, distribución, decoración, textil, de productos acabados de vestir y del hogar, cualesquiera otros complementarios de los anteriores, incluidos los de cosmética y marroquinería, así como el desarrollo y soporte del comercio electrónico.

Los Firmantes y Personas de Contacto podrán ejercitar los derechos de acceso, rectificación, oposición, supresión, portabilidad y limitación del tratamiento remitiendo un correo electrónico a dataprotection@inditex.com. Igualmente, tienen derecho a presentar una reclamación ante la autoridad de control nacional correspondiente y, en todo caso, ante la Agencia Española de Protección de Datos.

Los Firmantes y Personas de Contacto podrán contactar para cualquier cuestión relacionada con el tratamiento sus datos personales con la Delegada de Protección de Datos de Inditex remitiendo un correo electrónico a dataprotection@inditex.com.

Los datos de carácter personal de los firmantes del Convenio serán tratados por el MNCARS e incorporados a la correspondiente actividad de tratamiento, cuya base legal es la suscripcion del Convenio.

– Responsable del tratamiento: Museo Nacional Centro de Arte Reina Sofía, con domicilio en la Calle Santa Isabel n.º 52, 28012 Madrid.

– El delegado de Protección de Datos: dpd@museoreinasofia.es

– Finalidades: la suscripción, tramitación y ejecución de los convenios y protocolos generales de actuación de los que es parte MNCARS, conforme a lo previsto en la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas, la Ley reguladora del Museo y su Estatuto.

– Plazo de conservación: Los datos se tratarán durante todo el tiempo que dure la relación mantenida entre las partes. Finalizada dicha relación, se procederá al bloqueo de los datos durante el periodo en que se pueda derivar cualquier tipo de responsabilidad como consecuencia del presente Convenio. Una vez finalice el plazo de prescripción legal y expiren tales responsabilidades, los datos serán eliminados.

– Destinatarios: Los datos serán comunicados a las Administraciones Públicas competentes, en los casos previstos en la Ley y para los fines en ella definidos y a las correspondientes entidades financieras, para la gestión de cobros y pagos, en su caso.

– Los afectadSí os tienen derecho a solicitar el acceso a sus datos personales, su rectificación o supresión, así como a la limitación de su tratamiento, a oponerse al mismo y a la portabilidad de sus datos dirigiéndose respectivamente al responsable del tratamiento que corresponda, en la siguiente dirección de correo electrónico: infoderechos@museoreinasofia.es. Asimismo, pueden poner en conocimiento de la Agencia Española de Protección de Datos cualquier situación que considere que vulnera sus derechos (www.aepd.es).

Tercero.

En todo lo no expresamente previsto en el presente documento, ambas partes se ratifican en la vigencia de todas y cada una de las estipulaciones recogidas en el Convenio objeto de prórroga, a cuyo régimen jurídico se vincula la presente Adenda.

Y conformes las partes con cuanto antecede, las partes firman la presente Adenda, en dos ejemplares y a un solo efecto, en el lugar y fecha indicados en el encabezamiento.–Por el MNCARS, Manuel J. Borja-Villel.–Por Inditex, Óscar García Maceiras.

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