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Documento BOE-A-2022-13461

Resolución de 2 de agosto de 2022, de la Dirección General de Desarrollo Rural, Innovación y Formación Agroalimentaria, por la que se publica el Convenio entre la Secretaría General de Agricultura y Alimentación y la Asociación Datagri, para la organización de la V Edición del Foro Datagri.

Publicado en:
«BOE» núm. 190, de 9 de agosto de 2022, páginas 116804 a 116810 (7 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación
Referencia:
BOE-A-2022-13461

TEXTO ORIGINAL

De acuerdo con lo dispuesto en el artículo 48.8 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, procede la publicación en el «Boletín Oficial del Estado» del Convenio entre el Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación y la Asociación Datagri, para la organización conjunta de la V Edición del Foro Datagri, que figura como anexo a la presente Resolución.

Madrid, 2 de agosto de 2022.–La Directora General de Desarrollo Rural, Innovación y Formación Agroalimentaria, Isabel Bombal Díaz.

ANEXO
Convenio entre el Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación y la Asociación Datagri, para la organización conjunta de la V Edición del Foro Datagri

En Madrid, a 28 de julio de 2022.

REUNIDOS

De una parte, don Fernando Miranda Sotillos, Secretario General de Agricultura y Alimentación del Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación (MAPA) y en virtud del Real Decreto 542/2018, de 18 de junio, por el que se dispone su nombramiento, actuando en nombre y representación del citado Departamento de la Administración General del Estado, de acuerdo con las facultades que le atribuye el capítulo II. Segundo.1 de la Orden APA/21/2019, de 10 de enero de fijación de límites para administrar ciertos gastos y de delegación de competencias en el Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación.

Y de otra, don José Luis Miguel de Diego, Presidente de la Asociación para el Impulso de la Transformación Digital en el Sector Agroalimentario, en virtud del acuerdo de la Junta Directiva del 28 de julio del 2022.

Actuando ambos en razón de sus respectivas competencias y reconociéndose poderes y facultades suficientes para formalizar el presente Convenio, a tal efecto:

EXPONEN

Primero.

El MAPA es el Departamento encargado de la propuesta y ejecución de la política del Gobierno en materia de recursos agrícolas, ganaderos y pesqueros, de industria agroalimentaria y de alimentación, según lo dispuesto en el artículo 11 del Real Decreto 2/2020, de 12 de enero, por el que se reestructuran los departamentos ministeriales.

Asimismo, y de acuerdo con el artículo 5.1 letras h), i) y j) del Real Decreto 430/2020, de 3 de marzo, por el que se desarrolla la estructura orgánica básica del Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación, y por el que se modifica el Real Decreto 139/2020, de 28 de enero, por el que se establece la estructura orgánica básica de los departamentos ministeriales, corresponde a la Dirección General de Desarrollo Rural, Innovación y Formación Agroalimentaria (DGDRIFA), dependiente de la Secretaría General de Agricultura y Alimentación, las competencias para desarrollar las funciones del Departamento en materia de digitalización, en particular de la Estrategia de digitalización del sector agroalimentario y del medio rural y de sus planes de acción, así como el fomento de la implantación de nuevas tecnologías en el sector agroalimentario y en el emprendimiento rural y la coordinación con otros departamentos. Dichas competencias se ejercen por la Subdirección General de Innovación y Digitalización (SGID).

En el ejercicio de las citadas competencias, el MAPA adoptó la Estrategia de Digitalización del Sector Agroalimentario y Forestal y del Medio Rural, que fue informada por el Consejo de Ministros el 29 de marzo de 2019, con la que se persigue eliminar o reducir las barreras técnicas, legislativas, económicas y formativas existentes en el proceso de transformación digital.

La puesta en marcha de la Estrategia se articula a través de Planes de Acción que contemplan los 3 objetivos de la misma y contienen, tanto el desarrollo concreto de las líneas estratégicas, como la adaptación temporal de las medidas presentadas en la Estrategia al marco presupuestario.

El vigente Plan de Acción 2021-2023, en el apartado de gobernanza y dinamización, entre otras actuaciones, incluye la colaboración del MAPA con el Foro para el Impulso de la Transformación Digital en el Sector Agroalimentario (en adelante Foro Datagri) para el desarrollo anual del evento de referencia sobre transformación digital en el sector.

Segundo.

La Asociación para el Impulso de la Transformación Digital en el Sector Agroalimentario, en adelante Asociación Datagri, es una asociación al amparo de la Ley Orgánica 1/2002, de 22 de marzo, reguladora del Derecho de Asociación, y normas complementarias, con personalidad jurídica y plena capacidad obrar, careciendo de ánimo de lucro.

