De conformidad con lo establecido en los artículos 385.2, 387 y 388 de la Ley Orgánica 6/1985, de 1 de julio, del Poder Judicial, los artículos 269 y siguientes del Reglamento 2/2011 de la Carrera Judicial; en el artículo 28, 2 c) y 3 e), del Real Decreto Legislativo 670/1987, de 30 de abril, que aprueba el Texto Refundido de la Ley de Clases Pasivas del Estado y demás disposiciones concordantes, la Comisión Permanente del Consejo General del Poder Judicial, en su reunión del día 16 de junio de 2022, acordó,
Declarar la jubilación por incapacidad permanente para el servicio, en el grado de total, de don Jesús María Passolas Morales, magistrado con destino en la Audiencia Provincial de Jaén, con efectos de 10 de enero de 2022 y con los derechos pasivos que le correspondan por dicha causa.
En consecuencia, dejar sin efecto el acuerdo 1.5-4, adoptado en su reunión del día 27 de octubre de 2021, mediante el que se declaró la jubilación voluntaria de Jesús María Passolas Morales, con efectos del 10 de enero de 2022, publicada en el BOE de esa misma fecha, Secc II A, Página 1960.
Madrid, 16 de junio de 2022.–El Presidente del Consejo General del Poder Judicial, Carlos Lesmes Serrano.
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