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Documento BOE-A-2022-14627

Resolución de 29 de agosto de 2022, del Banco de España, por la que se publica la sanción de multa por la comisión de una infracción grave impuesta a Santander Consumer Finance, SA.

Publicado en:
«BOE» núm. 214, de 6 de septiembre de 2022, páginas 124195 a 124195 (1 pág.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Banco de España
Referencia:
BOE-A-2022-14627

TEXTO ORIGINAL

Con fecha 27 de julio de 2022 el Consejo de Gobierno del Banco de España dictó la Resolución sancionadora por la que finalizó el expediente de referencia IE/BP-4/2021, incoado a Santander Consumer Finance, SA, por Acuerdo de la Comisión Ejecutiva del Banco de España de fecha 12 de noviembre de 2021.

Por otra parte, el artículo 115.5 de la Ley 10/2014, de 26 de junio, de ordenación, supervisión y solvencia de entidades de crédito, establece que las sanciones por infracciones graves serán publicadas en el «Boletín Oficial del Estado» una vez que sean firmes en vía administrativa.

Toda vez que la citada Resolución ha adquirido firmeza en vía administrativa, procede, al amparo de lo establecido en el mencionado artículo 115.5, dar publicidad en el «Boletín Oficial del Estado» a la siguiente sanción, impuesta a la citada entidad en dicha Resolución sancionadora del Consejo de Gobierno del Banco de España:

Sanción de multa impuesta a Santander Consumer Finance, SA, por importe de quinientos cuarenta mil euros (540.000 €) –tras la aplicación de las reducciones del 40% contempladas en el artículo 85 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, de Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas–, prevista en el artículo 98.1.b) de la Ley 10/2014, de 26 de junio, de ordenación, supervisión y solvencia de entidades de crédito, por la comisión de una infracción grave tipificada en el artículo 93.f) de dicha Ley 10/2014, consistente en ejercer actos u operaciones con incumplimiento de las normas dictadas al amparo del artículo 5 de esa misma Ley 10/2014.

En concreto, con incumplimiento de la Orden 2899/2011 y la Circular 5/2012 del Banco de España, al no remitir a los clientes, con ocasión de liquidaciones de préstamos al consumo impagados, el preceptivo documento de liquidación de intereses o comisiones, no teniendo dichos incumplimientos carácter ocasional o aislado.

Madrid, 29 de agosto de 2022.–El Secretario General del Banco de España, Francisco-Javier Priego Pérez.

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