Está Vd. en

Documento BOE-A-2022-13331

Resolución de 29 de julio de 2022, del Instituto Cervantes, por la que se publica el Convenio con la Sociedad Mercantil Estatal de Acción Cultural, SA, para la realización de actividades culturales.

Publicado en:
«BOE» núm. 189, de 8 de agosto de 2022, páginas 115910 a 115915 (6 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Asuntos Exteriores, Unión Europea y Cooperación
Referencia:
BOE-A-2022-13331

TEXTO ORIGINAL

De acuerdo con lo previsto en el artículo 48.8 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, procede la publicación en el «Boletín Oficial del Estado» del convenio entre el Instituto Cervantes y la Sociedad Mercantil Estatal de Acción Cultural, SA –AC/E–, para la realización de actividades culturales conjuntas.

Madrid, 29 de julio de 2022.–La Secretaria General del Instituto Cervantes, Carmen Noguero Galilea.

CONVENIO ENTRE EL INSTITUTO CERVANTES Y LA SOCIEDAD MERCANTIL ESTATAL DE ACCIÓN CULTURAL, SA –AC/E– PARA LA REALIZACIÓN DE ACTIVIDADES CULTURALES CONJUNTAS

De una parte, don Luis Manuel García Montero, Director del Instituto Cervantes, cargo para el que fue nombrado por Real Decreto 933/2018, de 20 de julio (BOE de 21 de julio), de conformidad con lo previsto en el artículo 9 de la Ley 7/1991, de 21 de marzo, por la que se crea el Instituto Cervantes, actúa en nombre y en representación del Instituto Cervantes, con domicilio a los efectos del presente convenio en la calle Alcalá, 49, 28014 Madrid, con NIF Q-2812007 I. En adelante, también, el IC.

De otra parte, don José Andrés Torres Mora, en nombre y representación de la Sociedad Mercantil Estatal de Acción Cultural, SA (con NIF número A-81/553521), con domicilio social en la calle José Abascal, número 4, de Madrid (28003), en su calidad de Presidente de la misma, en uso de las facultades delegadas en su favor y que ejerce según consta en la escritura de poder otorgada ante el Notario de Madrid, don Carlos Huidobro Arreba, bajo el número de orden de su protocolo 277, de fecha 3 de marzo de 2020. En adelante, también AC/E.

Las partes declaran y manifiestan que intervienen con capacidad legal necesaria y competencia suficiente para suscribir el presente convenio en nombre de las instituciones a las que representan y

EXPONEN

I. Que el Instituto Cervantes es un organismo público sin ánimo de lucro, creado al amparo de la Ley 7/1991, de 21 de marzo, cuyos fines y objetivos primordiales son la promoción de la lengua española y la difusión de la cultura en el exterior, así como el fomento de cuantas actividades y acciones contribuyan a la consecución de los fines que tiene encomendados, y a mejorar el conocimiento, el uso y la enseñanza del español como lengua extranjera.

II. Que, para el cumplimiento de sus fines, el Instituto Cervantes cuenta con una red de centros en el exterior, entre los cuales se encuentra el centro situado en Fráncfort, Alemania.

III. Que la Sociedad Mercantil Estatal de Acción Cultural, SA, es una sociedad mercantil del sector público estatal de las previstas en el artículo 84.1 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, y teniendo por objeto impulsar y promocionar la cultura y el patrimonio de España, dentro y fuera de sus fronteras, a través de un amplio programa de actividades que incluye exposiciones, congresos, ciclos de conferencias, cine, teatro, música, producciones audiovisuales e iniciativas que fomentan la movilidad de profesionales y creadores; tiene personalidad jurídica propia y plena capacidad pública y privada, que ejerce sus funciones con autonomía e independencia respecto de las administraciones públicas.

IV. Que España será el país invitado de honor en la Feria del Libro de Fráncfort de 2022, bajo el lema «Creatividad desbordante», y que con este motivo, las partes, para el cumplimiento de sus fines, desean colaborar en la realización conjunta de diversas actividades.

V. Que entre estas actividades, las partes han acordado coorganizar una muestra de diez películas de cine español independiente que han denominado «Cine documental español (2015-2020)», en adelante la «Muestra», que, como parte de las actividades culturales del Año de España de la Feria de Fráncfort de 2022, itinerará por diferentes ciudades alemanas.

VI. Asimismo, las partes desean coorganizar la exhibición de una instalación de la artista Alicia Martín en el edificio sede del Instituto Cervantes en Fráncfort: «Vórtice» es la denominación de la propuesta para la sede del Instituto Cervantes en Fráncfort con motivo de la Feria del Libro 2022, cuyas fechas de exhibición son de septiembre a diciembre de 2022.