La Asociación tiene como fines:

– Impulsar el desarrollo y adopción de la transformación digital en el sector agroalimentario trabajando con todos los actores y partes interesadas de la red agroalimentaria.

– Promover, desarrollar, coordinar, impulsar y ejecutar todo tipo de acciones, eventos, estudios y proyectos que tengan como objetivo, resultado o impacten en la adopción, impulso y desarrollo de la transformación digital en el sector agroalimentario.

– Promover iniciativas para formar a profesionales en transformación digital y agrotecnología del sector agroalimentario.

– Apoyar las políticas, esfuerzos e iniciativas de I+D+i enfocadas en la transformación digital del sector agroalimentario.

– Trabajar y colaborar con las Administraciones Públicas en la transformación digital, su implementación y resto de aspectos relacionados.

– Defender e impulsar un modelo de transformación digital inclusivo y democrático al servicio del modelo europeo de agricultura social, profesional e independiente.

– Asegurar la calidad y sostenibilidad social, económica y medioambiental de la producción alimentaria.

– Trabajar por una alimentación justa y saludable para toda la población.

– Impulsar el desarrollo e implantación de tecnologías digitales interoperables, esquemas de valor basados en el intercambio de datos y toma de decisiones basadas en datos con el fin de lograr una red agroalimentaria interconectada.

Tercero.

El MAPA es un firme impulsor de la transición digital del sector y ha liderado la Estrategia de Digitalización del Sector Agroalimentario y Forestal y del Medio Rural, con la que se persigue eliminar o reducir las barreras técnicas, legislativas, económicas y formativas existentes en el proceso de transformación digital, pretende contribuir al liderazgo de un sector agroalimentario sostenible económica, social y medioambientalmente, así como al poblamiento activo del medio rural, para configurar un medio rural más atractivo, vivo, dinámico y diversificado, generador de riqueza y empleo de calidad, con especial atención a jóvenes y mujeres.

Para asegurar una ejecución adecuada de esta Estrategia se han establecido mecanismos de colaboración y cooperación entre los agentes involucrados, que permitan consolidar una estructura eficaz de coordinación entre los distintos actores. En el ámbito de la gobernanza, se han establecido mecanismos que propicien la participación abierta de agentes interesados en la evolución de la Estrategia y garanticen la transparencia de su ejecución, de forma que sea una Estrategia dinámica y viva, que pueda reflejar los cambios pertinentes en función de las necesidades futuras. La citada estrategia se implementa mediante Planes de Acción, actualmente está en marcha el II Plan de Acción 2021-2023.

En este contexto, se incluye en el marco de la gobernanza, una actuación que incluye la colaboración del MAPA en las sucesivas ediciones del Foro Datagri, evento de referencia del sur de Europa para el impulso de la transformación digital en el sector agroalimentario.

Cuarto.

La Asociación Datagri es la máxima responsable de la organización del Foro Datagri, evento líder para la reunión de agentes interesados en la transformación digital. El MAPA viene colaborando de manera continuada en la organización de todas las ediciones anteriores (Córdoba, Zaragoza, Madrid y Lleida) del Foro Datagri, cuya primera edición se celebró en 2018 y se ha repetido sin interrupción de forma anual, incluso durante la pandemia, con la celebración de una edición virtual. Por un lado, el MAPA colabora mediante financiación económica, así como con la participación de expertos en las ponencias y mesas de debates tanto en la parte institucional con presencia en la inauguración de altos cargos, como con representantes técnicos que participan en las acciones congresuales y en las jornadas de campo del segundo día.

Este foro se ha consolidado como el escaparate de los casos de éxito más relevantes a nivel mundial y de aquellas tendencias que están llamadas a sentar las bases de un modelo productivo más sostenible.

Quinto.

La quinta edición del Foro Datagri se celebrará los días 10 y 11 de noviembre de 2022, en El Ejido (Almería), ya que es todo un referente internacional y un centro agrícola de primer orden tanto en producción hortofrutícola como en comercialización. Durante esos dos días, analizarán el estado de la transformación digital en el sector agroalimentario.

Se prevé reunir en el municipio almeriense a más de 1.500 profesionales del mundo de la agrotecnología, el primer día en un Palacio de Congresos y el segundo en visitas y exhibiciones técnicas.

Sexto.

Por todo ello, dada la finalidad y contenidos de las actividades propuestas, el MAPA tiene gran interés en colaborar con la Asociación Datagri en el desarrollo del «V Foro Datagri» que tendrá lugar los días 10 y 11 de noviembre de 2022 en el Ejido, Almería.

Esta colaboración se plasma en el presente acuerdo que tiene carácter administrativo y se ajusta a lo dispuesto en el Capítulo VI del Título Preliminar de la Ley de Régimen Jurídico del Sector Público Ley 40/2015 de 1 de octubre.

