Antecedentes de hecho
Don Javier Aguirre Rodríguez, en nombre y representación de la empresa Electrotécnica Arteche Hermanos, SL, con CIF B95632758 y domicilio en Derio Bidea, 28, 48100 Mungia, Bizkaia, ha solicitado la autorización de determinados modelos para su uso e instalación en la red, de la Familia UC y UX de transformadores de medida:
Transformadores de medida de tensión, de media tensión interior: Modelos UCL-24, UCN-36, UXL-12, UXI-12, UXN-12, UXJ-24, UXL-24, UXN-24, UXS-24, UXG-24, UXN-36, UXS-36, UXS-52, UXS-72
La empresa Electrotécnica Arteche Hermanos, SL, junto con la solicitud de autorización de uso, ha adjuntado la siguiente documentación:
Certificado de garantía de intervención profesional de Javier Aguirre Rodríguez (n.º de colegiado 5840), de la homologación de los transformadores de medida de tensión tipo UC y UX, con n.º de visado 00317/2021 de fecha 09/03/2021, del Colegio Oficial de Graduados en Ingeniería e Ingenieros Técnicos Industriales de Bizkaia.
Memoria técnica que recoge la ficha técnica, descripción, marcaje y planos de los transformadores de medida de tensión tipo UC y UX, visado por el Colegio Oficial de Graduados en Ingeniería e Ingenieros Técnicos Industriales de Bizkaia con el n.º 00317/2021, de fecha 09/03/2021.
Certificado de ensayos de tipo n.º B21-21-AB-01-CERT expedido por Tecnalia Research & Innovation (Laboratorio de equipos eléctricos) en fecha 18/02/2021, de conformidad de la Familia UC y UX de transformadores de medida de tensión inductivos, fabricados por Electrotécnica Arteche Hermanos, S.L. con las normas UNE-EN 61869-1:2010 y UNE-EN 61869-3:2012 en vigor.
Declaración de conformidad de Electrotécnica Arteche Hermanos, S.L. de fecha 08/03/2021, con la funcionalidad y requisitos exigibles en el Real Decreto 1110/2007, de 24 de agosto, y demás condiciones de seguridad, de la Familia UC y UX, modelos UCL-24, UCN-36, UXL-12, UXI-12, UXN-12, UXJ-24, UXL-24, UXN-24, UXS-24, UXG-24, UXN-36, UXS-36, UXS-52, UXS-72, transformadores de medida de tensión monofásicos de tipo seco con bobinados de media tensión, encapsulados en resina tipo epoxi.
Para la resolución de este expediente es preciso tener en cuenta los siguientes
Fundamentos jurídicos
1. La Delegación Territorial de Administración Industrial de Bizkaia es el Órgano competente para la adopción de la presente Resolución en virtud de lo establecido en el artículo 23 del Decreto 68/2021, de 23 de febrero, por el que se establece la estructura orgánica y funcional del Departamento de Desarrollo Económico, Sostenibilidad y Medio Ambiente.
2. El Real Decreto 1110/2007, de 24 de agosto, por el que se aprueba el Reglamento unificado de puntos de medida del sistema eléctrico, regula las condiciones de funcionamiento del sistema de medidas del sistema eléctrico nacional, de los equipos que lo integran y de sus características. Los transformadores de medida para los que se solicita autorización del modelo para su uso e instalación en la red, son de tensión y de media tensión; y tal como especifica el artículo 8 del Reglamento de puntos de medida, no habiendo sido establecida reglamentación metrológica específica para la evaluación de la conformidad, requerirán autorización del modelo para su uso e instalación en la red.
De conformidad con lo dispuesto en las Normas UNE-EN 61869 de transformadores de medida: UNE-EN 61869-1:2010 Requisitos generales, y UNE-EN 61869-3:2012 Requisitos adicionales para los transformadores de tensión inductivos, y, vistos, el informe favorable del Área de Administración Industrial y Energética, los preceptos legales citados y demás disposiciones de general y concordante aplicación, resuelvo:
1. Otorgar la autorización, para su uso e instalación, a los transformadores eléctricos de medida de tensión, de media tensión, interior, familia UC y UX, modelos: UCL-24, UCN-36, UXL-12, UXI-12, UXN-12, UXJ-24, UXL-24, UXN-24, UXS-24, UXG-24, UXN-36, UXS-36, UXS-52 y UXS-72, gama de transformadores de medida de tensión monofásicos de tipo seco, con bobinados de media tensión, encapsulados en resina tipo epoxi y fabricados por Electrotécnica Arteche Hermanos, SL.
2. Imponer las siguientes condiciones a la autorización que se concede:
a) Esta autorización tiene carácter provisional, debiendo el solicitante obtener la evaluación de la conformidad correspondiente en el plazo de un año desde la entrada en vigor del reglamento metrológico especifico que regule el instrumento autorizado, sin perjuicio de obtener prorrogas que esta Delegación Territorial de Bizkaia autorice.
b) Sin perjuicio de lo indicado en el párrafo anterior, el plazo de validez de la presente autorización es de cinco años, pudiendo ser prorrogada por periodos sucesivos iguales previa solicitud.
c) Los equipos que se comercialicen se corresponderán íntegramente con lo expresado en la documentación presentada para la obtención de esta autorización; si se produjese cualquier modificación en el diseño de los transformadores, será preciso para su comercialización e instalación la obtención de una nueva autorización específica para el modelo modificado y la realización de los ensayos que, según la normativa vigente, sean de aplicación.
d) Los transformadores a los que se refiere esta autorización deberán superar la verificación en origen realizada por un verificador de medidas eléctricas oficialmente autorizado, previamente a su instalación.
e) Los instrumentos de medida correspondientes a esta autorización de uso llevaran una placa de características con las siguientes inscripciones:
Razón social o marca del fabricante.
Tipo o modelo.
Número de serie y año de fabricación.
Tensión e intensidad de los primarios y secundarios. Clase de precisión.
Frecuencia.
Nivel de aislamiento.
Relación de transformación.
3. De acuerdo con lo indicado en el artículo 8 del Real Decreto 1110/2007, de 24 de agosto, sobre puntos de medida, esta autorización tiene validez en todo el territorio del Estado.
4. Ordenar la publicación de la presente Resolución en el «Boletín Oficial del Estado».
Contra la presente Resolución, que no pone fin a la vía administrativa, se podrá interponer recurso de alzada ante el Director de Proyectos Estratégicos y Administración Industrial, en el plazo de un mes a partir del día siguiente al de notificación de la misma, todo ello en virtud de lo dispuesto en el artículo 122, de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones
Bilbao, 23 de marzo de 2021.–El Delegación Territorial de Administración Industrial de Bizkaia, Adolfo González Berruete.
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