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Documento BOE-A-2022-11586

Acuerdo 150/2022, de 30 de junio, de la Junta de Castilla y León, por el que se declara la Casa del Sello de Paños de Segovia bien de interés cultural con categoría de monumento.

Publicado en:
«BOE» núm. 166, de 12 de julio de 2022, páginas 98062 a 98064 (3 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Comunidad de Castilla y León
Referencia:
BOE-A-2022-11586

TEXTO ORIGINAL

La Casa del Sello de Paños de Segovia, ubicada en la Calle de San Francisco de la ciudad de Segovia, es un claro ejemplo de la importancia de la industria textil en Segovia en el siglo XVI. Desde su construcción en 1570 hasta principios del siglo XIX, fue sede del Real Consejo Regulador de Paños, organismo encargado de clasificar y autentificar con su sello las piezas de paños que se producían y se exportaban en la ciudad. Del edificio original, hoy sede de Turismo de la Diputación de Segovia, se conserva una espléndida fachada plateresca realizada en granito de excelente factura.

La entonces Dirección General de Patrimonio Artístico, Archivos y Museos, por Resolución de 6 de octubre de 1977, acordó incoar procedimiento de declaración de la casa situada en la calle San Francisco en Segovia, conocida comúnmente como «Casa del Sello de Paños», como monumento histórico-artístico, con carácter nacional.

Retomado el expediente para su resolución, y elaborada una propuesta adecuada a la realidad actual del bien, se procede a continuar la tramitación del expediente como Bien de Interés Cultural con la categoría de Monumento, cumplimentando los trámites necesarios para su resolución.

La Real Academia de Historia y Arte de San Quirce con fecha de 29 de marzo de 2022, y la IE Universidad con fecha de 19 de abril de 2022, emiten informe favorable a la declaración.

Cumplidos los trámites preceptivos de información pública y de audiencia, dentro del plazo concedido al efecto, se presentan alegaciones al expediente que han sido estudiadas y valoradas en la propuesta de declaración.

De conformidad con lo preceptuado en el artículo 12.1 de la Ley 12/2002, de 11 de julio, de Patrimonio Cultural de Castilla y León, y en el artículo 46.3 del Reglamento para la Protección del Patrimonio Cultural de Castilla y León, aprobado por Decreto 37/2007, de 19 de abril, el Consejero de Cultura, Turismo y Deporte ha propuesto declarar la Casa del Sello de Paños de Segovia, como Bien de Interés Cultural con la categoría de Monumento y, a tal efecto, se ha hecho constar que se han cumplimentado los trámites preceptivos en la incoación e instrucción del expediente, acompañando un extracto de éste en el que constan los datos necesarios para la declaración y los documentos gráficos correspondientes.

En su virtud, la Junta de Castilla y León, a propuesta del Consejero de Cultura, Turismo y Deporte, y previa deliberación del Consejo de Gobierno en su reunión de 30 de junio de 2022, adopta el siguiente

ACUERDO

Primero.

Declarar la Casa del Sello de Paños de Segovia, Bien de Interés Cultural con la categoría de Monumento, de acuerdo con la descripción que figura como anexo del presente Acuerdo.

Segundo.

Delimitar la zona afectada por la declaración:

El entorno de protección lo forman las parcelas catastrales siguientes:

– Las parcelas 11, 12, 13, 15, 16, 17, 98, 99 y A0 de la manzana 60367.

– Las parcelas 08, 09 y 10 de la manzana 60362.

– El vallado de la Academia de Artillería en el tramo trazado en el plano.

Motivación:

Atendiendo a la ubicación del inmueble dentro del Conjunto Histórico de Segovia, se delimita un entorno de protección mínimo, en el que cualquier intervención que se realice pudiera suponer una alteración de los valores que aconsejan su declaración.

El entorno de protección es el que consta en el plano y demás documentación que obra en el expediente administrativo tramitado al efecto.

Contra este Acuerdo, que pone fin a la vía administrativa, cabe interponer potestativamente recurso de reposición ante la Junta de Castilla y León en el plazo de un mes o bien directamente recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León en el plazo de dos meses. Ambos plazos se computarán a partir del día siguiente al de su publicación en el «Boletín Oficial de Castilla y León». Si se optara por la interposición del recurso de reposición, no podrá interponerse recurso contencioso-administrativo hasta la resolución expresa o presunta de aquel.

Valladolid, 30 de junio de 2022.–El Presidente de la Junta de Castilla y León, Alfonso Fernández Mañueco.–El Consejero de Cultura, Turismo y Deporte, Gonzalo Santonja Gómez.

ANEXO
Casa del Sello de Paños de Segovia

La actividad económica en torno a la explotación del ganado ovino para esquileo y confección de paños en Segovia tuvo su inicio en la segunda mitad del siglo XIII, alcanzando su máximo esplendor entre 1480 y 1550.

Por Real Provisión de 7 de diciembre de 1673, se crea el Sello Real de Paños, entidad pública dependiente de la Corona, controlada por el colectivo de los fabricantes de paños segovianos reunidos en la denominada Fábrica de Paños de Segovia, que no era más que un gremio o sindicato de fabricantes.

El Real Consejo Regulador de Paños, que era el organismo encargado de clasificar y autentificar con el Sello de Paños las piezas de paños que, producidas en Segovia, se enviaban principalmente a Flandes, Italia y a las Américas, tuvo su sede en la conocida como La Casa del Sello de Paños ubicada en la Calle de San Francisco de la ciudad de Segovia, desde su construcción en 1570 hasta principios del siglo XIX en que cesa su actividad.

Del edificio original se conserva una espléndida fachada plateresca realizada en granito de excelente factura. En alzado presenta tres plantas, la planta baja presenta una solución adintelada sobre dos grandes jambas con impostas decoradas, todo ello flanqueado por columnas de fuste acanalado y con capiteles de estrías y cabezas de volutas sobre los que corre la cornisa. Por encima la segunda planta repite la misma estructura a menor escala, con el balcón en el eje central, flanqueado por dos magníficos flameros. La tercera planta sigue el mismo esquema en la disposición de huecos, si bien el lado derecho de la fachada en la segunda y tercera planta carece de huecos rompiendo de forma inexplicable el ritmo establecido en la planta principal. Todo ello se remata con un doble cornisamiento moldurado.

Las obras de rehabilitación del inmueble que tuvieron lugar en 2002, para Sede de la Cámara de Comercio e Industria de Segovia supusieron la restauración de la fachada y la recuperación volumétrica del conjunto con la creación de nuevos espacios sobre la base de las viejas estructuras muy deterioradas y transformadas en el tiempo. Actualmente es la sede de Turismo de la Diputación de Segovia.

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