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Documento BOE-A-2022-13463

Resolución de 29 de julio de 2022, del Museo Nacional Centro de Arte Reina Sofía, por la que se publica la Adenda de prórroga del Convenio con el Museo Nacional del Prado y la Fundación Colección Thyssen-Bornemisza, F.S.P., para la utilización del abono paseo del arte como sistema de entrada.

Publicado en:
«BOE» núm. 190, de 9 de agosto de 2022, páginas 116849 a 116851 (3 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Cultura y Deporte
Referencia:
BOE-A-2022-13463

TEXTO ORIGINAL

El Museo Nacional del Prado, el Museo Nacional Centro de Arte Reina Sofía y la Fundación Colección Thyssen-Bornemisza, F.S.P., han suscrito, con fecha 29 de julio de 2022, una Adenda de prórroga del Convenio entre el Museo Nacional del Prado, el Museo Nacional Centro de Arte Reina Sofía, y la Fundación Colección Thyssen-Bornemisza, F.S.P., para la utilización del abono Paseo del Arte como sistema de entrada, por lo que, conforme a lo previsto en el artículo 48.8 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, del Régimen Jurídico del Sector Público, una vez inscrito en el Registro Electrónico estatal de Órganos e Instrumentos de Cooperación del sector público estatal, procede la publicación en el «Boletín Oficial del Estado» de dicho convenio, que figura como anexo a esta resolución.

Madrid, 29 de julio de 2022.–El Director del Museo Nacional Centro de Arte Reina Sofía, Manuel Jesús Borja-Villel.

ANEXO
Adenda de prórroga del Convenio entre el Museo Nacional del Prado, el Museo Nacional Centro de Arte Reina Sofía y la Fundación Colección Thyssen-Bornemisza, F.S.P. para la utilización del abono paseo del arte como sistema de entrada

En Madrid, 29 de julio de 2022.

REUNIDOS

Don Miguel Falomir Faus, Director del Organismo Público Museo Nacional del Prado, en virtud de su nombramiento mediante Real Decreto 278/2017, de 17 de marzo y actuando en ejercicio de las atribuciones conferidas por el Real Decreto 433/2004, de 12 de marzo, por el que se aprueba el Estatuto del Museo Nacional del Prado, en su artículo 7.2, letra l).

Don Manuel J. Borja-Villel, Director del Museo Nacional Centro de Arte Reina Sofía, actuando en virtud del contrato de alta dirección suscrito con fecha 19 de enero de 2008, de conformidad con las competencias atribuidas por la Ley 34/2011, de 4 de octubre, reguladora del Museo Nacional Centro de Arte Reina Sofía (BOE de 5 de octubre de 2011) y el Real Decreto 188/2013, de 15 de marzo, por el que se aprueba el Estatuto del Museo Nacional Centro de Arte Reina Sofía (BOE de 6 de abril de 2013), en su artículo 9.2.k).

Don Evelio Acevedo Carrero, Director Gerente de la Fundación Colección Thyssen-Bornemisza, titular del Museo Nacional Thyssen-Bornemisza (en adelante «Museo Thyssen-Bornemisza) de nacionalidad española, con domicilio en Madrid, Paseo del Prado, número 8, 28014, y CIF G-79015251, en ejercicio de las facultades otorgadas en su favor por el Patronato de la Fundación en su reunión de 25 de marzo de 2019, cuyos acuerdos fueron elevados a público en escritura pública de 18 de junio de 2019, protocolo 1035 del notario don Manuel Gerardo Tarrío Berjano.

Las partes, actuando en el ejercicio de las competencias que tienen atribuidas y en nombre de las instituciones que representan, reconocen su capacidad legal para intervenir en este acto, y al efecto

EXPONEN

I. Que con fecha de 29 de julio de 2021 se suscribió el Convenio entre el Museo Nacional del Prado, el Museo Nacional Centro de Arte Reina Sofía y la Fundación Colección Thyssen-Bornemisza, F.S.P., para la utilización del abono paseo del arte como sistema de entrada, inscrito en el Registro Electrónico estatal de Órganos e Instrumentos de Cooperación del sector público estatal, con fecha de 30 de julio de 2021 y publicado en el «Boletín Oficial del Estado» con fecha de 11 de agosto de 2021.

II. Que la cláusula octava –Vigencia– del citado Convenio, establece:

«Conforme a lo previsto en el artículo 48.8 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, el presente Convenio será eficaz una vez inscrito, en el plazo de cinco días hábiles desde su formalización, en el Registro Electrónico estatal de Órganos e Instrumentos de Cooperación del sector público estatal y asimismo se publicará en el pazo de diez días hábiles desde su formalización en el "Boletín Oficial del Estado".

El Convenio permanecerá vigente durante un año a partir de la fecha en la que sea eficaz. Durante el plazo de su vigencia, las partes podrán acordar unánimemente su prórroga que se tramitará conforme a lo previsto en el artículo 50.2 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre».

III. Que es voluntad de las Partes prorrogar la vigencia del convenio, conforme a lo previsto en el artículo 49, letra h), número 2, de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, y su cláusula octava, para lo cual, suscriben la presente Adenda de Prórroga que se rige por las siguientes

CLÁUSULAS

Primera.

Prórroga del Convenio entre el Museo Nacional del Prado, el Museo Nacional Centro de Arte Reina Sofía y la Fundación Colección Thyssen-Bornemisza, F.S.P., para la utilización del abono paseo del arte como sistema de entrada, suscrito el 29 de julio de 2021, inscrito en el Registro Electrónico estatal de Órganos e Instrumentos de Cooperación del sector público estatal, con fecha de 30 de julio de 2021 y publicado en el «Boletín Oficial del Estado» con fecha de 11 de agosto de 2021.

De conformidad con lo previsto en el artículo 49, letra h), número 2, de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, se prorroga la vigencia del Convenio entre el Museo Nacional del Prado, el Museo Nacional Centro de Arte Reina Sofía y la Fundación Colección Thyssen-Bornemisza, F.S.P., para la utilización del abono paseo del arte como sistema de entrada, suscrito el 29 de julio de 2021, inscrito en el Registro Electrónico estatal de Órganos e Instrumentos de Cooperación del sector público estatal, con fecha de 30 de julio de 2021 y publicado en el «Boletín Oficial del Estado» con fecha de 11 de agosto de 2021, durante un plazo de cuatro años.

Segunda. Régimen jurídico.

En todo lo no expresamente previsto en la presente Adenda, las Partes se ratifican en la vigencia de todas y cada una de las estipulaciones recogidas en el Convenio objeto de prórroga, a cuyo régimen jurídico se vincula la presente Adenda.

Tercera. Vigencia.

De conformidad con lo previsto en el artículo 48.8 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, la presente Adenda resultará eficaz una vez inscrita, en el plazo de cinco días hábiles desde su formalización, en el Registro Electrónico estatal de Órganos e Instrumentos de Cooperación del sector público estatal. Asimismo, se publicará en el plazo de diez días hábiles desde su formalización en el «Boletín Oficial del Estado»,

Y, en prueba de conformidad, las partes firman la presente Adenda, en el lugar indicado en el encabezamiento.–El Director del Museo del Prado, Miguel Falomir Faus.–El Director del Museo Nacional Centro de Arte Reina Sofía, Manuel J. Borja-Villel.–El Director Gerente de la Fundación Colección Thyssen-Bornemisza, F.S.P., Evelio Acevedo.

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