En virtud de lo expuesto, las partes deciden suscribir el presente Convenio, que se regirá de conformidad con las siguientes

CLÁUSULAS

Primera. Objeto.

El presente convenio tiene por objeto establecer la colaboración para la organización conjunta del «V Foro Datagri» que tendrá lugar los días 10 y 11 de noviembre de 2022 en el Ejido, Almería.

Segunda. Obligaciones del MAPA.

Para el debido cumplimiento del objeto del presente convenio, el Ministerio se compromete a realizar las siguientes actuaciones:

1. Colaborar en el diseño del programa del Foro (En el anexo I) y en la difusión del evento.

2. Pertenecer al Comité Organizador de organización del Foro.

3. Participar en el desarrollo del Foro, mediante la intervención, como conferenciantes, de expertos en innovación y digitalización del Departamento.

4. Aportar la cantidad de cincuenta mil euros (50.000) con cargo a la partida presupuestaria 21.01.411M.226.06: «Reuniones, conferencias y cursos» en el ejercicio 2022 para sufragar los gastos señalados en el anexo II de este Convenio.

Tercera. Obligaciones de la Asociación Datagri.

Para el debido cumplimiento del objeto del presente convenio, la Asociación Datagri se compromete a:

1. Organizar el citado Foro de acuerdo con el programa (anexo I) y el presupuesto (anexo II), aportando los medios materiales y personales necesarios para la gestión económica y administrativa que de ello se derive. En concreto, facilitará los siguientes servicios:

– Infraestructura en general y medios técnicos necesarios para la organización y realización del Foro.

– Publicidad de la celebración del Foro.

– Diseño, impresión y distribución del programa y del resto del material divulgativo y promocional.

– En relación con los conferenciantes y los participantes en las mesas redondas: el pago de los honorarios, viaje, alojamiento, en su caso y manutención.

– Información, selección e inscripción de congresistas, control de asistencia y expedición de diplomas y certificaciones.

– Material y medidas de prevención, higiene y promoción de la salud frente a la COVID-19 con el fin de garantizar la seguridad de los asistentes al Foro.

– Recopilación de los contenidos que se generen en el Foro, así como la elaboración de los resultados y conclusiones del mismo para su difusión en los formatos y medios más convenientes.

– Cuantas otras actividades o servicios sean necesarios y convenientes para el buen desarrollo del Foro.

2. Informar al MAPA del desarrollo de las actuaciones realizadas las cuales deberán además ajustarse al presupuesto y cronograma concretados en los anexos de este convenio.

3. Cofinanciar, mediante cuotas de la Asociación o patrocinios, con 79.520 euros los costes estimados del desarrollo del Foro, de acuerdo con el presupuesto que se detalla en el anexo II.

4. Destinar íntegramente la cantidad aportada por el Ministerio a la financiación de los gastos acordados mediante este Convenio para el citado Foro.

5. Conceder al Ministerio un máximo de 20 plazas exentas del pago de asistencia, sin derecho a alojamiento o manutención, para asistir al Foro objeto de este Convenio. Estas plazas podrán ser ocupadas por las personas que el Ministerio designe y comunique formalmente a la Asociación Datagri con la suficiente antelación y en todo caso, un día antes del inicio del mismo. El resto de plazas serán cubiertas por los procedimientos habituales establecidos en el Foro Datagri.

6. Destacar la colaboración del Ministerio en cuantos medios se utilicen para la promoción y difusión del Foro (programa, carteles, publicidad en medios, notas de prensa, etc.), incorporando, de modo visible, el logotipo oficial del Ministerio y respetando en todo caso, las directrices de imagen externa que le sean facilitadas a estos efectos.

Cuarta. Financiación y forma de pago.

1. El MAPA aportará la cantidad de cincuenta mil euros (50.000 euros) con cargo a la partida presupuestaria 21.01.411M.226.06: «Reuniones, conferencias y cursos» en el ejercicio 2022 para financiar los gastos conforme al presupuesto incluido en el anexo II.

2. La Asociación Datagri cofinanciará con 79.520 euros los costes del desarrollo del Foro, conforme al presupuesto incluido en el anexo II.

3. Con el fin de que se pueda llevar a cabo el pago, el tesorero de la Asociación Datagri emitirá una certificación del gasto realizado.

4. El MAPA abonará dicha cantidad en un único pago, en la cuenta a nombre de La Asociación Datagri, cuenta específica abierta para la organización y financiación del Foro:ES98 3058 0962 1227 2003 098.

Quinta. Duración.