VII. Que, de conformidad con lo previsto en el artículo 50.2.a) de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, el presente convenio ha sido informado favorablemente por el Servicio Jurídico del Instituto Cervantes.

VIII. Que la firma del presente convenio ha sido objeto de la autorización prevista en el artículo 50.2.c) de la citada Ley 40/2015, con fecha 17 de junio de 2022.

IX. Que el Consejo de Administración del Instituto Cervantes aprobó, en su sesión de 30 de septiembre de 2010, los criterios para la firma de convenios con instituciones, tanto culturales como de carácter social, para la realización de actividades conducentes al cumplimiento de los fines del Instituto Cervantes.

De acuerdo con las consideraciones anteriores, las partes suscriben el presente convenio, conforme a las siguientes

CLÁUSULAS

Primera. Objeto.

El presente convenio tiene por objeto establecer las condiciones de la colaboración entre el Instituto Cervantes y AC/E para organizar conjuntamente, con motivo de la celebración de la Feria del Libro de Fráncfort en 2022, año en que España es el país invitado de honor, las actividades mencionadas en los exponendos del presente convenio.

Las actividades objeto del presente convenio serán las siguientes:

A) Muestra de cine: Las películas de la Muestra (definida en el exponendo V del presente convenio) se presentarán subtituladas al alemán y se publicará un programa de mano en español y alemán.

La Muestra se celebrará entre los meses de septiembre y diciembre de 2022 e itinerará por diferentes ciudades alemanas.

La decisión final sobre las ciudades y fechas de celebración de la Muestra durante 2022 se realizará de mutuo acuerdo entre las partes, durante la vigencia del presente convenio.

B) Exhibición de la instalación «Vórtice»: Las partes colaborarán para la exhibición en el edificio sede del IC en Fráncfort de la instalación de Alicia Martín mencionada en el exponendo VI anterior.

Segunda. Compromisos de las partes.

A) Muestra de cine: Para la realización del objeto del presente convenio, AC/E asumirá los costes derivados de la realización de las gestiones necesarias para la obtención de las autorizaciones y licencias de los derechos de exhibición de todas las películas que se proyectarán dentro de la Muestra, para que dichas películas puedan ser exhibidas. Así mismo realizará las gestiones y obtención de autorizaciones y licencias necesarias para el subtitulado de las películas, si bien los costes y gastos del subtitulado los abonará el Instituto Cervantes.

La Muestra está compuesta por los siguientes títulos: El año del descubrimiento, Oscuro y Lucientes, Zumiriki, Dead Slow Ahead, El señor Liberto y los pequeños placeres, Video Blues, Oleg y las raras artes, Las letras de Jordi, Converso y Ainhoa, yo no soy esa.

La muestra será presentada en salas de la red de cines de la asociación Kommunale Kinos de Alemania. El máximo de pases será cien pases y el pago por los derechos de exhibición no superará los dieciocho mil quinientos euros (18.500 €), más el IVA que en su caso corresponda, y correrán cargo de AC/E.

Asimismo, AC/E asumirá el pago de los derechos de propiedad intelectual, tanto los derechos de autor como los derechos conexos de los intérpretes, que correspondan por la comunicación pública de las obras según la legislación de propiedad intelectual aplicable en Alemania. Dicho pago se realizará a las entidades de gestión colectiva correspondientes.

Por su parte, para la realización del objeto del presente convenio, el Instituto Cervantes asumirá los costes derivados de la traducción y subtitulado de las películas al alemán y de la edición y publicación del folleto publicitario de la Muestra. En este caso, el gasto de estos servicios no superará los quince mil euros (15.000 €).

B) Exhibición de la instalación «Vórtice»: El IC se compromete a la cesión del espacio, y a asumir los gastos derivados del acceso a la obra Vórtice por parte del público El acceso es libre por ser una instalación en el exterior del centro y no afecta a la seguridad. En el caso de iluminación extra se colocarán unos focos especiales de exterior cuyos gastos aproximados serán de mil euros (1.000 €) incluyendo alquiler de focos, instalación del cableado y consumo de luz durante los tres meses de período expositivo. Asimismo, asumirá los costes del alquiler de la grúa para la instalación de la obra que no superarán los cinco mil euros más IVA (5.000 € + IVA).

El resto de actuaciones necesarias para la realización de esta actividad serán realizadas por AC/E y a su cargo, para cuyo fin ha autorizado una reserva presupuestaria de treinta mil euros (30.000 €), más el IVA que en su caso corresponda.

Tercera. Derechos de propiedad intelectual.

