De conformidad con los artículos 20.1.c) de la Ley 30/1984, de 2 de agosto, de Medidas para la Reforma de la Función Pública, y 52 del Real Decreto 364/1995, de 10 de marzo, por el que se aprueba el Reglamento General de Ingreso del Personal al servicio de la Administración General del Estado y de Provisión de Puestos de Trabajo y Promoción Profesional de los Funcionarios Civiles de la Administración del Estado,
Este Ministerio acuerda anunciar la provisión, por el procedimiento de libre designación, de los puestos de trabajo que se relacionan en el anexo I de la presente orden, con arreglo a las siguientes bases:
El puesto de trabajo que se convoca por la presente orden, y que se relaciona en el anexo I, podrá ser solicitado por las y los funcionarios que reúnan los requisitos que se establecen para su desempeño.
Las personas interesadas dirigirán sus solicitudes, que deberán ajustarse al modelo que figura en el anexo II, a la Dirección del Organismo Autónomo Agencia Nacional de Evaluación de la Calidad y Acreditación (ANECA) (código DIR3 EA0045288), dentro del plazo de quince días hábiles contados a partir del siguiente al de la publicación de esta convocatoria en el «Boletín Oficial del Estado», y las presentarán en cualquiera de los lugares indicados en el artículo 16 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común para las Administraciones Públicas.
Además de los datos personales, número de Registro Personal y último destino definitivo obtenido, las personas aspirantes deberán acompañar a la solicitud su curriculum vitae, en el que harán constar:
a) Títulos académicos.
b) Puestos de trabajo desempeñados.
c) Estudios y cursos realizados y cuantos otros méritos estimen oportuno poner de manifiesto.
Contra la presente orden, que pone fin a la vía administrativa, podrá interponerse en el plazo de dos meses contados desde el día siguiente al de su publicación, recurso contencioso-administrativo ante el correspondiente Juzgado Central de lo Contencioso Administrativo, conforme a lo establecido en los artículos 9.a) y 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa,, o, potestativamente y con carácter previo, recurso de reposición en el plazo de un mes ante el mismo órgano que la ha dictado, de acuerdo con lo dispuesto en los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
Madrid, 27 de julio de 2022.–El Ministro de Universidades, P. D. (Orden UNI/1504/2021, de 28 de diciembre), el Subsecretario de Universidades, Markus González Beilfuss.
Orden | Unidad | Puesto | Denominación de puesto | Gr./Sb. | Nivel | Complemento específico | Adm. Púb. | Cuerpo |
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1 | División de Evaluación de Enseñanzas e Instituciones. | 5405415 | Director/Directora de Evaluación de Enseñanzas e Instituciones. | A1 | 30 | 27.176,38 € | AE | – |
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