El Convenio se perfeccionará con el consentimiento de las partes expresado mediante su firma y resultará eficaz una vez inscrito en el Registro Electrónico estatal de Órganos e Instrumentos de Cooperación del sector público estatal. Asimismo, será publicado en el «Boletín Oficial del Estado».

La duración del presente Convenio se extenderá hasta el 31 de diciembre de 2022.

Sexta. Comisión de seguimiento, vigilancia y control de la ejecución del convenio.

1. Con el fin de conseguir la máxima operatividad en la aplicación del presente convenio y velar por el adecuado cumplimiento de sus objetivos, se establece una Comisión de Seguimiento, Vigilancia y Control de la ejecución del Convenio, integrada por parte del MAPA por un representante de la SGID y uno de la Oficialía Mayor y por parte de la Asociación Datagri, un representante.

2. Las funciones de la Comisión serán:

a) Interpretar el contenido del Convenio y adoptar las decisiones de carácter operativo necesarias para su correcta aplicación.

b) Efectuar el seguimiento y evaluación del Convenio.

3. La Comisión de Seguimiento, Vigilancia y Control se reunirá siempre que se considere oportuno, al objeto de examinar los resultados de las actividades realizadas en el marco de este convenio.

Séptima. Modificación.

El presente convenio podrá ser modificado por acuerdo de ambas partes, mediante la correspondiente Adenda, de conformidad con el artículo 49.g) de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público.

Octava. Incumplimiento de las obligaciones y compromisos de las partes.

Son de aplicación las causas de resolución y sus efectos previstos en los artículos 51 y 52 de la Ley 40/2015. En el caso de que se produjera el incumplimiento de cualquiera de las obligaciones y compromisos asumidos en el presente Convenio, cualquiera de las partes podrá requerir a la incumplidora para que cumpla en el plazo máximo de un mes. Este requerimiento será comunicado al responsable del mecanismo de seguimiento, vigilancia y control de la ejecución del Convenio.

Si trascurrido el plazo indicado en el requerimiento persistiera el incumplimiento, la parte que lo dirigió notificará a la otra parte la concurrencia de la causa de resolución y se entenderá resuelto el Convenio.

Novena. Extinción del convenio.

El presente Convenio se extinguirá por el cumplimiento de las actuaciones que constituyen su objeto.

Asimismo, podrá extinguirse por incurrir en cualquiera de las causas de resolución previstas en el artículo 51 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público

Décima. Resolución de conflictos.

Dada la naturaleza jurídico administrativa de este convenio, para las cuestiones litigiosas que pudieran suscitarse entre las partes durante la ejecución del mismo, que no hayan sido resueltas por la Comisión de seguimiento prevista en la cláusula sexta, será competente el orden jurisdiccional contencioso-administrativo, según lo previsto en la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la citada jurisdicción.

Y en prueba de conformidad con lo expuesto y estipulado en este documento, y para que así conste, las partes firman electrónicamente en la fecha indicada el presente convenio.–El Secretario General de Agricultura y Alimentación del Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación, Fernando Miranda Sotillos.–El Presidente de la Asociación para el Impulso de la Transformación Digital en el Sector Agroalimentario, José Luis Miguel de Diego.

ANEXO
Presupuesto estimado
Concepto

Mapa

Euros

Organización

Euros

Total

Euros

IMAGEN CONGRESO E IMPRESIÓN DOCUMENTACIÓN. 500,00 968,00 1.468,00
SEGUIMIENTO PERIODÍSTICO, REDACCIÓN Y ELABORACIÓN DE MATERIAL TÉCNICO. 500,00 1.210,00 1.710,00
COMUNICACIÓN, PUBLICACIÓN Y SEGUIMIENTO Y ACTIVIDAD EN RRSS. 500,00 1.270,50 1.770,50
SERVICIOS RESTAURACIÓN: cafés, almuerzos, bienvenida 26/9 y cena 27/9 de 2022. 5.000,00 38.236,00 43.236,00
ALQUILER SALAS CONGRESO – LOTJA. 4.500,00 19.089,14 23.589,14
SECRETARÍA TÉCNICA: ORGANIZACIÓN, COORDINACIÓN, TRABAJO TÉCNICO. 5.000,00 5.929,00 10.929,00
GRABACIÓN Y EDICIÓN DE VÍDEOS. 500,00 1.000,00 1.500,00
ASISTENCIA EXTERNA ORGANIZACIÓN. 1.500,00 2.000,00 3.500,00
  TOTAL. 18.000,00 69.702,64 87.702,64

ANÁLISIS

  • Rango: Resolución
  • Fecha de disposición: 02/08/2022
  • Fecha de publicación: 09/08/2022
Referencias posteriores

Criterio de ordenación:

  • SE CORRIGEN errores, por Resolución de 17 de agosto de 2022 (Ref. BOE-A-2022-14081).

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