En relación con la Muestra de Cine, AC/E garantiza al Instituto Cervantes la utilización pacífica de las películas de la Muestra en relación con los derechos de propiedad intelectual correspondientes a los productores de las mismas, de tal forma que puedan reproducirse, subtitularse, efectuarse su comunicación pública y utilizar imágenes para el uso promocional o publicitario, en el ámbito de la promoción y difusión de la Muestra sin perjuicio del uso promocional previsto en la cláusula sexta dentro de los límites que se establezcan en las respectivas cesiones de derechos, y durante el plazo de vigencia del presente convenio. En consecuencia, AC/E colaborará con el Instituto Cervantes y lo mantendrá indemne en relación con cualquier reclamación de terceras personas, físicas o jurídicas, que pretendan tener derechos sobre una parte o la totalidad de las películas objeto de exhibición en la Muestra.

El Instituto Cervantes actuará, en todo caso, respetando los derechos de propiedad intelectual garantizando el respeto a los mismos en la comunicación pública de la Muestra.

El Instituto Cervantes se compromete a limitar la exhibición de las películas a las actividades de la Muestra, y a tomar todas las precauciones necesarias, dentro de sus posibilidades, para evitar el uso, reproducción, distribución, transformación, comunicación pública o divulgación por parte de terceras personas no autorizadas, de los materiales cedidos.

El Instituto Cervantes se obliga y se compromete a respetar los derechos de propiedad intelectual que se puedan generar por la realización de la Muestra, no atentando contra la normal explotación de los mismos y sin causar perjuicios injustificados a los intereses del autor legítimo de las obras que formen parte de la Muestra.

Para la realización de los compromisos relativos a las actividades objeto del presente convenio, AC/E se responsabilizará de gestionar a su cargo la cesión de todos los derechos de explotación (reproducción, transformación, distribución y comunicación pública) y demás derivados de la propiedad intelectual e industrial y de los derechos de imagen, o de cualquier otro tipo, necesarios para la celebración de la Muestra y la realización del catálogo, así como para la difusión de los mismos.

De acuerdo con lo dispuesto en la cláusula segunda anterior, para la realización del folleto publicitario de la Muestra por el Instituto Cervantes, AC/E habrá gestionado y pagado a su cargo la cesión por parte de sus titulares de los derechos de propiedad intelectual necesarios para la producción del citado folleto.

Dicha cesión de derechos se efectúa para todos los países del mundo y por el período de tiempo más amplio permitido por la legislación vigente.

El folleto, una vez editado, será titularidad de ambas partes.

Cada parte será responsable de obtener las autorizaciones necesarias para el uso propio de imágenes para el material promocional o publicitario que elabore.

En relación con la Instalación «Vortice», AC/E se responsabilizará de gestionar a su cargo la cesión de todos los derechos de explotación (reproducción, transformación, distribución y comunicación pública) y demás derivados de la propiedad intelectual e industrial y de los derechos de imagen, o de cualquier otro tipo, necesarios para la obra «Vórtice» de Alicia Martín.

Cuarta. Financiación y gestión económica.

AC/E se obliga mediante el presente convenio a destinar una aportación por valor máximo de cuarenta y ocho mil quinientos euros (48.500 €), más el IVA que en su caso corresponda, para financiar las actividades a que se refiere la cláusula segunda, con cargo a su presupuesto de 2022.

El Instituto Cervantes financiará los gastos necesarios que asume en virtud del presente convenio para el año 2022 a través de sus propios medios materiales y humanos y con cargo a sus presupuestos, hasta un máximo total global de veintiún mil euros (21.000 €), más el IVA que en su caso corresponda.

Para el año 2023 y para el resto de años que pudiera estar vigente el presente convenio, en caso de prórroga, la aportación de esos recursos estará supeditada, en todo caso, a las disponibilidades presupuestarias de cada una de las partes.

Quinta. Colaboración de otras instituciones.

AC/E y el Instituto Cervantes se otorgan autorización para obtener la colaboración de otras instituciones o de posibles patrocinadores para la Muestra y la instalación «Vórtice» siempre de acuerdo con las indicaciones de los titulares de los derechos correspondientes, previa información de las condiciones de los patrocinios a la otra parte, debiendo figurar el nombre del colaborador o patrocinador en la publicidad y difusión del proyecto.

Sexta. Publicidad y logotipos.

En la gestión de las autorizaciones o permisos, AC/E ha de tener en cuenta que para la difusión de la Muestra el Instituto Cervantes podrá utilizar imágenes de las películas para uso promocional y publicitario, incluyendo la difusión de las mismas por Internet en las páginas Web del Instituto Cervantes.

Las partes se comprometen a incluir el nombre de AC/E y del Instituto Cervantes, como coorganizadores, con sus logotipos y, en su caso, el de los coproductores, colaboradores o patrocinadores, en toda la publicidad y difusión de la Muestra siempre de acuerdo con las indicaciones de los titulares de los derechos correspondientes.

