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Documento BOE-A-2022-13593

Resolución de 2 de agosto de 2022, del Banco de España, por la que se publica la sanción de multa por infracción muy grave, impuesta a Gloval Valuation, SA, y a don Joaquín Elizaga Guitart.

Publicado en:
«BOE» núm. 192, de 11 de agosto de 2022, páginas 117733 a 117733 (1 pág.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Banco de España
Referencia:
BOE-A-2022-13593

TEXTO ORIGINAL

Con fecha 14 de junio de 2022 el Consejo de Gobierno del Banco de España dictó la Resolución sancionadora por la que finalizó el expediente de referencia IE/ST-1/2021, incoado a, entre otros, Gloval Valuation, SA, y don Joaquín Elizaga Guitart por Acuerdo de la Comisión Ejecutiva del Banco de España de fecha 19 de abril de 2021.

Por otra parte, el artículo 115.5 de la Ley 10/2014, de 26 de junio, de ordenación, supervisión y solvencia de entidades de crédito, establece que las sanciones por infracciones muy graves serán publicadas en el «Boletín Oficial del Estado» una vez que sean firmes en vía administrativa.

Toda vez que la citada Resolución ha adquirido firmeza en vía administrativa respecto de Gloval Valuation, SA, y de don Joaquín Elizaga Guitart, procede, al amparo de lo establecido en el mencionado artículo 115.5, dar publicidad en el «Boletín Oficial del Estado» a la siguiente sanción, impuesta a la citada Entidad y al Sr. Elizaga en dicha Resolución sancionadora del Consejo de Gobierno del Banco de España:

− Gloval Valuation, SA:

Sanción de multa impuesta a Gloval Valuation, SA, por importe de ciento cincuenta mil euros (150.000 €) –tras la aplicación de las reducciones del 40% contempladas en el artículo 85 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, de Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas–, prevista en el artículo 97.1.a) de la Ley 10/2014, de 26 de junio, de ordenación, supervisión y solvencia de entidades de crédito, por la comisión de una infracción muy grave, tipificada en el artículo 3.bis.2.a).3.ª de la Ley 2/1981, de 25 de marzo, de regulación del mercado hipotecario, consistente en presentar deficiencias en la organización administrativa, técnica o de personal o en los procedimientos de control interno, resultando que a causa de tales deficiencias no ha quedado asegurada la capacidad de la entidad para conocer la situación y condiciones del mercado inmobiliario en el que opera, el cumplimiento uniforme de las normas de valoración aplicables, su independencia profesional de accionistas o clientes, o el control de las obligaciones de incompatibilidades a que están sujetos los profesionales a su servicio.

− Don Joaquín Elizaga Guitart:

Sanción de multa impuesta a don Joaquín Elizaga Guitart, consejero de Gloval Valuation, SA, por importe de cinco mil euros (5.000 euros), prevista en el artículo 100.1.a) de la Ley 10/2014, de 26 de junio, de ordenación, supervisión y solvencia de entidades de crédito, por la comisión de una infracción muy grave, tipificada en el artículo 3.bis.2.a).3.ª de la Ley 2/1981, de 25 de marzo, de regulación del mercado hipotecario, consistente en presentar deficiencias en la organización administrativa, técnica o de personal o en los procedimientos de control interno, resultando que a causa de tales deficiencias no ha quedado asegurada la capacidad de la entidad para conocer la situación y condiciones del mercado inmobiliario en el que opera, el cumplimiento uniforme de las normas de valoración aplicables, su independencia profesional de accionistas o clientes, o el control de las obligaciones de incompatibilidades a que están sujetos los profesionales a su servicio.

Madrid, 2 de agosto de 2022.–El Secretario General del Banco de España, Francisco-Javier Priego Pérez.

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