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Documento BOE-A-2022-12627

Orden PCM/720/2022, de 23 de julio, por la que se publica el Acuerdo del Consejo de Seguridad Nacional de 21 de junio de 2022, por el que se aprueba el procedimiento para la elaboración de una nueva Estrategia Nacional de Seguridad Marítima Nacional.

Publicado en:
«BOE» núm. 180, de 28 de julio de 2022, páginas 108590 a 108593 (4 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de la Presidencia, Relaciones con las Cortes y Memoria Democrática
Referencia:
BOE-A-2022-12627
Permalink ELI:
https://www.boe.es/eli/es/o/2022/07/23/pcm720

TEXTO ORIGINAL

El Consejo de Seguridad Nacional, en su reunión del día 21 de junio de 2022, ha adoptado un Acuerdo por el que se aprueba el procedimiento para la elaboración de una nueva Estrategia Nacional de Seguridad Marítima Nacional.

Para general conocimiento, y en cumplimiento de lo establecido en el artículo 24.1.e) de la Ley 50/1997, de 27 de noviembre, del Gobierno, dispongo la publicación en el «Boletín Oficial del Estado» del referido Acuerdo como anejo a la presente orden.

Madrid, 23 de julio de 2022.–El Ministro de la Presidencia, Relaciones con las Cortes y Memoria Democrática, Félix Bolaños García.

ANEJO
Acuerdo por el que se aprueba el procedimiento para la elaboración de una nueva Estrategia de Seguridad Marítima Nacional

EXPOSICIÓN

La Estrategia de Seguridad Marítima Nacional fue aprobada en 2013. Una de sus principales novedades fue la creación del Comité Especializado de Seguridad Marítima, cuya denominación fue posteriormente cambiada por la de Consejo Nacional de Seguridad Marítima.

El Consejo Nacional de Seguridad Marítima, en su condición de órgano de apoyo del Consejo de Seguridad Nacional, tiene como objetivo el impulso de una política integral en materia de seguridad marítima.

El Consejo Nacional de Seguridad Marítima, en el desarrollo de sus funciones, ha identificado la necesidad de actualizar la Estrategia de Seguridad Marítima Nacional, en vigor desde 2013, por los motivos que se exponen a continuación:

El primero se corresponde con los cambios experimentados en el contexto estratégico global que también tienen su proyección en la propia dimensión marítima, y que es necesario reflejar convenientemente en la actualización de la estrategia. En particular, se identifican los siguientes cambios, que figuran en la Estrategia de Seguridad Nacional 2021:

– Una mayor competición geopolítica en la escena internacional entre diferentes actores, que se traduce en una mayor incertidumbre en la seguridad de las rutas marítimas y en las áreas geográficas de interés para la Seguridad Nacional.

– Una creciente importancia y vulnerabilidad de las infraestructuras críticas marinas, tanto en el lecho marino como en la costa.

– La fragilidad de la cadena de suministro global.

– La aceleración del ritmo de transformación digital, debido a la cada vez mayor penetración de tecnologías como la inteligencia artificial y el 5G en los sistemas de ayuda a la navegación, de comunicaciones marítimas y en los sistemas de gestión logística, así como los riesgos que esta transformación conlleva.

Un segundo motivo que aconseja la revisión de la estrategia es la evolución del ámbito competencial y normativo marítimo nacional, que ha experimentado un notable desarrollo y ha introducido nuevas figuras y taxonomías de empleo de los propios espacios marítimos.

La tercera razón, o motivo a tenerse en cuenta, es el inicio de los trabajos para la elaboración de la nueva Estrategia de Seguridad Marítima de la Unión Europea, que actualizará la que está actualmente en vigor, del año 2014. En este sentido, al igual que en 2013, el necesario paralelismo entre las políticas europea y nacional en materia de seguridad marítima, es siempre un factor generador de sinergias y por consiguiente, aconseja la actualización sincronizada de ambas estrategias.

Por último, desde un punto de vista temporal, se considera que el momento presente sería el más conveniente para la actualización de la Estrategia de Seguridad Marítima Nacional, teniendo en cuenta que, por una parte, el pasado 28 de diciembre, por medio del Real Decreto 1150/2021, se promulgó la Estrategia de Seguridad Nacional 2021, nuevo documento que contextualiza al resto de estrategias en los diferentes ámbitos y sectores; y por otra parte, habiendo pasado nueve años desde la publicación de la Estrategia de Seguridad Marítima Nacional de 2013, el plazo transcurrido parece lo suficientemente extenso para acometer una revisión.

A la vista de los motivos expresados anteriormente, en su virtud, el Consejo de Seguridad Nacional, en su reunión del día 21 de junio de 2022, acordó revisar la Estrategia de Seguridad Marítima Nacional. El procedimiento de revisión se articularía conforme a las siguientes normas.

ACUERDO

Único.

Se aprueba la revisión de la Estrategia de Seguridad Marítima Nacional conforme al procedimiento que figura como anexo a este acuerdo.

ANEXO
Procedimiento para la elaboración de la Estrategia de Seguridad Marítima Nacional

1. Responsable de su elaboración: El Consejo Nacional de Seguridad Marítima

2. Estructura funcional:

a) El Consejo Nacional de Seguridad Marítima, en su condición de órgano de apoyo al Consejo de Seguridad Nacional, iniciará el proceso de elaboración de la nueva estrategia. Será apoyado por el Departamento de Seguridad Nacional en su condición de Secretaría Técnica y órgano de apoyo del Consejo.

b) Las Comunidades y Ciudades Autónomas participarán en el proceso a través de la Conferencia Sectorial para Asuntos de la Seguridad Nacional.

c) Se recabarán aportaciones de aquellos expertos procedentes de la sociedad civil, el sector privado y el académico que, por su conocimiento y formación científico-técnica en la materia, contribuyan a la mejora de los contenidos de la estrategia.