La autorización de las partes para el uso de sus respectivas imágenes corporativas se limita única y exclusivamente a los fines previstos en este convenio, y el uso se realizará en la forma, color y diseño que indique la parte titular de las mismas. Esta autorización se extinguirá automáticamente en el momento de terminación del convenio, cualquiera que sea la causa.

Dicha autorización de uso no supone la concesión de ningún otro derecho, sea de la naturaleza que sea, ni sobre su logotipo ni sobre su marca, de una parte a favor de la otra.

Séptima. Seguimiento y control.

El seguimiento y control de la ejecución de lo establecido en el presente convenio se realizará mediante el intercambio de la información entre las Partes y la elaboración de informes de evaluación y de valoración de los resultados (objetivos alcanzados, nivel de asistencia, de continuidad, grado de aceptación, etc.).

Cada parte designará a un responsable de seguimiento del convenio.

Dichos responsables resolverán los problemas de interpretación y cumplimiento que puedan plantearse respecto del convenio.

Octava. Modificaciones del convenio.

El presente convenio constituye la manifestación expresa de la voluntad de las partes en relación con su objeto y contenido. Cualquier modificación del mismo deberá ser efectuada por escrito y firmada por las partes y tramitada conforme a lo previsto en la citada Ley 40/2015, de 1 de octubre.

Novena. Vigencia y eficacia.

El presente convenio se perfeccionará por la prestación del consentimiento de las partes.

El presente convenio será eficaz desde su inscripción en el Registro Electrónico estatal de Órganos e Instrumentos de Cooperación del sector público estatal, manteniéndose en vigor desde su inscripción en el Registro hasta el 31 de diciembre de 2022, fecha en la que finalizarán los efectos del convenio. No obstante, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 49.h).2.º, de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, en cualquier momento antes del plazo previsto para su finalización, los firmantes del convenio podrán acordar unánimemente su prórroga por un periodo de hasta cuatro años adicionales.

El Instituto Cervantes realizará la preceptiva comunicación de la firma del presente convenio al Registro Electrónico estatal de Órganos e Instrumentos de Cooperación del sector público estatal, para su inscripción, así como la tramitación para su publicación en el «Boletín Oficial del Estado».

Décima. Causas de extinción y consecuencias en caso de incumplimiento.

Son causas de extinción del presente convenio las establecidas en el artículo 51 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre.

Asimismo, el presente convenio se extinguirá por denuncia expresa de cualquiera de las partes con un preaviso mínimo de un mes a la fecha en que se desee darlo por resuelto.

Asimismo, de acuerdo con el apartado 3 del artículo 52 de la Ley 40/2015, si cuando concurra cualquiera de las causas de resolución del convenio existen actuaciones en curso de ejecución, las partes, a propuesta de los responsables del seguimiento y control de la ejecución del presente convenio, podrán acordar la continuación y finalización de las actuaciones en curso que consideren necesarias dentro del plazo improrrogable de seis meses a contar desde la fecha de la citada resolución, en los términos previstos en el mencionado artículo.

En caso de incumplimiento del presente convenio, cualquiera de las partes podrá notificar a la parte incumplidora un requerimiento para que cumpla en el plazo de tres (3) meses con las obligaciones o compromisos que se consideran incumplidos. Este requerimiento se comunicará al responsable del seguimiento, así como a las partes firmantes. Si transcurrido el plazo indicado persistiera el incumplimiento, la parte que lo dirigió notificará a las demás partes la concurrencia de la causa de resolución y se entenderá resuelto el convenio.

Undécima. Naturaleza jurídica y resolución de conflictos.

El presente convenio queda sometido al régimen jurídico de convenios previsto en el capítulo VI del título preliminar de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, y demás normativa que resulte de aplicación.

Las partes firmantes colaborarán en todo momento, de acuerdo con los principios de buena fe y eficacia, para asegurar la correcta ejecución de lo pactado.

Igualmente, las partes se esforzarán por resolver de forma amistosa cualquier controversia que pudiera surgir con ocasión de la ejecución del presente convenio.

La resolución de las cuestiones litigiosas que pudieran derivarse del presente convenio serán sometidas a los tribunales competentes de la jurisdicción contencioso-administrativa, de acuerdo con lo previsto en la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-administrativa.

Para la debida constancia de todo lo convenido, se firma el presente convenio.–Por el Instituto Cervantes, el Director, Luis Manuel García Montero, 28 de julio de 2022.–Por la AC/E, el Presidente, José Andrés Torres Mora, 29 de julio de 2022.

subir

Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado

Avda. de Manoteras, 54 - 28050 Madrid