3. Mandato: Elaborar la nueva Estrategia de Seguridad Marítima Nacional con arreglo a las fases y las directrices que a continuación se determinan.

4. Fases del proceso de elaboración:

a) El Consejo Nacional de Seguridad Marítima constituirá un grupo de trabajo encargado de elaborar el borrador de la estrategia.

b) Los sucesivos borradores de estrategia serán debatidos en el seno del Consejo.

c) El borrador será enviado a la Conferencia Sectorial para Asuntos de la Seguridad Nacional con el fin de recabar las aportaciones de las Comunidades y Ciudades Autónomas al texto de trabajo.

d) De forma simultánea, se contará con la colaboración de organizaciones, instituciones y personas con experiencia reconocida en el ámbito de la seguridad marítima, a los efectos de enriquecer los contenidos del borrador sobre la base de sus aportaciones.

e) Finalmente, el borrador será elevado por el Consejo Nacional de Seguridad Marítima, a través de su presidente, como propuesta de Estrategia de Seguridad Marítima Nacional al Consejo de Seguridad Nacional, para su aprobación.

5. Directrices de elaboración:

a) La estructura tentativa de la nueva Estrategia de Seguridad Marítima Nacional estará compuesta por los siguientes contenidos:

i. Análisis de contexto en el ámbito marítimo.

ii. Riesgos y amenazas a la seguridad marítima.

iii. Objetivos y líneas de acción.

iv. La seguridad marítima y el sistema de seguridad nacional.

b) La elaboración de la Estrategia de Seguridad Marítima Nacional se realizará con el consenso más amplio posible.

c) Para la elaboración de la Estrategia se tendrán en cuenta las siguientes consideraciones:

1. Inicialmente, se recomienda realizar un análisis de contexto para identificar las principales tendencias a nivel global en el ámbito marítimo y su incidencia en España. Tomando como referencia la Estrategia de Seguridad Nacional 2021, se considera necesaria la definición del concepto de «seguridad marítima», sobre la base de los intereses nacionales marítimos, estableciendo una clara distinción de los aspectos relacionados con los conceptos anglosajones «safety» y «security». Además, el desarrollo del concepto de «España, un país marítimo» en sus dimensiones geográfica, estratégica, económica, medioambiental y cultural, podría ser contemplado igualmente en la estrategia.

Del mismo modo, podrían ser objeto de análisis aspectos tales como la economía azul, la planificación marítima espacial, o el objetivo de desarrollo sostenible 14 (preservación de los océanos, los mares y los recursos marinos de manera sostenible).

2. En segundo lugar, se considera conveniente que la Célula de Información y Análisis de los Riesgos para la Seguridad Marítima evalúe los riesgos y las amenazas contenidos tanto en la Estrategia de Seguridad Marítima Nacional 2013 como los identificados en la Estrategia de Seguridad Nacional 2021. Las amenazas híbridas a la seguridad marítima deberían ser un aspecto a enfatizar, así como la condición de los océanos como espacio funcional de conectividad económica, humana e informativa. Además, parece oportuno tener en cuenta las amenazas a la seguridad marítima como espacio físico, en referencia a los efectos del cambio climático y la degradación de los ecosistemas marinos.

3. En tercer lugar, es aconsejable la adopción de un diseño estratégico orientado a reforzar las prioridades y los objetivos centrales de la Estrategia de Seguridad Nacional 2021.

Para ello, parece apropiado que la nueva estrategia mantenga el objetivo principal de impulsar una política integral. Entre sus prioridades, se recomienda contemplar un mayor avance en el desarrollo de un entorno de colaboración virtual que permita una mayor integración y optimizar el conocimiento compartido del entorno marítimo mediante el uso de nuevas tecnologías de la información; la definición y desarrollo de escenarios de riesgo para aquellas situaciones de interés para la Seguridad Nacional incluidas en el Plan Integral de Seguridad Marítima, de acuerdo al objetivo establecido por la propia Estrategia de Seguridad Nacional 2021; y la profundización en los protocolos de cooperación interdepartamental.

4. Las medidas concretas que se determinen para la consecución de los objetivos nacionales deberían estar alineadas con las acciones contenidas en la nueva Estrategia de Seguridad Marítima de la Unión Europea.

Además, se considera necesario que cada medida concreta vaya acompañada de un indicador de rendimiento que permita evaluar su grado de consecución.

5. La nueva estrategia partirá del Consejo Nacional de Seguridad Marítima como órgano principal de apoyo del Consejo de Seguridad Nacional en todo lo relacionado con los asuntos de seguridad marítima.

d) La elaboración de esta estrategia debe ser acompañada de la necesaria divulgación toda vez que resulta prioritario acercar esta materia a la sociedad en general. Una Seguridad Nacional eficaz requiere tanto la sensibilización social de los ciudadanos como la participación de sus representantes.

Tramitación de este acuerdo: El contenido de este acuerdo será tramitado por el Departamento de Seguridad Nacional en calidad de Secretaría Técnica y órgano de trabajo permanente del Consejo de Seguridad Nacional.

ANÁLISIS

  • Rango: Orden
  • Fecha de disposición: 23/07/2022
  • Fecha de publicación: 28/07/2022
Referencias anteriores
  • DE CONFORMIDAD con el art. 24.1.e) de la Ley 50/1997, de 27 de noviembre (Ref. BOE-A-1997-25336).
Materias
  • Administración General del Estado
  • Consejos consultivos
  • Navegación marítima
  • Procedimiento administrativo
  • Programas
  • Transportes marítimos

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